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									Foros - Últimos Mensajes				            </title>
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            <description>Plataforma de Interinos España</description>
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            <lastBuildDate>Sun, 04 Oct 2026 18:53:16 +0000</lastBuildDate>
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                        <title>Fondos europeos y empleo público temporal: el coste de no sancionar el abuso es una anomalía estructural desde 1999</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/todas-las-administraciones/fondos-europeos-y-empleo-publico-temporal-el-coste-de-no-sancionar-el-abuso-es-una-anomalia-estructural-desde-1999/#post-2278</link>
                        <pubDate>Mon, 21 Sep 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El 28 de junio de 1999, el Consejo de la Unión Europea aprobó la Directiva 1999/70/CE, sobre el trabajo de duración determinada. La norma perseguía dos objetivos muy concretos: impedir la di...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:paragraph -->
<p>El 28 de junio de 1999, el Consejo de la Unión Europea aprobó la Directiva 1999/70/CE, sobre el trabajo de duración determinada. La norma perseguía dos objetivos muy concretos: impedir la discriminación entre trabajadores temporales y fijos, y evitar que la contratación temporal sucesiva se utilizara como una vía ordinaria para cubrir necesidades permanentes. El plazo de transposición vencía, con carácter general, el 10 de julio de 2001. Veintisiete años después de su aprobación, España sigue sin ofrecer una respuesta normativa eficaz al abuso de temporalidad en el sector público.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>No estamos ante un problema menor de gestión de plantillas. La temporalidad abusiva se ha convertido en una anomalía estructural del empleo público español, tolerada durante décadas por la falta de decisiones políticas capaces de prevenir el abuso y sancionarlo de forma real. La Administración ha utilizado vínculos temporales para cubrir necesidades permanentes durante años, en muchos casos durante décadas. Tras las advertencias del TJUE, de la Comisión Europea y de los tribunales nacionales, ya no cabe alegar desconocimiento ni falta de elementos jurídicos para resolverlo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading"><strong>El hito 144: de la estabilización a la suspensión de fondos</strong></h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La Ley 20/2021 y, antes de ella, el Real Decreto-ley 14/2021, se presentaron como la solución legislativa para reducir la temporalidad en el empleo público. El resultado, sin embargo, fue insuficiente. La reforma permitió articular procesos de estabilización, pero no estabilizó al personal afectado en los términos exigidos por la normativa europea ni estableció una sanción efectiva, proporcionada y disuasoria frente al abuso. En consecuencia, y al menos en lo relativo al sector público, la Directiva 1999/70/CE seguía sin contar con una transposición materialmente adecuada.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Pese a ello, la reforma quedó vinculada al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia mediante el hito 144, referido a la entrada en vigor de una norma que redujera la temporalidad en las Administraciones públicas e incorporara medidas efectivas para prevenir y sancionar los abusos. En un primer momento, la Comisión Europea aceptó que ese compromiso estaba cumplido. Esa valoración cambió con la jurisprudencia posterior del TJUE. Las sentencias de 22 de febrero de 2024 y de 13 de junio de 2024 demostraron la insuficiencia de las medidas españolas: una indemnización tasada, limitada y desvinculada del abuso real no basta, por sí sola, como sanción efectiva y disuasoria; tampoco una responsabilidad administrativa genérica.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El 7 de julio de 2025, la Comisión adoptó una decisión de suspensión de fondos y declaró revertido el hito 144. El razonamiento fue directo: si no existen medidas efectivas de sanción, no puede entenderse cumplida la obligación de prevenir y penalizar el uso abusivo de relaciones temporales. La consecuencia económica tampoco fue menor: quedaron suspendidos 626.615.891 euros de ayuda no reembolsable vinculada al Plan de Recuperación.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading"><strong>Procedimiento de infracción y responsabilidad del Estado</strong></h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La dimensión económica se cruza, además, con el procedimiento de infracción abierto contra España por la incorrecta aplicación de la Directiva 1999/70/CE. En abril de 2026, la Comisión remitió a España dictámenes motivados en dos procedimientos relacionados con el empleo público temporal: uno por posibles condiciones laborales discriminatorias del personal temporal respecto del personal fijo, y otro por la falta de medidas adecuadas para impedir el abuso en el sector público. España disponía de dos meses para responder y adoptar medidas; si no lo hacía, la Comisión podía llevar el asunto ante el TJUE.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Vencido ese plazo, el Gobierno quedó en una posición jurídicamente delicada. Según la información publicada, pidió a Bruselas ampliar el margen hasta marzo de 2027, alegando la necesidad de coordinar una respuesta con Comunidades Autónomas y Entidades Locales. Esa petición no suspende automáticamente el procedimiento de infracción ni obliga a la Comisión a conceder más tiempo. El dato central sigue siendo el mismo: España lleva décadas sin establecer una respuesta eficaz frente al abuso y no puede utilizar indefinidamente la complejidad administrativa interna como explicación de su inacción.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading"><strong>Comunidades Autónomas: explicación política, no exoneración jurídica</strong></h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Gobierno ha apoyado buena parte de su argumentario en la dimensión territorial del problema. El Ministerio ha señalado que las Comunidades Autónomas concentran la mayor parte de la temporalidad abusiva, con una tasa del 40 %, frente al 4,7 % de la Administración General del Estado. En educación y sanidad, ámbitos de competencia autonómica, las cifras oficiales se sitúan en el 40 % y el 43 %. Desde esa premisa, el Ministerio sostiene que necesita pactar con Comunidades Autónomas y Entidades Locales un plan común.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La dificultad territorial existe, pero no exonera al Estado. La Comisión no reclama solo una bajada estadística de la temporalidad; exige normas eficaces para prevenir y sancionar el abuso en todas las Administraciones públicas. Que una parte importante del problema esté en Comunidades Autónomas y Ayuntamientos no convierte el incumplimiento en algo ajeno para el Estado. Ante la Unión Europea, quien responde es el Reino de España.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los hechos muestran una respuesta todavía insuficiente. La reunión del 7 de mayo con las Comunidades Autónomas concluyó con la creación de un grupo de trabajo para estudiar posibles cambios normativos. El siguiente encuentro con las Comunidades Autónomas y la FEMP está convocado para el 8 de julio en Santander. Es decir, cuando el plazo concedido por la Comisión ya ha vencido, la actuación del Gobierno sigue en una fase preliminar. Después de casi tres décadas desde la aprobación de la Directiva, que la solución dependa todavía de futuras reuniones resulta políticamente inaudito.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>A esa incertidumbre se suma otro dato. Según la información trasladada a colectivos en defensa de la estabilidad en la Administración por uno de los socios de investidura, el Gobierno habría previsto aprobar a finales de junio dos reales decretos-leyes inicialmente vinculados: uno sobre jubilación parcial del personal laboral y otro sobre las medidas para reducir la temporalidad. Sin embargo, el 30 de junio solo se publicó en el BOE el relativo a la jubilación parcial. Del real decreto-ley sobre temporalidad no hubo noticia alguna, y ni siquiera algunos socios parlamentarios parecían conocer las razones de su ausencia. Esa falta de claridad refuerza la impresión de que el Ejecutivo no dispone todavía de una posición cerrada ni de los apoyos suficientes para una reforma de fondo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading"><strong>Dos calendarios que no encajan</strong></h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Gobierno ha pedido más tiempo, hasta marzo de 2027, para impulsar las reformas necesarias y evitar que el procedimiento de infracción termine en una demanda ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esa petición revela que el Ejecutivo no cuenta, por ahora, con una solución cerrada ni con un consenso institucional suficiente para aprobar de inmediato las medidas exigidas por Bruselas. Puede servir para ganar margen en el procedimiento de infracción, pero no resuelve el problema de los fondos suspendidos. El calendario político que reclama el Gobierno choca con el calendario jurídico y financiero del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, que mantiene el 31 de agosto de 2026 como fecha límite para la adopción material de los hitos y objetivos del Plan de Recuperación. Si en julio de 2026 las medidas siguen dependiendo de una negociación abierta, el riesgo de no poder acreditar a tiempo una reforma efectiva para recuperar el cumplimiento del hito 144 resulta evidente.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading"><strong>El riesgo de una reforma de apariencia</strong></h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Tampoco sería aceptable que, con el único objetivo de salvar los más de 626 millones de euros suspendidos, el Gobierno acudiera a una norma de urgencia sin vocación estructural. Un real decreto-ley puede ofrecer una imagen rápida de cumplimiento ante la Comisión, pero su eficacia queda condicionada a la convalidación por el Congreso. Ya ha ocurrido en materias de enorme relevancia social, como la regulación de los alquileres, donde una medida aprobada por el Ejecutivo decayó por falta de apoyos parlamentarios. Y no puede descartarse que algo similar suceda con el real decreto-ley sobre la jubilación parcial del personal laboral si no reúne la mayoría necesaria.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Trasladar esa lógica al problema de la temporalidad abusiva sería especialmente grave. Una actuación de última hora, pensada solo para superar el control de Bruselas y evitar la pérdida de fondos, desplazaría otra vez el conflicto hacia el futuro. Las reformas aprobadas hasta ahora han reducido cifras, pero no han afrontado plenamente la sanción del abuso. Los procesos de estabilización disminuyeron la tasa de temporalidad, pero no repararon a quienes sufrieron durante años nombramientos o contratos abusivos ni impidieron que las Administraciones volvieran a cubrir necesidades permanentes con personal temporal.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La reforma pendiente debe abordar tres cuestiones inseparables: prevenir nuevos abusos, sancionar de forma efectiva a la Administración incumplidora y reparar adecuadamente a las personas afectadas. Sin esos elementos, cualquier norma quedará a medio camino. Si la solución vuelve a limitarse a fórmulas genéricas de responsabilidad, indemnizaciones tasadas o declaraciones de intención, difícilmente superará el estándar exigido por el Derecho de la Unión.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading"><strong>Resistencias políticas y resortes del Estado</strong></h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las resistencias internas a una solución real son más profundas de lo que el debate jurídico suele admitir. No estamos solo ante una discrepancia técnica sobre la Directiva 1999/70/CE o sobre la jurisprudencia del TJUE. El conflicto toca resortes asentados del Estado: la forma en que se organiza el acceso al empleo público, el papel de las organizaciones sindicales mayoritarias, el peso de determinados cuerpos funcionariales y la capacidad de las Administraciones para seguir utilizando la temporalidad como mecanismo ordinario de gestión.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El acceso a la función pública se ha convertido, en buena medida, en un espacio atravesado por intereses económicos, corporativos y sindicales que rara vez se reconocen abiertamente. La preparación de oposiciones, el control de los procesos selectivos, la negociación sindical y la defensa rígida de un determinado modelo de acceso han configurado un sistema que decide quién entra, quién queda fuera y quién permanece durante años sosteniendo servicios públicos en situación de precariedad. Bajo la invocación constante de los principios de igualdad, mérito y capacidad se oculta demasiadas veces una realidad incómoda: esos mismos principios quedan vaciados de contenido cuando las propias Administraciones cubren durante años necesidades estructurales mediante vínculos temporales abusivos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Resolver de verdad la temporalidad implicaría alterar equilibrios de poder muy consolidados dentro de la Administración. El clientelismo político y sindical, lejos de ser una desviación marginal, forma parte de una cultura institucional profundamente arraigada. Romper con esa lógica tendría algo de acto casi revolucionario, porque obligaría a reconocer que el problema no ha sido fruto del azar, sino de una forma de gestionar lo público que ha beneficiado a las Administraciones incumplidoras y ha dejado sin reparación efectiva a miles de empleados y empleadas públicas temporales.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En este punto, tampoco sorprende la falta de voluntad política del PSOE para abordar una solución justa y definitiva, ni la resistencia de Comunidades Autónomas gobernadas por el Partido Popular. La diferencia partidista se reduce mucho cuando se trata de preservar determinados intereses de Estado. El PSOE puede haber desafiado ciertos equilibrios del turnismo político heredado de la tradición liberal-conservadora que se remonta a Cánovas del Castillo y Sagasta, pero en el empleo público sigue actuando dentro de esa lógica de fondo: preservar los resortes del Estado, evitar una ruptura real con el modelo heredado y administrar el conflicto sin alterar sus causas profundas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading"><strong>Conclusión: cumplir o aparentar cumplimiento</strong></h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Esa continuidad es visible en la gestión del abuso de temporalidad. El PSOE puede presentarse en otros planos como una fuerza de avance frente a determinados poderes económicos, mediáticos o internacionales, pero en el interior de la Administración actúa como un partido de orden. Su prioridad parece ser contener el conflicto, ganar tiempo ante Bruselas y evitar una solución que cuestione el modelo tradicional de acceso y gestión del empleo público. La consecuencia es clara: se invoca Europa cuando conviene para justificar reformas, pero se eluden sus exigencias cuando obligan a sancionar de verdad a las Administraciones incumplidoras.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Después de casi treinta años de incumplimientos, advertencias europeas, procesos de estabilización insuficientes y reformas parciales, resulta difícil creer que la solución vaya a venir de una voluntad política espontánea. Si no existe una presión firme de la Comisión Europea, del TJUE y de los tribunales nacionales, lo más probable es que el problema continúe desplazándose hacia adelante mediante reuniones, grupos de trabajo, normas provisionales y soluciones de apariencia.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>&nbsp;El riesgo es evidente: que España vuelva a presentar una respuesta formalmente aceptable, pero materialmente insuficiente, destinada más a salvar fondos europeos y evitar sanciones que a reparar el abuso sufrido por miles de empleados y empleadas públicas temporales.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:image -->
<figure class="wp-block-image size-medium"><img src="https://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2026/07/maite-agredano-cuadrada-300x300.jpg" alt="" class="wp-image-31253" /><figcaption class="wp-element-caption">Maite Agredano. Delegada del Sector Público de Co.bas, autora de este articulo</figcaption></figure>
<!-- /wp:image -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong><a href="https://www.lawandtrends.com/noticias/laboral/temporalidad-y-derechos-sociales-el-posible-escenario-que-se-avecina-entre-las-presiones-europeas-y-las-soluciones-1.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><strong>Maite Agredano.</strong> Delegada sindical de Co.bas</a></strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/e3u727" data-type="link" data-id="https://acorta.net/wp/go/e3u727" target="_blank" rel="noreferrer noopener">www.lawandtrends.com</a> <strong>07.07.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
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                        <title>Los interinos presionan a Bruselas para que lleve el abuso de temporalidad en el sector público al TJUE</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/todas-las-administraciones/los-interinos-presionan-a-bruselas-para-que-lleve-el-abuso-de-temporalidad-en-el-sector-publico-al-tjue/#post-2277</link>
                        <pubDate>Fri, 18 Sep 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Más de 50 organizaciones piden a la Comisión que rechace el aplazamiento hasta 2027 solicitado por el Gobierno y reclaman una decisión definitiva ante unas tasas de temporalidad del 40% en e...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h5 class="wp-block-heading">Más de 50 organizaciones piden a la Comisión que rechace el aplazamiento hasta 2027 solicitado por el Gobierno y reclaman una decisión definitiva ante unas tasas de temporalidad del 40% en educación y del 43% en sanidad</h5>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Un conjunto de más de 50 organizaciones de trabajadores temporales de las administraciones públicas ha enviado una carta formal a la Comisión Europea pidiendo que traslade ya al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el procedimiento de infracción abierto contra España por el abuso de temporalidad contractual en el sector público. Se trata del expediente <strong>INFR(2014)4334</strong>, para el cual el Gobierno <a rel="noreferrer noopener" target="_blank" href="https://www.elconfidencial.com/economia/2026-06-30/gobierno-pide-tiempo-para-acabar-con-abuso-temporalidad-sector-publico_4380835/">ha pedido un aplazamiento hasta marzo de 2027</a> antes de que el caso pase a la vía judicial.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Bruselas inició la investigación contra España en 2014 <strong>por incumplir <a rel="noreferrer noopener" target="_blank" href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-1999-81381">la directiva 1999/70</a></strong> debido a que el ordenamiento jurídico nacional no cuenta con mecanismos que eviten el encadenamiento de contratos temporales en las distintas administraciones públicas. En consecuencia, según el Ministerio de Función Pública, las tasas de temporalidad en <strong>educación</strong> y <strong>sanidad</strong>, competencia de las CCAA, ascenderían actualmente al <strong>40%</strong> y al <strong>43%</strong>, respectivamente. Porcentajes muy elevados en comparación con el sector privado, donde se sitúa en el entorno del 12%.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En concreto, la plataforma que agrupa a diversas organizaciones, sindicatos y colectivos de interinos pide la <strong>denegación de la prórroga solicitada por el Ejecutivo</strong> a la Comisión Europea el pasado 29 de junio, día en el que terminaba el plazo de dos meses para que España informara de las medidas adoptadas para frenar el abuso de temporalidad respondiendo al <a rel="noreferrer noopener" target="_blank" href="https://spain.representation.ec.europa.eu/noticias-eventos/noticias-0/paquete-de-procedimientos-de-infraccion-de-abril-principales-decisiones-para-espana-2026-04-29_es">dictamen motivado</a> emitido en abril. La Comisión considera, después de <a rel="noreferrer noopener" target="_blank" href="https://www.elconfidencial.com/economia/2026-04-14/sentencia-tjue-medidas-temporalidad-interinos-insuficientes_4337653/">varias sentencias del TJUE</a>, que las medidas adoptadas hace tan solo cinco años por el Gobierno a través del Real Decreto-ley 14/2021 y de la Ley 20/2021 no son suficientes.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La principal medida fue la <strong>estabilización extraordinaria</strong> de unos 440.000 <a rel="noreferrer noopener" target="_blank" href="https://www.elconfidencial.com/economia/2026-06-10/gobierno-ultima-decreto-jubilaciones-personal-laboral-interinos_4370426/">interinos</a>, pero el TJUE ha considerado que no es una vía lo suficientemente reparadora para todos los que fueron o son temporales de larga duración y que todavía no existen suficientes desincentivos para evitar los abusos en la contratación de las administraciones. De esta manera, el procedimiento de infracción de la Comisión Europea se encuentra en <strong>el último paso antes de pasar a la vía judicial del TJUE</strong> y de dar lugar a una posible sanción millonaria, pero la incertidumbre al respecto es máxima.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:image -->
<figure class="wp-block-image size-full"><img src="https://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2026/07/f.elconfidencial.com_original_347_940_659_347940659d246119edbd083a5d4993a7.jpg" alt="" class="wp-image-31249" /><figcaption class="wp-element-caption">Foto: El ministro de la Función Pública, Óscar López, y la ministra de Seguridad Social tras un Consejo de Ministros. (Europa Press/Alejandro Martínez Vélez)</figcaption></figure>
<!-- /wp:image -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Según fuentes conocedoras del procedimiento, el ejecutivo comunitario <strong>todavía no ha decidido</strong> si conceder el aplazamiento a España y en este impás se encuadra la carta de los interinos dirigida a Eduardo Gómez Casado, Consejero Económico, con la intención de influir en la decisión. El documento alega que la duración del procedimiento de infracción y la constatación de que las medidas de 2021 han sido insuficientes "demuestran que la gravedad de la situación era sobradamente conocida y estaba suficientemente documentada". Consideran que el momento actual "exige una <strong>decisión definitiva</strong> y no una nueva prolongación temporal de un problema cuya existencia ha quedado plenamente acreditada".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En opinión de las organizaciones denunciantes, España ha dispuesto del tiempo suficiente para adoptar las reformas necesarias y conceder ahora un nuevo plazo "no constituye un mero trámite administrativo, sino que supone seguir añadiendo tiempo" a miles de personas afectadas por la incertidumbre contractual y los ceses por fin de contrato sin indemnización. "Si concede a España una nueva ampliación de plazo en estas circunstancias, contribuirá objetivamente a la prolongación de una situación que <a rel="noreferrer noopener" target="_blank" href="https://www.elconfidencial.com/economia/2025-10-09/abogado-ue-norkus-indemnizacion-interinos-insuficiente-fijeza_4225054/">el propio TJUE ha declarado</a> contraria al Derecho de la Unión", advierten. No obstante, la carta es solo <strong>una vía de presión política, no una palanca judicial</strong>, por lo que la decisión depende exclusivamente de Bruselas, que puede no tener en cuenta las opiniones de los afectados.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:image -->
<figure class="wp-block-image size-full"><img src="https://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2026/07/f.elconfidencial.com_original_a9e_c76_63b_a9ec7663b7208ab78f7c0a5062147d79.jpg" alt="" class="wp-image-31250" /><figcaption class="wp-element-caption">Foto: Manifestación de interinos en Madrid. (EFE/Fernando Villar).</figcaption></figure>
<!-- /wp:image -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Aunque los interinos solicitan a Bruselas que rechace la prórroga, piden que, en caso de concederse finalmente, sea <strong>para exigir una reforma legislativa</strong>. Esta debería incluir, en su opinión, una solución tanto para los trabajadores temporales que continúan prestando servicios como para quienes <a rel="noreferrer noopener" target="_blank" href="https://www.elconfidencial.com/mercados/tribuna-mercados/2026-06-18/precariedad-empleo-publico-gobierno-europa-1hms_4374546/">ya han sido cesados</a>. Así como responsabilidades concretas frente a las administraciones infractoras y una aplicación efectiva, automática e idéntica en sanidad, educación, justicia y administración general.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Javier Araúz</strong>, abogado especializado en la defensa de los <a rel="noreferrer noopener" target="_blank" href="https://www.elconfidencial.com/economia/2025-11-22/administracion-expulsa-trabajadores-publicos-temporalidad_4251631/">empleados públicos temporales</a> y autor de varias cuestiones prejudiciales elevadas al <strong>TJUE</strong> por este motivo y de denuncias ante la Comisión, considera, por conversaciones con la representación en España que Bruselas "está harta de las excusas que ha dado el <strong>Gobierno de España</strong> para no aplicar la directiva en el sector público".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Araúz resalta que los <a rel="noreferrer noopener" target="_blank" href="https://www.elconfidencial.com/economia/2024-08-04/interinos-llevan-espana-bruselas-dercho-a-la-jubilacion-privilegiada-funcionarios_3936148/">interinos</a> tienen "una línea constante de diálogo con la Comisión" y señala que, aunque esta tiene libertad para decidir qué hacer ante esta solicitud de prórroga, todavía están pendientes de sentenciar cuestiones prejudiciales ante el TJUE. "La Comisión no puede aceptar que un Estado miembro incumpla su normativa porque, entre otros motivos, se <strong>limita la libertad de circulación</strong> si los trabajadores europeos no tienen los mismos derechos en todos los Estados". El letrado señala que en otros países se accede a la fijeza tras dos años de temporalidad, mientras que en España no existe una perspectiva clara.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">El Gobierno busca soluciones con CCAA y ayuntamientos</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los autores de la misiva son las mismas organizaciones que hace unas semanas entregaron en el Congreso un documento a varios grupos parlamentarios con las <strong>"Líneas Rojas Innegociables"</strong> para <a rel="noreferrer noopener" target="_blank" href="https://www.elconfidencial.com/economia/2025-07-09/funcion-publica-descarta-mejorar-indemnizacion-interinos_4168719/">una futura reforma</a> en el ámbito de la contratación pública. Ahora piden también a la Comisión la celebración de una reunión para conocer su posición "ante las actuaciones recientemente anunciadas por el Gobierno español".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Estas consisten en la <strong>formación de un grupo de trabajo</strong> que se reunirá este miércoles <strong>8 de julio</strong> con las comunidades autónomas y los ayuntamientos para diseñar "entre todas" las administraciones medidas que reduzcan la temporalidad en el sector público y aborden posibles medidas disuasorias para las administraciones e indemnizatorias para los interinos, teniendo en cuenta la última jurisprudencia.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La <a rel="noreferrer noopener" target="_blank" href="https://www.elconfidencial.com/economia/2026-04-14/sentencia-tjue-medidas-temporalidad-interinos-insuficientes_4337653/">última sentencia del Supremo</a> reconoció que la <strong>fijeza automática es contraria a la ley</strong> por vulnerar los principios constitucionales de acceso al empleo público en igualdad<strong>,</strong> pero sí reconoció la posibilidad de una indemnización adicional <strong>reparadora</strong> de hasta 10.000 euros para trabajadores en situación de temporalidad que se pueda considerar abusiva. Esto abre una vía a posibles reparaciones adicionales sin que haya un cambio legal, aunque es una opción lenta que requiere de judicialización, años de espera y costes asociados al proceso sin que esté asegurada una resolución favorable para quienes denuncien.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Un conjunto de más de 50 organizaciones de trabajadores temporales de las administraciones públicas ha enviado una carta formal a la Comisión Europea pidiendo que traslade ya al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) el procedimiento de infracción abierto contra España por el abuso de temporalidad contractual en el sector público. Se trata del expediente <strong>INFR(2014)4334</strong>, para el cual el Gobierno <a rel="noreferrer noopener" target="_blank" href="https://www.elconfidencial.com/economia/2026-06-30/gobierno-pide-tiempo-para-acabar-con-abuso-temporalidad-sector-publico_4380835/">ha pedido un aplazamiento hasta marzo de 2027</a> antes de que el caso pase a la vía judicial.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/nwj479" data-type="link" data-id="https://acorta.net/wp/go/nwj479" target="_blank" rel="noreferrer noopener">elconfidencial.com</a> 0<strong>7.07.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/"></category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/todas-las-administraciones/los-interinos-presionan-a-bruselas-para-que-lleve-el-abuso-de-temporalidad-en-el-sector-publico-al-tjue/#post-2277</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Más de 200 empleados públicos ya tramitan reclamaciones por abuso de temporalidad a través de la plataforma Interinos Navarra</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/mas-de-200-empleados-publicos-ya-tramitan-reclamaciones-por-abuso-de-temporalidad-a-traves-de-la-plataforma-interinos-navarra/#post-2276</link>
                        <pubDate>Thu, 17 Sep 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[La iniciativa, accesible a través de la web &#039;www.interinosnavarra.com&#039;, está dirigida a los que han encadenado contratos o nombramientos temporales durante años



La plataforma especializad...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h5 class="wp-block-heading">La iniciativa, accesible a través de la web 'www.interinosnavarra.com', está dirigida a los que han encadenado contratos o nombramientos temporales durante años</h5>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La plataforma especializada en reclamaciones por abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas,&nbsp;<strong>denominada Interinos Navarra y gestionada por el Bufete Iribarren Abogados</strong>, ya tiene abiertos más de dos centenares de expedientes en esta materia para la preparación y estudio de posibles reclamaciones judiciales. La iniciativa, accesible a través de la web&nbsp;<em>www.interinosnavarra.com</em>, está dirigida a empleados públicos que han encadenado contratos o nombramientos temporales durante años y que, tras las últimas resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo,&nbsp;<strong>están revisando su situación para valorar posibles acciones legales.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Desde el despacho explican que en estas primeras semanas de funcionamiento se ha registrado un volumen significativo de solicitudes procedentes de funcionarios interinos, personal estatutario temporal, personal laboral temporal e indefinidos no fijos de distintas Administraciones Públicas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Campaña informativa en sindicatos y colectivos de empleados públicos</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Paralelamente al funcionamiento de la plataforma, los letrados del despacho han puesto en marcha una campaña de información con el objetivo de dar a conocer las claves jurídicas de las reclamaciones por abuso de temporalidad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En este marco, ya se han iniciado charlas informativas en distintas sedes sindicales y organizaciones de empleados públicos, con una asistencia creciente de trabajadores interesados en conocer el alcance de las recientes sentencias europeas y nacionales.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las sesiones están previstas en diferentes puntos de la Comunidad Foral de Navarra y se extenderán durante las próximas semanas a sindicatos, asociaciones profesionales y colectivos de empleados públicos, donde se explicarán las vías de reclamación existentes y los criterios que pueden determinar la existencia de abuso de temporalidad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El objetivo de estas jornadas es acercar la información jurídica a los trabajadores afectados y resolver las principales dudas sobre este tipo de procedimientos, cada vez más numerosos tras el incremento de consultas registrado en los últimos meses.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Indemnizaciones que pueden superar los 10.000 euros</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Uno de los aspectos que mayor interés está generando entre los afectados es la posibilidad de reclamar una indemnización específica por abuso de temporalidad. Las recientes resoluciones judiciales han abierto la puerta a que, en determinados supuestos, puedan reclamarse compensaciones económicas por los daños sufridos durante años de prestación de servicios en situación de temporalidad prolongada.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Estas indemnizaciones pueden superar los 10.000 euros cuando se acreditan perjuicios económicos, profesionales o daños morales derivados de la situación de abuso, siendo independientes de otras cantidades que pudieran corresponder por el cese o finalización de la relación de servicio.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Una herramienta digital para analizar cada caso</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La plataforma Interinos Navarra incorpora además una herramienta de análisis inicial que permite a los usuarios obtener una primera valoración orientativa de su situación, así como información detallada sobre los criterios jurisprudenciales aplicables.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Desde el bufete destacan que cada caso requiere un estudio individualizado, ya que las posibilidades de reclamación dependen de factores como la duración del vínculo temporal, el tipo de relación con la Administración o la existencia de procesos selectivos previos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Asimismo, la plataforma ofrece información actualizada sobre la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo, así como respuestas a las dudas más frecuentes planteadas por los trabajadores afectados.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Un fenómeno extendido en la Administración Pública</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La temporalidad en el empleo público continúa siendo una de las principales problemáticas del sector público en España, con miles de trabajadores que han desarrollado su carrera profesional mediante nombramientos o contratos temporales durante largos periodos de tiempo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las recientes resoluciones judiciales han reactivado el interés por este tipo de reclamaciones y han incrementado de forma notable el número de consultas recibidas por despachos especializados.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Desde el bufete señalan que el objetivo de esta iniciativa es ofrecer una respuesta jurídica clara, accesible y especializada a los trabajadores afectados, facilitando el análisis individualizado de cada situación.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/ij4652" data-type="link" data-id="https://acorta.net/wp/go/ij4652" target="_blank" rel="noreferrer noopener">noticiasdenavarra.com</a> 0<strong>1.07.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/"></category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/mas-de-200-empleados-publicos-ya-tramitan-reclamaciones-por-abuso-de-temporalidad-a-traves-de-la-plataforma-interinos-navarra/#post-2276</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Interinos: si no quieren escucharos como trabajadores, que os teman como votantes</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/opinion/interinos-si-no-quieren-escucharos-como-trabajadores-que-os-teman-como-votantes/#post-2275</link>
                        <pubDate>Wed, 16 Sep 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El Gobierno Sánchez se da cuenta ahora de la gravedad de la situación tras más de dos décadas de fraude institucional, doce años de expediente europeo, sentencias del TJUE, congelación de fo...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h5 class="wp-block-heading">El Gobierno Sánchez se da cuenta ahora de la gravedad de la situación tras más de dos décadas de fraude institucional, doce años de expediente europeo, sentencias del TJUE, congelación de fondos y una generación entera de interinos viviendo en el limbo</h5>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>No deja de tener mérito. Hay quien necesita nueve meses para traer una criatura al mundo. España necesita nueve meses para seguir no trayendo nada. La escena es conocida. La Comisión Europea aprieta. El TJUE sentencia. Bruselas amenaza. El Gobierno promete estudiar. Las comunidades autónomas piden coordinación. Los&nbsp;<strong>jueces&nbsp;</strong>interpretan a la baja. Los sindicatos administran la espera. Y los interinos, como siempre, ponen el cuerpo, la nómina, la ansiedad, la hipoteca imposible, la carrera profesional mutilada y la paciencia de los santos laicos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>España no ha respondido con una solución. Ha respondido con una prórroga. No es Derecho administrativo: es escapismo de salón.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">La patada hacia adelante ya es política de Estado</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Gobierno Sánchez pide ahora tiempo hasta marzo de 2027 para adoptar medidas frente al<strong>&nbsp;abuso de temporalidad</strong>&nbsp;en el sector público y evitar que la Comisión Europea lleve a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Traducido: Bruselas dice “<em>cumpla usted la Directiva 1999/70/CE</em>” y España contesta “<em>un momentito, que estamos mirando”</em>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Mirando llevan desde que algunos interinos hoy cercanos a la jubilación entraron jóvenes a cubrir plazas que eran “temporales” con la misma temporalidad con la que lo son la Sagrada Familia o las obras del AVE o las Rodalíes catalanas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La Comisión Europea envió dictámenes motivados el 29 de abril de 2026. España tenía dos meses para responder o corregir. La respuesta ha sido pedir más tiempo. El plazo vencía el 29 de junio. La solución española consiste, una vez más, en transformar el incumplimiento en calendario.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>España no ha creado un remedio efectivo. Ha creado una agenda. Y ahora anuncia una reunión con comunidades autónomas y FEMP para el 8 de julio en Santander. La imagen es perfecta: los responsables del problema se reunirán junto al mar para estudiar cómo se arregla lo que llevan décadas empeorando tierra adentro.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">La indemnización de juguete</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Mientras tanto, los juzgados continúan entregando, en demasiadas ocasiones, indemnizaciones que no reparan: decoran. Cantidades que parecen calculadas no para compensar una vida profesional en abuso, sino para no molestar demasiado al presupuesto.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El TJUE habla de sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias. Habla de eliminar las consecuencias del incumplimiento. Habla de que el indefinido no fijo no basta si mantiene la precariedad. Habla de que las indemnizaciones topadas no parecen adecuadas en todos los casos. Habla de que los procesos selectivos abiertos a cualquiera no reparan específicamente a quien ha sufrido el abuso.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Pero aquí algunos siguen creyendo que el daño moral de veinte años de provisionalidad se liquida como una maleta perdida: tantos días, tanto salario, gracias por participar.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El resultado es grotesco. La Administración abusa. El trabajador pleitea. El juez reconoce algo parecido al abuso. Y al final la víctima recibe una indemnización que no asusta ni al interventor de un ayuntamiento en crisis. Si una sanción no duele al infractor, no es sanción: es tasa de gestión.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>España ha convertido el abuso de temporalidad en un modelo de negocio público. Contrata barato, mantiene precario, pleitea largo, indemniza corto y vuelve a empezar. La Administración ha descubierto el secreto de la explotación moderna: no hace falta látigo si tienes boletín oficial, bolsa de trabajo y silencio administrativo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Los vasallos del expediente</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Durante años se ha vendido al colectivo interino una fábula cuidadosamente envuelta: sois necesarios, pero no imprescindibles; estructurales, pero no fijos; profesionales, pero sospechosos; trabajadores públicos, pero no del todo; europeos para obedecer recortes, españoles para negar derechos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Son los nuevos vasallos del expediente. No están atados a la gleba, sino al nombramiento. No dependen del señor feudal, sino del aplicativo, la bolsa, la convocatoria, el tribunal, la lista provisional, la lista definitiva, la subsanación, el mérito baremado y el BOE de madrugada. Antes el siervo miraba al castillo. Ahora mira al portal del empleado público.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Y lo más indignante es que muchos de estos trabajadores no han ocupado un puesto accesorio, coyuntural o accidental. Han sostenido escuelas, hospitales, juzgados, servicios sociales, ayuntamientos y universidades. Han hecho funcionar el Estado mientras el Estado fingía que no existían. Han sido columna vertebral tratada como material desechable.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Bruselas ya no compra el cuento</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Durante años España ha jugado a una gimnasia verbal admirable. Donde había abuso, decía estabilización. Donde había sanción pendiente, decía proceso selectivo. Donde había daño, decía responsabilidad patrimonial. Donde había fraude estructural, decía casos individuales. Donde había Derecho de la Unión, decía Constitución, como si la Constitución fuera un biombo portátil para esconder directivas incumplidas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Pero el truco se está gastando. La Comisión Europea ya no habla de anécdotas. Habla de infracción. El TJUE ya no se limita a repetir doctrina general. Aterriza en el modelo español y dice que las medidas existentes no parecen servir para sancionar adecuadamente ni para eliminar las consecuencias del abuso.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Y Bruselas, además, ha tocado donde más duele: el dinero. La suspensión de fondos europeos por el incumplimiento del hito relativo a la reducción de temporalidad ha demostrado que el problema interino ya no es solo laboral ni administrativo. Es presupuestario, europeo y político.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Cuando Europa congela dinero, en Madrid se oye mejor que cuando llora una enfermera interina, una profesora de secundaria o una auxiliar administrativa con veinte años de servicio.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Carne electoral</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Y ahora llega la fase inevitable: los interinos se van a convertir en carne electoral. Todos los partidos lo saben. El colectivo es enorme. Está repartido por todo el territorio. Tiene familias, sindicatos, asociaciones, redes, plataformas y una memoria cada vez menos domesticable. Vota. Habla. Se organiza. Y, sobre todo, ha aprendido a desconfiar.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los partidos empezarán a acercarse con su mejor sonrisa de campaña. Prometerán sensibilidad. Dirán que “entienden el problema”. Propondrán mesas. Firmarán compromisos. Harán fotos con pancartas. Alguno incluso descubrirá la Directiva 1999/70/CE con la emoción con la que un turista descubre la paella en agosto.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Pero el colectivo debería hacerse una pregunta incómoda: si durante años nadie ha querido representaros de verdad, ¿por qué no os representáis vosotros?</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">¿Y si los interinos se constituyen en partido político?</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La idea suena provocadora solo porque durante demasiado tiempo se ha enseñado a los interinos a pedir permiso incluso para indignarse.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Constituirse en partido político no significa abandonar la vía judicial, sindical o asociativa. Significa añadir una herramienta. Una herramienta que todos entienden. Porque en España se puede perder un recurso, se puede ignorar una sentencia europea, se puede marear un expediente durante años, pero nadie ignora una bolsa de votos organizada en el momento adecuado.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Un partido político del&nbsp;<strong>colectivo interino</strong>&nbsp;—o una plataforma electoral con vocación instrumental— tendría varias funciones inmediatas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Primera: obligar a todos los partidos a retratarse. No con frases bonitas, sino con compromisos escritos, fechas, medidas y consecuencias.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Segunda: convertir cada elección autonómica, municipal, estatal o europea en un examen sobre el abuso de temporalidad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Tercera: condicionar mayorías donde el voto interino pueda ser decisivo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Cuarta: llevar al debate público una verdad que muchos quieren esconder: el problema no es que falten oposiciones; el problema es que la Administración ha usado durante décadas a trabajadores temporales para cubrir necesidades permanentes y ahora pretende que la víctima compita para demostrar que merece no ser expulsada de su propia vida.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Quinta: hacer pedagogía social. Porque el relato oficial ha sido venenoso. Se ha intentado enfrentar al interino con el opositor, al trabajador abusado con el ciudadano, al mérito con la reparación, como si sancionar un fraude institucional fuera regalar plazas en una tómbola.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>No. La cuestión no es regalar nada. La cuestión es impedir que el Estado se beneficie de su propio incumplimiento.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Un partido no para pedir favores, sino para pasar factura</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El partido de los interinos no debería nacer como un club de nostalgia funcionarial ni como una ventanilla de quejas. Debería nacer como una herramienta de defensa democrática del cumplimiento del Derecho de la Unión, de la dignidad del empleo público y de la responsabilidad de las Administraciones.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Un partido así no tendría que prometer el paraíso. Bastaría con prometer algo revolucionario en España: que las sentencias se cumplan, que las directivas se transpongan, que el abuso se sancione, que el daño se repare y que la Administración no pueda seguir haciendo trampas con cargo al boletín oficial.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Y si alguien se escandaliza, conviene recordarle una obviedad: constituir un partido político es legal, democrático y bastante más higiénico que seguir mendigando humanidad a quienes llevan años calculando cuánto cuesta no tenerla.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">El miedo cambia de lado</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Durante décadas el miedo ha estado del mismo lado. Miedo a no ser llamado. Miedo a decaer en la bolsa. Miedo a perder el puesto. Miedo a reclamar. Miedo a denunciar. Miedo a que un tribunal convierta veinte años de servicio en una anécdota curricular. Pero el miedo también puede cambiar de lado.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Puede empezar a sentirlo quien firma nombramientos abusivos. Quien convoca procesos de estabilización que estabilizan plazas pero expulsan personas. Quien promete en campaña y olvida en el BOE. Quien usa Europa para pedir fondos y luego ignora Europa para cumplir derechos. Quien piensa que el colectivo interino es demasiado disperso, demasiado cansado o demasiado prudente para organizarse políticamente.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Ese cálculo puede salir mal. Porque una cosa es tener trabajadores precarios. Otra muy distinta es tener cientos de miles de trabajadores precarios, formados, distribuidos por todo el territorio, expertos en Administración, hartos de ser engañados y conscientes de que su problema ya no es un expediente individual, sino una cuestión de Estado.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>España ha fabricado durante décadas su propio sujeto político. Ahora quizá descubra que los vasallos del expediente también votan.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/abc0210" data-type="link" data-id="https://acorta.net/wp/go/abc0210" target="_blank" rel="noreferrer noopener">diariosabemos.com</a> <strong>03.07.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/"></category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/opinion/interinos-si-no-quieren-escucharos-como-trabajadores-que-os-teman-como-votantes/#post-2275</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>La Junta hará fijos a los temporales que hayan superado una oposición</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/extremadura/la-junta-hara-fijos-a-los-temporales-que-hayan-superado-una-oposicion/#post-2274</link>
                        <pubDate>Tue, 15 Sep 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[La consejera Elena Manzano confirma que Extremadura acatará las sentencias que obligan a ello tras estabilizar a 9.186 trabajadores en el último proceso extraordinario



La Junta de Extrema...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h5 class="wp-block-heading">La consejera Elena Manzano confirma que Extremadura acatará las sentencias que obligan a ello tras estabilizar a 9.186 trabajadores en el último proceso extraordinario</h5>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La Junta de Extremadura hará fijos a los trabajadores que continúan como temporales pese a haber aprobado una oposición en algún momento de su trayectoria. La consejera de Hacienda y Administración Pública, Elena Manzano, ha afirmado esta mañana en el pleno de la Asamblea que el Ejecutivo autonómico acatará las sentencias dictadas al respecto, «como hemos hecho siempre».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Lo ha declarado en respuesta a la interpelación planteada por Juan Schirinzi, diputado de Unidas por Extremadura, para saber cómo tiene previsto ejecutar la Junta las sentencias recientes del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que exige a España sanciones reales y disuasorias contra el abuso de la temporalidad, y del Supremo, que dictaminó la conversión en fijos de aquellos temporales que hayan aprobado una oposición sin obtener plaza, rechazando así también la fijeza automática para el resto de temporales.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Juan Schirinzi ha pedido a Elena Manzano «clarificación en los presupuestos para afrontar esta obligación jurídica para abonar indemnizaciones por cese y compensaciones por el abuso de la temporalidad», y también «fecha y certeza para los trabajadores que deben ser convertidos en fijos».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Esta situación, el hecho de que haya empleados que concatenan contratos temporales pese a haber aprobado en algún momento una oposición, es consecuencia de la tasa de reposición que ha venido marcando los procesos selectivos en los últimos años, que ha limitado las plazas convocadas y ha provocado que opositores que superaban el proceso no lograran una en propiedad y debieran por eso continuar como temporales.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Para tratar de solventar esta situación España creó la figura del indefinido no fijo, pero Europa dictaminó que la misma es insuficiente contra el abuso de temporalidad en el sector público, abriendo la puerta a la fijeza directa como medida disuasoria. Posteriormente, el Tribunal Supremo, en un fallo del pasado 11 de mayo, ha restringido esta fijeza a quienes hayan aprobado una oposición sin plaza, estableciendo indemnizaciones para el resto.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>«Las sentencias determinan que cuando se afronta una oposición y se supera, y después se es contratado en abuso de temporalidad, no es contrario a derecho convertir esa relación contractual en fija», ha expuesto la consejera Elena Manzano para resumir los fallos. «Este gobierno cumple con la ley, siempre hemos acatado las sentencias y es lo que vamos a hacer».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Cómo hacerlo, sin embargo, no está claro por el momento. «Nosotros tenemos que asumir nuestra responsabilidad en el abuso de la temporalidad y lo vamos a hacer», ha insistido. «Pero el Estado tiene que actuar», ha dicho también, a la hora de establecer un mecanismo coordinado para el conjunto del país. «Deseamos escuchar su propuesta en la reunión fijada para el próximo día 8 en Santander de la comisión de coordinación para abordar esta cuestión», ha avanzado Manzano. «Después implementaremos las medidas en la Junta de Extremadura».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">Estabilización</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El objetivo es continuar reduciendo una temporalidad en el empleo público que por el momento no se ha logrado con el proceso de estabilización convocado en diciembre de 2022. «La temporalidad a 6 de junio es del 32% y hace tres años era del 28%, ha crecido cuatro puntos y son datos que no me puede corregir porque me los ha facilitado usted», le ha dicho Schirinzi a Manzano.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La consejera no ha entrado en ello pero sí ha recordado algunas de las medidas y procesos ejecutados por la Junta en los últimos tres años para reducir la temporalidad y mejorar las condiciones de los empleados públicos, «con una inversión de 400 millones de euros, 176 en los presupuestos de este año, para paliar años de abandono de los gobiernos socialistas».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Es el caso del abono del 2% pendiente de 2020 o los 80 euros más al mes que cobran los docentes extremeños en sus nóminas desde el pasado enero. Pero también las nuevas oposiciones convocadas en el ámbito de la administración general, con 1.644 plazas en juego, la mayor oferta de la última década, y el proceso de estabilización llevado a cabo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Aunque aún restan los técnicos de Empleo, una sentencia del TSJEx paralizó el proceso, son 9.186 los trabajadores que han estabilizado sus plazas con él: 2.458 en administración general, 4.267 en el SES y 2.461 en educación. «Hechos y realidades y no compromisos vacíos», ha subrayado la consejera de Hacienda, «aunque la situación de partida no podía ser peor».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong><a href="https://acorta.net/wp/go/qz66106" data-type="link" data-id="https://acorta.net/wp/go/qz66106" target="_blank" rel="noreferrer noopener"> hoy.es</a> <strong>02.07.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/"></category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/extremadura/la-junta-hara-fijos-a-los-temporales-que-hayan-superado-una-oposicion/#post-2274</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>El Parlament pide una revisión jurídica sobre los efectos de la estabilización de interinos</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/justicia/el-parlament-pide-una-revision-juridica-sobre-los-efectos-de-la-estabilizacion-de-interinos/#post-2273</link>
                        <pubDate>Mon, 14 Sep 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El pleno del&nbsp;Parlament&nbsp;ha aprobado este miércoles una moción de&nbsp;Junts&nbsp;sobre el personal de la Administración de justicia que pide&nbsp;&quot;impulsar una revisión jurídica inm...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:paragraph -->
<p>El pleno del&nbsp;<strong>Parlament&nbsp;</strong>ha aprobado este miércoles una moción de&nbsp;<strong>Junts&nbsp;</strong>sobre el personal de la Administración de justicia que pide&nbsp;<strong>"impulsar una revisión jurídica inmediata, de acuerdo con la doctrina del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE)</strong>, de los efectos que los procesos de estabilización han tenido en la práctica en Catalunya sobre el personal interino en abuso de temporalidad".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El texto, que ha salido adelante con los votos a favor de PSC-Units, Junts, ERC, Comuns, CUP y Aliança Catalana y la abstención de PP y Vox, también insta al Govern a defender ante el Estado "las reformas normativas necesarias para que<strong>&nbsp;la reparación del abuso de temporalidad sea efectiva, proporcionada y disuasiva</strong>, y no una mera sustitución de personas".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>También ha salido adelante un punto que defiende que el Govern informe "semestralmente de la evolución de la temporalidad, las vacantes, los ceses, las reincorporaciones, las bajas vinculadas a sobrecarga o riesgos psicosociales asociados al lugar de trabajo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Otro de los puntos aprobados pide al Govern <strong>presentar los datos públicos, completos y desagregados</strong> "sobre el impacto real de los procesos de estabilización en la Administración de justicia de Catalunya".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Además, ha prosperado un punto que reclama aprobar un "plan de protección y retención del conocimiento acumulado en los juzgados catalanes, con medidas específicas para garantizar la continuidad del personal interino de larga duración".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/mfd2610" data-type="link" data-id="https://acorta.net/wp/go/mfd2610" target="_blank" rel="noreferrer noopener">elperiodico.com</a> <strong>01.07.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/"></category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/justicia/el-parlament-pide-una-revision-juridica-sobre-los-efectos-de-la-estabilizacion-de-interinos/#post-2273</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>El Supremo cierra la puerta a «elegir» seguir de interino tras aprobar la estabilización: renunciar a la plaza fija puede llevar al cese</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/todas-las-administraciones/el-supremo-cierra-la-puerta-a-elegir-seguir-de-interino-tras-aprobar-la-estabilizacion-renunciar-a-la-plaza-fija-puede-llevar-al-cese/#post-2272</link>
                        <pubDate>Fri, 11 Sep 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Las medidas de la Ley 20/2021 persiguen la reducción de la temporalidad, por lo que la continuidad como interino tras renunciar a la condición permanente se considera contraria a ese objetiv...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h5 class="wp-block-heading">Las medidas de la Ley 20/2021 persiguen la reducción de la temporalidad, por lo que la continuidad como interino tras renunciar a la condición permanente se considera contraria a ese objetivo</h5>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La temporalidad en el empleo público y la forma en que las Administraciones gestionan los nombramientos y ceses de personal <a href="https://administrativando.es/sentencia-supremo-interinos-2026-caso-obadal/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">interino</a> han generado una litigiosidad abundante en los últimos años. De ello podemos dar buena cuenta en Administrativando Abogados, donde recibimos diariamente diferentes consultas sobre la materia.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En este contexto, el Tribunal Supremo vuelve a pronunciarse sobre un punto muy concreto (pero con evidentes implicaciones prácticas): <strong>qué ocurre cuando una persona que venía prestando servicios como funcionaria interina supera un proceso de estabilización y, aun así, renuncia a la condición de funcionaria de carrera con la idea de continuar como interina</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La STS 728/2026, de 10 de junio de 2026 (rec. 8691/2024) resuelve ese debate en un caso del Servicio Cántabro de Salud y fija un criterio nítido: esa renuncia provoca la desaparición de la causa que justificaba la interinidad y permite el cese.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">Antecedentes del caso sometido a examen</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El caso gira en torno a una funcionaria que venía prestando servicios como funcionaria interina desde 2015 (como inspectora médica).</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En el marco de un proceso de estabilización vinculado a la Ley 20/2021, lo supera, pero decide renunciar a adquirir la condición de funcionaria de carrera porque su pretensión era seguir en situación de interinidad. Ante esa renuncia, la Administración autonómica entiende que ya no subsiste la razón que justificaba su nombramiento temporal y acuerda la revocación de su nombramiento interino (con el consiguiente cese).</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:image -->
<figure class="wp-block-image size-full"><img src="https://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2026/07/medica-salud-768x432-1.jpg" alt="" class="wp-image-31238" /></figure>
<!-- /wp:image -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">El recorrido judicial: principales pronunciamientos dictados</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 2 de Santander dictó sentencia el 4 de diciembre de 2023 y estimó el recurso de la funcionaria interina contra la revocación administrativa.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cantabria (Sala de lo&nbsp;<a href="https://administrativando.es/abogados/contencioso-administrativo/barcelona/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Contencioso-Administrativo</a>) en apelación, desestima el recurso del Gobierno de Cantabria mediante sentencia de 2 de agosto de 2024, manteniendo el criterio favorable a la interina.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Tribunal Supremo admite el recurso de casación (auto de 24 de septiembre de 2025) y dicta la sentencia el 10 de junio de 2026, revocando lo decidido por el TSJ.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>La cuestión sometida a debate es la siguiente ¿puede alguien “elegir” seguir siendo interino tras ganar la estabilización?&nbsp;</strong><strong>O dicho de otra manera, ¿puede la persona candidata renunciar a ser funcionaria de carrera y, pese a ello, mantener su nombramiento interino porque la plaza seguiría vacante?</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Gobierno de Cantabria defendía que la renuncia comporta que desaparece la causa que justificaba la interinidad. La parte recurrida sostenía, en síntesis, que la plaza seguía necesitando cobertura y que la renuncia no encajaría como causa de cese. El Supremo afronta esa cuestión como un problema de causas de extinción de la interinidad y de coherencia con la finalidad de la estabilización.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">El marco normativo: temporalidad “hasta que” y cese cuando desaparece la causa</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La sentencia apoya su respuesta en las reglas básicas de la interinidad:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:list -->
<ul class="wp-block-list"><!-- wp:list-item -->
<li>El art. 10 del TRLEBEP configura al <a href="https://administrativando.es/abogados/funcion-publica/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">funcionario</a> interino como un nombramiento temporal, ligado a razones tasadas, y prevé el cese cuando finaliza la causa que lo motivó, mencionando expresamente como supuesto “la finalización de la causa que dio lugar a su nombramiento” (art. 10.3.d).</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>La Ley 4/1993 de Función Pública de Cantabria también contempla el cese cuando desaparecen las razones de necesidad que justificaron la interinidad (art. 6.3).</li>
<!-- /wp:list-item --></ul>
<!-- /wp:list -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Y todo ello se conecta con el contexto en que ocurre: un proceso excepcional de estabilización encuadrado en la Ley 20/2021, cuyo objetivo es reducir la temporalidad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">El razonamiento del Supremo: la renuncia extingue la causa que justificaba el nombramiento</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El núcleo argumental del Tribunal Supremo es que la renuncia a adquirir la condición de funcionario de carrera tras superar la estabilización no puede operar como un “derecho de opción” para seguir en interinidad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La sentencia lo expresa con rotundidad:&nbsp;<strong>“La renuncia a adquirir la condición de funcionario de carrera no debe ser entendida como un derecho a optar por la interinidad después de superar el proceso de estabilización”, porque esa conducta desemboca en la desaparición de la necesidad que justificó el nombramiento temporal</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En paralelo, la Sala añade una idea de política jurídica administrativa (en términos estrictamente enlazados con las reglas de cese): la Administración debe formalizar el fin de la interinidad cuando desaparecen las causas de necesidad o urgencia, y no resulta admisible “crear artificialmente” esa necesidad mediante la renuncia a la condición de carrera.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Además, el Tribunal conecta esta conclusión con el objetivo declarado de la estabilización:&nbsp;<strong>“Las medidas de la Ley 20/2021 persiguen la reducción de la temporalidad”, por lo que la continuidad como interino tras renunciar a la condición permanente se considera contraria a ese objetivo</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Finalmente, se apoya también en su doctrina previa sobre la inexistencia de un derecho automático a permanecer: “No hay un derecho automático e indefinido para el funcionario interino a mantenerse en el empleo público” (con cita de jurisprudencia anterior).</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Con esa construcción, el Tribunal Supremo estima el recurso de casación del Gobierno de Cantabria; casa y anula la sentencia del TSJ de Cantabria; y desestima el recurso contencioso-administrativo de Bernarda, validando la revocación del nombramiento y su cese.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En costas, fija el criterio de que cada parte asuma las suyas en casación y establece las de instancia a la parte recurrida con un límite de 2.000 euros.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:image -->
<figure class="wp-block-image size-full"><img src="http://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2026/07/PFJW3QYJE5IEZI4X4R7VIKUQOY.jpg" alt="" class="wp-image-31195" /></figure>
<!-- /wp:image -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">Valoración: una sentencia que cierra la “puerta de salida” hacia la interinidad</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En&nbsp;<strong>Administrativando Abogados</strong>&nbsp;consideramos que, la sentencia, proyecta un mensaje inequívoco:&nbsp;<strong>la estabilización no es un trámite para “conservar” la interinidad, sino un mecanismo para reducirla, y el ordenamiento de función pública no ampara que, tras ganar una plaza de carrera, se pretenda permanecer en un régimen temporal por mera elección individual</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En términos prácticos, el Supremo refuerza la idea de que la interinidad es un vínculo instrumental y finalista (“mientras subsista la causa”), de modo que la renuncia al acceso definitivo puede convertirse, precisamente, en el hecho que determina el cese por desaparición de la causa habilitante.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/cgw219" data-type="link" data-id="https://acorta.net/wp/go/cgw219" target="_blank" rel="noreferrer noopener">www.economistjurist.es</a> <strong>01.07.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/"></category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/todas-las-administraciones/el-supremo-cierra-la-puerta-a-elegir-seguir-de-interino-tras-aprobar-la-estabilizacion-renunciar-a-la-plaza-fija-puede-llevar-al-cese/#post-2272</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>España se juega perder 1.100 millones de fondos europeos este verano si no cumple las exigencias de la UE</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/politica/espana-se-juega-perder-1-100-millones-de-fondos-europeos-este-verano-si-no-cumple-las-exigencias-de-la-ue/#post-2271</link>
                        <pubDate>Thu, 10 Sep 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Bruselas recuerda al Gobierno que tiene de plazo hasta el 31 de agosto para aprobar un impuesto al diésel y reducir la temporalidad de los interinos o perderá los fondos bloqueados hace un a...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h5 class="wp-block-heading">Bruselas recuerda al Gobierno que tiene de plazo hasta el 31 de agosto para aprobar un impuesto al diésel y reducir la temporalidad de los interinos o perderá los fondos bloqueados hace un año por estos incumplimientos</h5>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Desde hace justo un año, la Comisión Europea mantiene suspendido el desembolso a España de 1.100 millones de euros de los <strong>fondos Next Generation</strong> al considerar que el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno incumplía tres reformas que el propio Ejecutivo había pactado con Bruselas: la subida de <strong>impuestos al diésel</strong>, la reducción de la <strong>temporalidad en el sector público</strong> y la <strong>digitalización de entidades</strong> regionales y locales. Un año después, de estas tres condiciones, la UE solo da por satisfecha la última y recuerda que el plazo para cumplir las otras dos termina el 31 de agosto, lo que significa que a España le quedan dos meses para convencer a la Comisión o perderá definitivamente esos 1.100 millones. Es por ello que el Gobierno acelera los contactos con Bruselas para tratar de salvar el montante.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Gobierno espera recibir este mes el <strong>sexto pago</strong> de fondos europeos de recuperación, que superará los 7.000 millones de euros. Y antes de que acabe el año, Bruselas debería abonar un último pago de alrededor de 23.000 millones. Hasta ahora, España ha percibido <strong>cinco desembolsos </strong>por un total de <a href="https://www.elperiodico.com/es/economia/20250808/comision-desembolsa-23-100-millones-120466659" target="_blank" rel="noreferrer noopener">71.000 millones de euros</a> (55.000 millones en transferencias y 16.300 millones en préstamos), a excepción de los 1.100 millones congelados a la espera de que el Ejecutivo de <strong>Pedro Sánchez</strong> cumpla las citadas condiciones pendientes. Fuentes comunitarias sostienen que esa fecha límite del 31 de agosto es improrrogable porque es el plazo fijado a todos los estados miembros, no solo a España, para ejecutar esos fondos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">El problema de los interinos</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Consejo de la UE solo autorizó a la Comisión a captar el dinero en los mercados hasta 2026, por lo que haría falta la unanimidad de los Veintisiete para prorrogar ese plazo. Sin embargo, el Ejecutivo ha hecho un nuevo intento este mismo miércoles y&nbsp;<a href="https://www.elperiodico.com/es/economia/20260630/interinos-gobierno-pide-tiempo-europa-cambios-indemnizacion-131974056" target="_blank" rel="noreferrer noopener">ha solicitado a Bruselas que le dé más tiempo, hasta marzo de 2027</a>, para reformar la&nbsp;<strong>normativa relativa a interinos</strong>&nbsp;y cumplir las exigencias no solo de la Comisión, sino también del&nbsp;<strong>Tribunal de Justicia de la UE</strong>&nbsp;(TJUE), que, que, a raíz de denuncias de trabajadores españoles, ha considerado insuficientes las tres vías de compensación para los interinos que establecía la ley de 2021: las indemnizaciones al final del contrato, los procesos de estabilización por oposición y la figura del indefinido no fijo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>De esa reforma depende la mayor cuantía de los fondos europeas que están en peligro. La UE suspendió el pago de&nbsp;<strong>626,6 millones de euros</strong>&nbsp;a España por no hacer lo suficiente para proteger a los trabajadores de la Administración que encadenan contratos temporales durante décadas. Un problema crónico que afecta a&nbsp;<strong>entre 500.000 y 800.000 personas</strong>, entre&nbsp;<strong>funcionarios interinos</strong>&nbsp;y&nbsp;<strong>empleados temporales</strong>. Uno de cada tres trabajadores públicos del país. La ley de 2021 convirtió en fijos a medio millón de empleados públicos, lo que llevó a la&nbsp;<strong>Comisión Europea</strong>&nbsp;a avalar el desembolso de los fondos, pero dio marcha atrás a raíz de las resoluciones del TJUE.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">El imposible impuesto al diésel</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La otra gran asignatura pendiente que deja en el aire más de 475 millones es el&nbsp;<strong>impuesto al diésel</strong>. En este caso es la fragilidad parlamentaria del Ejecutivo la que hace prácticamente inviable sacar adelante (y menos en pleno verano) una medida de la que discrepan los socios de izquierdas. El plan de recuperación europeo establecía la obligación de reformar el sistema tributario para impulsar la&nbsp;<strong>fiscalidad verde</strong>&nbsp;a fin de aumentar la recaudación en al menos un 0,3% del PIB y acabar con "el trato fiscal favorable que recibe el diésel frente a la gasolina". España llegó a estimar unas previsiones de ingresos por ese gravamen aun sin haber entrado en vigor, pero Podemos y otros socios rechazan de plano la medida.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Dentro de la&nbsp;<strong>reforma fiscal</strong>&nbsp;comprometida con Europa para lograr el quinto desembolso de los Next Generation, el Gobierno se propuso&nbsp;<strong>elevar 9,37 céntimos</strong>&nbsp;el precio del litro del diésel, hasta los 0,40 euros, la misma cuantía con la que se grava el&nbsp;<strong>impuesto de hidrocarburos</strong>&nbsp;en la gasolina. Pero Podemos tumbó la enmienda del PSOE, y Bruselas, al ver que no se aplicaba el impuesto, congeló el pago de una parte de las ayudas, 475,3 millones de euros, alegando que la reforma incumplía los compromisos en materia de&nbsp;<strong>fiscalidad medioambiental</strong>. Desde entonces, los precios del diésel han subido en torno a un 8% pese a las bonificaciones fiscales que ha ido prorrogando el Gobierno, como la rebaja del IVA.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Precisamente, falta por ver cómo impactará en la percepción del Ejecutivo comunitario la última de esas prórrogas, aprobada por el Consejo de Ministros el pasado lunes, que sustituye la <strong>reducción del IVA</strong> a los combustibles por un <strong>descuento gradual lineal</strong> del impuesto a la energía que será de <a href="https://www.elperiodico.com/es/politica/20260629/gobierno-prorrogara-ayudas-anticrisis-combustibles-131846729" target="_blank" rel="noreferrer noopener">15 céntimos por litro en julio, 10 céntimos en agosto y 5 céntimos en septiembre</a>. El vicepresidente primero y ministro de Economía, <strong>Carlos Cuerpo</strong>, afirmó que España exprimirá "hasta el último momento" las negociaciones con Bruselas. El objetivo de esos contactos es convencer a la Comisión de que los avances de la recaudación en los últimos años han sido suficientes para dar la reforma por cumplida sin necesidad de recurrir al tributo al diésel.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/eni823" data-type="link" data-id="https://acorta.net/wp/go/eni823" target="_blank" rel="noreferrer noopener">elperiodico.com</a> <strong>01.07.2026</strong> </p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/"></category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/politica/espana-se-juega-perder-1-100-millones-de-fondos-europeos-este-verano-si-no-cumple-las-exigencias-de-la-ue/#post-2271</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Interinos, la tómbola del verano: 165 días en Asturias, 255 en Murcia y una Administración jugando al parchís con derechos laborales</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/opinion/interinos-la-tombola-del-verano-165-dias-en-asturias-255-en-murcia-y-una-administracion-jugando-al-parchis-con-derechos-laborales/#post-2270</link>
                        <pubDate>Wed, 09 Sep 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El mismo verano puede ser salario en Madrid, limbo en Castilla-La Mancha, promesa en Galicia y espejismo en Canarias. Es difícil imaginar una pedagogía más eficaz para explicar al alumnado q...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h5 class="wp-block-heading">El mismo verano puede ser salario en Madrid, limbo en Castilla-La Mancha, promesa en Galicia y espejismo en Canarias. Es difícil imaginar una pedagogía más eficaz para explicar al alumnado qué significa “desigualdad territorial”: basta con mirar la nómina</h5>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Hay países en los que los derechos laborales se regulan por ley. En España, en cambio, hemos alcanzado una forma administrativa superior: el&nbsp;<strong>rasca y gana autonómico</strong>. Usted puede hacer el mismo trabajo, en el mismo sistema educativo público, con el mismo alumnado, la misma tiza metafórica y la misma ansiedad de bolsa de interinos, pero su derecho a cobrar el verano dependerá de una sofisticada ciencia nacional:&nbsp;<strong>dónde le haya caído la sustitución</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Esto no es un chiste entre enlaces sindicales. Cuenta una arquitectura de inseguridad jurídica perfectamente engrasada. Una docente en Madrid puede cobrar julio y agosto con cinco meses y medio trabajados; otro en Castilla-La Mancha puede encadenar sustituciones durante casi todo el curso y quedarse sin un euro porque acabó el 25 de junio y no el 30. En Asturias bastan 165 días. En Murcia hacen falta 255. En Extremadura, 280. En Galicia y Canarias hay acuerdos, pero sin presupuesto; esa deliciosa modalidad española del “tiene usted derecho, pero hemos olvidado ponerle dinero”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La Administración ha inventado así el&nbsp;<strong>derecho laboral de geolocalización</strong>. No importa tanto lo que usted haya trabajado como la comunidad autónoma donde la ruleta presupuestaria haya decidido colocarle. El mismo verano puede ser salario en Madrid, limbo en Castilla-La Mancha, promesa en Galicia y espejismo en Canarias. Es difícil imaginar una pedagogía más eficaz para explicar al alumnado qué significa “desigualdad territorial”: basta con mirar la nómina de su profesor.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

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<p>La raíz del asunto viene de lejos. Hasta 2011, lo habitual era que el profesorado interino cobrase el verano. Luego llegó la gran escuela española de política pública: llamar “racionalización” a lo que era recorte, “austeridad” a lo que era traslado del coste al trabajador y “gestión eficiente” a convertir a miles de docentes en temporeros de pizarra. El Real Decreto-ley 14/2012 se presentó oficialmente como una norma de racionalización del gasto público educativo, con medidas de austeridad y, entre otras perlas, la posibilidad de retrasar diez días lectivos el nombramiento de sustitutos. (<a href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-5337" target="_blank" rel="noreferrer noopener">BOE</a>).</p>
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<p>Desde entonces, cada comunidad ha ido fabricando su pequeño feudo normativo. Y como España tiene una imaginación administrativa que ya quisiera Silicon Valley, el resultado no es una regla general, sino un mosaico de condiciones: días naturales, días laborables, estar activo el 30 de junio, haber tenido vacante, haber cubierto sustitución, haber trabajado en cada trimestre, haber hecho un curso en julio, estar disponible en bolsa, no haberse movido, no haber respirado demasiado fuerte y, por supuesto, haber caído del lado bueno del Excel.</p>
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<p>La excusa habitual es que las comunidades tienen competencias educativas. Correcto. Pero una competencia no es una licencia de corso para convertir un derecho laboral en una feria medieval. La descentralización permite adaptar la gestión; no debería permitir que dos docentes con funciones comparables acaben tratados como especies jurídicas distintas. El autogobierno no consiste en que cada consejería diseñe su propia versión del “sálvese quien pueda”.</p>
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<p>El Tribunal Supremo ya tuvo que recordar en 2018 una obviedad que, en un Estado serio, no habría requerido casación: cesar el 30 de junio a docentes interinos nombrados para todo el curso, no pagarles julio y agosto y volver a necesitarlos en septiembre vulnera el principio de no discriminación de la Directiva 1999/70/CE. La Sala lo llamó nulo de pleno derecho. También dejó claro que los motivos presupuestarios no justifican un trato peor para trabajadores temporales frente a funcionarios de carrera. Pero como en otros ejemplos, se lo pasan por el arco del triunfo; es más cuanto más a la derecha los gobernantes, peor es la situación.</p>
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<p>Pero la Administración española es muy obediente cuando quiere y muy creativa cuando le conviene. Si la sentencia protege a quien trabaja todo el curso, entonces se desplaza el problema al sustituto, al que encadena bajas, al que entra en diciembre, al que acaba el 25 de junio, al que suma días como quien cuenta garbanzos antes de llegar a fin de mes. Cumplimos la sentencia, sí, pero solo por la rendija exacta por la que nos han obligado. Lo demás, a la tómbola.</p>
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<p>Madrid ofrece el ejemplo perfecto de esta gimnasia. El TSJ madrileño ha condenado recientemente a la Comunidad de Madrid por negar el sueldo de verano a una profesora interina con el argumento de que no estaba activa el 30 de junio, pese a que el acuerdo aplicable solo exigía más de cinco meses y medio trabajados durante el curso. El tribunal vino a decir lo que cualquier lector sin máster en escaqueo presupuestario entendería: si el acuerdo no exige estar activa el 30 de junio, la Administración no puede inventarse el requisito después.</p>
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<p>El problema es que todo esto no ocurre en el vacío. Ocurre mientras Bruselas tiene a España bajo lupa por la temporalidad abusiva del sector público. La Comisión Europea ha enviado en abril de 2026 dictámenes motivados a España por dos vías: discriminación de trabajadores temporales del sector público frente a fijos y falta de protección suficiente contra el abuso de contratos sucesivos de duración determinada. Y además, la Comisión siente la presión de decenas de demandas por su inactividad culposa que ya están en el TJUE,</p>
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<p>Traducido del bruselés al castellano: la paciencia se acaba.</p>
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<p>Y ocurre también después de que el TJUE haya ido desmontando, pieza a pieza, la vitrina española de excusas. La doctrina europea exige medidas efectivas, proporcionadas y disuasorias. No basta con poner una indemnización de escaparate, convocar procesos selectivos abiertos a todo el mundo o mantener al trabajador en la categoría de indefinido no fijo si eso perpetúa la precariedad. El propio Tribunal Supremo Social, tras Obadal, reconoce que esas respuestas no sancionan adecuadamente el abuso desde el punto de vista del Derecho de la Unión.</p>
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<p>La imagen final es demoledora. España no tiene un problema de falta de normas. Tiene demasiadas normas, demasiados parches, demasiados acuerdos, demasiadas excepciones y demasiado funcionario haciendo de carnicero fino con el derecho ajeno. Es la vieja técnica del fuet: se lonchea el problema hasta que cada rodaja parece pequeña. Unos días aquí, una sustitución allá, una fecha de alta, una baja mal colocada, una vacante sobrevenida, una bolsa que no se mueve, un 30 de junio convertido en frontera de Schengen salarial.</p>
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<p>El resultado es una nueva afrenta al colectivo interino docente. No porque el artículo revele algo completamente desconocido, sino porque confirma lo peor: la precariedad ya no es una desviación del sistema; es una&nbsp;<strong>metodología de gestión</strong>. La Administración no solo abusa de la temporalidad. La administra, la calibra, la territorializa y la convierte en un mecanismo de ahorro. Y luego, con la solemnidad de quien inaugura una rotonda, llama a eso “ordenación de recursos humanos”.</p>
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<p>La pregunta ya no es si los interinos deben cobrar el verano. La pregunta es más incómoda: ¿cuántas sentencias, dictámenes europeos, condenas autonómicas y tablas comparativas hacen falta para admitir que el Estado ha construido una lotería laboral con apariencia de legalidad?</p>
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<p>Porque cuando un docente necesita 165 días en un territorio y 255 en otro para generar el mismo derecho, no estamos ante diversidad autonómica. Estamos ante una Administración que ha confundido el Estado compuesto con el&nbsp;<strong>mercadillo de derechos fundamentales</strong>. Y, como siempre, el tenderete lo paga el mismo: el trabajador temporal que sostiene el servicio público mientras el sistema le explica, con una sonrisa institucional, que este verano tampoco entra en nómina.</p>
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<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/p1f422" data-type="link" data-id="https://acorta.net/wp/go/p1f422" target="_blank" rel="noreferrer noopener">diariosabemos.com</a> <strong>01.07.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/"></category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/opinion/interinos-la-tombola-del-verano-165-dias-en-asturias-255-en-murcia-y-una-administracion-jugando-al-parchis-con-derechos-laborales/#post-2270</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>El Gobierno pide a Bruselas hasta marzo de 2027 para atajar el abuso de interinos a riesgo de una demanda contra España</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/politica/el-gobierno-pide-a-bruselas-hasta-marzo-de-2027-para-atajar-el-abuso-de-interinos-a-riesgo-de-una-demanda-contra-espana/#post-2268</link>
                        <pubDate>Mon, 07 Sep 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[La Comisión dio dos meses a España para responder al problema de temporales en el sector público, finalizado el 29 de junio de 2026, tras lo que puede proceder a denunciar al país frente al ...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h5 class="wp-block-heading">La Comisión dio dos meses a España para responder al problema de temporales en el sector público, finalizado el 29 de junio de 2026, tras lo que puede proceder a denunciar al país frente al TJUE</h5>
<!-- /wp:heading -->

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<p>Finalizado el plazo de dos meses que la Comisión Europea le dio a España para responder sobre cómo está <a href="https://www.eldiario.es/economia/sentencia-favorable-interinos-justicia-europea-dicta-espana-no-cuenta-medidas-legales-medidas-previstas-espana-sancionar-contratacion-abusiva-sector-publico_1_13140518.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">atajando el actual abuso del empleo temporal en el sector público</a>, este 29 de junio, el Gobierno no ha llegado a responder con las medidas a Bruselas y le ha pedido más tiempo para ello. En concreto, hasta el 27 de marzo de 2027. <a href="https://www.eldiario.es/economia/fijeza-interina-52-000-euros-indemnizacion-juzgados-empieza-aplicar-sentencia-tjue_1_13181371.html#bruselas" target="_blank" rel="noreferrer noopener">La Comisión dio este margen a España</a> dentro de los expedientes de infracción iniciados hace años contra España y previo paso a una demanda contra el país frente al TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europea).</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Ministerio de Función Pública confirma que ha pedido nueve meses más de plazo a la Comisión Europea, como ha adelantado El País, para poder impulsar “las reformas necesarias para eliminar el abuso en la contratación de temporales”.</p>
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<p>La Comisión lleva años urgiendo a España a que solucione este problema laboral, que ha derivado en una gran cantidad de demandas de interinos en los tribunales, <a href="https://www.eldiario.es/economia/supremo-declara-fija-interina-fallo-justicia-europea-abre-vias-sancion-administracion_1_13213840.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">tanto en España</a> como <a href="https://www.eldiario.es/economia/sentencia-favorable-interinos-justicia-europea-dicta-espana-no-cuenta-medidas-legales-medidas-previstas-espana-sancionar-contratacion-abusiva-sector-publico_1_13140518.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">en Europa</a>. Además, Bruselas retiene <a href="https://www.eldiario.es/economia/bruselas-suspendera-626-millones-euros-fondos-recuperacion-espana-castigar-interinos_1_12445446.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">el desembolso de 626 millones de euros de los Fondos de Recuperación</a> por incumplir con una correcta sanción del abuso de la temporalidad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El pasado 29 de abril, Bruselas emitió dos dictámenes motivados –segunda fase del procedimiento de infracción comunitario– contra España, con el mencionado plazo de de dos meses para responder y adoptar las medidas necesarias. De lo contrario, la Comisión advertía de que podría remitir el caso al Tribunal de Justicia de la UE, tercer y último paso del procedimiento de infracción.</p>
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<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Reunión con las CCAA para debatir una nueva reforma</h2>
<!-- /wp:heading -->

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<p>El departamento de Óscar López citará a las Comunidades Autónomas y a la Federación de Municipios y Provincias (FEMP) el próximo 8 de julio a una reunión en Santander con el objetivo de “debatir posibles medidas y propuestas para reducir la temporalidad en el sector público”. El Gobierno de coalición ya aprobó una reforma para reducir la temporalidad en el empleo público, gracias a masivos procesos de estabilización, pero <a href="https://www.eldiario.es/economia/sentencia-favorable-interinos-justicia-europea-dicta-espana-no-cuenta-medidas-legales-medidas-previstas-espana-sancionar-contratacion-abusiva-sector-publico_1_13140518.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">se han considerado insuficiente por parte de la justicia europea</a>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Esta reunión con las comunidades y ayuntamientos dará “los primeros pasos” del <a href="https://www.eldiario.es/economia/gobierno-arranca-comunidades-grupo-trabajo-reducir-empleados-temporales-publicos_1_13203450.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">grupo de trabajo que creó el Ministerio el pasado mayo</a>, precisamente para abordar estas medidas contra la temporalidad para dar respuesta al plazo de dos meses lanzado por la Comisión Europea.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

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<p>El Ministerio de Función Pública ha argumentado a Bruselas que <a href="https://www.eldiario.es/economia/supremo-declara-fija-interina-fallo-justicia-europea-abre-vias-sancion-administracion_1_13213840.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">la última sentencia del Tribunal Supremo en esta materia</a>, del 12 de mayo, que <a href="https://www.eldiario.es/economia/claves-sentencia-supremo-permite-fijos-interinos-fraude-superaron-oposicion_1_13214980.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">declaró fija a una interina que había pasado un proceso de oposición</a> sin conseguir plaza (y que luego estuvo años como temporal en una vacante) y que abrió nuevas vías de sanción a la Administración Pública, “ha introducido elementos nuevos” que hay que analizar.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

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<p>“Además de conocer exactamente cuántos trabajadores temporales están en situación de abuso en todas las administraciones públicas”, añade el departamento de Óscar López, que también se ha puesto en contacto con las organizaciones sindicales para “consensuar entre todos los agentes implicados nuevas medidas para recortar las tasas de temporalidad”.</p>
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<p>“El encuentro de Santander aspira a avanzar en la tarea conjunta de analizar esos posibles cambios normativos y conocer qué medidas han implantado las Comunidades Autónomas para frenar la temporalidad”, indica el Ministerio de Función Pública en una nota. El Gobierno subraya que “son precisamente estas administraciones las que concentran el problema de la alta temporalidad, con una tasa del 40% frente al 4,7% en la Administración General del Estado”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

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<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/crb585" data-type="link" data-id="https://acorta.net/wp/go/crb585" target="_blank" rel="noreferrer noopener">eldiario.es</a> <strong>30.06.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/"></category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
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