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            <title>
									Andalucía - Foros				            </title>
            <link>https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/</link>
            <description>Plataforma de Interinos España</description>
            <language>es</language>
            <lastBuildDate>Wed, 19 Aug 2026 13:22:02 +0000</lastBuildDate>
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            <ttl>60</ttl>
							                    <item>
                        <title>La Junta de Andalucía deberá indemnizar a un interino tras dejarlo sin contrato por un error informático en la bolsa del SAS</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/la-junta-de-andalucia-debera-indemnizar-a-un-interino-tras-dejarlo-sin-contrato-por-un-error-informatico-en-la-bolsa-del-sas/</link>
                        <pubDate>Wed, 19 Aug 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El Consejo Consultivo reconoce la «pérdida de oportunidad» de un funcionario excluido por la lentitud burocrática de la Administración



El Consejo Consultivo obliga a la Junta de Andalucía...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h5 class="wp-block-heading">El Consejo Consultivo reconoce la «pérdida de oportunidad» de un funcionario excluido por la lentitud burocrática de la Administración</h5>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Consejo Consultivo obliga a la Junta de Andalucía a indemnizar a un interino por un error informático que lo dejó sin un contrato de trabajo durante tres años. El órgano de consulta, en una resolución aprobada el pasado 6 de mayo, ha declarado la<strong>&nbsp;responsabilidad patrimonial</strong>&nbsp;de la Administración autonómica tras constatar que un fallo técnico en el Sistema de Información de Recursos Humanos (SIRhUS) impidió que un veterinario interino fuera llamado para cubrir una plaza de larga duración en la provincia de Almería. El dictamen estima parcialmente la reclamación del afectado y reconoce el derecho a percibir una indemnización por «pérdida de oportunidad».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los hechos se remontan a finales de 2024. El perjudicado es un funcionario interino perteneciente al Cuerpo Superior Facultativo de Veterinarios (Subgrupo A1) que aspiraba a una&nbsp;<strong>plaza vacante en Almería</strong>&nbsp;a través de la bolsa de empleo temporal del Servicio Andaluz de Salud (SAS). Al tratarse de un puesto con una duración prevista de tres años (1.095 días), el profesional estimó el perjuicio económico y moral causado en 109.813,30 euros, equivalentes a tres anualidades de sueldo bruto como funcionario A1 más una compensación de 10.000 euros por daños morales y profesionales.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública propuso inicialmente desestimar la reclamación alegando que el derecho al contrato era una «mera expectativa» y&nbsp;<strong>no un daño efectivo</strong>. Sin embargo, el Consejo Consultivo ha enmendado esta postura al verificar que la plaza existía, estaba identificada y la Administración tuvo que recurrir de forma subsidiaria al Servicio Andaluz de Empleo (SAE) al creer de forma errónea que la bolsa de interinos estaba totalmente agotada.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">Su empleo anterior en el Área Sanitaria de Osuna</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Para comprender el fallo de la Administración hay que analizar cómo funciona la bolsa de empleo temporal. El interino venía prestando servicios como sustituto en el Área Sanitaria de Osuna y cesó efectivamente en sus funciones el 5 de octubre de 2024. A partir de ese momento, el trabajador volvía a estar libre y en plenas condiciones de ser contratado de nuevo, debiendo integrarse en el denominado «colectivo 3» de la bolsa de empleo (destinado a los aspirantes que ya han trabajado previamente).</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El problema radica en que la actualización de estas listas debe realizarse de oficio por la propia Administración, pero<strong>﻿</strong>no lo hizo debido a<strong>&nbsp;un retraso burocrático</strong>. Aunque el cese real ocurrió a principios de octubre, la inscripción registral formal de dicho cese en la plataforma informática SIRhUS no se grabó hasta el 23 de diciembre de 2024.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Cuando la Junta de Andalucía publicó la oferta en la página web del Empleado Público el 18 de noviembre de 2024, el sistema informático detectó erróneamente que el veterinario seguía ocupando la plaza anterior en Osuna. Al figurar como «no disponible» en las pantallas de los gestores de personal, se lo saltaron y no lo llamaron para trabajar.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Al figurar como «no disponible» en las pantallas de los gestores de la bolsa de empleo, fue omitido del llamamiento</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El dictamen del Consejo Consultivo es contundente al respecto y recoge textualmente el reconocimiento del error por parte de las autoridades implicadas: «Como reconoce el Servicio de Selección de Personal quienes están en esta situación no pueden ser llamados hasta que tenga lugar su cese, y aunque en el caso del interesado dicho cese se había producido el 5 de octubre de 2024 (así consta en la diligencia de cese de la Gerente del Área Sanitaria de Osuna), resulta que no figuraba en el colectivo 3 »por una&nbsp;<strong>incidencia en el sistema</strong>«, según reconoce el Servicio de Selección de Personal.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>De su informe se desprende, asimismo, que cuando se publicó la convocatoria en cuestión, según la información que consta en el sistema SIRhUS, «está en situación de no disponible». Hubo un «funcionamiento anormal del servicio público, pues la referida inscripción registral y la actualización de la situación del interesado en la bolsa debe realizarse de oficio», afirma el dictamen. La demora, por problemas técnicos o de otra naturaleza, «resulta&nbsp;<strong>imputable a la Administración</strong>, de modo que, dada la inexistencia de aspirantes disponibles, la exclusión del llamamiento al interesado justifica la reclamación de responsabilidad patrimonial por daños ciertos que el mismo no está obligado a soportar», concluye.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">La Junta admitió la inscripción errónea</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La propia Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública llegó a admitir por escrito al interesado el desfase temporal de los sistemas, detallando que al no tener inscrito el cese con fecha de 18 de noviembre, el bloqueo informático fue inevitable hasta que la incidencia se resolvió manualmente el 23 de diciembre. El afectado presentó alegaciones de inmediato tras detectar ofertas de su especialidad derivadas de forma externa al SAE, argumentando que «la Administración pudo comprobar desde ese momento que su situación en la bolsa no era la que le correspondía y no estaba justificada su&nbsp;<strong>exclusión</strong>».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>A pesar de dar la razón al interino en el fondo del asunto, el Consejo Consultivo ha determinado que la indemnización debe ser reajustada considerablemente a la baja. El órgano rechaza abonar de forma íntegra las tres anualidades de sueldo bruto solicitadas, catalogando esa pretensión como un hipotético «lucro cesante futuro» que no se puede asegurar con certeza absoluta dado el carácter temporal del personal interino.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">El Consultivo niega los «daños morales»</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Del mismo modo, el dictamen tumba la petición de los 10.000 euros solicitados por daño moral, argumentando que «no existen elementos de juicio que permitan» acreditar dicho menoscabo psicológico o profesional.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Para evitar un enriquecimiento injusto, la resolución fija las bases del cálculo de la indemnización final, la cual se limitará exclusivamente a la diferencia retributiva entre lo que el interesado haya podido&nbsp;<strong>ganar en otros empleos</strong>&nbsp;durante este periodo y lo que le correspondía percibir en la plaza de Almería, limitando además los conceptos salariales. El dictamen concluye de forma tajante:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El demandante exigía el pago íntegro de las retribuciones correspondientes a los 1.095 días que debió durar el contrato en Almería. Sin embargo, el Consejo Consultivo determina que solo se le indemnizará por la diferencia retributiva real entre lo que dejó de ganar en esa plaza y lo que haya podido percibir en otros empleos durante ese trienio. Además, se excluyen de la ecuación todos los complementos ligados al desempeño efectivo del puesto, como los pluses de productividad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El órgano consultivo sí considera que hubo un error informático achacable a la Administración. Mientras la Junta intentaba escudarse en que la plaza era una «mera<strong>&nbsp;expectativa de empleo</strong>», el dictamen ratifica que existió un «funcionamiento anormal del servicio público».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/9kc454" data-type="link" data-id="https://acorta.net/wp/go/9kc454" target="_blank" rel="noreferrer noopener">www.abc.es</a> <strong>16.06.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/">Andalucía</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/la-junta-de-andalucia-debera-indemnizar-a-un-interino-tras-dejarlo-sin-contrato-por-un-error-informatico-en-la-bolsa-del-sas/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>3 sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público. Los brotes verdes de Obadal</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/3-sentencias-sobre-temporalidad-abusiva-en-el-empleo-publico-los-brotes-verdes-de-obadal/</link>
                        <pubDate>Tue, 18 Aug 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Los TSJ del País Vasco y Andalucía han emitido tres sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público de gran relevancia



Las claves de 3 sentencias sobre temporalidad abusiva en ...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h5 class="wp-block-heading">Los TSJ del País Vasco y Andalucía han emitido tres sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público de gran relevancia</h5>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">Las claves de 3 sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público emitidas por TSJ</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><br>Hace apenas un mes publicábamos una serie de análisis de la STS 475/2026, de 11 de mayo, la primera&nbsp;<a href="https://www.lawandtrends.com/noticias/laboral/caso-obadal-la-gran-oportunidad-perdida-para-acabar-con-la-temporalidad-en-el-empleo-publico-1.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">reacción del Tribunal Supremo</a>&nbsp;a la STJUE de 14 de abril de 2026 (Gran Sala, asunto C-418/24, Caso Obadal) sobre&nbsp;<strong><a href="https://vento.es/temporalidad-en-el-empleo-publico/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">temporalidad en el empleo público</a></strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Afirmamos entonces que la Sala IV había sido conservadora y que, a pesar de los<strong>&nbsp;avances en materia de fijeza e indemnización compensatoria</strong>, la sentencia constituía una oportunidad perdida para acabar de raíz con los abusos de temporalidad en el sector público.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Pues bien: en apenas cuatro semanas, tres&nbsp;<strong>sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público&nbsp;</strong>emitidas por Tribunales Superiores de Justicia han demostrado que el marco fijado por el Supremo no es un techo, sino un suelo sobre el que construir.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La STSJ del País Vasco de 4 de junio de 2026 y las dos STSJ de Andalucía, sede Sevilla, de 11 de junio de 2026, abren tres frentes decisivos que vamos a analizar con el enfoque que nos caracteriza: combativo, riguroso y orientado a la acción.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>¿Por qué son tan importantes estas sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público? No podemos perder de vista que la Encuesta de Población Activa (EPA) sigue indicando un&nbsp;<strong>26,8% de precariedad en el empleo público español</strong>, con sectores como el educativo y el sanitario superando el 48%, con un 66% de mujeres afectadas, y a años luz del 8% exigido por la Unión Europea. Estamos ante un&nbsp;<strong>grave drama social y económico para casi un millón de hogares</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las&nbsp;<strong>sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público</strong>&nbsp;que analizamos hoy demuestran que los tribunales, al menos algunos, empiezan a tomárselo en serio.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><a href="https://youtu.be/iFQLoCv3LMU?si=OB-7FWr8qyFtLcVk" target="_blank" rel="noreferrer noopener">https://youtu.be/iFQLoCv3LMU?si=OB-7FWr8qyFtLcVk</a></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">El punto de partida de estas sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público: Obadal y la STS 475/2026</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La&nbsp;<strong><a href="https://vento.es/empleados-publicos-que-han-sufrido-abuso-de-temporalidad/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">STJUE Obadal</a></strong>&nbsp;estableció que la cláusula 5 del Acuerdo Marco se opone a considerar la transformación en&nbsp;<strong>indefinido no fijo</strong>&nbsp;como medida adecuada frente al abuso de temporalidad, porque mantiene una relación precaria, declarando&nbsp;<strong>insuficientes las indemnizaciones tasadas con doble límite máximo</strong>&nbsp;si no reparan íntegramente el daño, el régimen de responsabilidad administrativa si es ambiguo o imprevisible, y los procesos selectivos si no sancionan específicamente el abuso.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Cuando la reparación económica sea la medida elegida, la&nbsp;<strong><a href="https://vento.es/indemnizacion-por-abuso-de-temporalidad/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">indemnización por abuso de temporalidad</a></strong>&nbsp;debe&nbsp;<strong>compensar íntegramente el perjuicio</strong>: naturaleza de funciones, número y duración de contratos, ventajas económicas perdidas y daño por incertidumbre.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La STS 475/2026, dictada por el Pleno de la Sala de lo Social, asumió parcialmente esta doctrina,&nbsp;<strong>reconociendo la fijeza cuando el trabajador ha participado en un proceso selectivo para personal fijo, lo ha superado sin obtener plaza, y ha sufrido posteriormente un abuso en la temporalidad</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Reconoció también una&nbsp;<strong>indemnización compensatoria íntegra compatible con la extintiva</strong>&nbsp;y ordenó la remisión de testimonio a la ITSS.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Pero dejó sin resolver cuestiones capitales: ¿la superación del proceso debe ser previa al abuso? ¿Qué ocurre cuando la extinción se produce por cobertura reglamentaria? ¿Qué pasa si el trabajador no pide todo lo que Obadal permite? Estos tres flecos son exactamente los que las<strong>&nbsp;sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público</strong>&nbsp;que vamos a analizar empiezan a resolver.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><a href="https://youtu.be/z6CMfzGu6LY?si=GHb7cCfcrmF0ubhk" target="_blank" rel="noreferrer noopener">https://youtu.be/z6CMfzGu6LY?si=GHb7cCfcrmF0ubhk</a></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">3 sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público emitidas por TSJ</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">1. País Vasco: La fijeza no entiende de calendarios</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Empecemos por la primera de las sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público que vamos a desgranar: la STSJ del País Vasco 1339/2026, de 4 de junio, rec. 1007/2026.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Esta sentencia resuelve el caso de una trabajadora de guardería municipal del Ayuntamiento de Portugalete con primer contrato en 1995 más 31 periodos de actividad encadenados. Fue declarada indefinida no fija en instancia y había concurrido al proceso de estabilización convocado en 2022, obteniendo 89,50 puntos y quedando cuarta para dos plazas vacantes.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La Sala estima el recurso y&nbsp;<strong>declara la relación fija, aplicando la STJUE Obadal y la STS 475/2026</strong>. Pero lo verdaderamente trascendente es que afina su doctrina básica:&nbsp;<strong>cuando en cualquier momento de la relación con la Administración se ha superado un proceso de acceso a plaza fija sin obtenerla y concurre contratación abusiva, procede la fijeza</strong>, siendo indiferente que la superación del proceso selectivo sea previa, coetánea o posterior a este abuso en la temporalidad:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Es indiferente el que la superación de la prueba pública sea previa o posterior o mientras se está en la contratación inusualmente larga e irregular que se ha concertado con el trabajador o trabajadora, y ello porque entenderlo de otra forma resultaría contradictorio. Si entendiésemos que solo es admisible la superación de un proceso selectivo para plaza fija previo a la contratación irregularmente larga se introduciría un elemento de desigualdad entre trabajadores que se encuentran en la misma situación. La coyuntura es similar entre unos y otros: relación anómala por su extensión temporal y superación de un sistema selectivo público para plaza fija en la Administración.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Este razonamiento incluido en la primera de las&nbsp;<strong>sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público</strong>&nbsp;que estamos analizando ya lo anticipamos desde el Área de Empleo Público de Vento en nuestros webinars, y se apoya en&nbsp;<strong>tres pilares constitucionales</strong>&nbsp;que compartimos plenamente:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:list -->
<ol class="wp-block-list"><!-- wp:list-item -->
<li>El <strong>principio de igualdad</strong> (art. 14 CE): diferenciar según el momento de la superación genera una desigualdad sin justificación objetiva entre personas en idéntica situación material.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>La <strong>tutela judicial efectiva</strong> (art. 24 CE): muchos trabajadores declarados indefinidos no fijos por sentencia siguieron prestando servicios y se presentaron después a procesos selectivos; negarles ahora la fijeza porque la superación fue posterior significaría que la tutela judicial les perjudicó.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>La <strong>no discriminación por edad</strong>: las trayectorias iniciadas en los años noventa han determinado que muchos afectados tengan una edad que dificulta enormemente el acceso a nuevos procesos.</li>
<!-- /wp:list-item --></ol>
<!-- /wp:list -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Esta sentencia confirma lo que ya defendíamos: la cronología es irrelevante, por lo que las miles de personas trabajadoras que participaron en los procesos de estabilización de 2022, superaron la oposición o el concurso, pero no obtuvieron plaza, y continúan en situación de abuso, deben de&nbsp;<strong>reclamar inmediatamente su fijeza</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">2. Andalucía (I): La cobertura reglamentaria del indefinido no fijo debe ser indemnizada como despido improcedente</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La segunda de las&nbsp;<strong>sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público</strong>&nbsp;que debemos destacar es la STSJ de Andalucía/Sevilla de 11 de junio de 2026, rec. 1908/2024.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Esta resolución aborda la&nbsp;<strong>extinción por cobertura reglamentaria de la plaza de una interina por vacante</strong>&nbsp;que permaneció en esa situación durante siete años y medio. En instancia se desestimó la demanda de despido, pero la Sala estima el recurso y&nbsp;<strong>declara el despido improcedente</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El razonamiento es contundente: tras Obadal y la STS de 11 de mayo de 2026, la cobertura reglamentaria de la plaza de un indefinido no fijo no puede ser compensada con una indemnización tasada de 20 días por año de servicios prestados:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Entendemos que la indemnización que debiera fijarse es la equivalente al despido calificado improcedente puesto que se extingue una relación laboral abusiva, y aunque en tal caso la trabajadora tendrá derecho a dos indemnizaciones distintas e independientes, compatibles entre sí: la indemnización extintiva y la indemnización compensatoria del abuso en la temporalidad adicional, y solo aquí reclamada la indemnización extintiva se devengará la correspondiente indemnización legal tasada derivada de la pérdida del contrato de trabajo cuya cuantía dependerá de cuál haya sido la causa de extinción de la relación laboral y que como llevamos diciendo los no temporales están sometidos a condición y la extinción sería injustificada en cuanto se ha producido transcurrido el plazo, el del art. 70 EBEP o el del art. 15.5 ET que si debiera incluir a los INF, como se hace tras la reforma del 2021, y como la indemnización por despido improcedente es una medida adecuada en los términos del art. 5 del Acuerdo Marco y si ya en el año 2017 se había producido el abuso de temporalidad y extinguida la relación el 31-8-2023 inferimos lo precedente.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La consecuencia práctica es extraordinariamente relevante, pues como señala la Sala, cabrían&nbsp;<strong>dos indemnizaciones distintas e independientes: la del despido improcedente, por la extinción injustificada del contrato, y la compensatoria por los daños derivados del abuso de temporalidad</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El mensaje a las Administraciones es que el abuso tiene consecuencias económicas reales, el coste se multiplica con la inacción, y con ello se logra el efecto disuasorio que la normativa comunitaria exige.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>A efectos prácticos, si una trabajadora con siete años y medio de abuso que es cesada por cobertura reglamentaria puede ahora&nbsp;<strong>reclamar 33 días por año de servicio como despido improcedente más una indemnización compensatoria íntegra</strong>, que repare los daños materiales y morales sufridos durante toda la relación abusiva.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">3. Andalucía (II): La importancia de demandar bien</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La segunda de las&nbsp;<strong>sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público</strong>&nbsp;emitida por el TSJ de Andalucía es de la misma fecha (rec. 1887/2024) y resuelve el caso de un<strong>&nbsp;trabajador interino por vacante cuya relación seguía vigente</strong>. La Junta había intentado la cobertura reglamentaria varias veces sin conseguirla, y el empleado público continuaba en activo, por lo que&nbsp;<strong>solicitó fijeza o, subsidiariamente, declaración de indefinido no fijo</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La Sala confirma la declaración de indefinido no fijo, pero no porque la considere solución correcta tras Obadal, sino por<strong>&nbsp;límites estrictamente procesales</strong>. Lo que nos introduce directamente en el debate sobre&nbsp;<strong>qué pasa con los asuntos antiguos que se encuentran en fase de suplicación</strong>, como bien recoge la Sala Andaluza:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Como la Administración en este caso ha construido su recurso sobre una premisa fáctica falsa -la no existencia de abuso de temporalidad-, nos lleva a la Sala a rechazarlo por ese motivo -con la consecuencia paradójica de que la INF quede confirmada no por ser correcta doctrinalmente, sino porque la Administración ha recurrido mal-. Es decir, el tribunal no puede resolver ultra petita lo que la Administración no ha planteado correctamente, aunque la nueva doctrina apunte en otra dirección. Esa tensión entre la nueva doctrina del TS y los límites del recurso extraordinario es, precisamente, una de las zonas de mayor incertidumbre que la STS de 11 de mayo de 2026 deja pendiente de resolución.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La Sentencia reconoce que la contratación excede del plazo máximo de tres años y que la falta de cobertura efectiva evidencia abuso. Sin embargo,&nbsp;<strong>la fijeza no era posible porque no se acreditó la superación de un proceso selectivo para plaza fija</strong>, y la&nbsp;<strong>indemnización compensatoria no podía introducirse porque no se había solicitado en instancia</strong>. El principio dispositivo y la congruencia procesal impiden al Tribunal otorgar lo que no se pidió.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Esta sentencia es una llamada de alerta para todos los profesionales que litigan en esta materia, pues el marco sustantivo está cambiando y la efectividad de los nuevos derechos depende de la&nbsp;<strong>exhaustividad del planteamiento procesal desde la demanda</strong>, lo que exige un estudio pormenorizado, ya no solo del caso que llega a nuestra mesa, sino un examen de los diferentes procesos que la persona afectada haya ejercido hasta ese momento.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Más allá de estas sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público también, resulta evidente que quedan pendientes numerosas cuestiones por parte de la Sala IV, entre ellas, la del&nbsp;<strong>plazo de prescripción para estas nuevas acciones</strong>&nbsp;y la posibilidad de aplicar la institución de cosa juzgada, lo que, sin duda, afecta a miles de procesos pendientes en este momento.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Conclusiones prácticas que nos dejan estas sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las tres&nbsp;<strong>sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público</strong>&nbsp;que venimos de analizar configuran un patrón claro,&nbsp;<strong>interpretando Obadal en clave expansiva</strong>:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:list -->
<ol class="wp-block-list"><!-- wp:list-item -->
<li>La<strong> fijeza se amplía eliminando barreras temporales artificiales</strong>.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>La <strong>indemnización por despido improcedente es acumulable a la de abuso en la temporalidad</strong>.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>La figura del indefinido no fijo agoniza como respuesta autónoma al abuso, lo que obliga a los Tribunales a establecer cuál es la respuesta cuando no procede la fijeza.</li>
<!-- /wp:list-item --></ol>
<!-- /wp:list -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>A raíz de estas sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público, podemos establecer una serie de recomendaciones prácticas para el<strong>&nbsp;análisis especializado de cada situación individual</strong>:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:list -->
<ul class="wp-block-list"><!-- wp:list-item -->
<li><strong>Revisar si se ha superado algún proceso selectivo para plaza fija</strong>, durante toda la duración de la situación en abuso en la temporalidad. Como hemos defendido desde un principio, la <strong>cronología es irrelevante</strong>.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li><strong>Reclamar indemnización compensatoria por abuso, aunque la relación siga viva</strong>. La STS 475/2026 reconoce que no requiere extinción. El daño se produce día a día y no hay que esperar al cese.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>Si hay extinción por cobertura reglamentaria, <strong>acumular despido improcedente e indemnización compensatoria</strong>. La primera sentencia andaluza confirma la compatibilidad.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li><strong>Formular demandas completas desde instancia</strong>: pedir fijeza como pretensión principal, situación equiparable de estabilidad en el empleo en caso de no superación de proceso selectivo, indemnización compensatoria por abuso y, subsidiariamente, despido improcedente o indemnización extintiva.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li><strong>Revisar los procesos ya iniciados</strong>, para valorar su pertinencia o reformulación.</li>
<!-- /wp:list-item --></ul>
<!-- /wp:list -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Obadal no se cerró con la STS de 11 de mayo de 2026, y estas&nbsp;<strong>sentencias sobre temporalidad abusiva en el empleo público</strong>&nbsp;demuestran que el derecho comunitario permite ir mucho más allá, tal y como avanzábamos hace semanas. Actuemos con rigor, con estrategia y con ambición.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

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<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/b5q822" data-type="link" data-id="https://acorta.net/wp/go/b5q822" target="_blank" rel="noreferrer noopener">vento.es</a> <strong>16.06.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/">Andalucía</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/3-sentencias-sobre-temporalidad-abusiva-en-el-empleo-publico-los-brotes-verdes-de-obadal/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Movilización interinas en abuso de temporalidad CGT - EDUCACIÓN - ANDALUCÍA.</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/movilizacion-interinas-en-abuso-de-temporalidad-cgt-educacion-andalucia/</link>
                        <pubDate>Mon, 17 Aug 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Situación Jurídica y Movilización del Personal Interino en Abuso de Temporalidad



&#x2696;&#xfe0f; 1. Informe de los Servicios Jurídicos: Vía Judicial Actual



En primer lugar, tras las c...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h5 class="wp-block-heading">Situación Jurídica y Movilización del Personal Interino en Abuso de Temporalidad<br></h5>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>&#x2696;&#xfe0f; 1. Informe de los Servicios Jurídicos: Vía Judicial Actual<br></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En primer lugar, tras las consultas realizadas a los servicios jurídicos de la Federación y de los distintos territorios respecto a la viabilidad de la vía judicial, se concluye lo siguiente: la situación para el funcionariado interino no ha experimentado cambios significativos tras la sentencia Obadal. De este modo, la Sala Tercera del Tribunal Supremo (Contencioso-Administrativo), en su pronunciamiento del 29 de abril de 2026, se ha ratificado en la doctrina restrictiva seguida hasta la fecha.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Ante la incertidumbre de si futuros fallos modificarán este criterio, se desaconseja la vía litigiosa individual. En concreto, debido a la escasa expectativa de éxito actual, junto al elevado riesgo de condena en costas y coste económico, no se recomienda a la afiliación en general interponer demandas judiciales en este momento.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Por lo tanto, esta postura solo se reconsiderará si se produce un giro doctrinal por parte del Tribunal Supremo u otros tribunales. Asimismo, se reactivará en caso de un cambio legislativo explícito.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>&#x270a; 2. Acción Directa y Movilización Social: Campaña #EstabilizaciónYA</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><br>Dado el bloqueo en el ámbito judicial, la respuesta debe trasladarse de forma inmediata a la acción directa y colectiva. El objetivo principal es visibilizar la precariedad y exigir una estabilización real del profesorado interino, poniendo fin a los contratos temporales eternos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Por este motivo, desde CGT Enseñanza se hace un llamamiento a organizar la protesta en los centros de trabajo a través de esta hoja de ruta:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>&#x1f4ca; Contabilizar: Averiguar el número exacto de compañeras y compañeros interinos en el centro.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>&#x1f5a8;&#xfe0f; Imprimir: Descargar las plantillas disponibles (para instituto, escuela o facultad, que tienes más abajo) e imprimirlas en formato A3. Se recomienda utilizar papel de color amarillo para homogeneizar la protesta.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>&#x1f4cc; Colocar: Pegar el cartel en una ubicación estratégica y muy visible del centro. Por ejemplo, la entrada principal, el tablón de anuncios o la sala de profesores.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>&#x1f4f2; Difundir: Hacer una fotografía al cartel instalado y compartirla en redes sociales utilizando el hashtag #EstabilizaciónYA, etiquetando a la organización para maximizar el alcance.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>&#x1f465; Organizarse: Quedar con las compañeras y compañeros interinos y constituir un grupo o asamblea de centro. Además, podéis animar al resto del claustro a organizarse en la asamblea docente y realizar una tabla reivindicativa.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>&#x1f91d; Coordinarse: Ponerse en contacto con la CGT de cada provincia. De este modo, podremos generar con la información una coordinadora de asambleas y conocerse con las compañeras y compañeros de otros centros.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>&#x1f525; Movilizarse: Quedar a nivel provincial para diseñar de forma colectiva un calendario de movilizaciones. El fin último es avanzar hacia la huelga general educativa en todos los niveles, por la fijeza y por la educación pública.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En conclusión, la estabilización y la defensa de nuestros derechos laborales solo se conseguirán mediante la unidad y la movilización organizada.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>&#x1f4c2; Materiales de la Campaña y Contacto Directo<br>Para facilitar la acción, ponemos a tu disposición todos los recursos necesarios para arrancar la movilización en tu centro de forma inmediata:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>&#x1f449; </p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>No te quedes de brazos cruzados. El laberinto judicial busca el desgaste individual, pero nuestra respuesta desde CGT siempre será la organización colectiva.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>¡Pasa a la acción en tu claustro!</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>¡Sin lucha no hay derecho!</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/wxx1052" data-type="link" data-id="https://acorta.net/wp/go/wxx1052" target="_blank" rel="noreferrer noopener">cgtaeducacion.org</a> <strong>15.06.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/">Andalucía</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/movilizacion-interinas-en-abuso-de-temporalidad-cgt-educacion-andalucia/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>UGT se descuelga de la huelga en Canal Sur con un aviso a la plantilla: hacer fijos sin examen a 57 interinos «es ilegal»</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/ugt-se-descuelga-de-la-huelga-en-canal-sur-con-un-aviso-a-la-plantilla-hacer-fijos-sin-examen-a-57-interinos-es-ilegal/</link>
                        <pubDate>Fri, 26 Jun 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El sindicato se desmarca por su rechazo a la fijeza exprés que exigen CCOO, la Agrupación de Trabajadores y SPA: «No vamos a formar parte de este circo»



La demanda de Comisiones Obreras, ...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h5 class="wp-block-heading">El sindicato se desmarca por su rechazo a la fijeza exprés que exigen CCOO, la Agrupación de Trabajadores y SPA: «No vamos a formar parte de este circo»</h5>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La demanda de Comisiones Obreras, la Agrupación de Trabajadores y el Sindicato de Periodistas (SPA) de hacer fijos a 57 interinos de Canal Sur mediante un concurso de méritos, sin necesidad de realizar exámenes, ha descolgado a UGT de la convocatoria de huelga parcial que&nbsp;se inicia este lunes 11 de mayo. El primero de los paros está previsto pocas horas antes de que la cadena pública organice el&nbsp;<strong>debate en los cinco candidatos</strong>&nbsp;a la Presidencia de la Junta de Andalucía que se van a batir en las elecciones andaluzas del próximo 17 de mayo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El frente común de los trabajadores para exigir mejoras y estabilidad en el servicio público se ha roto. La sección sindical de UGT-RTVA ha confirmado oficialmente su salida del comité de huelga y su desvinculación de los paros parciales previstos para hoy, mañana martes y el jueves 14 de mayo. La fractura se debe al rechazo frontal de UGT a la exigencia de los otros sindicatos, que tienen la mayoría en el Comité Intercentros, para llevar a cabo un proceso de estabilización «ilegal».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">Cambia el motivo de los paros</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>«Se ha dejado de hablar de<strong>&nbsp;producción propia</strong>, de manipulación informativa, de inversión y de los problemas reales de los centros de trabajo y delegaciones, para centrarse en un proceso que a todas luces es ilegal. UGT-RTVA hace sindicalismo para la mayoría, no para intereses particulares que ponen en riesgo la estabilidad de todo el proceso de empleo. Por responsabilidad, por respeto al convenio y por seguridad jurídica para todos/as los aspirantes: UGT no avala este proceso», concluye esta sección sindical en un comunicado emitido este lunes.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La decisión de UGT, comunicada a primera hora de este lunes, se fundamenta en la «responsabilidad» y en un demoledor informe jurídico firmado por el&nbsp;<strong>catedrático Cruz Villalón</strong>. Según este dictamen, la pretensión de estabilizar a este grupo de trabajadores bajo fórmulas que no cumplen los requisitos legales de «fraude de ley» es «altamente susceptible de ser impugnada y anulada por los tribunales». Para UGT, seguir adelante con esta reivindicación no solo es un error estratégico, sino un riesgo sistémico para el empleo en la casa.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El conflicto estalló en las últimas reuniones negociadoras con la Dirección de la RTVA. Según el comunicado emitido por UGT, el foco de las movilizaciones se «desvió exclusivamente» hacia una propuesta que no figuraba en el acuerdo original del Comité Intercentros. Los otros sindicatos exigen que se detraigan al menos 57 plazas del cupo general de las próximas oposiciones para adjudicarlas por concurso de méritos extraordinario a personal con encadenamiento de contratos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">UGT denuncia que la protesta ha devenido en un «circo»</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>«UGT-RTVA no va a formar parte de este circo», sentencia el sindicato en su nota a la plantilla. La organización advierte de que, si el proceso se bloquea en los juzgados por una ilegalidad manifiesta, se produciría una situación de «indefensión absoluta». El riesgo es doble: por un lado, quienes opten a una plaza por cauces legales verían su futuro congelado durante años; por otro, los contratos vinculados a la tasa de reposición podrían ser rescindidos al cumplirse los tres años si el proceso selectivo está paralizado por impugnaciones.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Uno de los puntos más espinosos de la denuncia de UGT es el impacto que este plan tendría sobre los trabajadores que ya son fijos en la RTVA. Para ejecutar la estabilización «sin examen», los sindicatos convocantes pretenden la suspensión de los artículos 15 al 20 del Convenio Colectivo. En la práctica, esto supone bloquear los traslados de trabajadores que llevan años esperando acercarse a sus familias y anular los procesos de promoción interna.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">«Intentan colocar a personas afines»</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>«No es justo que a un trabajador fijo se le exija una prueba para optar a una categoría superior mientras se pretende que otros estabilicen mediante un concurso de méritos sin garantías constitucionales de capacidad», critican desde UGT. Además, denuncian una alarmante «falta de transparencia» al no aclararse qué categorías se verían afectadas por esta detracción de plazas, sugiriendo que se podría estar intentando «colocar a personas afines».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La dirección de la RTVA lamentó que el comité siguiera con la huelga a las puertas de convocar la mayor oferta laboral en décadas</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Por su parte, la Dirección de la RTVA, en un comunicado difundido el pasado viernes, lamentó la cerrazón del comité de huelga (ya sin UGT). La empresa asegura haber presentado propuestas que garantizan la mayor oferta de empleo en décadas: un total de 246 plazas (sumando tasas de reposición de 2021 a 2025 y un cupo adicional del 20%). De hecho, UGT reivindica como logro propio la detección de un error en el conteo de 2020 que ha permitido sumar 16 plazas más a este total.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La Dirección ha sido tajante: las plazas no se obtienen «bajo amenazas» y cualquier reserva de puestos debe contar con una «garantía jurídica» que los sindicatos convocantes no han podido acreditar. La empresa defiende que ya se han<strong>&nbsp;estabilizado 229 puestos</strong>&nbsp;en 2024 y que el plan actual es el más ambicioso de la historia del ente autonómico.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">El derecho a la información, blindado por ley</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La huelga llega en el momento de máxima tensión política, en plena campaña para los comicios al Parlamento andaluz. La Dirección advierte de que los paros de cuatro horas dañan el derecho a la información de los andaluces y ponen en serio riesgo la celebración de los debates electorales previstos, donde los líderes de los principales partidos deben contrastar sus programas. «Se hurta a los andaluces conocer de primera mano las propuestas de los líderes», lamenta la empresa, que acusa a parte de los sindicatos de querer «calentar la campaña» deliberadamente. Los servicios electorales y noticias de alcance están blindados por ley.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Mientras&nbsp;<strong>CCOO, SPA y Agrupación</strong>&nbsp;siguen en pie de guerra, UGT abandona la línea defendiendo un «sindicalismo para la mayoría» y priorizando la seguridad jurídica de las 246 plazas totales frente a lo que consideran intereses particulares. El temor a que todo el proceso de empleo acabe en los tribunales, como ya ocurrió en el pasado con otros procesos de consolidación mal planteados, ha pesado más que la unidad de acción.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/6rs988" id="https://acorta.net/wp/go/6rs988" target="_blank" rel="noreferrer noopener">www.abc.es</a> <strong>11.05.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/">Andalucía</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/ugt-se-descuelga-de-la-huelga-en-canal-sur-con-un-aviso-a-la-plantilla-hacer-fijos-sin-examen-a-57-interinos-es-ilegal/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Un abogado laboralista aclara cuáles son los interinos que pueden reclamar una plaza fija</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/un-abogado-laboralista-aclara-cuales-son-los-interinos-que-pueden-reclamar-una-plaza-fija/</link>
                        <pubDate>Mon, 04 May 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que busca mejorar la estabilidad del personal de la Administración pública ha dado fuerza a los más de 12.000 interi...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h5 class="wp-block-heading">La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que busca mejorar la estabilidad del personal de la Administración pública ha dado fuerza a los más de 12.000 interinos que quieren mejorar sus condiciones laborales en Granada</h5>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que busca mejorar la estabilidad del personal de la Administración pública ha dado&nbsp;fuerza a los más de 12.000 interinos que quieren mejorar sus condiciones laborales en Granada y buscan conseguir una plaza fija.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Hasta el momento, el TS ha manifestado que no puede hacer fijo a personal laboral de la Administración que no haya concurrido a un proceso selectivo, es decir, que no haya realizado un examen de oposición. Así lo establecen los artículos 23 y 103 de la Constitución Española.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Sin embargo, la situación precaria de algunos trabajadores que llevan años encadenando contratos públicos sin una plaza fija les ha llevado a presentar demandas que se acumulan en el Tribunal Supremo y el TJUE ampara. Antonio Peña, abogado laboralista, comparte algunas recomendaciones para aquellas personas afectadas y que no sepan cómo proceder.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">1 ¿Qué hacer si eres interino?</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El experto opina que «sin ningún género de duda» los trabajadores interinos tendrían que presentar denuncias particulares, pero aclara que hay que analizar cada caso concreto. Por lo que aconseja a aquellas personas que se encuentren en una situación de este tipo que se asesoren con abogados laboralistas y estudien su circustancia particular.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">2 ¿Quiénes pueden demandar?</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La sentencia en cuestión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ampara a aquellos interinos que lleven más de tres años prestando servicio a la Administración pública. «El personal laboral que lleve más de tres años debería presentar una demanda declarativa de derechos para que le reconozcan la fijeza», señala Peña. En este sentido, ocurre que esos trabajadores son despedidos antes de cumplir ese periodo, van al paro y después vuelve a ser contratados. «Así suman periodos trabajados y a lo mejor llevan nueve años, pero interrumpidos, y lo hacen para romper la unidad esencial del vínculo contractual, es decir, la antigüedad».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">3 Principales afectados por la sentencia</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los tres grupos de trabajadores afectados principalmente por la sentencia del TJUE son personal laboral al servicio de la Administración; el personal estatutario al servicio de la sanidad pública; y los funcionarios interinos. «Son los que tienen que reclamar y acudir a un abogado especialista para que estudie su caso y valore las opciones de plantear una demanda para reclamar la fijeza o una indemnización en caso de despido o cese», explica el abogado.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">4 ¿Se puede estar de interino más de tres años?</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La ley estipula que los empleados que hayan pasado más de tres años trabajando para la Administración pública podrán continuar «siempre y cuando estén cubriendo una vacante que esté pendiente de cubrirse por oposición». «Se trata de una excepción a la ley. El problema es que hay casos en los que llevan, por ejemplo, siete años trabajando como funcionarias interinas, pero no estaban cubriendo ninguna vacante», afirma Peña, de acuerdo a un caso de 30 o 40 auxiliares de ayuda a domicilio de un ayuntamiento que está defendiendo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">5 La figura del indefinido no fijo</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>«El indefinido no fijo es una figura que se inventó el Tribunal Supremo», indica el experto. Y responde a aquellas personas que tienen un contrato indefinido en la Administración pública pero no cuentan con una plaza. Esto conlleva que si se convoca una oposición y llega un tercero que la gana, el que ocupaba ese puesto es despedido.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">6 ¿Qué dice ahora la ley?</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La ley establece que en caso de despido, incluso con más de tres años trabajados en el sector público, a la persona le corresponde una indemnización de 20 días por año de servicio. Sin embargo, el Tribunal de Justicia Europeo ha resuelto que se considera insuficiente.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">7 ¿Y si el Supremo falla a favor?</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El hecho de que el Tribunal Supremo, en este caso, dictara una sentencia de casación a favor de la trabajadora y el Gobierno tuviera que hacerla fija, se abriría la puerta a que a miles de empleados que han presentado demandas puedan darles la razón y hacerlos fijos. No obstante, la Administración pública en España se ha mostrado siempre reacia a ello.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/hjn297" id="https://acorta.net/wp/go/hjn297" target="_blank" rel="noreferrer noopener">www.ideal.es</a> <strong>16.04.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/">Andalucía</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/un-abogado-laboralista-aclara-cuales-son-los-interinos-que-pueden-reclamar-una-plaza-fija/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Procesada una concejal del PSOE por hacer funcionaria a una mujer a cambio del voto de toda su familia en las elecciones en Arcos de la Frontera</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/procesada-una-concejal-del-psoe-por-hacer-funcionaria-a-una-mujer-a-cambio-del-voto-de-toda-su-familia-en-las-elecciones-en-arcos-de-la-frontera/</link>
                        <pubDate>Wed, 12 Nov 2025 07:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[María José González Peña, actual vicesecretaria general del PSOE en el municipio gaditano, amañó supuestamente un concurso oposición para contratar a una mujer con la «condición» de que ella...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">María José González Peña, actual vicesecretaria general del PSOE en el municipio gaditano, amañó supuestamente un concurso oposición para contratar a una mujer con la «condición» de que ella, su marido y hermanas apoyaran al partido</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Un empleo público en el Ayuntamiento de&nbsp;<strong>Arcos de la Frontera</strong>&nbsp;(Cádiz) a cambio de que su familia al completo votara al PSOE&nbsp;<strong>en las elecciones municipales del 26 de mayo de 2019</strong>, que estaban próximas a celebrarse. Fue el trato que un&nbsp;asesor de la actual vicesecretaria general del PSOE, María José González Peña, entonces teniente de alcalde de Personal en el Consistorio gaditano, ofreció a la beneficiaria del contrato, Manuela F. N. El premio fue una plaza como funcionaria interina&nbsp;<strong>mediante un concurso oposición que fue amañado a su medida</strong>. Para no dejar ningún cabo suelto, el cuestionario del examen tipo test había sido confeccionado por la propia adjudicataria del puesto.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Mediante un&nbsp;<strong>auto dictado el pasado 2 de septiembre, al que ha tenido acceso ABC</strong>, el juez de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Arcos de la Frontera número 2, da por finalizada la investigación y acuerda transformar las diligencias previas en un procedimiento abreviado, el paso previo a la apertura de juicio oral. El instructor de las pesquisas, Eduardo Vaquero Llevot, aprecia supuestos&nbsp;<strong>delitos de prevaricación y revelación de secretos</strong>&nbsp;en la actuación de cuatro personas, sin perjuicio de cualquier otra tipificación penal que pueda resultar durante el proceso.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En esta causa están procesados la actual concejal del PSOE y número dos del partido en Arcos de la Frontera; el que fuera su asesor y<strong>&nbsp;jefe de la Policía Local en este municipio de la serranía de Cádiz</strong>, Luciano Muñoz Castaño; el presidente del tribunal del concurso, Ricardo F. V., y la propia adjudicataria del puesto, quien decidió tirar de la manta desde el inicio de la instrucción y reconocer hechos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">Un proceso «teledirigido»</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El juez otorga un papel decisivo en la supuesta trama a la edil María José González Peña, que formaba parte del equipo de gobierno municipal como&nbsp;<strong>delegada de Personal y Hacienda</strong>&nbsp;hasta las pasadas elecciones municipales de 2023. «Prevaleciéndose de la posición que ostentaba» en el Ayuntamiento, junto a Luciano Muñoz, asesor de la Delegación de Personal y jefe de la Policía Local de Arcos de la Frontera, «<strong>urdieron un plan con el ánimo de beneficiar</strong>&nbsp;a Manuela F. N. para que la misma accediese a una plaza de funcionaria interina en dicha Corporación local», relata el instructor. Para conseguir su objetivo «diseñaron un procedimiento teledirigido en el concurso-oposición a&nbsp;<strong>la plaza interina de oficial de Inspección de la Oferta de Empleo Público de 2018</strong>», que se desarrolló tan sólo unos días antes de las elecciones municipales de 2019.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>«Como condición», el asesor de la actual número dos del PSOE en la localidad gaditana «le solicitó» a la beneficiaria del empleo público que «por parte de ella,&nbsp;<strong>su madre, su marido, hermanas y demás familia y allegados</strong>, en las próximas elecciones municipales que estaban a punto de celebrarse , votasen a favor del partido político de la delegada de Personal, María José González Peña», especifica el juez. El PSOE reeditó su mandato tras los comicios hasta el año 2023.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">El cuestionario fue confeccionado por la propia candidata</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Para asegurarse de que fuera ella y ninguna otra la candidata adjudicataria del puesto, como así sucedió, el cuestionario tipo test fue elaborado por la propia aspirante y remitido al tribunal seleccionador, y también se le&nbsp;<strong>comunicó previamente el contenido del caso práctico incluido en la convocatoria del examen</strong>. Toda esta información «la colocó en posición de absoluta e indeseable ventaja y privilegio en relación al resto de aspirantes», advierte el juez.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El plan se cocinó en una reunión que los principales protagonistas de la trama mantuvieron a mediados de junio de 2018<strong>&nbsp;en el restaurante El Lago de esta localidad gaditana</strong>&nbsp;de 31.000 habitantes que forma parte de la ruta de pueblos blancos de Andalucía. González Peña, «previo acuerdo con Luciano Muñoz, le ofreció a Manuela F. N., la posibilidad de acceder de nuevo» a una plaza en el Consistorio aunque fuese en régimen de interinidad, «sin perjuicio de que más adelante ya promocionaría y consolidaría su plaza», detalla el auto.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>El juez concluye que la actual 'número dos' del PSOE local diseñó un proceso «teledirigido» para beneficiar a una candidata</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La beneficiaria del contrato&nbsp;<strong>había sido cesada «por imperativo legal» dos meses antes</strong>&nbsp;por el fuera alcalde de dicha localidad, el socialista Isidoro Gambín, porque la Ley de Coordinación de Policías Locales de Andalucía del año 2001 prohibía la existencia de agentes interinos, el puesto que ésta había&nbsp;<strong>ocupado durante más de veinte años</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">Acordaron «echarle un cable» en las oposiciones</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La edil socialista y su asesor decidieron que «buscarían» una de las plazas más adecuadas a su perfil y categoría, «en la que no tuviese competencia, asegurándose así que no tendría problema alguno con la fase de concurso», ya que&nbsp;<strong>con la antigüedad que poseía iba a obtener la máxima puntuación</strong>. En la fase de oposición, es decir, en los exámenes, convinieron en que «le echarían un cable e incluso le dirían con anterioridad cuándo saldrían las plazas para que pudiera ir preparándose».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>«Transgrediendo conscientemente los principios constitucionales de&nbsp;<strong>igualdad, mérito y capacidad</strong>&nbsp;que rige la función pública», la entonces teniente de alcalde de Personal, incluyó entre las plazas ofertadas el puesto ofrecido a Manuela F. N., quien&nbsp;<strong>aprobó el examen tipo test «por ella misma confeccionado»</strong>&nbsp;y fue informada con antelación del caso práctico, señala el juez.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El plan se cumplió a rajatabla y el 1 de julio de 2019 tomó posesión de la plaza. Quince días antes, el alcalde socialista había sido<strong>&nbsp;elegido para un nuevo mandato tras obtener una mayoría absoluta</strong>&nbsp;a la que podría haber contribuido la contratada y su extensa familia.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El intercambio de favores no habría trascendido de no ser por que la&nbsp;<strong>Fiscalía de Área de Jerez de la Frontera</strong>&nbsp;abrió unas diligencias de investigación que desembocaron en una causa judicial.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>La edil socialista y un asesor acordaron «echarle un cable» en las oposiciones tras prometerle en un empleo público</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El juez ha encontrado todo tipo de obstáculos en la instrucción. «En varias ocasiones» ha requerido al Ayuntamiento de Arcos el expediente íntegro del procedimiento de selección de la funcionaria interina de Inspección, pero entre la documentación remitida «no constan» ni los exámenes ni su corrección. Ha dado&nbsp;<strong>un plazo diez días a la Fiscalía y a las acusaciones para que presenten sus escritos</strong>&nbsp;y soliciten la apertura de un juicio oral. Contra su auto cabe presentar un recurso de reforma o de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong><a href="https://acorta.net/2S7" target="_blank" rel="noreferrer noopener"> www.abc.es</a> <strong>05.09.2025</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/">Andalucía</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/procesada-una-concejal-del-psoe-por-hacer-funcionaria-a-una-mujer-a-cambio-del-voto-de-toda-su-familia-en-las-elecciones-en-arcos-de-la-frontera/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>La huelga de docentes interinos comienza con una manifestación atravesando Sevilla: &quot;No somos de usar y tirar&quot;</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/la-huelga-de-docentes-interinos-comienza-con-una-manifestacion-atravesando-sevilla-no-somos-de-usar-y-tirar/</link>
                        <pubDate>Tue, 03 Jun 2025 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Algunos de los afectados han comenzado este miércoles una huelga indefinida para pedir un proceso de estabilización



Este 14 de mayo estaban llamados a la huelga unos 20.000 docentes inter...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">Algunos de los afectados han comenzado este miércoles una huelga indefinida para pedir un proceso de estabilización</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Este 14 de mayo estaban llamados a la huelga unos 20.000 docentes<a href="https://www.lavozdelsur.es/actualidad/educacion/docentes-interinos-acampan-junto-palacio-san-telmo-estamos-dispuestos-llegar-hasta-final_334075_102.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener"> interinos</a> en Andalucía. Un paro que, en principio, será indefinido por la falta de acuerdo con la Junta de Andalucía para llevar a cabo un proceso de estabilización. De hecho, los interinos aseguran de que van a sufrir un 'ERE encubierto' que supondrá que muchos de ellos se vayan a la calle y dejen de dar clases en la educación pública.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:image -->
<figure><img src="http://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2025/05/manifestacion-interinos-sevilla-14-mayo-2025-7_4_1000x574.jpeg" alt="" class="wp-image-29790" /><figcaption class="wp-element-caption">Varios centenares de personas han acudido a la protesta.</figcaption></figure>
<!-- /wp:image -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Como pistoletazo de salida, algunos cientos de afectados han participado este miércoles en una manifestación que se ha iniciado en el Palacio de San Telmo, donde a la misma hora se estaba llevando a cabo el Consejo de Gobierno de esta semana, y que ha finalizado en el Parlamento de Andalucía. Es decir, una marcha que ha unido los dos edificios más relevantes a nivel político que existen en la comunidad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:image -->
<figure><img src="http://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2025/05/manifestacion-interinos-sevilla-14-mayo-2025-13_4_1000x574.jpeg" alt="" class="wp-image-29791" /><figcaption class="wp-element-caption">Los afectados consideran que hay un ERE encubierto</figcaption></figure>
<!-- /wp:image -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los asistentes han llevado pancartas donde se podía leer "interino en fraude de ley. Fijeza ya", "la educación pública no se vende, se defiende", "estabilización real del personal interino. ¡Quienes están, se queda!" o "los docentes interinos no son de usar y tirar".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">Una acampada de 24 horas</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Desde el martes, un grupo de interinos afectados decidieron iniciar las protestas con una acampada junto a la sede de la Junta de Andalucía. El objetivo de los manifestantes es tener un encuentro con la consejera de Desarrollo Educativo y Formación profesional para llegar a un acuerdo sobre los términos de estabilización. En el caso de algunos docentes afectados llevan una década encadenando sustituciones en el sistema público.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:image -->
<figure><img src="http://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2025/05/manifestacion-interinos-sevilla-14-mayo-2025-1_4_1000x574.jpeg" alt="" class="wp-image-29792" /><figcaption class="wp-element-caption">Algunas de las pancartas preparadas para la protesta.</figcaption></figure>
<!-- /wp:image -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>"Desde la asamblea queremos denunciar el infame <strong>ERE</strong> perpetrado por la <strong>Junta de Andalucía</strong>, que se hará visible tras las oposiciones convocadas por la Consejería de Educación para junio de 2025. Dicho proceso, junto con las políticas de <strong>ERE masivo</strong>, dejarán en la calle a miles de interinos que prestan servicios para esta administración desde hace décadas y en absoluto desamparo a miles de aspirantes que verán truncadas sus posibilidades de trabajar en las bolsas a las que tanto esfuerzo (y dinero) les ha costado entrar", argumentó la asamble andaluza de interinos y aspirantes hace tan solo unos días.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/uD" target="_blank" rel="noreferrer noopener">lavozdelsur.es</a> <strong>14.05.2025</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/">Andalucía</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
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                    </item>
				                    <item>
                        <title>Los interinos, en pie de guerra por unas oposiciones que &quot;nos mandan a la calle&quot;</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/los-interinos-en-pie-de-guerra-por-unas-oposiciones-que-nos-mandan-a-la-calle/</link>
                        <pubDate>Fri, 11 Apr 2025 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[La convocatoria de más de 7.800 plazas ha llevado a los docentes a tratar de paralizar este proceso alertados por la &quot;falta de estabilidad&quot; y el &quot;efecto llamada&quot;



Los interinos de Andalucí...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">La convocatoria de más de 7.800 plazas ha llevado a los docentes a tratar de paralizar este proceso alertados por la "falta de estabilidad" y el "efecto llamada"</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los interinos de Andalucía siguen en pie de guerra por las oposiciones para el Cuerpo de Maestros convocadas por la Junta de Andalucía para este 2025. Desde principios del mes de febrero, el sindicato IIDEA desarrolla dos jornadas de huelga,<strong>&nbsp;los miércoles y jueves de cada semana</strong>, para reclamar la<strong>&nbsp;paralización de unas oposiciones</strong>&nbsp;que consideran un impedimento más para su posibilidad de&nbsp;<strong>estabilización</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional ha ofertado para este año un total de&nbsp;<strong>7.885 plazas</strong>&nbsp;divididas en 4.401 para el cuerpo de maestros, 3.276 para Enseñanza Secundaria, 99 de Música y Artes Escénicas, 32 plazas para profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y 77 puestos del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Unas oposiciones que han crispado a unos interinos que lamentan obtener “siempre las sustituciones o vacantes que los funcionarios de carrera no quieren, en los puntos más alejados de Andalucía. Esos puestos no se lo dan a los fijos, se lo dan a los sustitutos. <a href="https://www.granadadigital.es/interinos-oposiciones-andalucia-no-consiga-plaza-no-va-trabajar/" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><strong>Queremos una estabilidad</strong></a>”, señala Andrea Sanz, presidenta de IIDEA. El sindicato surgió en verano al conocer la voluntad de la Junta de Andalucía de convocar 14.000 plazas para el cuerpo de maestros para este y el próximo año, siendo especialmente preocupante el proceso de selección de este 2025 por el <strong>“efecto llamada”</strong>. En este año solo cuatro comunidades autónomas convocan oposiciones: Cataluña, Galicia, Andalucía y Castilla La Mancha. Una ecuación de la que hay que descartar a las dos primeras dado que cuentan con el catalán y el gallego como parte obligatoria de sus pruebas. Si a esto se le suma que en Castilla La Mancha tan solo se ofertan 795 plazas, <strong>Andalucía queda como la elegida para aquel opositor de cualquier parte de España que quiera conseguir una plaza.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Un efecto llamada que cuenta con un problema de fondo. Las oposiciones andaluzas&nbsp;<strong>no cuentan con una prueba específica</strong>&nbsp;que pueda dictar una cierta “criba” entre los aspirantes que se presentan a las pruebas, generando así un beneficio o apuesta por el estudiantado andaluz. Las primeras estimaciones ya cifran en&nbsp;<strong>90.000 las personas</strong>&nbsp;que se van a presentar a las oposiciones de Andalucía de este 2025.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>“<strong>Estamos viendo que los interinos nos vamos a la calle</strong>, desde los más longevos hasta los que llevan poco tiempo”, señala la presidenta de IIDEA ante unas oposiciones que tratarán de “impugnar”. Desde el sindicato apuntan que ya se han mantenido algunas conversaciones con abogados para paralizar estas oposiciones.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Mientras tanto, desde IIDEA tratan de poder conversar con la<strong>&nbsp;Consejera de Educación, María del Carmen Castillo,</strong>&nbsp;quien ha manifestado en varias ocasiones que “la única manera de facilitar la estabilidad del profesorado interino es convocando oposiciones. Quien aspire a ser profesor en la educación pública tiene la oportunidad de lograrlo presentándose a los procesos selectivos basados en los principios de igualdad, mérito y capacidad”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En el lado opuesto, los interinos recuerdan que “para quienes tienen su vacante o quienes tienen que estar rondando por toda Andalucía es muy difícil ponerse a estudiar”, mientras que se preguntan “dónde estaban todas esas plazas convocadas el pasado año o en oposiciones anteriores. Hay muchísimas plazas, pero hace un año o dos no había ninguna. El año que viene se repetirá esto.&nbsp;<strong>Los interinos van a quedar para cubrir bajas como enfermedades largas, embarazos y poco más</strong>”. De hecho, las plazas que se ofertan corresponden a la OPE de 2022, 2023, 2024 y 2025, unas vacantes que "debieron ofertarse en los dos procesos estabilizadores anteriores" para así poder acabar con el colapso que actualmente presenta la bolsa de educación.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/to" target="_blank" rel="noreferrer noopener">granadadigital.es</a> <strong>06.03.2025</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/">Andalucía</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/los-interinos-en-pie-de-guerra-por-unas-oposiciones-que-nos-mandan-a-la-calle/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Los interinos desafían a la Junta y denuncian el «efecto llamada» de las próximas oposiciones</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/los-interinos-desafian-a-la-junta-y-denuncian-el-efecto-llamada-de-las-proximas-oposiciones/</link>
                        <pubDate>Mon, 17 Feb 2025 07:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[La convocatoria de unas nuevas oposiciones con un gran número de plazas suele ser una buena noticia para todas aquellas personas que llevan tiempo estudiando y preparándose para conseguir un...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:paragraph -->
<p>La convocatoria de unas <strong>nuevas oposiciones</strong> con un gran número de plazas suele ser una buena noticia para todas aquellas personas que llevan tiempo estudiando y preparándose para conseguir uno de esos puestos. Sin embargo, este nuevo concurso para el personal docente ha caído como un jarro de agua fría entre el colectivo de<strong> profesores interinos</strong>, que teme quedarse sin trabajo para el curso que viene.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La Consejería de Desarrollo Educativo y FP de la Junta de Andalucía ha anunciado que este año 2025 se celebrarán unas nuevas oposiciones abiertas y de libre acceso, en las que se ofertarán, aproximadamente, más de <strong>7.000 puestos</strong>,repartidos entre Primaria, Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas y el Cuerpo de Música y Artes Escénicas. Si comparamos estos datos con las plazas ofertadas para docentes en Andalucía en el año <strong>2024</strong>, que han sido de <strong>3.223</strong>, vemos que este año se han duplicado con creces.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>A esto habría que sumarle que se prevé que haya una mayor competición entre los opositores, ya que en el <strong>resto</strong> de las <strong>comunidades autónomas</strong> <strong>no</strong> se <strong>celebran oposiciones</strong> este año. Por lo tanto, muchísima gente de fuera de nuestra comunidad que se presente podría obtener una plaza, dejando a miles de interinos andaluces en la calle.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La angustia y el malestar que esta decisión ha generado entre el colectivo de profesores interinos ha hecho que se unan para ejercer presión, con el fin de&nbsp;<strong>paralizar estas oposiciones</strong>. Una de las medidas que han propuesto ha sido hacer<strong>&nbsp;huelga</strong>&nbsp;los próximos días&nbsp;<strong>29 y 30 de enero</strong>&nbsp;y realizar una<strong>&nbsp;protesta</strong>&nbsp;frente a la sede de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía en Sevilla, el<strong>&nbsp;29 de enero</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">«Estabilizar no es convocar»</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los interinos andaluces piden a la Junta de Andalucía adoptar medidas para frenar un proceso que puede llegar a convertirse en un&nbsp;<strong>«ERE encubierto»</strong>, reduciendo la temporalidad en base a dejar en el paro a miles de docentes andaluces, que han acumulado muchos años de experiencia.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Una de las soluciones que propone este colectivo es&nbsp;<strong>estabilizar</strong>&nbsp;a los integrantes de la&nbsp;<strong>bolsa</strong>&nbsp;de interinidad, ya que algunos de ellos cuentan con más de 20 y 30 años de servicio y con varios procesos de oposición aprobados, a la espera de poder conseguir un puesto estable.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">La Junta responde a los interinos</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Ante esta cuestión, la&nbsp;<strong>Junta de Andalucía</strong>&nbsp;ha respondido a&nbsp;<strong>El Debate&nbsp;</strong>que «calificar de ERE encubierto una convocatoria de oposiciones libres es un absoluto contrasentido. En Andalucía se han celebrado en los últimos dos años dos procesos específicos de estabilización de docentes interinos con&nbsp;<strong>6.113 plazas</strong>. Esos procedimientos dejaron pendiente de ejecución las Ofertas Públicas de Empleo ordinarias correspondientes a los años 2022, 2023 y 2024, a la que hay que sumar la OPE del año en curso, que está en mesa de negociación con los sindicatos».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Según la Junta, «la entrada en vigor el 1 de enero de 2025 de la <strong>ley estatal 20/2021 de 28 de diciembre</strong>, a partir de una directriz europea, de reducción de la temporalidad en el empleo público, supone la obligación efectiva de mantener la interinidad por debajo del 8 % y convocar procedimientos selectivos públicos y transparentes». Por tanto, las del próximo verano serán unas oposiciones libres con plazas de reposición, que darán oportunidad a todo el mundo siguiendo los preceptos constitucionales de igualdad, mérito y capacidad para acceder a un cuerpo estatal de servicio público».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/s8" target="_blank" rel="noreferrer noopener">eldebate.com</a> <strong>23.01.2025</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/">Andalucía</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/los-interinos-desafian-a-la-junta-y-denuncian-el-efecto-llamada-de-las-proximas-oposiciones/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Comisiones de servicio humanitarias (salud y conciliación) para los interinos de España (proyecto)</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/comisiones-de-servicio-humanitarias-salud-y-conciliacion-para-los-interinos-de-espana-proyecto/</link>
                        <pubDate>Mon, 10 Feb 2025 07:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[España discrimina al interino, negándole las comisiones de servicio humanitarias (salud y conciliación) que sí da al funcionario de carrera.



Proyecto por: Pablo J. Verde Martínez.



Info...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading"><strong>España discrimina al interino, negándole las comisiones de servicio humanitarias (salud y conciliación) que sí da al funcionario de carrera.</strong></h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Proyecto por: <a href="https://www.goteo.org/user/pablo-j" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Pablo J. Verde Martínez.</a></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Información general</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En primera instancia, llevaremos a la Administración educativa andaluza, por la vía judicial, a reconocer a su profesorado interino el derecho a optar a puestos de trabajo en comisión de servicio por razones humanitarias ─por salud (propia o de familiar) o por conciliación familiar─, allanando así el ejercicio de su derecho a la conciliación personal, familiar y laboral en unos términos que sólo se les reconoce, ahora mismo, a los docentes andaluces funcionarios de carrera, contrariamente a la política de personal de otras administraciones educativas nacionales y ─más grave aún─ contraviniendo la ley, acciones judiciales con potencial efecto sobre todas las Administraciones públicas de toda España.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los efectos en vía judicial de esta demanda tendrían el efecto potencial de declarar la ilegalidad de la normativa autonómica que regula las comisiones de servicio para docentes y por elevación, la norma básica nacional de referencia, el Real Decreto 364/1995 que regulas dichas comisiones de servicio en todo el territorio nacional y para todas las Administraciones públicas del Estado.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, norma de rango superior a cualquier otra norma nacional de cualquier país miembro, aplicable a los funcionarios interinos de la función pública docente española, establece como objeto del Acuerdo de dicha directiva «mejorar la calidad del trabajo de duración determinada garantizando el respeto al principio de no discriminación» y, en su virtud, la cláusula 4.1 dicta que «Por lo que respecta a las condiciones de trabajo, no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada, a menos que se justifique un trato diferente por razones objetivas».</p>
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<p>A pesar de todo lo anterior, de la comparabilidad que la jurisprudencia europea reconoce entre el profesorado funcionario interino y de carrera y de que la situación de los funcionarios interinos con vacante informatizada y los funcionarios de carrera sin primer destino definitivo es materialmente idéntica ─porque se trata, en ambos casos, de funcionarios sin destino definitivo, que ocupan las mismas plazas indistintamente y que serán destinados a un puesto por un único curso escolar, siendo su única diferencia que los primeros tienen un empleo de duración determinada y los otros tienen un empleo fijo─, a unos se les reconoce la expectativa del derecho a gozar de plaza en comisión de servicio y a otros no.</p>
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<h2 class="wp-block-heading">Descripción del proyecto. Características, fortalezas y diferenciales.</h2>
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<p>Hacer valer el principio de igualdad y no discriminación, uno de los pilares básicos del superior derecho de la Unión Europea, al objeto de cambiar la normativa que regula las comisiones de servicio para que los funcionarios interinos tengan reconocida, a priori, esa expectativa de derecho a conciliar su vida personal, familiar y laboral de igual forma que los funcionarios de carrera en todo el Estado.</p>
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<h2 class="wp-block-heading">Motivación y a quién va dirigido el proyecto</h2>
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<p>A todos los interinos de la función pública del Estado, al objeto de mejorar sus condiciones laborales, en aplicación de la directiva 1999/70/CE, para que les permita ejercer su derecho a la conciliación personal, familiar y laboral en los mismos términos que pacíficamente se le reconoce al colectivo de funcionarios de carrera en situación comparable.</p>
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<h2 class="wp-block-heading">Experiencia previa y equipo</h2>
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<p>Desde 2011, Pablo J. se convirtió en promotor y motor de la lucha por el derecho a la conciliación personal, familiar y laboral de los docentes andaluces. En 2014 agudiza esa lucha dirigiendo una queja al Defensor del Pueblo Andaluz (DPA) y promoviendo una Iniciativa Legislativa Popular ante el Parlamento de Andalucía con un argumentario que sirvió para que la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía (CEJA) se comprometiera, ese mismo año, con el DPA, a la mejora real de los derechos concilitarios del profesorado andaluz a través de lo que hoy conocemos como "concursillo".</p>
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<p>En 2020 la causa judicial que emprende contra la CEJA, por la vía de protección de los derechos fundamentales de la persona, vence ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que obliga a la CEJA a ordenarle por la suma de todos sus servicios como funcionario interino, en práctica y de carrera, a efectos de otorgarle plaza en comisión de servicio (concursilllo), sentencia que siembra el gremen de unos efectos generales que ya no tardarán en llegar, pese a la tenaz e ilegítima resistencia de la Administración educativa andaluza.</p>
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<p>En 2021 la pugna judicial que lideró, durante años, contra el Ministerio de Educación y contra la CEJA termina vitoriosa en el Tribunal Supremo y crea jurisprudencia, forzando a todas las Administraciones educativas del Estado a someterse al estado de derecho y a modificar los concursos de traslados del profesorado, en todo el territorio nacional, para la legítima dignificación e idéntico reconocimiento del igual trabajo que ejercieron como funcionarios interinos quienes luego fueran nombrados funcioanrios de carrera.</p>
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<p>A día de hoy, consciente del sentido último de su lucha parasindical, el autor dirige sus esfuerzos a las causas: la falta de un sindicalismo ético que represente al colectivo de referencia y la actual batalla, insoslayable desde el más mínimo sentido de la ética y de la justicia social, material y formal.</p>
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<p>Los funcionarios interinos españoles son discriminados en sus derechos a conciliación por salud y conciliación familiar frente a los funcionarios de carrera en situación comparable, por negárseles la expectativa de derecho a comisión de servicio de carácter humanitario.</p>
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<figure><img src="http://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2025/01/ddpa.png" alt="" class="wp-image-10936" /></figure>
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<p>Obligaremos a la Administración educativa andaluza, por vía judicial, a reconocer a su profesorado interino el derecho a optar a puestos de trabajo en comisión de servicio por razones humanitarias ─por salud (propia o de familiar) o por conciliación familiar─, allanando así el ejercicio de su derecho a la conciliación personal, familiar y laboral en unos términos que sólo se les reconoce, ahora mismo, a los docentes andaluces funcionarios de carrera, contrariamente a la política de personal de otras administraciones educativas nacionales y ─más grave aún─ contraviniendo la ley. La Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, norma de rango superior a cualquier otra norma nacional de cualquier país miembro, aplicable a los funcionarios interinos de la función pública docente española, establece como objeto del Acuerdo de dicha directiva «mejorar la calidad del trabajo de duración determinada garantizando el respeto al principio de no discriminación» y, en su virtud, la cláusula 4.1 dicta que «Por lo que respecta a las condiciones de trabajo, no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada, a menos que se justifique un trato diferente por razones objetivas». A pesar de todo lo anterior, de la comparabilidad que la jurisprudencia europea reconoce entre el profesorado funcionario interino y de carrera y de que la situación de los funcionarios interinos con vacante informatizada y los funcionarios de carrera sin primer destino definitivo es materialmente idéntica, a unos se les reconoce la expectativa del derecho a gozar de plaza en comisión de servicio y a otros no, discriminación que denunciaremos ante la Justicia solicitando la modificación de la normativa no ajustada a derecho para que satisfaga el superior derecho de la Unión Europea.</p>
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<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/s2">goteo.org</a> </p>
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						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/">Andalucía</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/andalucia/comisiones-de-servicio-humanitarias-salud-y-conciliacion-para-los-interinos-de-espana-proyecto/</guid>
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