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            <title>
									Castilla y León - Foros				            </title>
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            <description>Plataforma de Interinos España</description>
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            <lastBuildDate>Sun, 05 Jul 2026 04:22:46 +0000</lastBuildDate>
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                        <title>Un funcionario logra una indemnización de 150.000 euros por sobrecarga de trabajo continuada</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/un-funcionario-logra-una-indemnizacion-de-150-000-euros-por-sobrecarga-de-trabajo-continuada/</link>
                        <pubDate>Sat, 09 Nov 2024 10:51:27 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[La sentencia indica que el empleado, abogado del Consistorio, asumió desde 2014 las tareas que debían realizar tres personas, sin que la Administración, advertida de la situación, lo solucio...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">La sentencia indica que el empleado, abogado del Consistorio, asumió desde 2014 las tareas que debían realizar tres personas, sin que la Administración, advertida de la situación, lo solucionara</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>“Si ya estaba yo, y yo lo hacía todo, ¿para qué iban a contratar a nadie más?” Esta es la pregunta que se hace con una mezcla de indignación y tristeza H.T.M., un funcionario del Ayuntamiento de León. A sus 66 años y a punto de retirarse, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de León le acaba de reconocer una indemnización de 150.000 euros por daños y perjuicios debido a la&nbsp;<a href="https://elpais.com/espana/2023-10-06/el-supremo-condena-al-poder-judicial-a-regular-la-carga-de-trabajo-de-los-jueces-por-su-salud-laboral.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">sobrecarga de trabajo continuada</a>&nbsp;a la que se ha visto sometido durante años, al ocuparse él solo del trabajo de hasta tres personas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La situación de<a href="https://elpais.com/economia/2024-05-01/que-es-lo-peor-del-trabajo-echar-13-horas-al-dia-tener-que-tomar-analgesicos-antes-de-entrar-el-estres.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">&nbsp;“carga de trabajo inasumible”&nbsp;</a>que describe la sentencia judicial para este funcionario, abogado de la asesoría jurídica del Ayuntamiento de León con 43 años de servicio a sus espaldas, comenzó en 2014. Por aquel entonces, el Consistorio tenía tres plazas de letrados en su departamento de servicios jurídicos y H. T. M. ocupaba una de ellas. Aquel año uno de sus compañeros abogados tuvo una baja por incapacidad temporal que luego se transformó en permanente y finalmente falleció.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Esa plaza fue amortizada en la práctica, ya que nunca más fue repuesta, por lo que quedaron solo dos letrados. Pero poco después, entre 2016 y 2019, el otro letrado que trabajaba junto al funcionario ahora indemnizado tuvo varios periodos prolongados de baja y durante esos meses tampoco fue sustituido, por lo que H.T.M. se quedó como único abogado de la asesoría. Más tarde, a principios de 2020, el mismo compañero pasó a situación de servicios especiales y su plaza fue cubierta solo por periodo de ocho meses por otra empleada municipal.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Así se llega a 2022. “Ese año caí de baja —explica H.T.M. en conversación telefónica con este periódico— y aunque solo falté dos meses, ese fue el detonante para que el Ayuntamiento actuara, porque de un día para otro se encontraron que no tenían abogado, y solo entonces contrataron a dos letrados interinos”.&nbsp;<a href="https://elpais.com/economia/2024-06-13/el-tjue-insiste-en-que-espana-haga-indefinidos-a-los-empleados-publicos-que-encadenan-contratos-temporales-durante-anos.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Estos dos trabajadores siguen en sus puestos a fecha de hoy</a>&nbsp;junto a H.T.M.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Así, según esta secuencia de los hechos, entre 2014 y 2022 el demandante realizó en solitario, durante mucho tiempo, las tareas previstas para tres empleados, ya que&nbsp;<a href="https://elpais.com/economia/2024-06-19/gobierno-prepara-una-oferta-de-empleo-publico-record-para-2024-con-40121-nuevas-plazas.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">el Consistorio no sustituyó a los trabajadores</a>&nbsp;que estuvieron o de baja temporal o directamente cesaron en sus puestos. Por ello, el fallo del juzgado leonés precisa que se trata de un caso de “daños continuados”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El fallo culpa a la Administración local de esta situación “lesiva” para el abogado, por la “pasividad” del Ayuntamiento a la hora de solucionar este exceso de tareas hasta que contrataron a dos abogados interinos. Es más, el magistrado tiene en cuenta que H.T.M. advirtió de esta situación “repetida y diligentemente” a sus responsables de recursos humanos, verbalmente y por escrito, sin que estos tomaran ninguna medida eficaz durante nueve años.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La carga de trabajo “multiplicada”, indica el juez, ha generado daños en el abogado de la corporación leonesa, y por ese motivo encuentra que se ha vulnerado el derecho de los empleados públicos a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Y considera que toda esta situación ha generado un riesgo para la integridad física y la salud del trabajador, debido a que la Administración no ha cumplido con sus obligaciones de protección y prevención que recoge el artículo 15 de la Constitución.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Por todo esto, el juez leonés considera aplicable la vía de la responsabilidad patrimonial para reparar los daños sufridos por cualquier empleado público en el ejercicio de su actividad, ya que estos trabajadores no deben, según indica la ley, responder con su propio patrimonio de un daño que se haya producido por ser funcionarios, siempre que no se haya cometido una negligencia por su parte. De esta forma, se ha calculado la indemnización con el sueldo y retribuciones complementarias de los puestos de trabajo cuyas vacantes no fueron ocupadas, excluyendo el complemento de productividad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>No obstante, H.T.M., que se ha representado a sí mismo en este caso, indica que la indemnización resultante (casi 150.000 euros más intereses) es aproximadamente la mitad de lo que reclamó inicialmente, ya que el magistrado consideró que parte de esta cuantía respondía a momentos que ya han prescrito. “Estas cantidades no suponen ni siquiera el 50% del ahorro que ha supuesto para el Consistorio dejar de cubrir las vacantes; esto es un chollo para la Administración”, se queja el afectado.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">A la espera del TSJ de Castilla y León</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En cualquier caso, la sentencia no es firme y el Ayuntamiento de León ya la ha recurrido, por lo que ahora se tendrá que pronunciar el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Se estima que el fallo de este tribunal de apelación podría conocerse en el plazo de unos 9 o 10 meses.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>H.T.M. se muestra especialmente molesto con las alegaciones del propio Ayuntamiento de León a su demanda, al justificar que él asumió la carga de trabajo de forma “voluntaria”. “Eso no es así, porque en mi trabajo se da la particularidad de que si no atiendo a señalamientos de juicios o a plazos preclusivos ante cualquier tribunal, que es mi trabajo habitual, la Administración se quedaría sin defensa”, justifica el abogado.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Es más, el letrado considera que “la Administración no se ha portado bien” y no solo por su reacción ante la demanda, sino por otra cuestión que también entra a valorar la sentencia. Cuando cumplió 65 años pidió una prórroga en el servicio, algo que le fue negado al considerar el Ayuntamiento que el trabajador “actuó de mala fe, con falta de lealtad”. Esta negativa también fue recurrida por H.T.M. y el Consistorio rectificó y al cabo de un mes pudo volver a su trabajo. En este punto, la sentencia indica que el informe con el que se rechazó su prórroga en el servicio es “aberrante e inadmisible”, asegura este empleado.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Pese todo, y aunque H.T.M. se lamenta de toda la tensión que ha supuesto demandar a su empleador de tantos años, asegura que el trato con todos sus compañeros y responsables del Ayuntamiento a día de hoy “es bueno”. “Ellos están en su mundo político y yo en el mío jurídico”, apunta. Y añade: “Yo voy a trabajar hasta el último momento, como lo he hecho hasta ahora, sobre todo, defendiendo los intereses municipales”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/r5" target="_blank" rel="noreferrer noopener">elpais.com</a> <strong>01.10.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/">Castilla y León</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
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                    </item>
				                    <item>
                        <title>Ponferrada será base de pruebas de un nuevo modelo organizativo del Ministerio de Justicia</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/ponferrada-sera-base-de-pruebas-de-un-nuevo-modelo-organizativo-del-ministerio-de-justicia/</link>
                        <pubDate>Sat, 19 Oct 2024 14:57:19 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El Ministerio de Justicia ha seleccionado los Juzgados de Ponferrada para probar una experiencia piloto para toda España sobre el nuevo modelo organizativo de los tribunales de Instancia. La...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:paragraph -->
<p>El Ministerio de Justicia ha seleccionado los Juzgados de Ponferrada para probar una experiencia piloto para toda España sobre el nuevo modelo organizativo de los tribunales de Instancia. La idea es implantarlo antes de que finalice este año y mantenerlo en pruebas durante doce meses para extenderlo al resto de país en diciembre de 2025, siempre y cuando se apruebe la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial.&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>«Lo que se que pretende es suprimir todos los juzgados individuales que tenemos en España y juntarlos en un juzgado con órganos colegiados. Sería el mismo tribunal con varios jueces, pero los funcionarios trabajarían para todos los juzgados, a diferencia de lo que ocurre ahora, que cada juzgado tiene su personal», explicó el juez decano del Palacio de Justicia de Ponferrada, Óscar Hernáiz.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p id="m38643-38642-38644">"El objetivo es conseguir una mayor flexibilidad y optimizar los recursos humanos disponibles"Óscar Hernáiz. Juez decano de Ponferrada</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El fin de este nuevo modelo organizativo, que lleva consigo la implantación de una herramienta informática, es «conseguir una mayor flexibilidad» y optimizar los recursos humanos disponibles. El caso de Ponferrada es fácil de explicar: «Aquí tenemos seis juzgados de Primera Instancia y cada uno tiene cuatro funcionarios. Este nuevo modelo supondrá que esos 24 funcionarios van a trabajar para los seis juzgados de Instancia, con lo que se conformará un equipo más grande y eso permite especializar al personal, porque habrá más gente para ordenarla de una forma más flexible», detalló.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>«Se trata de probar qué puede ser lo más eficaz en el reparto del trabajo una vez tengamos a los funcionarios como un solo equipo. Podemos especializarlos por tipos de procedimiento (un grupo que lleve familia, otro reclamaciones de cantidad...) o por fases de procedimiento (un equipo que lleve incoación, otro recursos...). La idea de esta prueba es ver cuál es el mejor mecanismo de cara a implantarlo en todos los juzgados de España», añadió Óscar Hernáiz.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>¿Por qué se ha elegido el Palacio de Justicia de Ponferrada? Por sus dimensiones y porque dispone de todas las herramientas necesarias para poder llevarlo a efecto. Los Juzgados de la capital berciana «siempre han estado a la vanguardia» y eso «nos ha permitido crear nuevos recursos», destacó el juez decano.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">¿Por qué Ponferrada?</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Por su tamaño y porque reúne todas las condiciones requeridas por el Ministerio: Separación de jurisdicciones, más de una jurisdicción operativa, no tener Audiencia Provincial y disponer de todas las herramientas tecnológicas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>«El Ministerio de Justicia buscaba un lugar que no fuera excesivamente grande, ya que la organización de más de 50 funcionarios puede ser muy compleja. Necesitaba que, además, reuniera un montón de condiciones que prácticamente Ponferrada es el único lugar de España que tiene, como la separación de jurisdicciones, más de una jurisdicción operativa (nosotros tenemos Penal, Social, Instancia e Instrucción), que no hubiera Audiencia Provincial y disponer de todas las herramientas tecnológicas ya testadas, caso de la nueva Oficina Judicial, la notificación de escritos entre profesionales, el expediente digital y la configuración de los procedimientos grabados para que todo el mundo pueda tramitar y operar con un ordenador, entre otros», especificó el juez.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p id="m38653-38652-38654">"A Ponferrada, lo único que le ha valido desde hace dos décadas ha sido estar a la vanguardia de cualquier cosa que el Ministerio inventara. Eso se ha traducido en nuevos medios y recursos"Óscar Hernáiz. Juez decano de Ponferrada</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Esta suma de factores, unido a que «entendían que Ponferrada no tiene ninguna disfunción que pueda distorsionar la prueba», es lo que llevaron a Justicia a decantarse por este partido judicial. Y no es la primera vez que pasa. Por eso, el juez decano considera que puede ser tan positivo como las experiencias previas, aunque conlleve todos los riesgo de cualquier experiencia en pruebas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>«A Ponferrada lo único que le ha valido desde hace dos décadas ha sido estar a la vanguardia de cualquier cosa que el Ministerio inventara. Desde la nueva oficina al expediente digital, nosotros siempre hemos dicho que sí y eso se ha traducido en nuevos medios. Se crearon tres juzgados y con la nueva Oficina Judicial hemos mantenido servicios propios que antes no teníamos», subrayó el decano, asegurando que si no se hubiera hecho así, « Ponferrada sería como Zamora o Segovia, que son juzgados mixtos de hace cien años».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Más recursos para todos</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Ahora, cada juzgado tiene cuatro funcionarios y «cualquier distorsión», como una baja laboral o un traslado, «puede condicionar el devenir de este juzgado». Eso se resuelve con la creación de equipos más grandes, lo que permitirá «derivar recursos a las áreas más comprometidas», explicó Óscar Hernáiz.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Por ejemplo, si se produce un aumento de procedimientos de familia, se podrá aumentar la plantilla que lleva familia con más gente; mientras que si esta materia cae por la razón que sea, se pueden «recolocar a los funcionarios en otras área de trabajo». «Con un equipo de 24 personas e Instancia se pueden hacer muchas cosas», destacó el decano.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>De momento, no hay una fecha definida para el inicio de esta experiencia piloto y Hernáiz reconoce que hay malestar entre algunas partes, como la sindical, por lo que este cambio de modelo organizativo puede suponer. Sea como fuere, el magistrado insiste en que el objetivo es extender a todo el país y si Ponferrada se adelanta, «cuando se implante de forma oficial para todos, nos va a poner en una situación ventajosa».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Otra cosa que se podría conseguir con el nuevo modelo de organización, explicó el decano, es que «la creación de nuevas plazas esté justificada por la verdadera necesidad». Un ejemplo aplicable a Ponferrada: la reclamación de un nuevo juzgado, porque en un área específica el magistrado esté colapsado. Con el nuevo modelo no habría que crear una nueva oficina con todos los funcionarios. Al ya trabajar como un único equipo, bastaría con crear la plaza de juez.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/qK" target="_blank" rel="noreferrer noopener">diariodeleon.es</a> <strong>15.10.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/">Castilla y León</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
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                    </item>
				                    <item>
                        <title>El TJUE rechaza que la Junta degrade a los interinos que pasan la oposición</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/el-tjue-rechaza-que-la-junta-degrade-a-los-interinos-que-pasan-la-oposicion/</link>
                        <pubDate>Sat, 05 Oct 2024 21:34:43 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[La sentencia coloca la pelota en el tejado del Supremo, que deberá sentar jurisprudencia



El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto que la determinación de la Junta de Castil...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">La sentencia coloca la pelota en el tejado del Supremo, que deberá sentar jurisprudencia</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto que la determinación de la Junta de Castilla y León de bajar a nivel 20 a los internos de nivel 24 que aprueban la oposición y pasan a ser funcionarios de carrera no se ajusta a derecho, por lo que el asunto queda en manos del Tribunal Supremo, que deberá resolver y dictar jurisprudencia para España y que por el momento, ya ha admitido a trámite el recurso, presentado por el abogado leonés Francisco Viejo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Valladolid había resuelto inicialmente estimar parcialmente la demanda del funcionario contra la Dirección General de la Función Pública de la Junta de Castilla y León por la que se le denegaba el nivel que se exigía en su condición de miembro del Cuerpo Facultativo Superior, Escala sanitaria (Veterinarios) de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal y estabilidad en el empleo del personal sanitario. En su lugar se le otorgaba el nivel 22 bajo el argumento de que «el grado objeto de consolidación podrá ser superior como máximo en dos niveles al grado personal ya consolidado, sin que en ningún caso pueda superar el nivel del puesto obtenido con carácter definitivo ni el intervalo de niveles correspondiente al subgrupo o grupo de clasificación profesional al que pertenezca», de acuerdo al artículo 6 del Decreto 17/2018 de 7 de junio, que regula la consolidación, convalidación y conservación del grado personal.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Presentado el recurso correspondiente ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid para este área, desde el Alto Tribunal se acordó presentar una cuestión prejudicial ante el TJUE, máximo órgano de la justicia europea. Se hizo con la aportación de un voto particular en el que una magistrada consideraba que no procedía elevar el asunto a la Unión Europea por considerar que las pretensiones del demandante eran correctas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">A LUXEMBURGO</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">Clasificación</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El funcionario tenía nivel 24 y se le rebajó al 20 tras aprobar; los tribunales españoles lo ponen en el 22</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La resolución de Luxemburgo determina que el interino representado por el abogado leonés tiene razón en sus pretensiones. La cláusula 4, apartado 1, del Acuerdo Marco sobre el trabajo de duración determinada, celebrado el 18 de marzo de 1999, que figura en el anexo de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la Unice y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, se opone a una normativa nacional en virtud de la cual, a efectos de la consolidación del grado personal, no se tienen en cuenta los servicios que un funcionario ha prestado como interino antes de adquirir la condición de funcionario de carrera», resuelve el TJUE. Así que, a la vista de la resolución del máximo tribunal europeo, la representación procesal leonesa del veterinario interino elevó un recurso de casación al Tribunal Supremo que como primer paso, ya lo ha admitido a trámite. No es habitual que el máximo órgano judicial del país adopte esta determinación, circunstancia que indica que existen argumentos jurídicos suficientes como para que la pretensión de la parte demandante pueda prosperar.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La trascendencia del asunto radica en que podría sentar doctrina para que millares de interinos en las mismas condiciones pudiesen ver estabilizadas sus plazas con el nivel correspondiente y no con el que se les aplica con esta interpretación de la legislación vigente.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">Determinación</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La justicia europea insta al Supremo a respetar los derechos adquiridos por los interinos</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Viejo Abogados ha recibido notificación de que dispone de un plazo de 30 días para la formalización definitiva del recurso, a la espera de que se determine si prospera o no.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/qA" target="_blank" rel="noreferrer noopener">diariodeleon.es</a> <strong>02.10.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/">Castilla y León</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/el-tjue-rechaza-que-la-junta-degrade-a-los-interinos-que-pasan-la-oposicion/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Sentencia pionera indemnizando la sobrecarga de trabajo injustificada</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/sentencia-pionera-indemnizando-la-sobrecarga-de-trabajo-injustificada/</link>
                        <pubDate>Sun, 22 Sep 2024 21:04:15 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Una recientísima sentencia dictada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo núm.3 de León aborda la cuestión de la indemnización debida a un funcionario que soportó durante largo tiem...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:paragraph -->
<p>Una recientísima sentencia dictada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo núm.3 de León aborda la cuestión de la indemnización debida a un funcionario que soportó durante largo tiempo la sobrecarga de trabajo derivada de las vacantes de dos compañeros, sin que el Ayuntamiento adoptase medidas diligentes para remediarlo, y ocasionándole daño laboral y pérdida retributiva. La sentencia estima la demanda que procedía nada menos que del letrado consistorial, insólito caso que en su día comenté bajo el título  <a href="https://delajusticia.com/2022/12/05/cuando-estalla-la-paciencia-de-un-letrado-local-y-demanda-a-su-administracion/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">«Cuando estalla la paciencia de un letrado local y demanda a su Administración».</a></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Señalaremos los hitos argumentales de <a href="https://delajusticia.com/wp-content/uploads/2024/09/20240903_ResponsabPatrimonial-ExcesoTRABAJO-SJCALeon-1.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">esta sentencia</a>, dictada el 3 de septiembre de 2024, en sus términos literales:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Primero, traza&nbsp;<strong>un escenario abusivo sobre el funcionario</strong>&nbsp;(no mera sobrecarga temporal justificada):</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>Frente a esta anómala y prolongada situación, conocida por la Administración, previsible y evitable, ninguna medida real y eficaz ha sido adoptada, a lo largo de un dilatado período de tiempo que se mide en años.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Segundo, una&nbsp;<strong>conducta reprochable del ayuntamiento</strong>&nbsp;que ni cubre las plazas vacantes ni encuentra solución:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>No ha ofrecido el ayuntamiento ninguna explicación acerca de los motivos – si es que los hay- que impiden la provisión regular, por funcionarios de carrera, de unas plazas que viene figurando repetidamente en sucesivas OOEP.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Tercero, una&nbsp;<strong>actitud hostil del Ayuntamiento</strong>, que es reprochada por la sentencia, pues</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>El ayuntamiento de León, concretamente su secretaria general, considera que el legítimo ejercicio del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva por un empleado público es una falta de “lealtad y buena fe”, afirmación que solo puede calificarse de aberrante e inadmisible.</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Cuarto, aprecia el&nbsp;<strong>daño real y efectivo,</strong>&nbsp;que no tiene obligación de soportar:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:image -->
<figure><img src="http://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2024/09/demasiado.webp" alt="" class="wp-image-10429" /></figure>
<!-- /wp:image -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La imposición de una carga de trabajo exorbitante, y el riesgo psicosocial inherente a ella, constituye por sí misma un daño real y efectivo (…) De manera específica, se ha producido una vulneración del derecho reconocido en el art 14 l) Real Decreto Legislagivo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el EBEP, a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo en los términos comunes</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Concluye la sentencia apreciando&nbsp;<strong>la premisa indemnizatoria</strong>:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:quote -->
<blockquote class="wp-block-quote"><!-- wp:paragraph -->
<p>En definitiva, consideramos probada la situación permanente y continuada de exceso de trabajo, vinculada causalmente a la prolongada desatención e inactividad del ayuntamiento en la provisión de vacantes, y la correlativa desprotección del funcionario, en términos que exceden en forma notable- en duración e intensidad- las que se dan en al variada casuística jurisprudencial…</p>
<!-- /wp:paragraph --></blockquote>
<!-- /wp:quote -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Y aborda finalmente la cuestión del<strong>&nbsp;consecuente derecho a indemnización</strong>:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>(para) cuantificar el importe de la indemnización) &nbsp;consideramos más ajustada a la realidad y al criterio seguido en casos similares, la que toma como referencia el importe del sueldo y retribuciones complementarias de los puestos de trabajo, excluyendo el complemento de productividad, teniendo en cuenta que la LGP impide de manera absoluta reclamar cantidades anteriores a los cuatro años.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Asume los cálculos de la demanda según las retribuciones de la carga de trabajo suplementaria asumida, cifrándolo en el total de 149.858,34 €, que la sentencia explica:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:image -->
<figure><img src="http://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2024/09/Captura-de-pantalla-2024-09-18-a-las-21.46.47-1024x376.webp" alt="" class="wp-image-10428" /></figure>
<!-- /wp:image -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Se trata de una sentencia razonada y razonable, congruente con una situación claudicante y un escenario delicado. De entrada advertiré que es un caso&nbsp;excepcionalísimo, pues es notorio que no todas las Administraciones hostigan a los funcionarios con esa sobrecarga probada, como también que<strong>&nbsp;la inmensa mayoría de los funcionarios asumen voluntaria y pacíficamente labores ajenas transitoriamente cuando hay vacantes, y lo hacen sin reclamar porque tienen visión institucional y sentido de la responsabilidad</strong>. Cosa distinta es el caso sangrante aquí trazado que es excepcional en su perfil, como excepcional ha sido la respuesta favorable indemnizatoria.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Solamente quisiera añadir&nbsp; dos consideraciones a título personal, como mero ciudadano con algún conocimiento jurídico, sin haber visto expediente ni autos, y como ocurrencias espontáneas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La primera, que bueno sería aderezar la fundamentación con algunos principios y normas. Y ello porque la vertiente relativa al incumplimiento de las obligaciones de la Administración de cubrir los puestos vacantes y no hacer recaer la sobrecarga sobre otro funcionario de forma intensa y prolongada, vulneraría derechamente tanto&nbsp;<strong>los principios de buen gobierno como los de buena administración, además del principio de indemnidad del funcionario</strong>&nbsp;y buena parte de preceptos del Estatuto Básico del Empleado Público.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La segunda, que el parámetro tomado por la sentencia para indemnizar un suplemento de trabajo, )aun siendo objetivo y tomando referencias de&nbsp; la jurisprudencia territorial), no debería ser la automática referencia a las retribuciones propias de los puestos cuya labor asume, por dos razones:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>a) Lo suyo sería vincular la indemnización al&nbsp;daño moral sufrido&nbsp;y a la&nbsp;pérdida retributiva que compense el exceso de trabajo&nbsp;(a título de enriquecimiento injusto de la Administración que no paga por el trabajo añadido de los otros). Ello reclamaría determinar la concreta sobrecarga que ha sufrido en tareas y pleitos (quizá se hizo valer en el pleito; y</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>b) Lo que debe valorarse es&nbsp;el exceso de trabajo realizado más allá de la jornada laboral, pues el trabajo desarrollado para otros «sin exceder la jornada» y dentro de su función, ya está pagado.&nbsp;Además, es máxima de experiencia y notorio que una persona que hace doble trabajo no hace la misma cantidad/calidad que dos personas. Y si se hace el triple no hace la misma cantidad/calidad que tres personas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>De ahí que aunque la demanda aplica factores correctores, me temo que la indemnización fijada es discutible por excesiva y debería a mi personal criterio, insisto, fijarse bajo el prudente arbitrio del juzgador en una cantidad menor.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Sin embargo, la valoración de la situación es una cuestión opinable y más fácil valorar desde la barrera que sufrirla como funcionario, o fijarla como juez.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Lo realmente importante es, por un lado, que las Administraciones tomen buena nota de que no se puede exprimir a los funcionarios sin adoptar soluciones, y por otro lado, que la Justicia ha demostrado sensibilidad ante un caso sangrante.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/qu" target="_blank" rel="noreferrer noopener">delajusticia.com</a> <strong>20.09.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/">Castilla y León</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/sentencia-pionera-indemnizando-la-sobrecarga-de-trabajo-injustificada/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>El Supremo recula ante el TJUE y admite a trámite una casación para valorar la fijeza o indemnización de una interina</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/el-supremo-recula-ante-el-tjue-y-admite-a-tramite-una-casacion-para-valorar-la-fijeza-o-indemnizacion-de-una-interina/</link>
                        <pubDate>Sun, 04 Aug 2024 19:24:47 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido el recurso de casación&nbsp;n.º 4230/2024&nbsp;interpuesto por&nbsp;el abogado&nbsp;Javier Arauz&nbsp;contra una sen...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:paragraph -->
<p>La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido el recurso de casación<strong>&nbsp;n.º 4230/2024</strong>&nbsp;interpuesto por&nbsp;<a href="https://www.economistjurist.es/actualidad-juridica/jurisprudencia/el-proximo-fallo-del-tjue-del-13-de-junio-puede-ser-clave-en-el-futuro-de-la-temporalidad-del-sector-publico-afirma-el-abogado-javier-arauz/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">el abogado&nbsp;<strong>Javier Arauz</strong></a>&nbsp;contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, para determinar si procede la asimilación de una funcionaria interina a otra fija o equiparable, y en su defecto, si no cabe la asimilación, determinar la indemnización que tuviera que aplicarse.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Este auto que se hizo público este pasado lunes podría suponer un cambio en la jurisprudencia de esta Sala Tercera, hasta ahora lejana a considerar cualquier reivindicación de los funcionarios interinos en esta última década.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Para este abogado, experto en mil batallas, que ha ido ganando derechos a los interinos en los tribunales “es la primera vez que la Sala va a discutir la fijeza, una vez que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en su sentencia de 13 de junio, dejaba claro que el mantener en el puesto a un interino sin ninguna otra medida, mantenía el abuso y no resolvía nada”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La primera lectura que Arauz hace del mismo es buena, sin triunfalismos “es previsible que ahora vengan otros más. Es evidente que el derecho comunitario y las sentencias del TJUE están para cumplirlas. Cuando el Tribunal de Luxemburgo señala algo tiene una repercusión par toda la UE. Parece que somos rápidos en la gestión de los fondos europeos, pero más lentos para cumplir las obligaciones que nos impone el llamado derecho de la unión”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Hasta este auto, casi todo han sido sinsabores respecto a los recursos de casación que pasaban el filtro de la admisión a trámite “es el primer recurso más importante después de hace diez años. Esta Sala Tercera hasta hace poco venia a decir que gente con quince años en fraude de ley no estaba en abuso: decía que aquellos con un solo contrato aunque llevaran años en ese puesto tampoco estaban en abuso o que los docentes al cambiarles de puesto de forma periódica no estaban en esa situación de abuso”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Sin embargo, por lo que nos comenta este jurista, “el TJUE le ha ido cerrando los caminos y ya la emisión de dicho auto genera otras expectativas en este colectivo de profesionales en fraude de ley” que&nbsp;<a href="https://www.economistjurist.es/articulos-juridicos-destacados/los-interinos-denuncian-en-la-ue-su-indefension-total-ante-la-inaccion-de-las-administraciones-por-frenar-la-temporalidad/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">se encuentran en una situación casi de indefensión total</a>, como señala su último informe hecho público y entregado a la Comisión Europea.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:image -->
<figure><img src="http://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2024/08/Javier-Arauz-768x432-1.jpg" alt="" class="wp-image-10171" /><figcaption class="wp-element-caption">El abogado Javier Arauz logra otro hito: la Sala le admite a tramite un recurso de casación para hablar de fijeza o indemnización disuasoria. (Imagen: E&amp;J)</figcaption></figure>
<!-- /wp:image -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">Un muro de jurisprudencia</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Esa jurisprudencia que hasta ahora ha sido un muro para miles de funcionarios interinos en fraude de le ley que han visto sus expectativas frustradas entre las inadmisiones de los recursos y las desestimaciones de aquellos que pasaban el filtro incluso con condenas en estos últimos extremos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Hasta el momento, las tesis de la Sala de lo Contencioso del Supremo mantenía su doctrina de diciembre de 2021 en nuevas sentencias del grupo de demandas de 2016, que dio lugar a la sentencia europea de 19 de marzo de 2020. “Curiosamente reconocía el abuso en interinidades de vacante prolongadas, incluso de único nombramiento, pero rechaza la fijeza como sanción como está rechazando la indemnización, por no estar contemplada por la ley nacional para personal estatutario interinos”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Al mismo tiempo, la Sala Tercera &nbsp;seguía&nbsp; reconociendo el derecho a carrera horizontal del temporal pero rechaza su derecho a la movilidad. También rechazó suspender los recursos y esperarse a la resolución por el Tribunal de Justicia de la UE a las cuestiones prejudiciales planteadas por el juez de lo Contencioso 17 de Barcelona, en este caso&nbsp;<strong>Benjamín Gorriz</strong>, ahora en ese Juzgado del que fue titular muchos años&nbsp;<strong>Federico Vidal</strong>, por desgracia recientemente fallecido”, comenta el propio Arauz.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Este abogado, una de cuyas cuestiones prejudiciales en ese Juzgado número 17 de Barcelona provocó la ya famosa sentencia del TJUE y su contra legem, aún no tiene noticias del juzgador que no ha resuelto este tema, “con lo cual no sabemos cómo va a interpretar la sentencia que viene de Luxemburgo aunque nosotros creemos que es bastante clara en muchas cuestiones sobre este colectivo en fraude de ley, de hecho tira por tierra la jurisprudencia antes citada de la Sala Tercera porque no resuelve para nada la situación de fraude”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>A juicio de este letrado, vinculado a la defensa de este colectivo en fraude de ley, este pronunciamiento de la Sala Tercera del Supremo es importante y puede marcar otro camino del que hasta ahora venia cursando la “hasta ahora es posible que haya inadmitido cerca de 500 recursos de casación aplicando su doctrina. Sin embargo esta doctrina la sentencia del 13 junio la cuestiona de forma notable, no es una sanción contra el abuso, mantener al abusado en ese puesto hasta que lo pierda”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En opinión de este jurista “con esas tesis la Sala Tercera lo que hace es perpetua el abuso, en primer lugar y, en segundo esa provisión a través de un proceso selectivo tampoco es una sanción, en cuanto a la le 20/21 de 8 de diciembre, con lo cual no le queda al Supremo más remedio que modificar su doctrina. Parece que lo va a hacer en un procedimiento nuestro abierto”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Sobre el asunto en cuestión se trata de una funcionaria que trabajaba en el Gobierno vasco, durante más de quince años de forma temporal “aunque el TSJ Contencioso reconoció ese abuso en un fallo anterior, seguir as tesis de la Sala de no reparar ese abuso. Al final fue cesada por cobertura de la plaza. En el recurso reclamamos que se aplique la sentencia del TJUE para que sea funcionaria fija o equivalente o reciba una indemnización disuasoria”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:image -->
<figure><img src="http://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2024/08/entrega-del-documento-en-la-UE-768x432-1.jpg" alt="" class="wp-image-10172" /><figcaption class="wp-element-caption">Internos agrupados en la Coordinadora Estatal de Personal Público Temporal (CEPPT) han vuelto a denunciar en la Unión Europea su situación de indefensión. (Imagen: CEPPT)</figcaption></figure>
<!-- /wp:image -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">Tres cuestiones que resolverá la Sala</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En el auto citado, la sala Tercera dará respuesta a&nbsp;<strong>tres cuestiones de interés casacional</strong>. La primera, si para apreciar la existencia de utilización abusiva en los nombramientos de funcionarios interinos que sean sancionables, es suficiente&nbsp;<strong>un criterio temporal de prolongación en la interinidad</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La segunda cuestión se trata de señalar si en caso de reconocerse la existencia de abuso,&nbsp;<strong>si cabe la asimilación de la solicitud de nombramiento como funcionario fijo o equiparable como medida adecuada</strong>&nbsp;al Derecho nacional para sancionar el abuso de temporalidad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Y como tercera cuestión, en el caso de que no fuera posible la asimilación como funcionario fijo o equiparable,&nbsp;<strong>si cabe el reconocimiento de indemnización penalizadora por la existencia de abuso en la contratación de empleados temporales</strong>&nbsp;y, en caso de respuesta afirmativa, cuáles serían los parámetros para tener en consideración a la hora de determinarla.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Al igual que otros expertos, el propio Arauz también muestra su sorpresa porque esta Sala de lo Contencioso que preside el magistrado&nbsp;<strong>Pablo Lucas Murillo&nbsp;</strong>y que ha condenado en costas en muchos casos a estos profesionales, en los escasos casos que han sido vistos por la Sala, no haya realizado tras la sentencia de 13 de junio un pleno jurisdiccional para aclarar conceptos y jurisprudencia, “ni siquiera con las prejudiciales de Barcelona dejaron de suspender procedimientos” señala este abogado.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El otro tema que sigue sorprendentemente paralizado es el procedimiento sancionador INFR (2014) 4334 que lleva el Área de Derecho del Trabajo de la Comisión Europea y que desmonta las tesis actuales del Estado español sobre la temporalidad ilícita de empleados públicos que la Comisión Europea abrió contra España por este fraude masivo de trabajadores temporales. Tras las dos últimas sentencia del TJUE y ante la inacción del Gobierno, miles de interinos han vuelto a quejarse a la Comisión Europea.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Javier Arauz explica a&nbsp;<em>Economist &amp; Jurist</em>&nbsp;que sobre la citada sentencia de 13 de junio “hemos presentado una aclaración de sentencia en relación a la colectilla de la sentencia que habla de la jurisdicción nacional e incluye el término contra legem que ha generado tanta polémica por su situación en la sentencia”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>De hecho explica que “hay una sentencia de marzo del 2022 del TJUE de la Gran Sala que decía que cuando una directiva impone una obligación de sancionar mediante una sanción proporcionada, esa obligación tiene eficacia directiva y debe aplicarse con preferencia respecto a cualquier norma nacional. Con lo cual esa coletilla contra legem no casa con lo escrito en la sentencia”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>A la espera del fallo de la Sala Tercera, Javier Arauz es concluyente “a la Sala Tercera no le va a quedar más remedio que cambiar su jurisprudencia ante lo que viene marcando el TJUE. La sentencia de 13 de Junio ha sido concluyente en muchos aspectos y esperemos que vaya abriendo una vía en la que los funcionarios interinos en fraude de ley puedan salir de esa situación de abuso de la temporalidad y optar por su consolidación laboral o por una indemnización disuasoria si son cesados”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/pI" target="_blank" rel="noreferrer noopener">economistjurist.es</a> <strong>24.07.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/">Castilla y León</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/el-supremo-recula-ante-el-tjue-y-admite-a-tramite-una-casacion-para-valorar-la-fijeza-o-indemnizacion-de-una-interina/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Despedida por bailar en TikTok estando de baja por lumbalgia</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/despedida-por-bailar-en-tiktok-estando-de-baja-por-lumbalgia/</link>
                        <pubDate>Sun, 23 Jun 2024 16:08:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ha avalado como procedente el&nbsp;despido&nbsp;de una empleada que colgó en&nbsp;TikTok&nbsp;vídeos&nbsp;de ella bailando, mientras...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:paragraph -->
<p>El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (<strong>TSJ</strong>) ha avalado como procedente el&nbsp;<strong>despido</strong>&nbsp;de una empleada que colgó en&nbsp;<strong>TikTok</strong>&nbsp;<strong>vídeos</strong>&nbsp;de ella bailando, mientras estaba de baja por&nbsp;<strong>lumbalgia</strong>. La justicia ha estimado como prueba concluyente el contenido que la propia cesada había subido a su cuenta de la red social para justificar la procedencia del cese, según la sentencia hecha pública recientemente por el alto tribunal. No todos los tribunales fallan en la misma dirección y mientras algunos consideran que la empresa se excede al usar como pruebas el contenido que sus empleados publican en redes sociales, otros sí lo estiman lícito si el trabajador es consciente de la difusión del contenido o lo hace en una cuenta pública.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los hechos se remontan al 14 de septiembre del 2021, cuando la empresa Semark AC Group S.A. notificó el despido a la trabajadora, que llevaba casi nueve meses de baja por lumbalgia y acumulaba 15 años de experiencia en la empresa. La empleada había ido renovando periódicamente con partes médicos debidamente justificados su&nbsp;<strong>incapacidad temporal</strong>, hasta que la jefa de zona informó a recursos humanos del contenido que había visto que la empleada estaba colgando en su perfil personal de TikTok.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>"Se ha podido constatar que, desde la fecha de baja, y hasta el 10 de septiembre, Ud. ha realizado multitud de publicaciones a modo de videos con el citado perfil.  En las mismos, baila, se mueve y actúa de un modo que es&nbsp;<strong>incompatible</strong>&nbsp;con la lesión diagnosticada en enero de 2021. Lo que estaba diagnosticado como un proceso corto en cuanto a su curación, se ha convertido en una exposición viral de videos, que demuestran el fraude al sistema de prestaciones, y una falta de respeto a la empresa y a sus compañeros", reza la carta de despido remitida a la empleada y recogida en la sentencia.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Y es que una baja por incapacidad temporal exime al empleado de ir a trabajar para poder recuperarse, también le obliga a hacer todo lo posible para cuidar de su salud y evitar todas aquellas actividades que sean incompatibles o puedan agravar su dolencia.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los magistrados del alto tribunal consideran que el despido está debidamente&nbsp;<strong>argumentado</strong>&nbsp;y&nbsp;<strong>documentado</strong>&nbsp;por la empresa y que esta no ha incurrido en ningún error formal, por lo que procede a desestimar el recurso interpuesto por la trabajadora, a la que el juzgado de primera instancia ya le falló en contra. El alto tribunal considera como prueba vinculante los vídeos colgados por la propia empleada en la red social, una vez la fecha de publicación de los mismos fue verificada por un perito.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">Cuidado con los perfiles públicos</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El uso que los empleados hacen de sus redes sociales y las implicaciones que ello puede tener en relación con la empresa donde trabajan cada vez tiene un mayor recorrido judicial, si bien no todas las sentencias fallan en la misma línea. Algunas argumentan que la intromisión y supervisión por parte de las compañías en las redes sociales de sus empleados constituye una vulneración del derecho a la intimidad, por más que en estas acaben encontrando pruebas como las descritas en el caso de TikTok.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Otras, como la que dictó el&nbsp;<strong>TSJ de Canarias</strong>&nbsp;en 2016, consideran que no existe dicha vulneración si es el propio trabajador de manera consciente y con voluntad de proyección quien difunde el contenido. El caso canario no sucede en TikTok, sino en Facebook. Un trabajador tiene un accidente en su tiempo libre y se lesiona el brazo. No puede trabajar así, va al médico y este le da la baja. Poco tiempo después el empleado cuelga en su cuenta de Facebook -con el perfil público y accesible para todo el mundo- fotos suyas tocando la guitarra o haciendo labores de bricolaje en el jardín de su casa.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Aquí los magistrados canarios consideran que el empleado, como usuario de la red social, sabía que cualquiera podía acceder a sus fotos, incluida su empresa. Lo que dio validez a las pruebas. El&nbsp;<strong>TSJ de Asturias</strong>, en 2013, también consideró validas como pruebas unas fotos publicadas en redes sociales de una trabajadora que cogió la baja médica por una contractura cervical y al día siguiente viajó a Madrid con unas amigas para ir a un parque de atracciones.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El derecho a la&nbsp;<strong>libertad de expresión</strong>&nbsp;de los individuos es otro de los puntos polémicos, que choca en ocasiones con la voluntad de las compañías de proteger su imagen corporativa. Aquí la mayoría de sentencias determinan -si bien hay interpretaciones divergentes- que el empleado es libre de publicar en sus redes sociales cualquier tipo de mensaje, amparado en ese derecho de la libertad de expresión. No obstante, hay jueces que cambian de parecer cuando el trabajador se identifique de algún modo en su perfil como miembro de la compañía.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Por ejemplo y volviendo a TikTok, este pasado octubre del 2022 el TSJ de Asturias estimó como procedente el despido de un trabajador que se grabó en vídeo vestido con un polo de la empresa y calificando a los clientes de la tienda como "<strong>hijos de puta</strong>". Según estimaron los magistrados asturianos, en dichas palabras "no hay crítica ni opinión, tan solo un insulto reiterado del demandante a los clientes de la empresa" que "comprometió la imagen de la empresa ante el público en general y ante los aludidos en particular", según recogió el <a href="https://www.lne.es/sociedad/2022/11/19/insultos-carnicero-clientes-tik-tok-78756584.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">diario 'La Nueva España'</a>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/ot" target="_blank" rel="noreferrer noopener">elperiodico.com</a> <strong>06.12.2022</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/">Castilla y León</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/despedida-por-bailar-en-tiktok-estando-de-baja-por-lumbalgia/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Sacyl hará fijo al 80% de los médicos interinos y al 70% de las enfermeras</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/sacyl-hara-fijo-al-80-de-los-medicos-interinos-y-al-70-de-las-enfermeras/</link>
                        <pubDate>Wed, 17 Apr 2024 11:21:06 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El consejero de Economía ha destacado que esto supone un &quot;reconocimiento&quot; para los profesionales



La Consejería de Sanidad de Castilla y León prevé consolidar como personal fijo a finales ...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">El consejero de Economía ha destacado que esto supone un "reconocimiento" para los profesionales</h4>
<!-- /wp:heading -->

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<p>La Consejería de Sanidad de Castilla y León prevé consolidar como personal fijo a finales del presente año al 80 por ciento de la plantilla de médicos interinos al 70 por ciento de Enfermería, según ha detallado el consejero de Economía y Hacienda, Carlos Fernández Carriedo, quien ha comparecido en las Cortes para sustituir al consejero de Sanidad, Alejandro Vázquez, que se encuentra de baja médica.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>De este modo, en materia de personal, el consejero ha detallado que las actuaciones para desarrollar en 2024 no solo se dirigen a procurar la dotación de los&nbsp;<a href="https://www.redaccionmedica.com/autonomias/castilla-leon/plus-de-hasta-20-euros-hora-para-enfermeras-de-sacyl-por-trabajar-en-sabado-1504" target="_blank" rel="noreferrer noopener">profesionales que necesita el Sacyl</a>&nbsp;y mejorar sus condiciones retributivas y laborales, sino que también inciden directamente "en la estabilización, el reconocimiento y la promoción de los mismos".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>"En este año continuaremos avanzando en medidas que promuevan una mayor estabilidad y disponibilidad de profesionales, así como una mejora de sus condiciones de trabajo", ha defendido Fernández, quien ha detallado la próxima resolución del concurso de traslados de carácter extraordinario, en el que se han ofertado un total de 11.266 vacantes para 87 categorías profesionales.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><br>Estabilización de plantillas en el Sacyl</h2>
<!-- /wp:heading -->

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<p>Además, tambíen está pendiente la resolución de la convocatoria de la Oferta Pública de Empleo (<a href="https://www.redaccionmedica.com/autonomias/castilla-leon/sacyl-rejuvenece-la-sanidad-con-una-ope-de-870-plazas-fijas-para-2023-8777" target="_blank" rel="noreferrer noopener">OPE</a>) ordinaria de 2022 y del proceso de estabilización en la modalidad de concurso. Ello permitirá, "en momentos de escasez de profesionales médicos y enfermeras", incorporar de manera estable a 1.000 licenciados especialistas. De estos 1.000 licenciados especialistas serán 330 médicos especialistas de Atención Primaria tras la resolución de la OPE y 670 licenciados especialistas del ámbito hospitalario como consecuencia de la resolución del proceso de estabilización, y 2.019 enfermeras, 900 tras la resolución de la convocatoria de la Oferta de empleo y 1.119 del proceso de estabilización.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

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<p>"Esto supone que, a finales de año, habremos consolidado como personal fijo en nuestras plantillas a casi el 80 por ciento del personal médico y el 70 por ciento del personal de Enfermería en situación de interinidad", ha señalado el consejero. Ha detallado que una vez finalizado el concurso de traslados y la Oferta Pública de Empleo, se abordará la definición e incentivación de los puestos de difícil cobertura para dotarlos "realmente de singularidad", y hacerlos "más atractivos para los profesionales".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Fernández ha señalado además que se abordará un conjunto de medidas para garantizar la asistencia sanitaria en centros que requieran de un apoyo coyuntural en algunas unidades o actividades asistenciales, promoviendo la participación de todos los profesionales del&nbsp;<a href="https://www.redaccionmedica.com/tags/sanidad-de-castilla-y-leon-sacyl" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Sacyl</a>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><br>Fidelización de residentes y nueva carrera profesional</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>"Seguiremos trabajando en medidas para dotar a la sanidad pública de los profesionales más cualificados, a través del programa de fidelización de residentes", ha defendido el consejero, quien ha avanzado además se que promoverá el programa de jubilación activa mejorada.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Desde Sanidad se mantendrá el desarrollo de un&nbsp;<a href="https://www.redaccionmedica.com/autonomias/castilla-leon/-el-sacyl-necesita-un-nuevo-modelo-de-carrera-profesional-menos-farragoso--8207" target="_blank" rel="noreferrer noopener">nuevo modelo de carrera profesional</a>&nbsp;"más sencillo y ágil" o la tramitación de una nueva regulación de determinados complementos retributivos, en el marco de las conclusiones que se obtengan en las reuniones del grupo de trabajo de retribuciones constituido en el seno de la mesa sectorial de negociación</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El consejero ha garantizado además la oferta de nuevas plazas de Formación Sanitaria Especializada, especialmente en aquellas especialidades deficitarias, y se requerirá al Ministerio de Sanidad que se tomen las medidas necesarias para lograr la acreditación de centros rurales de Atención Primaria como centros de docencia especializada. Otro de los objetivos es la formación continuada, un área en la que en 2023 se han llevado a cabo cerca de 5.000 actividades con más de 140.500 profesionales formados, y para 2024 ya están programados 3.180 ediciones formativas dirigidas a más 95.400 profesionales.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Finalmente, en cuanto a la seguridad de los profesionales Sanidad realizará un seguimiento semestral de las Estrategias de prevención de riesgos laborales, se revisarán y actualizará el Pacto de agresiones, en sustitución y mejora del actual que data de 2008 y se continuará con el Programa de Atención al Médico Enfermo (PAIME).</p>
<!-- /wp:paragraph -->

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<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/m5" target="_blank" rel="noreferrer noopener">redaccionmedica.com</a> <strong>08.03.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/">Castilla y León</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/sacyl-hara-fijo-al-80-de-los-medicos-interinos-y-al-70-de-las-enfermeras/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Fomentar la estabilización de los docentes y la reducción de los interinos</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/fomentar-la-estabilizacion-de-los-docentes-y-la-reduccion-de-los-interinos/</link>
                        <pubDate>Wed, 20 Dec 2023 09:56:48 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Por primera vez en Castilla y León el próximo mes de junio coincidirán las oposiciones para el Cuerpo de Maestros y el concurso de reposición de otros cuerpos docentes como Secundaria



Por...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">Por primera vez en Castilla y León el próximo mes de junio coincidirán las oposiciones para el Cuerpo de Maestros y el concurso de reposición de otros cuerpos docentes como Secundaria</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Por primera vez en Castilla y León, será en junio del próximo año, coincidirán las oposiciones para el<strong> Cuerpo de Maestros con el concurso de reposición de otros cuerpos docentes como Secundaria. ¿La razón? Pues la dar mayor estabilidad laboral a los docentes de la Comunidad a la vez que reducir el porcentaje de interinidad hasta el 8 por ciento para el próximo curso, como ha señalado la consejera de Educación, Rocío Lucas.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Existían dudas sobre la posibilidad de estos dobles exámenes, que en las últimas semanas se han confirmado y donde espera <strong>la presencia de unos 25.000 opositores</strong>, con el despliegue organizativo que ello conlleva, aunque la propio Lucas ya ha recalcado que se tiene la capacidad, tanto desde el punto de vista informático y de gestión para que se puedan realizar a la vez los exámenes de Primaria y de Secundaria y que ello puede servir de "efecto llamada" para que otras Comunidades también las convoquen de manera igual, ya que el compromiso de reducir la interinidad viene impulsado tanto por el Estado como por Europa.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Esta pasada semana, miembros de la Consejería de Educación mantenían un encuentro con representantes sindicales donde se ha abordado el borrador de la convocatoria de las oposiciones del Cuerpo de Secundaria y de otros cuerpos. Un proceso que afecta a 24 especialidades de Secundaria y a tres del Cuerpo de Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional<strong>&nbsp;y la convocatoria se publicará durante el mes de diciembre. La presentación de solicitudes se podrá realizar tras las vacaciones de Navidad.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Lo que ya se conocen son las provincias en las que se realizarán las pruebas y la distribución por especialidades de las 1.217 plazas que se convocarán en el este concurso-oposición de reposición. Del total de las plazas que saldrán para Secundaria, 190 son de Matemáticas, las más numerosas, seguidas de las 145 de Lengua Castellana y Literatura, y las 105 de Inglés. También se convocan 95 plazas en la especialidad de Física y Química y el mismo número en las de Geografía e Historia. Biología y Geología contará con 85 plazas; 75 para Orientación Educativa y 60 para Tecnología.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Además, los aspirantes podrán optar a 50 plazas de Educación Física, 43, de Latín, 35 de Filosofía y otras 35 de Informática. Instalaciones electrotécnicas y Sistemas y Aplicaciones Informáticas contarán con 30 plazas cada una, 27 plazas para Dibujo, 15 para Sistemas Electrotécnicos y Automáticos, 18 plazas para la especialidad de Francés, 11 para Economía y Sistemas Electrónicos y Equipos Electrónicos tendrán 10 cada especialidad. Para Música habrá 9 plazas, 8 para Griego, Organización y Procesos de Mantenimiento de Vehículos contarán 7 y Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica tendrá 4. En el caso del Cuerpo de Profesores Especialistas en sectores singulares de Formación Profesional, se convocarán 12 plazas para Mantenimiento de Vehículos, 10 para Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas y 3 para Soldadura. Los exámenes se realizarán en las provincias de Ávila, Burgos, Palencia, Segovia y Valladolid.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Una convocatoria que coincide por primera vez con la correspondiente al Cuerpo de Maestros.<strong>&nbsp;El plazo de presentación de solicitudes y de la documentación que deba acompañarlas para la convocatoria del Cuerpo de Maestros ya ha comenzado este pasado viernes y finalizará el 22 de diciembre.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En total, s<strong>e pondrán a disposición de los opositores 476 plazas distribuidas en siete especialidades</strong>: 192 plazas de Educación Primaria, los exámenes se desarrollarán en León; 26 de Pedagogía Terapéutica, la prueba será en Ponferrada; 66 de Lengua Extranjera (Inglés) y 52 de Educación Física, en Zamora; 24 de Música o 13 de Audición y Lenguaje, en Soria; y 103 de Educación Infantil; cuyos aspirantes se examinará en Salamanca.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/js" target="_blank" rel="noreferrer noopener">larazon.es</a></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/">Castilla y León</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/fomentar-la-estabilizacion-de-los-docentes-y-la-reduccion-de-los-interinos/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>El BOE publica una nueva convocatoria de oposiciones: más de 2.000 plazas y sueldos de hasta 60.000 euros</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/el-boe-publica-una-nueva-convocatoria-de-oposiciones-mas-de-2-000-plazas-y-sueldos-de-hasta-60-000-euros/</link>
                        <pubDate>Mon, 27 Nov 2023 11:57:59 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Los interesados disponen de 15 días hábiles desde este viernes para presentar la solicitud y poder optar a la atractiva oferta de trabajo.



El&nbsp;Boletín Oficial del Estado (BOE)&nbsp;ha...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">Los interesados disponen de 15 días hábiles desde este viernes para presentar la solicitud y poder optar a la atractiva oferta de trabajo.</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El&nbsp;<strong>Boletín Oficial del Estado (BOE)&nbsp;</strong>ha publicado este viernes una nueva&nbsp;<a href="https://www.antena3.com/noticias/economia/casi-7-millones-espanoles-18-55-anos-estan-opositando-plantean_2023071164adb6f3f78688000139b32a.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">convocatoria de oposiciones</a>. En concreto, ha anunciado la provisión de<strong>&nbsp;2.115 puestos de trabajo</strong>. Es la oportunidad laboral perfecta para aquellos que deseen tener un empleo público de forma estable.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Sueldos de hasta 60.000 euros</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La oferta de sueldos es bastante atractiva. Esta, que incorpora el&nbsp;<strong>aumento del 0,5%&nbsp;</strong>anunciado por el Ejecutivo, dan la posibilidad de alcanzar&nbsp;<strong>sueldos&nbsp;</strong>que pueden llegar a los&nbsp;<strong>60.000 euros</strong>. Eso sin tener en cuenta los complementos asociados.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las nuevas convocatorias incluyen&nbsp;<strong>ofertas&nbsp;</strong>de todo tipo. Las más destacadas son las<strong>&nbsp;661 plazas</strong>&nbsp;destinadas a los auxiliares de servicios en la Comunidad de Madrid, los 197 puestos pasar ser profesor de Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía o las 661 vacantes para personal auxiliar de servicios también en Madrid, entre otras. Esta última incluye 63 plazas reservadas para personas con discapacidad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>También destacan los 60 puestos de técnicos especialistas en atención a personas dependientes en Castilla y León y los 85 para fisioterapeutas en Madrid.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Como se puede observar, las opciones son muy&nbsp;<strong>diversas</strong>. Sin embargo, es necesario que los interesados en acceder a estos tentadores puestos de trabajo revisen bien los&nbsp;<strong>requisitos&nbsp;</strong>y<strong>&nbsp;plazos específicos</strong>&nbsp;de todas las convocatorias. Estas varían en base a la administración que le corresponde.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Para conocer si se ajustan a tu perfil las nuevas convocatorias del BOE, la página administracion.gob.es dispone de una 2herramienta útil con la que puedes conocer todas las indicaciones de cada oportunidad laboral.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El organismo encargado de estas ofertas es la Agencia Estatal del Boletín Oficial del Estado. Su función es atraer a nuevos funcionarios que formen parte del equipo. Desde este viernes, se pueden presentar las solicitudes para optar a estos atractivos puestos de trabajo. El interesado dispone de&nbsp;<strong>15 días hábiles</strong>&nbsp;para estar en la convocatoria.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Récord de oposiciones</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La <a href="https://www.antena3.com/noticias/economia/oposiciones-ser-funcionario-mejor-momento-record-convocatorias_2023102165337ee2a1cbe000017669da.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">convocatoria de oposiciones está siendo histórica este 2023</a>. Esto no quiere decir que vaya a haber un <strong>sobreexceso </strong>de<strong> empleados públicos</strong>. Más bien anticipa la forma en la que se hará frente al aluvión de jubilaciones que se aproximan.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En concreto, a lo largo de este año la se han sacado 39.574 plazas de las que 30.800 van a ir destinadas a cubrir servicios básicos como sanidad, cultura y justicia.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/iS" target="_blank" rel="noreferrer noopener">antena3.com</a></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/">Castilla y León</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
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                    </item>
				                    <item>
                        <title>Dos enfermeras en Segovia indemnizadas con 27.000 euros</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/dos-enfermeras-en-segovia-indemnizadas-con-27-000-euros/</link>
                        <pubDate>Thu, 26 Oct 2023 08:56:41 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Dos enfermeras en Segovia&nbsp;indemnizadas&nbsp;al ser consideradas como indefinidas por los tribunales tras ser despedidas con un contrato temporal de más de 14&nbsp; años.



El Sindicato...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:paragraph -->
<p>Dos enfermeras en Segovia&nbsp;<strong>indemnizadas</strong>&nbsp;al ser consideradas como indefinidas por los tribunales tras ser despedidas con un contrato temporal de más de 14&nbsp; años.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Sindicato de Enfermería, <strong>SATSE</strong>, en <strong>Segovia</strong> ha conseguido que dos enfermeras interinas que trabajaban en residencias dependientes de la Gerencia de Servicios Sociales en la provincia sean indemnizadas por la Administración autonómica al ser cesadas por ser consideradas indefinidas no fijas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><br>El Servicio Jurídico de SATSE demandó en los tribunales que las enfermeras interinas, junto a otras en su misma situación, vieran reconocida su condición de indefinidas no fijas, lo que implicaba ser&nbsp;<strong>indemnizadas</strong>&nbsp;en caso de despido.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Despedidas después de 14 años trabajando</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las&nbsp;<strong>enfermeras</strong>&nbsp;fueron despedidas en enero de este año 2023, después de 14 y 15 años prestando servicios en un centro dependiente de la Gerencia Territorial de Servicios Sociales de Segovia.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El motivo de su cese fue la incorporación de dos&nbsp;<strong>enfermeras</strong>&nbsp;laborales fijas que superaron el proceso selectivo de la categoría enfermera convocado en diciembre de 2019 por la Junta de Castilla y León.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las enfermeras afectadas han conseguido con estas sentencias dictadas por el Juzgado de lo Social Nº1 de Segovia que se les indemnice con cantidades que<strong>&nbsp;rondan los 27.000 € para cada una</strong>&nbsp;(27.634,45 euros en un caso y 26.037,33 euros en el otro), al ser consideradas indefinidas no fijas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">A la espera de otras sentencias</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><a href="https://castillayleon.satse.es/provincias/segovia/contacta-con-satse-segovia" target="_blank" rel="noreferrer noopener">SATSE Segovia</a>&nbsp;valora muy positivamente estas sentencias, mientras está a la espera de que se resuelva de igual modo la situación de varias enfermeras más de la provincia que se encuentran en la misma situación y que interpusieron demanda en los tribunales para conseguir que su relación laboral con la Gerencia de Servicios Sociales fuera declarada como indefinida no fija.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El <strong>Sindicato de Enfermería</strong> critica la gestión del personal enfermero que ha llevado a cabo la Gerencia de Servicios Sociales porque, a pesar de la falta de enfermeras que padece la provincia en este ámbito, la Gerencia ha preferido mantener las contrataciones en fraude de Ley estos últimos años, en lugar de convocar procesos selectivos, lo que supone que ahora tenga que indemnizar a las enfermeras.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/i4" target="_blank" rel="noreferrer noopener">segoviaudaz.es</a></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/castilla-y-leon/">Castilla y León</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
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                    </item>
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        </rss>
		