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            <title>
									Cataluña - Foros				            </title>
            <link>https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/</link>
            <description>Plataforma de Interinos España</description>
            <language>es</language>
            <lastBuildDate>Sat, 27 Jun 2026 18:18:39 +0000</lastBuildDate>
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                        <title>Junts cuela en la ley de &#039;lobbies&#039; reformas para hacer fijos a los interinos y arrogarse el control de los funcionarios locales</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/junts-cuela-en-la-ley-de-lobbies-reformas-para-hacer-fijos-a-los-interinos-y-arrogarse-el-control-de-los-funcionarios-locales/</link>
                        <pubDate>Fri, 10 Oct 2025 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[La Administración tendrá que estabilizar de oficio a los temporales en tres meses



Junts ha aprovechado la reactivación de la tramitación en el Congreso de los Diputados de la ley que regu...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">La Administración tendrá que estabilizar de oficio a los temporales en tres meses</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Junts ha aprovechado la reactivación de la tramitación en el Congreso de los Diputados de la ley que regular los lobbies para colar un cambio en el Estatuto Básico de los Empleados Públicos (EBEP) con el objetivo hacer fijos a los interinos y a los trabajadores públicos que sumen más de dos años con contratos temporales y una modificación para controlar a los funcionarios locales con habilitación estatal.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Gobierno reactivó esta ley este verano, guardada en un cajón desde inicios de año, después de que se conociera <a href="https://www.eleconomista.es/actualidad/noticias/13480090/07/25/la-red-del-despacho-de-montoro-operaba-a-traves-de-un-entramado-de-una-treintena-de-empresas.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">la imputación del exministro de Hacienda Cristóbal Montoro</a>, por propiciar reformas normativas entre 2014 y 2018 para beneficiar a empresas gasistas que hacían pagos a su despacho, Equipo Económico.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Sin embargo, Junts ha aprovechado la ley para incluir una serie de enmiendas que nada tiene que ver con su objetivo, según refleja la norma publicada este lunes en el Boletín del Congreso. El partido propone una nueva disposición en el EBEP para que un empleado público temporal o interino que se encuentre ocupando un puesto de trabajo "respecto al cual&nbsp;<strong>se hayan superado los límites legales temporales&nbsp;</strong>del nombramiento o contratación, o haya&nbsp;<strong>encadenado contratos de duración determinada sin causa justificada</strong>, encontrándose por ello en situación objetiva de abuso en la temporalidad,&nbsp;<strong>será estabilizado</strong>&nbsp;en el puesto de trabajo que ocupa en concepto de funcionario, laboral o estatutario fijo a extinguir".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Además, una vez aprobada la ley de<em>&nbsp;lobbies</em>, la Administración tendrá que&nbsp;<strong>estabilizar de oficio</strong>&nbsp;a todos los trabajadores que se encuentren en esta situación en un<strong>&nbsp;plazo de tres meses</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Asimismo, también se estabilizará a todos aquellos trabajadores que cumplan los requisitos y tengan un procedimiento abierto en vía administrativa o judicial reclamando fijeza, como a aquellos que aunque no sumen en su nuevo puesto más de dos años con contrato temporal, hayan concatenado distintos contratos en un plazo que no sume más de los seis meses.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El partido justifica que con este cambio se cumple con las dos sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de <a href="https://www.eleconomista.es/economia/noticias/12687308/02/24/la-justicia-europea-urge-hacer-fijos-a-miles-de-interinos-por-el-encadenamiento-abusivo-de-contratos.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">febrero</a> y <a href="https://www.eleconomista.es/legal/noticias/12862872/06/24/varapalo-del-tjue-al-estado-insiste-en-hacer-fijos-a-los-interinos-que-acumulen-anos-de-contratos-temporales.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">junio</a> de 2024 que obliga a la Administración a estabilizar a estos empleados como una sanción adecuada para reparar el abuso cometido.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Control de los funcionarios locales</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El partido también ha aprovechado la norma para arrogarse el control de los funcionarios de los ayuntamientos con habilitación de carácter nacional. Estos empleados tienen habilitación estatal con el objetivo de garantizar la independencia de su labor aunque estén metidos dentro de una corporación local. Afecta a&nbsp;<strong>secretarios, interventores y tesoreros</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Gobierno acordó con Junts el pasado mes de mayo el traspaso de las competencias sobre estos funcionarios sin que se materializara en ninguna norma.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Ahora, el partido aprovecha la ley de<em>&nbsp;lobbies</em>&nbsp;para incluir en la enmienda número 52 una modificación de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local. El cambio supone que Cataluña asumirá&nbsp;<strong>todas las competencias sobre los funcionarios&nbsp;</strong>de la Administración local con habilitación nacional.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El texto señala que se incluirá la facultad de<strong>&nbsp;selección, la aprobación de la oferta pública de empleo</strong>&nbsp;para cubrir vacantes existentes en su ámbito territorial, convocar para su territorio los procesos de selección para las plazas vacantes o&nbsp;<strong>nombramiento&nbsp;</strong>del personal funcionario.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Junst justifica que la medida "aclara" las facultades de Cataluña de acuerdo con los principios autonómicos, de descentralización y de autonomía local y señala que ya gestionó con éxito estas competencias entre 2009 y 2013.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/2RF">eleconomista.es</a> <strong>22.09.2025</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/">Cataluña</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
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                    </item>
				                    <item>
                        <title>Interinos: la Justicia europea admite otras cuatro demandas contra la UE por reclamaciones extrapatrimoniales</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/interinos-la-justicia-europea-admite-otras-cuatro-demandas-contra-la-ue-por-reclamaciones-extrapatrimoniales/</link>
                        <pubDate>Thu, 14 Aug 2025 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Más de 30.000 interinos, solo en Cataluña, podrían presentar demandas similares



El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha admitido a trámite cuatro demandas más de reclamación ext...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">Más de 30.000 interinos, solo en Cataluña, podrían presentar demandas similares</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El <strong>Tribunal General de la Unión Europea</strong> (TGUE) ha admitido a trámite cuatro demandas más de reclamación extrapatrimonial presentadas por <strong>trabajadores interinos</strong>, un hito que refuerza la vía de la compensación por <strong>abuso de temporalidad</strong>. Estas acciones, promovidas tanto por plataformas de docentes como por diversos colectivos de la sanidad y la administración, buscan <strong>resarcir el daño moral y psicológico</strong> derivado de años encadenando contratos temporales, independientemente de sus acciones en el Estado Español.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La demanda pionera, interpuesta el 7 de abril de 2025 por la plataforma PINDOC y el abogado&nbsp;<strong>Josep Jover</strong>,&nbsp; que reclamaba inicialmente 65.090 € a la Comisión Europea en concepto de responsabilidad extrapatrimonial. Según la comunicación oficial del TGUE, ya está asignado un número de procedimiento y ha comenzado el intercambio de escritos. Se trata de la primera reclamación de este tipo en Europa y marca un antes y un después en la lucha contra el abuso de temporalidad y en el Derecho de la Unión.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Virginia U.</strong>&nbsp;(DT226649),&nbsp;<strong>Vanesa C.</strong>&nbsp;(DT226660),&nbsp;<strong>David M.</strong>&nbsp;(DT226656) y&nbsp;<strong>Anna G.</strong>&nbsp;(DT226648) formalizaron su reclamación ascendiendo ya el montante total de los reclamado a la UE por este concepto asciende a más de 200.000 Euros. En paralelo,&nbsp;<strong>el abogado catalán</strong>&nbsp;ha señalado que “más de 30.000 interinos, solo en Cataluña podrían presentar demandas similares”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En los próximos meses, se prevee una&nbsp;<strong>oleada de procedimientos</strong>&nbsp;que aprovecharán la jurisprudencia europea, y la demanda realizada, para exigir indemnizaciones equivalentes por los perjuicios ocasionados, al haberse liberado&nbsp;el texto de la misma, tal y como publicamos en Diario16+.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Aunque el caso de PINDOC concentra la atención mediática, el TGUE ha admitido ya otra demanda de una extrabajadora del Ayuntamiento de Zaragoza.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La admisión de estas cuatro reclamaciones refuerza la interpretación de la Directiva marco contra la&nbsp;<strong>concatenación abusiva de contratos</strong>&nbsp;y sienta las bases para que el TGUE, además de dirimir cuestiones prejudiciales, reconozca el derecho a indemnizaciones por daños extrapatrimoniales ocasionados por el retraso de más de un cuarto de siglo de implantación de una Directiva.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El siguiente paso consiste en la presentación de alegaciones escritas por las partes: la Comisión y el Estado español deberán optar por conformarse, proponer un acuerdo o defender la ausencia de responsabilidad. Una sentencia favorable abriría la puerta a reclamaciones masivas, con un impacto presupuestario que distintos estudios estiman en&nbsp;<strong>decenas de miles de millones de euros</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Para los interinos, este escenario ofrece un cauce claro para obtener reparación por la falta de justicia y estabilidad, más allá de los procesos de estabilización ordinarios. Cualquier interino&nbsp;que revise su situación contractual y con más de dos años de servicios concatenados, debe consultar con un abogado especializado para valorar la viabilidad de una demanda extrapatrimonial.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/vB">diario16plus.com</a> <strong>04.07.2025</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/">Cataluña</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
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                    </item>
				                    <item>
                        <title>Una jueza de Barcelona condena al Ayuntamiento a pagar el permiso parental de ocho semanas a un empleado</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/una-jueza-de-barcelona-condena-al-ayuntamiento-a-pagar-el-permiso-parental-de-ocho-semanas-a-un-empleado/</link>
                        <pubDate>Fri, 06 Dec 2024 17:41:22 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Es una sentencia pionera que obliga a abonar 4.000 euros al trabajador y reprocha al Gobierno no haber traspuesto la directiva europea de conciliación que reconoce el derecho



Madrid.- Una...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">Es una sentencia pionera que obliga a abonar 4.000 euros al trabajador y reprocha al Gobierno no haber traspuesto la directiva europea de conciliación que reconoce el derecho</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Madrid.- Una jueza de Barcelona, del Contencioso Administrativo número 1 de Barcelona, da la razón a un empleado del Ayuntamiento y reconoce su derecho a cobrar el nuevo permiso parental de ocho semanas por el cuidado de su hijo menor de 8 años.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Condena al Ayuntamiento a abonarle 4.000 euros. El trabajador ya disfrutó del permiso en 2023, en cuanto el Gobierno lo creó, pero sin remunerarlo incumpliendo así la directiva europea de conciliación. "Bruselas ya ha expedientado a España por incumplir esta directiva y ahora tras esta sentencia pionera es más urgente que nunca solucionar esta cuestión. Exigimos al Gobierno que regule ya este derecho que lleva más de dos años de retraso", dice Eva Fernández de CSIF, la secretaria de igualdad de la CSIF, el sindicato que ha llevado el caso ante la justicia.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En la sentencia, a la que ha tenido acceso la Cadena SER, la jueza considera que el permiso debe ser retribuido y reprocha al Gobierno no haber traspuesto todavía la directiva que atribuye, dice, derechos a los particulares.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">Permiso sin pagar</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El empleado público solicitó el permiso parental retribuido para el cuidado de un hijo menor de 8 años y lo disfrutó entre octubre y diciembre de 2023. Inicialmente el Ayuntamiento consideró el permiso como retribuido pero posteriormente cambió de postura y determinó que no lo pagaría. El trabajador recurrió entonces a los tribunales y ha ganado.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La jueza destaca en la sentencia el carácter vinculante de la normativa europea relativa a la conciliación de la vida familiar y profesional. Establece que las disposiciones de la normativa "son incondicionales, suficientemente claras y precisas y atribuyen derechos a los particulares". Añade que es innegable que el Estado español no ha traspuesto la directiva antes del plazo correspondiente.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>España lleva dos años sin trasponer esa directiva y la Comisión Europea le ha abierto un expediente. En el Real Decreto aprobado en junio de 2023 creó este nuevo permiso parental de ocho semanas para cuidados de hijos hasta los 8 años pero sin el derecho a la remuneración como exige Bruselas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Aunque es una sentencia de primera instancia que se puede recurrir, CSIF anuncia que promoverá reclamaciones similares en otros ámbitos de las administraciones públicas para que la justicia cree jurisprudencia sobre esta cuestión.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente: </strong><a href="https://acorta.net/rq" target="_blank" rel="noreferrer noopener">cadenaser.com</a> <strong>05.12.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/">Cataluña</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
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                    </item>
				                    <item>
                        <title>Un juzgado obliga a la Generalitat a indemnizar a un trabajador después de hacerlo fijo</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/un-juzgado-obliga-a-la-generalitat-a-indemnizar-a-un-trabajador-despues-de-hacerlo-fijo/</link>
                        <pubDate>Fri, 22 Nov 2024 15:57:29 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Muchos trabajadores que ya han sido regularizados interpondrán reclamaciones por vía judicial por su etapa de interinos



Los&nbsp;interinos de la administración pública&nbsp;que durante añ...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">Muchos trabajadores que ya han sido regularizados interpondrán reclamaciones por vía judicial por su etapa de interinos</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los&nbsp;<strong>interinos de la administración pública</strong>&nbsp;que durante años han estado encadenando contratos&nbsp;<strong>tienen derecho a una indemnización, incluso una vez que se los haya hecho fijos</strong>. Así lo ha establecido, por primera vez, un juzgado de primera instancia de Terrassa (Barcelona), que abre la puerta a que otros trabajadores en la misma situación reclamen indemnizaciones.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Un juzgado de primera instancia de Terrassa ha&nbsp;<strong>condenado al Departamento de Interior de la Generalitat</strong>&nbsp;a pagar una indemnización de 20.845 euros a un operador de control, que&nbsp;<strong>encadenó contratos temporales desde 2005 hasta 2023</strong>,&nbsp;<strong>cuando lo hicieron fijo</strong>&nbsp;después de superar un concurso de méritos, según ha adelantado&nbsp;<em>3Cat</em>. Hasta ahora, se habían pagado indemnizaciones a interinos, pero es la primera vez que un trabajador fijo consigue por vía judicial que le abonen la indemnización por sus años de interino.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Aunque ya lo habían hecho indefinido, este operario del Departamento de Interior decidió&nbsp;<strong>reclamar por&nbsp;los 18 años en que encadenó contratos temporales</strong>. Y un juzgado le ha dado la razón y, por lo tanto, será indemnizado.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los tribunales han dictado un montón de sentencias a favor de los interinos de las administraciones, a los cuales han tenido que hacer indefinidos, pero esta&nbsp;es la primera resolución instada por un trabajador una vez ya se le había hecho indefinido. Su abogado indica que&nbsp;<strong>muchos de los empleados que ya se han regularizado acabarán pidiendo indemnizaciones por vía judicial&nbsp;</strong>y que, como ha ocurrido en este caso, se les concederá. Si bien el importe –20.845 euros– es inferior a la indemnización reclamada, lo consideran un éxito.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El <strong>Tribunal de Justicia de la Unión Europea</strong> (<strong>TJUE</strong>) se ha pronunciado a favor de castigar las administraciones públicas que abusen de la temporalidad. Las autoridades de Bruselas abrieron en octubre pasado un <a href="https://www.elnacional.cat/oneconomia/es/economia/bruselas-abre-otro-expediente-espana-abusos-contratos-interinos_1293501_102.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">expediente a España por los abusos de los contratos de interinos</a>. De forma repetida, los trabajadores de la administración han llevado sus <a href="https://www.elnacional.cat/oneconomia/es/economia/protestas-trabajadores-administracion-contra-abuso-temporalidad_1290702_102.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">protestas a la calle, como las que realizaron en el centro de Barcelona</a> (imagen superior).</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En una sentencia del pasado junio, <strong>el TJUE avaló convertir a los trabajadores interinos de la administración en indefinidos</strong>, si bien sin considerarles funcionarios, <a href="https://www.elnacional.cat/oneconomia/ca/economia/tjue-avala-convertir-interins-en-indefinits-abus-temporalitat_1234383_102.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">como medida para "sancionar" el abuso de los contratos temporales</a>. A raíz de esta resolución, <a href="https://www.elnacional.cat/oneconomia/ca/economia/interins-protesten-generalitat-fixos-compliment-sentencia-tjue_1235901_102.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">se intensificaron las protestas de interinos en la calle</a>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los trabajadores interinos consideran que&nbsp;<strong>los procesos de estabilización aplicados aún no han resuelto el problema</strong>&nbsp;y, por este motivo, reclaman que se cambie la ley 20/2021 de medidas urgentes con el objetivo de reducir la temporalidad en el&nbsp;empleo&nbsp;público.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La sentencia del TJUE del pasado junio tiene su origen en dos prejudiciales relacionadas con interinos de la Generalitat. En concreto, el tribunal de Luxemburgo analizó los casos de K.T., una funcionaria interina desde 2005 para una plaza de técnico superior de administración de la Generalitat, y H.M., funcionaria igualmente interina desde 1984, que presta servicios en la administración de Justicia de Catalunya.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Fuente: <a href="https://acorta.net/ri" target="_blank" rel="noreferrer noopener">elnacional.cat</a> 18.11.2024</p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/">Cataluña</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/un-juzgado-obliga-a-la-generalitat-a-indemnizar-a-un-trabajador-despues-de-hacerlo-fijo/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>La justicia reconoce la antigüedad a los interinos con más de medio año de parón</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/la-justicia-reconoce-la-antiguedad-a-los-interinos-con-mas-de-medio-ano-de-paron/</link>
                        <pubDate>Wed, 26 Jun 2024 16:16:37 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Aplica la Carta Social Europea y eleva la indemnización 20.000 euros...



...para disuadir a la Administración del fraude en la contratación




El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:list -->
<ul><!-- wp:list-item -->
<li>Aplica la Carta Social Europea y eleva la indemnización 20.000 euros...</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>...para disuadir a la Administración del fraude en la contratación</li>
<!-- /wp:list-item --></ul>
<!-- /wp:list -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) <strong>reconoce la antigüedad</strong> de los <a href="https://www.eleconomista.es/legal/noticias/12862872/06/24/varapalo-del-tjue-al-estado-insiste-en-hacer-fijos-a-los-interinos-que-acumulen-anos-de-contratos-temporales.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">trabajadores temporales o interinos de la Administración pública</a> a pesar de que entre contrato y contrato pasaran más de seis meses de inactividad. Una sentencia de este 14 de mayo de la que fue ponente el magistrado Félix Azón Vilas <strong>incrementa la indemnización por despido improcedente de 823 euros a 20.762 euros</strong> a un trabajador que encadenó hasta 33 contratos desde 2012 a 2022, reconociéndole así los diez años de antigüedad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La Administración solo reconoció al empleado la antigüedad del último contrato que se extendió cuatro meses, del 8 de agosto de 2022 al 31 de diciembre de 2022, puesto que el anterior contrato concluyó en enero de 2022, por lo que habían transcurrido seis meses y siete días, y entendió que no existía vínculo laboral.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El TSJC señala que hay que aplicar la <a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-1999-81381" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Directiva europea sobre trabajo temporal</a> para luchar contra la contratación fraudulenta de la Administración, considerando así un abuso encadenar más de 30 contratos en diez años. De otro lado, añade que no se puede perder de vista "que <strong>la indemnización debe tener también una finalidad disuasoria"</strong> tal y como recoge el <a href="https://www.eleconomista.es/legal/noticias/12746272/03/24/la-ue-insta-al-gobierno-a-modificar-la-regulacion-por-despido-para-proteger-a-los-trabajadores.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">artículo 24 de la Carta Social Europea</a>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Concretamente, la carta protege a los trabajadores despedidos sin razón válida con <a href="https://www.eleconomista.es/legal/noticias/12736802/03/24/europa-critica-que-espana-limite-a-los-jueces-la-capacidad-de-imponer-indemnizaciones-por-despido-adecuadas.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">una indemnización adecuada y que repare el daño</a>, pero que también valga como elemento que disuada al empleador de repetir su comportamiento.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La sentencia indica que este componente disuasorio no se puede apreciar en una indemnización de 823 euros. "Así las cosas, hemos de estimar el recurso (del trabajador), considerar la unidad esencial del vínculo laboral desde el 20 de julio de 2012  fijando esta fecha como antigüedad a efectos reguladores del despido. Lo que comporta una indemnización de 20.762 euros, considerando el salario regulador de 59,92 euros brutos diarios y 126 meses transcurridos hasta el despido, el 31 de diciembre de 2022, a razón de 33 días de salario por año trabajado, prorrateado por meses los periodos inferiores", determina el fallo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Asimismo, recuerda que el Tribunal Supremo resolvió en la sentencia del 23 de enero de 2024 que unificó doctrina que con interrupciones de los contratos temporales superiores a tres meses es posible que siga existiendo una relación laboral a pesar de que, el empleador, cuando la contratación ha sido fraudulenta, trate de romper el vínculo laboral con dichas interrupciones.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Sin embargo, el tribunal catalán señala que a pesar de que el caso del litigio es "excepcional" porque la "interrupción es significativa, de seis meses, excediendo de lo que en condiciones normales permitía apreciar una continuidad esencial del vínculo", el estudio del caso permite concluir que existió relación laboral durante diez años.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/oy" target="_blank" rel="noreferrer noopener">eleconomista.es</a> <strong>22.06.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/">Cataluña</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/la-justicia-reconoce-la-antiguedad-a-los-interinos-con-mas-de-medio-ano-de-paron/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>La Justicia sigue la propuesta de Díaz de subir el despido por encima de los 33 días de salario</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/la-justicia-sigue-la-propuesta-de-diaz-de-subir-el-despido-por-encima-de-los-33-dias-de-salario/</link>
                        <pubDate>Thu, 20 Jun 2024 10:31:14 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El Tribunal Superior de Cataluña fija una indemnización para el empleado por despido improcedente superior a los 33 días de salario por año, por los daños causados por la empresa al trabajad...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">El Tribunal Superior de Cataluña fija una indemnización para el empleado por despido improcedente superior a los 33 días de salario por año, por los daños causados por la empresa al trabajador.</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El&nbsp;<strong>Tribunal Superior de Justicia de Cataluña</strong>&nbsp;ha dado un nuevo paso para<strong>&nbsp;elevar la indemnización para el trabajador, por despido improcedente, por encima de lo que dice el Estatuto de los Trabajadores.&nbsp;</strong>Y lo ha hecho aplicando el convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y el artículo 24 de la Carta Social Europea. Es decir, teniendo en cuenta una compensación complementaria  "suficiente tanto para disuadir al empleador  como que sea proporcional al daño sufrido por la víctima ".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Por lo tanto, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ya sentencia con las premisas que defienden la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo,<strong>&nbsp;Yolanda Díaz</strong>, así como los sindicatos&nbsp;<strong>UGT y CCOO</strong>. De hecho, los tres tienen un informe del Comité de Derechos Sociales del Consejo de Europa, que pide a España que&nbsp;<strong>reforme el despido como dice la Carta Social Europea</strong>. Incomprensiblemente, no pueden hacer público este informe hasta el 20 de julio.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En todo caso, el tribunal catalán sentencia <strong>apoyando la indemnización complementaria </strong>en un caso como el siguiente: según la sentencia, a la que ha tenido acceso EXPANSIÓN, un trabajador de la administración sanitaria de Cataluña pidió la excedencia por un año desde el 6 de mayo de 2022, para poder trabajar en la empresa C<strong>omsa Service.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:image -->
<figure><img src="http://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2024/06/que-hacer-despido-improcedente_altec_asesoria.jpg" alt="" class="wp-image-9678" /></figure>
<!-- /wp:image -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El 3 de abril de 2023 el trabajador solicita una prórroga de la excedencia por un año más. Excedencia que le fue concedida el 17 de abril por la administración autonómica.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Sin embargo, tres días antes, el 14-4-2023 la empresa había entregado al empleado una carta comunicándole el despido por motivos disciplinarios, con efectos desde el mismo día.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>La empresa ofreció al trabajador una indemnización por despido de 3.555,41 euros, cuando él pedía un año de salario, equivalente a 46.728,24 euros</strong>, y para compensar "los daños y perjuicios" que le causaron la decisión de la compañía. De hecho, es la cuantía que, al final, aprobó el Tribunal Superior de Justicia, tras desautorizar la sentencia del Juzgado de lo Social, que daba la razón a la empresa. Y lo hizo aplicando el criterio de la legislación laboral europea.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En estos momentos,&nbsp;<strong>la cuantía de la indemnización para el trabajador por despido improcedente es de 33 días de salario por año de trabajo, hasta una suma máxima equivalente a dos años de remuneración.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Pero la sentencia va más allá, porque aprecia dos hechos que la legislación europea contempla en estos casos, para que el fallo sea&nbsp;<strong>un escarmiento para el empresario</strong>&nbsp;y, en segundo lugar,&nbsp;<strong>repare el daño causado al trabajador.&nbsp;</strong>Dice el fallo del tribunal que "sea una indemnización suficiente, tanto para disuadir al empleador  como que sea proporcional al daño sufrido por la víctima". "De tal manera -dice el tribunal de Cataluña haciéndose eco de otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco- que "cualquier tope a la indemnización que pueda impedir que sea proporcional a la pérdida sufrida  y que sea suficientemente disuasoria para el empleador es, en principio, contrario a la Carta Social revisada...".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Es decir que&nbsp;<strong>la cuantía tasada en el despido improcedente, ya citada, y la forma de proceder del empresario en esta circunstancia son contrarios a la legislación europea.&nbsp;</strong>En el caso juzgado, el trabajador "se vio desposeído de su puesto de trabajo, sin posibilidad de volver a su antiguo empleo hasta pasado un año de su despido, al haberse prorrogado su situación de excedencia voluntaria, lo que le provoca un evidente perjuicio...".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Y, en segundo lugar, dice la sentencia que ya, de por sí,&nbsp;<strong>la compensación complementaria se justifica "en esencia, por lo exiguo de la indemnización</strong>&nbsp;para el trabajador -3.555,41 euros- que no compensa suficientemente al trabajador por la pérdida de ocupación". Máxime, cuando pidió un año de excedencia a la administración sanitaria.; Sin trabajo y en excedencia iba a dejar de tener ingresos regulares.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En este contexto, hay que tener en cuenta que este tipo de sentencias, con indemnizaciones superiores a lo que dice el Estatuto de los Trabajadores&nbsp;<strong>se da cada vez más con personas que, tras un corto tiempo en la nueva empresa, son despedidos.</strong>&nbsp;Por ejemplo, porque la compañía cambia de opinión por diversas circunstancias. Pero, en algunas ocasiones, los despedidos han pedido una excedencia en la administración, como es el caso, o han tenido que trasladarse a otra ciudad y cambiar a los niños de colegio. O el cónyuge decide no trabajar para poder acompañar a su pareja en lo que parece un buen trabajo. Estas son algunas circunstancias personales que están empezando a tener en cuenta los tribunales para penalizar a las empresas con indemnizaciones superiores a las que dice la ley laboral. También es verdad que la sentencia dice que,<strong>&nbsp;para poder reclamar en estos casos, el trabajador despedido debe probar los daños sufridos y cuantificar su reparación.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Trabajo negociará en otoño subir la indemnización</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo,&nbsp;<strong>Yolanda Díaz, tiene previsto abordar en otoño,</strong>&nbsp;después de las vacaciones de verano,&nbsp;<strong>con la patronal y los sindicatos, el encarecimiento de la indemnización por despido</strong>. Después de las discusiones sobre la reducción de la jornada laboral, sin recortar el salario, que están manteniendo ahora.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Precisamente, Díaz se ha fijado en el&nbsp;<strong>convenio 158 de la OIT y en la Carta Social Europea</strong>, para subir la compensación al trabajador de forma complementaria, como ya explica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. La vicepresidenta también quiere revisar la regulación de las causas objetivas del despido que, en principio, tienen una indemnización de 20 días de salario por año de trabajo, hasta una retribución máxima equivalente a un año. Por ejemplo,&nbsp;<strong>Díaz no ve bien que el despido pueda ser procedente, entre otras cosas, cuando la empresa pueda "prever" pérdidas,</strong>&nbsp;como figura en el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>De la misma manera, la vicepresidenta sostiene que, de antemano, <strong>el empresario no puede saber cuánto le va a costar el despido del trabajador que contrata. </strong>También es verdad que ya ha empezado a sospechar que no le va ser tan fácil hacer la reforma del despido que quiere. Primero, porque es posible que tenga la oposición de la vicepresidenta primera, <strong>María Jesús Montero</strong>, y del ministro de Economía, <strong>Carlos Cuerpo</strong>. Y, segundo, porque, en estos casos, <strong>el PNV y Junts, la antigua Convergencia, están más cerca de los empresarios vascos y catalanes</strong>, respectivamente, que del Gobierno. Claro que el presidente Sánchez, y la misma Díaz, están dispuestos a ceder cualquier cosa, con tal de mantener el poder. En todo caso, <strong>el secretario general de UGT, Pepe Álvarez</strong>, que se lleva muy bien con Sánchez, vaticinó ayer que el despido se va a encarecer para las empresas en la línea que recomiendan la OIT y Carta Social Europea.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/ok" target="_blank" rel="noreferrer noopener">expansion.com</a> <strong>19.06.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/">Cataluña</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/la-justicia-sigue-la-propuesta-de-diaz-de-subir-el-despido-por-encima-de-los-33-dias-de-salario/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Tres sentencias pioneras para los interinos: sacar una plaza fija es compatible con cobrar una indemnización por cese</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/tres-sentencias-pioneras-para-los-interinos-sacar-una-plaza-fija-es-compatible-con-cobrar-una-indemnizacion-por-cese/</link>
                        <pubDate>Tue, 18 Jun 2024 15:23:43 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Juzgados de Granollers, Mataró y Girona reconocen a eventuales del personal laboral una compensación a pesar de haber estabilizado la plaza que ya ocupaban



Los&nbsp;interinos&nbsp;en frau...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">Juzgados de Granollers, Mataró y Girona reconocen a eventuales del personal laboral una compensación a pesar de haber estabilizado la plaza que ya ocupaban</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los&nbsp;<strong>interinos&nbsp;</strong>en fraude que ganen una&nbsp;<strong>oposición,&nbsp;</strong>consoliden su plaza y pasen a fijos podrían mantener su derecho a recibir una&nbsp;<strong>indemnización&nbsp;</strong>por cese. Así lo determinan tres sentencias pioneras de juzgados de&nbsp;<strong>Granollers</strong>,&nbsp;<strong>Mataró&nbsp;</strong>y&nbsp;<strong>Girona&nbsp;</strong>que aplican la reciente doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (<strong>TJUE</strong>) y obligan a la&nbsp;<strong>Generalitat&nbsp;</strong>de Catalunya a pagarles a las trabajadoras del personal laboral afectadas una compensación.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La novedad de estos tres fallos radica en que los interinos han estabilizado la misma plaza que ya ocupaban y, aún así, los juzgados les reconocen, a través de diferentes argumentos, una indemnización. Algunos las tasan por la antigüedad de la empleada y otro en base al&nbsp;<strong>régimen sancionador&nbsp;</strong>que aplicaría a una empresa privada. En los casos juzgados las compensaciones oscilan entre los 5.001 euros y los casi 24.000 euros.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Sobre el criterio indemnizatorio no hay consenso y la inseguridad jurídica tras los fallos europeos, grande. Ya que, según explica el abogado defensor en las tres causas,&nbsp;<strong>Pau Martí</strong>, también existen juzgados de primera instancia que aplican diferente criterio y deniegan la compatibilidad de plaza e indemnización. En este sentido el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) deberá unificar criterio.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>También sobre la fijeza de los eventuales, ya que el TJUE ha abierto la puerta a los del personal laboral para reclamar la estabilización automática y volverá a pronunciarse sobre el tema de cara a los funcionarios de carrera el próximo 13 de junio. A expensas de más movimientos, <a href="https://www.elperiodico.com/es/politica/20240528/supremo-rechaza-unica-solucion-interinos-funcionarios-fijos-europa-103021139" target="_blank" rel="noreferrer noopener">el Tribunal Supremo ha rechazado que el abuso de interinidad deba traducirse automáticamente en fijeza</a>, tal como reclaman las plataformas de interinos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">Las macrooposiciones no acaban con los litigios</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Si bien a través de los macro procesos de estabilización una gran mayoría de eventuales en fraude han podido quedarse como fijos en la Administración, una parte, minoritaria pero numerosa, no lo ha logrado y está recurriendo a la justicia. En los juzgados de toda España se suceden los litigios de trabajadores eventuales de la Administración que tras acumular años en un puesto interino reclaman o bien la fijeza, o bien una indemnización que les compense parte del abuso -reconocido varias veces por la justicia europea- sufrido.&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El <a href="https://www.elperiodico.com/es/economia/20211111/fijeza-interinos-5-anos-plaza-12836872" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Gobierno pactó con los sindicatos CCOO y UGT la conocida como la 'Ley Iceta</a>' -o 'Icetazo', según sus detractores- que pretendía poner orden a la creciente inseguridad jurídica y estabilizar a gran parte de esa bolsa de eventuales que hacía años que poblaban las administraciones públicas. </p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Según datos del INE, que carecen de la precisión necesaria para cuantificar minuciosamente el fenómeno, cuando se aprobó la norma había un <strong>millón de trabajadores eventuales</strong> en el sector público. Aquí se mezclan tanto el personal laboral, como el funcionario de carrera como los eventuales mercantiles de las empresas públicas. El Gobierno reconoció por aquel entonces que unos <a href="https://www.elperiodico.com/es/economia/20210517/gobierno-pretende-estabilizar-300-000-11734948" target="_blank" rel="noreferrer noopener">300.000 interinos estaban en fraude</a>, es decir, que más que una necesidad puntual estaban cubriendo un puesto estructural pero con un contrato temporal. </p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>A partir de ahí, la ley Iceta asentó las bases para una serie de concursos extraordinarios mediante los que estabilizar a miles de interinos y reducir la elevada&nbsp;<strong>temporalidad&nbsp;</strong>-entonces del&nbsp;<strong>31%</strong>- hasta una cifra cercana al&nbsp;<strong>8%</strong>. Además de esos concursos para retener plaza, la norma también reconocía a aquellas personas que se presentaran a examen pero no obtuvieran empleo fijo un derecho a indemnización.&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Sobre esta segunda parte de la cuestión se ha pronunciado, de manera pionera, el juzgado de lo social número tres de Granollers, en un caso ganado por el abogado&nbsp;<strong>Pau Martí</strong>. Que ha fallado a favor de una técnica de educación infantil interina que se presentó a concurso y acabó sacando plaza, pero diferente a la que estaba ocupando. El juzgado le reconoce el derecha a reclamar la indemnización por cese, pese a quedarse como fija en la Generalitat.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">11 años como interina</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La demandante entró a formar parte del personal laboral de la Generalitat en 2006 y pasó&nbsp;<strong>11 años como interina</strong>&nbsp;en el mismo puesto. En 2021, previa demanda, se le reconoce judicialmente la condición de&nbsp;<strong>indefinida no fija</strong>, una figura jurídica difusa y que básicamente reconoce a la trabajadora que ha estado en fraude, que podrá quedarse como fija, pero hasta que alguien gane su plaza vía oposición. En agosto del 2022 se le comunica que su plaza será ocupada por otra persona que acababa de superar una oposición. No obstante, la propia demandada había superado también un proceso selectivo y por ello se la integra como personal laboral fijo en la administración catalana.&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La hasta entonces interina acepta la plaza fija, pero no renuncia a la indemnización por cese, ya que considera que ello viene a compensarle los años que estuvo en fraude y la Generalitat se lo niega, al considerar que ello implicaría un "enriquecimiento injusto". Ya que la ley concibe dicha indemnización para alguien que abandona la Administación.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El magistrado de Granollers considera lícito conceder la indemnización porque esta no persigue tanto reparar el daño causado al interino, sino castigar a la propia Administración por haber tenido a un empleado en fraude. "La procedencia o no de la indemnización dependerá de si ha existido incumplimiento por parte de la administración empleadora, independientemente de que el contrato siga vigente o se haya extinguido", según recoge la sentencia.&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h3 class="wp-block-heading">¿Cómo tasa el juez la indemnización?</h3>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El magistrado no opta por aplicar los 20 días por año trabajado que establece la ley, ya que considera, aplicando el criterio del TJUE, que ello no supone una sanción disuasiva para la administración. Y por ello aplica la sanción que le aplicaría a una empresa privada por tener a alguien en fraude: 5.001 euros. "Equivalente a una sanción grava en grado máximo de la infracción grave de la transgresión de la normativa de contratación", según especifica el magistrado.&nbsp;&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Esos 5.001 euros es una cuantía inferior a la que se hubiera llevado la demandante si la Generalitat le hubiera abonado el equivalente a 20 días por año trabajado. Según los primeros datos hechos públicos por la conselleria de Presidència, <a href="https://www.elperiodico.com/es/economia/20240220/generalitat-interinos-cesados-cuantia-indemnizaciones-98403280" target="_blank" rel="noreferrer noopener">los primeros 475 interinos que han sido cesados</a> tras no superar los procesos extraordinarios de estabilización convocados por la Generalitat han recibido con una compensación media de <strong>11.157 euros</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El criterio indemnizatorio no está claro y otra sentencia -<strong>del juzgado de lo social número 2 de Mataró</strong>- reconoce a una exinterina del mismo cuerpo que la indemnizada con los 5.001 euros una compensación de 20 días por año trabajado, más un 'plus' adicional. En dicho caso, resuelto por el juzgado de lo social número dos de Mataró, falla a favor de la eventual -que también logró plaza fija tras superar una oposición- y le reconoce derecho a compensación.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Y esta la calcula en base a los 20 días por año trabajado, con tope de 12 mensualidades y un 'extra' en función de los intereses generados entre la fecha de la presentación de la demanda judicial y la sentencia, lo que equivale a <strong>23.152 euros</strong> por la antigüedad y unos 300 euros más por los intereses. En el caso de la dictada por el juzgado de lo social número dos de Girona, la indemnización reconocida ha sido de 19.767 euros.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/oe" target="_blank" rel="noreferrer noopener">elperiodico.com</a> <strong>30.05.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/">Cataluña</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/tres-sentencias-pioneras-para-los-interinos-sacar-una-plaza-fija-es-compatible-con-cobrar-una-indemnizacion-por-cese/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Decide no ir al trabajo de forma injustificada y demanda a Mercadona por acoso laboral tras ser despedida</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/decide-no-ir-al-trabajo-de-forma-injustificada-y-demanda-a-mercadona-por-acoso-laboral-tras-ser-despedida/</link>
                        <pubDate>Sun, 09 Jun 2024 10:46:54 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El Tribunal Supremo ha avalado su despido tras inadmitir el recurso de casación para la unificación de doctrina



La Sala de lo Social del Tribunal Supremo acaba de avalar la decisión de&amp;nb...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">El Tribunal Supremo ha avalado su despido tras inadmitir el recurso de casación para la unificación de doctrina</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La Sala de lo Social del Tribunal Supremo acaba de avalar la decisión de<strong>&nbsp;declarar procedente&nbsp;</strong>el despido de una trabajadora de Mercadona. No acudió a su puesto de trabajo en reiteradas ocasiones y no dio justificación de ello.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Sin embargo, impugnó la extinción laboral en los tribunales al considerar que se habían vulnerado sus derechos fundamentales al ser víctima de acoso laboral. Reclamó 42.866 euros.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los magistrados del Alto Tribunal,<strong>&nbsp;Ignacio García-Perrote&nbsp;</strong>(ponente),&nbsp;<strong>Sebastián Moralo</strong>&nbsp;y&nbsp;<strong>Concepción Rosario Ureste&nbsp;</strong>han inadmitido el recurso de casación para la unificación de doctrina presentado por la trabajadora en un auto dictado el 10 de abril.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La mujer comenzó a prestar servicios en el supermercado en 1997. Pero el 18 de noviembre de 2021 le entregaron la carta de despido por motivos disciplinarios. La misiva se basó en fraude, deslealtad, abuso de confianza, faltar al trabajo más de dos días en un mes sin causa justificada y no ser puntual.&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Es relevante destacar que a la empleada se le cambió de puesto de trabajo y se le situó en caja tras haber estado de baja al sufrir<strong>&nbsp;síndrome de túnel carpiano</strong>. No obstante, le advirtieron a través de varias cartas que, tras finalizar su incapacidad temporal, existían<strong>&nbsp;ausencias no justificadas en su puesto de trabajo.&nbsp;</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Asimismo, la empleada presentó una denuncia ante la<strong> Inspección de Trabajo </strong>en septiembre de 2021. Alegó que no se le dejaba hacer su trabajo y que hacía tareas de reposición de madrugada prohibiéndole realizar su trabajo en caja. También manifestó que la coordinadora no le dejaba usar una férula.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading" id="h-el-juzgado-de-lo-social-nº1-de-sabadell-no-da-la-razon-a-la-trabajadora">EL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº1 DE SABADELL NO DA LA RAZÓN A LA TRABAJADORA</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Así las cosas, impugnó su despido al considerar que se habían vulnerado sus derechos fundamentales y solicitó en la demanda que se<a href="https://confilegal.com/actualidad/despido-nulo/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">&nbsp;declarase nulo.&nbsp;</a>En el escrito se detalló que se había producido una situación de<strong>&nbsp;acoso laboral</strong>&nbsp;a raíz de su baja y sus capacidades limitadas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Según detalló la empleada, la criminalizaron por estar enferma y la presionaron con el seguimiento por detectives vulnerando su intimidad. Reclamó <strong>42.866 euros</strong> por los daños y perjuicios causados.</p>
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<p>El<strong>&nbsp;Juzgado de lo Social Nº1 de Sabadell&nbsp;</strong>desestimó el 19 de mayo de 2022 la demanda y declaró que el despido era procedente. El juez consideró que no quedó acreditado la vulneración de derechos alegada al no constar que el despido se basase en su enfermedad, sino en las<strong>&nbsp;ausencias reiteradas e injustificadas.&nbsp;</strong></p>
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<p>Por otro lado, el titular del juzgado manifestó que Mercadona había cumplido con el protocolo, que era el reconocimiento y seguimiento médico, así como adaptarle el puesto de trabajo. Algo que había quedado acreditado.</p>
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<h2 class="wp-block-heading" id="h-los-magistrados-del-tsj-cat-confirman-la-sentencia-de-instancia">LOS MAGISTRADOS DEL TSJ CAT CONFIRMAN LA SENTENCIA DE INSTANCIA</h2>
<!-- /wp:heading -->

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<p>Respecto a la situación de acoso aducida, tampoco quedó acreditado porque, aunque se aportaron informes que hacían referencia a una situación de ansiedad, no se constató que fuese por problemas laborales.</p>
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<p>Frente a dicho fallo, la trabajadora presentó un recurso de suplicación ante el<strong> Tribunal Superior de Justicia de Cataluña</strong> <a href="https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Servicios/Directorio/Directorio-de-Organos-Judiciales/Tribunal-Supremo--Sala-de-lo-Social" target="_blank" rel="noreferrer noopener">(TSJCat)</a> donde alegó que la sentencia no estaba motivada y que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia. Pero los magistrados lo desestimaron el 14 de marzo de 2023.</p>
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<p>En concreto, la Sala de lo Social destacó que la conducta de la trabajadora constituía un incumplimiento grave y culpable de sus obligaciones. Ello teniendo en cuenta diversos requerimientos efectuados por la empresa para que justificara las ausencias antes de ser despedida.</p>
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<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/nL" target="_blank" rel="noreferrer noopener">CONFILEGAL</a> <strong>07.05.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/">Cataluña</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/decide-no-ir-al-trabajo-de-forma-injustificada-y-demanda-a-mercadona-por-acoso-laboral-tras-ser-despedida/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Educació fija que los docentes interinos deberán estar disponibles los dos primeros años y apuntarse al máster el tercero</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/educacio-fija-que-los-docentes-interinos-deberan-estar-disponibles-los-dos-primeros-anos-y-apuntarse-al-master-el-tercero/</link>
                        <pubDate>Wed, 05 Jun 2024 15:30:26 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Educació congela la asignación de plazas perfiladas, que permiten a las direcciones de los centros educativos modelar la mitad de la plantilla



Los&nbsp;docentes&nbsp;inscritos en la bolsa...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">Educació congela la asignación de plazas perfiladas, que permiten a las direcciones de los centros educativos modelar la mitad de la plantilla</h4>
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<p>Los<strong>&nbsp;docentes</strong>&nbsp;inscritos en la bolsa de&nbsp;<strong>sustituciones de los centros educativos catalanes</strong>&nbsp;tendrán que estar disponibles los dos primeros años y apuntarse al máster el tercero. Así lo ha decidido el Departament d'Educació -según ha avanzado el diario 'Ara' y han confirmado fuentes de la conselleria- en lo que suponen las dos<strong>&nbsp;novedades&nbsp;</strong>más destacadas para el próximo curso 24-25.</p>
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<p>Una tercera novedad tiene que ver con la asignación de las llamadas <strong>plazas perfiladas</strong>, que permite a las <strong>direcciones de los centros</strong> moldear hasta la mitad de la plantilla para adaptarla al proyecto educativo. Educació ha decidido congelar un año esta opción para dar salida a los 20.000 nuevos funcionarios docentes surgidos de los distintos procesos de estabilización laboral.</p>
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<p>Hasta ahora los profesores que se apuntaban a la <strong>bolsa de interinos</strong> podían hacerlo debajo de la etiqueta 'no disponible', que les permitía no tener que rechazar nombramientos sin perder el número de la lista.</p>
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<p>Educació afirma que ahora elimina esta opción porque provoca una carga de trabajo añadida a la gestión de la conselleria, por el tiempo que se pierde contactando con aspirantes que no podían aceptar el nombramiento. El Departament recuerda que la bolsa de sustitutos está formada actualmente por unas 75.000 personas, de las que 24.000 no están disponibles, según cifras que publica 3Cat.</p>
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<p>En cuanto al máster, cabe recordar que desde hace cinco años los docentes no necesitan acreditarlo para empezar a dar clase, sólo comprometerse a darlo en un plazo de tres años. Educació afirma que ha detectado casos en los que <strong>este compromiso no se ha cumplido</strong>, y con la medida en que ahora anuncia intenta evitarlos. No apuntarse al máster supondrá no seguir constante en bolsa.</p>
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<p>Finalmente, en cuanto a las plazas perfiladas, Educació afirma que actualmente hay unas 9.000 y asegura que continuarán vigentes, pero subraya que el próximo curso no se crearán más para limitar esta opción y obligar a los centros a cubrir las vacantes con los funcionarios recién regularizados.</p>
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<p><strong>Fuente: </strong><a href="https://acorta.net/nF" target="_blank" rel="noreferrer noopener">elperiodico.com</a> <strong>26.04.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/">Cataluña</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/educacio-fija-que-los-docentes-interinos-deberan-estar-disponibles-los-dos-primeros-anos-y-apuntarse-al-master-el-tercero/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Despiden a un trabajador en Terrassa por hablar en castellano</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/despiden-a-un-trabajador-en-terrassa-por-hablar-en-castellano/</link>
                        <pubDate>Tue, 04 Jun 2024 10:24:27 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Ha sucedido en un restaurante de la ciudad egarense.



Viven absolutamente&nbsp;obsesionados con la imposición del catalán&nbsp;en todas las esferas de la sociedad. Y lo único que están log...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">Ha sucedido en un restaurante de la ciudad egarense.</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Viven absolutamente<strong>&nbsp;obsesionados con la imposición del catalán</strong>&nbsp;en todas las esferas de la sociedad. Y lo único que están logrando es hacer del idioma regional algo muy antipático.</p>
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<p>Todas las encuestas, incluso las de la propia Generalitat, aseguran que&nbsp;<strong>el castellano es el idioma de uso mayoritario entre la ciudadanía</strong>, y cada vez va ganando más terreno, sobre todo entre los más jóvenes, que son los que más huyen de las imposiciones de los hooligans del catalán.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

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<p>Buceando por las redes sociales independentistas nos hemos encontrado con la noticia de que <a href="https://www.elcatalan.es/despiden-a-un-trabajador-en-terrassa-por-hablar-en-castellano#" target="_blank" rel="noreferrer noopener"><strong>un trabajador ha sido despedido por su empresa por utilizar el castellano</strong></a>. Ha sucedido en un establecimiento de <strong><a href="https://www.elcatalan.es/despiden-a-un-trabajador-en-terrassa-por-hablar-en-castellano#"> Terrassa</a></strong>.</p>
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<p>La clienta puso una queja en las reseñas de Google asegurando que no pudo pedir su consumición en catalán, y la empresa ha reaccionado <strong>poniendo de patitas en la calle al trabajador que según parece era andaluz</strong>. Toda una ‘hazaña’, una persona a la cola del paro por cuestiones idiomáticas.</p>
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<figure><img src="http://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2024/06/Captura-Mon-Terrassa-1.jpg" alt="" class="wp-image-9421" /></figure>
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<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/nB" target="_blank" rel="noreferrer noopener">elcatalan.es</a> <strong>07.05.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/cataluna/">Cataluña</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
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