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La Comisión de Hacienda del Congreso estudia enmiendas a la Ley de Función Pública para incluir medidas contra el abuso de temporalidad y así recuperar fondos europeos suspendidos.

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(@Ramón J.)
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Se ha publicado en la página web de la iniciativa parlamentaria del Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado (nº de expediente 121/31) la composición de la Ponencia, o  panel  de 15 miembros  de la Comisión de Hacienda y Función Pública , que debe redactar el "Informe de la Ponencia" o primer posible variación del  texto inicial propuesto por el Gobierno hace más de un año y 3 meses incorporando algunas de las enmiendas presentadas - o variaciones negociadas ("transaccionadas"). 

Los "ponentes" o encargados de este Informe son, en concreto

Existe una gran expectación por la tramitación de este proyecto de ley, en principio de función  pública sólo de la propia Administración del Estado, pero que podría incorporar disposiciones adicionales de modificación de otras leyes más generales,  por estas importante circunstancias:

  •  este  proyecto de ley tiene enmiendas presentadas por Junts , Podemos y SUMAR para que se haga "fijos a extinguir" a los empleados públicos en abuso de temporalidad de cualquier AAPP (del Estado, autonómica o local) por llevar más de 3 años para cumplir con las sentencias europeas y evitar las sanciones de la Comisión Europea , propuestas de enmiendas cuyos respectivos tesxtos  ya se publicaron en el Boletín del Congreso en Marzo de 2025, es decir, hace más de medio año.
  • hace tres meses, Economía de la Comisión Europea  decidió que , tras las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la UE de 2024, suspender 626 millones de los fondos europeos por el incumplimiento del compromiso de España en el Plan de Recuperación - en el hito nº 144- de disponer de una ley en 2021 para reducir la temporalidad pública con medidas de prevención y sanción del abuso de temporalidad, estableciendo que los fondos suspendidos sólo podrán ser recibidos si España establece normativa válida en un plazo inicial de 6 meses,
  • poco después, compareció  el Ministro de Economía en la comisión mixta Congreso/Senado de 17/07/2025 sobre el estado del Plan de Recuperación, y sobre estos fondos suspendidos por el incumplimiento del hito 144 de reducción de temporalidad con sanciones al abuso afirmó  que el Gobierno está trabajando en medidas que irían en esta nueva ley de función púbica y en la reforma de la ley de la carrera judicial y fiscal , ambas en tramitación en el Congreso , para poder conseguir convencer a la Comisión Europea del cumplimiento del hito y recibir los fondos suspendidos (de un componente con inversiones destinadas a digitalización de las AAPP principalmente),
  • el Ministerio de Función Pública ha presentado  a las CCAA en la Conferencia Sectorial de AAPP una  propuesta  de un plan de reducción de temporalidad que incluye cambios normativos para

    • reducir la duración máxima de la temporalidad a 2 años de los empleados públicos, 
    • dando un plazo de 3 años para cesar al elevado volumen existente de interinos anteriores -sin indemnización alguna si es antes del fin de ese plazo "final"-
    • dejando sólo otros posibles cambios adicionales de la ley 20/2021 en función de la futura sentencia del Tribunal de Justicia de la UE del asunto Obadal,

  • en los recientes debates en el Congreso de una interpelación urgen y subsiguiente moción de Podemos, el grupo en el Congreso del PSOE ha defendido  "sus enmiendas presentadas a las CCAA" y se opone a cualquier medida de fijeza directa, anunciando que intentará incorpora estas modificaciones propuestas como enmiendas en este proyecto de  Ley de Función Publica, precisamente
  • Podemos  ha afirmado que sólo apoyará el proyecto de Ley de Función Pública si el Gobierno acepta enmienda de fijeza para los empleados públicos en abuso de temporalidad,
  • los partidos políticos que han expresado que , en estos momentos, apoyan una medida excepcional de fijeza restringida general para todos los empleados públicos en abuso de temporalidad actual son: Junts Per Cataluña, Podemos, SUMAR, EH Bildu, ERC,  BNG, Compromís y Coalición Canaria , que suponen en torno a 15% del Pleno del Congreso

Las Ponencias actúan a puerta cerrada y, en especial, sus reuniones formales no se transmiten. Además pueden tener reuniones informales de trabajo. El voto de los miembros es ponderado según el peso de su Grupo parlamentario en la Comisión, a su vez proporcional al reparto de diputados en el Congreso de cada grupo parlamentario. Hace ya más de un mes que tuvo lugar la primera reunión formar de la Ponencia de este proyecto de ley, 

El siguiente paso una vez redactado  dicho informe de la Ponencia -todavía sin fecha- será el Debate en Comisión -que sí se transmite- para la aprobación de su "Dictamen" (en el que se pueden aprobar incorporar más enmiendas), que vendrá seguido de debate  en el Pleno del Congreso (donde se pueden incorporar más enmiendas, de las que mantengan los grupos, tal cual o transaccionadas, siempre por mayorías que las aprueben , claro) .  Y si se diera el caso de que después el Senado aprueba enmienda o incluso veto del proyecto de ley (lo habitual en la actualidad con la mayoría de los proyectos de ley del Gobierno), será el Pleno del Congreso quien vote la ratificación o rechazo de esa decisión del Senado (habitualmente, el Pleno del Congreso rechaza el veto del Senado, pasando a Ley el texto tal cual fue aprobado en su primer paso por el Pleno del Congreso).

En concreto, las enmiendas presentadas en su plazo  al proyecto de Ley (en Marzo,antes de que se conociera la suspensión de fondos dela Comisión Europea) incluyen varias de diversos grupos parlamentarios en relación al abuso de temporalidad:

  • Junts Per Catalunya ha presentado enmiendas (nºs 131-134)a este al Proyecto de Ley de Función Pública para que, vía una modificación del EBEP en sí,  se declare "fijos a extinguir" a los empleados públicos en abuso de temporalidad de la actualidad de todas las AAPP y a los ya cesados que presentaron reclamación contra el cese/despido
  • También Podemos en su  enmienda  presentada (nº 102) con menos detalle
  • El Grupo Parlamentario de SUMAR presentó enmiendas   (nºs 211,213 y 220) para la declaración de "personal funcionario, estatutario o laboral fijo a extinguir"  a los empleados públicos de las AAPPs bajo el ámbito de esta Ley de Función Pública del Estado  que se encuentren en "situación objetiva de abuso en la temporalidad" por haber superado los plazos de temporalidad establecidos en la ley
  • ERC presentó una enmienda (nº 287) para que el EBEP incorpore la obligación de hacer procesos de estabilización con los puestos de los interinos de vacante futuros temporales más de 3 años y se les indemnice con 25 días por año trabajado si no lo superan
  •  el propio PSOE había incluido una propuesta de modificaciones al Estatuto Básico del Empleado Público -para todas las AAPP- vía enmiendas a este Proyecto de Ley de Función Pública de la Administración del Estado, si bien sobre otros temas, demostrando que es posible incluir modificaciones del EBEP en este PL, pero no presentó ninguna enmienda a su texto inicial sobre nueeas medidas ante el abuso de temporalidad

 Hay que señalar que el 30 de Mayo, también antes de la suspensión europeos, Junts y PSOE anunciaron un acuerdo sobre las enmiendas de este proyecto de ley. Según el comunicado de Junts incluye 'medidas para la estabilización de los interinos". 

Por otro lado:

  • BNG presentó una enmienda (la nº 8) para eliminar la tasa de reposición del EBEP
  • PNV presentó una enmienda (la nº 2) para que la ley de función pública de las AAPP del Estado recoja que "la tasa de cobertura temporal deberá situarse por debajo del ocho por ciento de las plazas estructurales"
  • EH Bildu  presentó una enmienda (la nº 333) proponiendo nuevos procesos de "consolidación" , por concurso-oposición, con las plazas deel personal temporal de más de 3 años
  • PP y Vox no presentaron ninguna enmienda a este texto sobre temporalidad recordemos de una ley de función pública de al menos las AAPP del EStado

En cuanto a los principales sindicatos de la mesa general de empleados públicos, ante la suspensión de fondos europeos por el incumplimiento del hito citado:

  • UGT y CCOO exigen que "se cumplan los procesos de estabilización en todas las administraciones" (tanto los convocados por la ley 20/2021 como los convocados por las leyes anteriores", y, en caso de que no lo hagan "sanciones ejemplares a las administraciones"
  • CSIF exige eliminar la tasa de reposición, convocando mediante Ofertas Públicas de Empleo todas las plazas vacantes  y "sanciones ejemplares por abusar de la temporalidad, tras el recorte de Bruselas " que el sindicato achaca a que se ha debido "por incumplir el mandato de reducir la temporalidad"

Hay que señalar, que según su Artículo 2, el Ámbito de aplicación de esta Ley de Función Pública de la AAPP del Estado es el personal funcionario y, en lo que proceda, al personal laboral y al personal eventual al servicio de:

a) La Administración General del Estado.
b) Los Organismos Autónomos.
c) Las Entidades Públicas Empresariales.
d) Las Agencias estatales.
e) Los demás entes de derecho público, así definidos en su normativa de creación.
f) Las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social.
g) Las autoridades administrativas independientes en la forma prevista en sus leyes
de creación.
h) Las universidades públicas no transferidas, en lo que no esté previsto en su
normativa específica.

se entiende que siempre del Estado, más algunos casos donde es supletoria.

Naturalmente, incluso en el caso de la aprobación de una enmienda como la de SUMAR, o las de Junts y Podemos que fueran modificadas -"transaccionadas" en negociación entre partidos- restringiendo su ámbito a las AAPP del Estado por su propia Ley de Función Pública,  podría implicar también consecuencias sobre otras AAPP con leyes de función pública propia -las CCAA - por la constatación que supondría que una AAPP con esa competencia podría regular la declaración de fijo a extinguir a los empleados públicos en abuso de temporalidad bajo su  ley de función pública con la justificación de dar cumplimiento a normativa y las importantes sentencias europeas de 2024.

Recordemos  con más detalle especialmente la sentencia de 13/06/2024 del Tribunal de Justicia de la UE en los asuntos acumulados #GenCat donde el alto tribunal europeo dijo:

  • no valen como sanción al abuso de temporalidad pública la doctrina del Contencioso del Supremo ni los procesos de estabilización e indemnización al cese o con tope de la ley 20/2021
  • ante la falta en la normativa nacional de medidas válidas de sanción debe intentar realizarse una "interpretación conforme" del derecho nacional, sin ser contra él, para aplicar la fijeza como sanción, 
  • debiéndose modificar la jurisprudencia incompatible del Supremo, siendo posible en este caso con la declaración de personal indefinido con la misma condiciones de cese que el funcionario de carrera
  • no valiendo como  excusa para un juzgado o tribunal nacional argumentos ni de índole constitucional

Por último, en su  reciente  Informe de Conclusiones , el Abogado General de la UE en el asunto Obadal, la cuestion prejudicial de la Sala de lo Social del Supremo Social al Tribunal de Justicia de la UE sobre sanción al abuso de la temporalidad, ha reiterado que sólo una indemnizacion sin topes , de más cuantía  y no al cese sino al momento, puede valer como sanción al abuso de temp

Fuente: APISCAM 28.10.2025


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