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            <title>
									Navarra - Foros				            </title>
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            <description>Plataforma de Interinos España</description>
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            <lastBuildDate>Sun, 05 Jul 2026 05:26:55 +0000</lastBuildDate>
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                        <title>El TSJ de Navarra corrige su propio criterio sobre los interinos de la Administración y abre una vía para una oleada de demandas</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/el-tsj-de-navarra-corrige-su-propio-criterio-sobre-los-interinos-de-la-administracion-y-abre-una-via-para-una-oleada-de-demandas/</link>
                        <pubDate>Fri, 31 Oct 2025 07:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Aplica ahora la interpretación del TS, que le dijo que no podía enviar las causas a lo Contencioso y debía considerarlas materia laboral, y admite fraude en la contratación de una profesora ...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">Aplica ahora la interpretación del TS, que le dijo que no podía enviar las causas a lo Contencioso y debía considerarlas materia laboral, y admite fraude en la contratación de una profesora de Música</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS)</strong> dictó una sentencia el pasado mes de mayo <a href="https://www.noticiasdenavarra.com/sociedad/2025/06/15/sentencia-supremo-abre-via-ola-interinos-navarros-administracion-9758939.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">en la que corregía el criterio asentado desde hace año y medio</a> en el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) por el que los juzgados de los Social(encargados de la materia laboral) no se declaraban competentes para juzgar y resolver asuntos de trabajadores públicos temporales que denunciaban el fraude en su contratación administrativa de manera interina por parte de distintas Administraciones Públicas. Lo que hacían los jueces navarros es enviar a los empleados a la jurisdicción Contenciosa Administrativa, ámbito en el que no se les podía reconocer su situación laboral irregular y que no tenía por tanto efecto.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Supremo zanjó en mayo la cuestión y dijo que dichas cuestiones se tenían que juzgar en lo Social, como materia laboral, pese a que centenares de procedimientos del TSJN cayeron en el saco roto de lo Contencioso. <a href="https://www.noticiasdenavarra.com/sociedad/2025/06/15/abogado-navarro-lidero-causa-interinos-9759011.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Merced a la demanda interpuesta por el abogado pamplonés José Luis Beaumont</a>, el Alto Tribunal consideró que la interpretación del TSJN sobre la doctrina del Supremo había sido comprendida incorrectamente, anuló la sentencia y decidió que por tanto la competencia del asunto en cuestión debía ser devuelta a lo Social, de donde nunca debió salir. Ello permite a los interinos en este caso rebatir sus despidos y fraudes en los contratos. Y asumiendo dicha tesis y corrigiendo su errónea argumentación, <strong>la Sala de lo Social del TSJN </strong>ha tenido que dirimir ahora el caso que le ha devuelto el Supremo y que abre la puerta de par en par a centenares de demandas de interinos en la Administración. Así va a ser puesto que el TSJN asume su aplicación inicial incorrecta y reconoce que es la vía competente para resolver la situación de una profesora navarra de música, que <strong>presta servicios docentes desde 2019 para Educación como profesora en el Conservatorio Pablo Sarasate, y que encadena contratos administrativos temporales fraudulentos. El TSJN ha declarado la fijeza laboral de dicha docente.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>No podía ser de otra forma después de que el Tribunal Supremo enmendara la plana al Tribunal navarro, indicándole que los jueces de lo social eran y son plenamente competentes para resolver estos asuntos (el propio Tribunal Supremo le señaló que se trata de “una competencia plena, indiscutible e irrenunciable”).</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">VARAPALO PARA EL GOBIERNO DE NAVARRA</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>El letrado navarro que ha defendido a la profesora, José Luis Beaumont Aristu,</strong>&nbsp;ha señalado que ahora queda la vía libre para que las demandas interpuestas por numerosos profesores navarros, a<strong>sí como por personal del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea y de otras Administraciones Públicas de Navarra</strong>&nbsp;contratados durante años en fraude de ley y en contra de las normas de la Unión Europea que protegen a los trabajadores temporales, encuentren acogida favorable y satisfactoria en los juzgados navarros de lo social.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>No en vano, como recuerda Beaumont, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) viene pronunciándose recurrentemente en contra del abuso de la temporalidad en el empleo de los trabajadores públicos en el Estado español, y ha señalado que no son aceptables las normas internas que permiten la contratación temporal por tiempo determinado de estos trabajadores.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Además de no justificar en ningún caso ni la firma ni la renovación de los contratos de trabajo temporales, no establecen ningún límite temporal a estas contrataciones ni tampoco límites al número de renovaciones de estos contratos. Estas justificaciones y limitaciones son claramente exigidas por las normas europeas, lo que es plenamente aplicable al Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra aprobado en agosto de 1993 (años antes de la entrada en vigor de las normas europeas que regulan este tipo de contrataciones temporales).</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Contratos sin cobertura legal</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Estos déficits de la norma navarra que autoriza las contrataciones temporales o interinas de trabajadores públicos conducen a que esta norma no sea aplicable y, en consecuencia, todas estas contrataciones nazcan desde su inicio huérfanas de cualquier cobertura legal a los ojos de Tribunal de Luxemburgo. Y esto, afirma Beaumont, es aplicable a todas las contrataciones administrativas temporales de empleados públicos desde 1993 hasta cuando menos 2021 (fecha en la que Navarra modificó el Estatuto, estableciendo por vez primera algunos límites temporales a la duración de los contratos de interinidad, o que viene exigido por las normas europeas desde 1999).</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Estas contrataciones se han hecho para&nbsp;<strong>“cobertura temporal de vacantes”</strong>&nbsp;(en las distintas Administraciones Públicas navarras en general), para la “atención de nuevas necesidades de personal docente” (lo que afecta a todos los docentes contratados año tras año por Educación del Gobierno de Navarra), y para la “atención de otras necesidades del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea” (modalidad ésta de contratación que se ha utilizado recurrentemente con personal de enfermería, de servicios generales, de administración, de personal técnico, etc).</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>A pesar de las continuas promesas de los poderes públicos para reducir la temporalidad en el empleo público, tan repetidas como incumplidas, lo cierto es que en Navarra –como también recuerda Beaumont– siguen contándose por miles los trabajadores públicos temporales, en la inmensa mayoría de los casos sin justificación alguna para su interinidad prolongada plurianualmente.&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/2RX" target="_blank" rel="noreferrer noopener">noticiasdenavarra.com</a> <strong>19.10.2025</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/">Navarra</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/el-tsj-de-navarra-corrige-su-propio-criterio-sobre-los-interinos-de-la-administracion-y-abre-una-via-para-una-oleada-de-demandas/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>El abogado navarro que lideró la causa de interinos en el TS: “La decisión del Supremo deja en muy mal lugar a las distintas Administraciones Públicas”</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/el-abogado-navarro-que-lidero-la-causa-de-interinos-en-el-ts-la-decision-del-supremo-deja-en-muy-mal-lugar-a-las-distintas-administraciones-publicas/</link>
                        <pubDate>Thu, 17 Jul 2025 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El letrado José Luis Beaumont, que ha llevado el caso al Alto Tribunal, habla de la enorme envergadura de la resolución



En la sentencia conocida esta semana, la Sala de lo Social del Trib...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">El letrado José Luis Beaumont, que ha llevado el caso al Alto Tribunal, habla de la enorme envergadura de la resolución</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En la sentencia conocida esta semana,<strong> la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) </strong>da un revolcón al criterio que venía asentado en los órganos judiciales navarros de la jurisdicción social y les indica claramente que el cambio de criterio que habían efectuado desde principios de 2024 <strong>se debe a una “una incorrecta comprensión” de la doctrina del propio Tribunal Supremo en esta materia.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Abuso en la contratación</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Según el abogado José Luis Beaumont Aristu</strong>, que ha llevado el asunto de la docente del Conservatorio Pablo Sarasate hasta el Alto Tribunal, “la decisión del&nbsp;<strong>máximo órgano judicial de la jurisdicción social deja en muy mal lugar a las distintas Administraciones Públicas que durante años han venido abusando de esta contratación administrativa temporal&nbsp;</strong>de miles de empleados públicos, y que además desde principios de 2024, hasta ahora, habían recuperado la tranquilidad y la impunidad de creerse y saberse inatacables en la vía judicial laboral”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Ahora por el contrario, según afirma el abogado navarro, con esta decisión del Tribunal Supremo, “las armas judiciales están de nuevo en las manos de los trabajadores públicos víctimas del abuso en la contratación temporal, lo que abre definitivamente las puertas a centenares o miles de ellos, singularmente –aunque no sólo– a los que se integran en el sector docente y sanitario navarro, a denunciar en los Juzgados de lo Social navarros las irregularidades y abusos en sus contrataciones temporales plurianuales”, declara el letrado.&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/vh" target="_blank" rel="noreferrer noopener">noticiasdenavarra.com</a> <strong>15.06.2025</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Noticia relacionada del mismo diario:</strong> <a href="http://plataformadeinterinos.org/una-sentencia-del-supremo-abre-la-via-a-una-ola-de-demandas-de-interinos-navarros-de-la-administracion/">http://plataformadeinterinos.org/una-sentencia-del-supremo-abre-la-via-a-una-ola-de-demandas-de-interinos-navarros-de-la-administracion/</a></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/">Navarra</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
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                    </item>
				                    <item>
                        <title>Una sentencia del Supremo abre la vía a una ola de demandas de interinos navarros de la Administración</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/una-sentencia-del-supremo-abre-la-via-a-una-ola-de-demandas-de-interinos-navarros-de-la-administracion/</link>
                        <pubDate>Tue, 15 Jul 2025 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El Supremo corrige “la incorrecta comprensión” del TSJN, que enviaba los casos a lo Contencioso, y dice que la competencia es de lo Social al haber fraude en la contratación



La Sala de lo...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">El Supremo corrige “la incorrecta comprensión” del TSJN, que enviaba los casos a lo Contencioso, y dice que la competencia es de lo Social al haber fraude en la contratación</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>La Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS)</strong>&nbsp;ha corregido el criterio que llevaba asentado en los tribunales navarros desde inicios de 2024, por el que los juzgados de lo Social (encargados de la materia laboral) no se declaraban competentes para enjuiciar y resolver asuntos de trabajadores públicos&nbsp;temporales que denunciaban el fraude en la contratación administrativa por parte de distintas Administraciones Públicas. Los tribunales navarros declararon que la competencia para juzgar la materia era de la&nbsp;<strong>jurisdicción de lo Contencioso-administrativo</strong>, ámbito en el que no se les reconocería su situación laboral irregular, y que no tendría efectos por tanto para su propósito. De esta forma, decenas de reclamaciones efectuadas han caído en saco roto durante este tiempo. Hasta que ahora el Supremo ha sentando un precedente relevante.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El pasado<strong>&nbsp;30 de mayo la Sala de lo Social del TS resolvió un recurso interpuesto</strong>&nbsp;hace un año por una&nbsp;<strong>profesora navarra de música, que presta servicios docentes</strong>, desde hace años, para el Departamento de Educación del Gobierno de Navarra, como profesora en el&nbsp;<strong>Conservatorio Profesional de Música Pablo Sarasate de Pamplona</strong>. Su recurso,&nbsp;<strong>contra una resolución del TSJN que derivaba su reclamación a lo Contencioso</strong>&nbsp;y por tanto la dejaba sin reconocer el abuso en la contratación que sí le había reconocido el Juzgado de lo Social,&nbsp;<strong>da la razón ahora la docente, representada por el abogado José Luis Beaumont Aristu</strong>, clarifica que&nbsp;<strong>la jurisdicción competente para analizar su caso es la Social y devolverá el asunto al TSJN para que resuelva sobre el fondo del asunto.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>La competencia de lo Social es indiscutible e irrenunciable</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El TS explica que el cambio de criterio de los juzgados navarros efectuado a principios de 2024 se debe a “una incorrecta incomprensión” de la doctrina anterior del Supremo en esta materia. Y por tanto, sentencia que “cuando se aprecia una grave irregularidad en la contratación administrativa” de estos trabajadores públicos temporales, hasta el punto de que, como ocurría con la contratación de esta profesoras de música,&nbsp;<strong>pretendiendo la Administración con la utilización de esta modalidad de contratación administrativa “eludir&nbsp;la aplicación de las disposiciones laborales</strong>, y “enmascarar&nbsp;u ocultar la verdadera naturaleza del contrato laboral, la competencia del orden social es indiscutible e irrenunciable”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El origen de la conflictividad de este tipo de asuntos que afectan a miles de trabajadores públicos temporales en Navarra se remonta a noviembre de 2020,&nbsp;<strong>cuando en una novedosa sentencia de la Sala de lo Social del TSJN se estableció que las irregularidades en la contratación administrativa (no laboral) de empleados públicos por las Administraciones Públicas de Navarra encerraban en realidad una relación laboral encubierta</strong>, que debía ser enjuiciada por los órganos de la jurisdicción social, a pesar de tratarse formalmente de contratos administrativos. En aquella ocasión se trató de hasta catorce trabajadores temporales del Ayuntamiento de Pamplona, que trabajaban desde hace años como Técnicos de Integración Social.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Las sentencias les declaraban trabajadores laborales fijos</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Desde entonces hasta principios de 2024, fueron centenares los trabajadores públicos con contratos administrativos temporales de larga o muy larga duración que acudieron a defender sus derechos a los juzgados laborales de Navarra, en procesos judiciales que en su mayor parte se saldaron con sentencias que los declaraban trabajadores laborales fijos cuando los interesados habrían superado –aprobado– un proceso selectivo sin haber obtenido plaza o, en su caso, trabajadores laborales indebidos no fijos (en caso de no haber aprobado, aun sin obtener plaza, un proceso selectivo), declaraciones que siempre lo eran desde las fechas de sus contrataciones administrativas irregulares.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Un caso del Ayuntamiento de Tudela que fue malinterpretado en el TSJN</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las Administraciones Públicas condenadas eran, en su mayor parte, el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona, además de otros consistorios, y organismos como Osasunbidea. Todos ellos, recuerda el letrado Beaumont, venían desde 1993 usando y abusando de la potestad que les ofrecía la legislación navarra para contratar temporalmente empleados públicos en régimen administrativo.<a href="https://www.noticiasdenavarra.com/sociedad/2025/06/15/abogado-navarro-lidero-causa-interinos-9759011.html"></a><a href="https://www.noticiasdenavarra.com/sociedad/2025/06/15/abogado-navarro-lidero-causa-interinos-9759011.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">El abogado navarro que lideró la causa de interinos en el TS: “La decisión del Supremo deja en muy mal lugar a las distintas Administraciones Públicas”</a></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Ello no tenía consecuencia a la hora de despedirlos, pues no tenían derecho a indemnización. Pero el panorama cambió radicalmente a principios de 2024. Entonces, los juzgados de lo Social, con el liderazgo del TSJN, malinterpretaron una resolución del Supremo que resolvía un caso específico de una trabajadora temporal del Ayuntamiento de Tudela.&nbsp;<strong>Ello provocó que se absolviera por sistema a las Administraciones y se rechazara las pretensiones de los interinos, a quienes&nbsp;se remitía a lo Contencioso.</strong>&nbsp;Y ello, a pesar de que como ya era público y notorio, en esta jurisdicción siempre se rechaza cualquier reclamación derivada de la irregularidad o el abuso en su duración temporal de los contratos temporales de los trabajadores públicos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/vf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">noticiasdenavarra.com</a> <strong>15.06.2025</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/">Navarra</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
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				                    <item>
                        <title>Un juzgado declara improcedente el despido de una enfermera del SNS tras perder su puesto en una OPE de estabilización</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/un-juzgado-declara-improcedente-el-despido-de-una-enfermera-del-sns-tras-perder-su-puesto-en-una-ope-de-estabilizacion/</link>
                        <pubDate>Fri, 27 Jun 2025 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El juzgado condena al Servicio Navarro de Salud a &quot;optar entre una indemnización equivalente a 33 días de salario por año trabajado o la readmisión de la trabajadora como indefinida fija&quot;


...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">El juzgado condena al Servicio Navarro de Salud a "optar entre una indemnización equivalente a 33 días de salario por año trabajado o la readmisión de la trabajadora como indefinida fija"</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Juzgado de lo Social nº 2 de Pamplona ha declarado&nbsp;<strong>improcedente&nbsp;</strong>el despido de una enfermera "que perdió su puesto de trabajo en la OPE de estabilización" y condena al Servicio Navarro de Salud a "optar entre una<strong>&nbsp;indemnización equivalente a 33 días de salario por año</strong>&nbsp;<strong>trabajado</strong>&nbsp;o la readmisión de la trabajadora como indefinida fija", ha informado el sindicato ELA.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Según recuerda en una nota de prensa, "los juzgados de lo Social, tras la sentencia del Tribunal Supremo de enero de 2024, comenzaron a declararse&nbsp;<strong>incompetentes&nbsp;</strong>para conocer de los asuntos de los y las empleadas públicas que tuvieran contratos administrativos".&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>"De esta manera, los mismos tribunales que habían declarado fijezas hasta el momento, cerraron la puerta a que miles de personas contratadas de manera temporal por la administración pudieran reclamar sus derechos", indica.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>No obstante, recientemente el Tribunal Supremo<strong>&nbsp;"ha rectificado su postura"</strong>&nbsp;y ha señalado que "los juzgados de lo Social son los que deben juzgar los casos en que haya existido fraude en la contratación, independientemente del tipo de contrato".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>ELA ha señalado que, si bien la sentencia del juzgado pamplonés no es firme, "está claro que los juzgados de Navarra tendrán que hacer suyo el nuevo criterio establecido por el Supremo y los despidos volverán a ser juzgados por el orden Social cuando haya mediado fraude en la contratación".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/uX" target="_blank" rel="noreferrer noopener">diariodenavarra.es</a> <strong>06.06.2025</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/">Navarra</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/un-juzgado-declara-improcedente-el-despido-de-una-enfermera-del-sns-tras-perder-su-puesto-en-una-ope-de-estabilizacion/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>La empresa está obligada a pagar las vacaciones no disfrutadas al trabajador si no le informó correctamente de las mismas</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/la-empresa-esta-obligada-a-pagar-las-vacaciones-no-disfrutadas-al-trabajador-si-no-le-informo-correctamente-de-las-mismas/</link>
                        <pubDate>Fri, 22 Nov 2024 15:03:51 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Así lo ha resuelto el Tribunal Superior de Justicia de Navarra tras traer a colación sendos fallos del TJUE



La empresa está obligada a velar porque sus trabajadores disfruten de sus vacac...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">Así lo ha resuelto el Tribunal Superior de Justicia de Navarra tras traer a colación sendos fallos del TJUE</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La empresa está obligada a velar porque sus trabajadores disfruten de sus vacaciones obligadas pagadas, «incitándoles» a hacerlo e «informándoles de manera precisa, transparente y oportuna» de las mismas, por lo que —si no actúa con esta diligencia—<strong>&nbsp;tendrá que responder con una compensación económica</strong>&nbsp;cuando el contrato de un empleado llegue a su fin. Al menos, así lo ha resuelto el Tribunal Superior de Justicia de Navarra tras traer a colación sendos fallos previamente dictados por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El caso en cuestión (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’), llegó a la Justicia después de que un trabajador del sector de la construcción demandara a su empresa por no abonarle las vacaciones correspondientes a los años 2021 y 2022, las cuáles nunca había llegado a disfrutar. Una reclamación que tasaba en alrededor de 10.000 euros, pues —entre otras cuestiones y al menos en el año 2021— su compañía no le había ofrecido la posibilidad de disfrutar de las vacaciones que le correspondían.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Pese a tal pretensión, el Juzgado de lo Social número 1 de Pamplona estimó únicamente en parte el escrito del trabajador, condenando a la empresa demandada a abonarle unos 4.000 euros en concepto de diferencias salariales correspondientes con la paga extra de diciembre de 2021 y la paga extra de verano del 2022. En consecuencia, el empleado interpuso un recurso de suplicación, sustentado en un motivo único.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Este motivo, según conta en la sentencia, se presentaba amparado en el artículo 193 c) de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) y denunciaba una<strong>&nbsp;infracción de lo dispuesto en el artículo 7 de la Directiva 2003/88/CE</strong>&nbsp;y del artículo 31.2 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, así como la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea. En base a ello, solicitaba que se incrementase la condena a un total de 6.106,30 euros.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:image -->
<figure><img src="http://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2024/11/calendario-1-768x432-1.jpg" alt="" class="wp-image-10640" /></figure>
<!-- /wp:image -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Frente a dichos requerimientos, el TSJ de Navarra consideró conveniente hacer un recorrido por la jurisprudencia europea, particularmente en lo referente a las vacaciones anuales retribuidas. Así, basándose en el artículo 7 de la Directiva previamente mencionada y en sentencias previas del TJUE, el TSJ de Navarra destacó que el derecho a vacaciones no disfrutadas no puede extinguirse sin compensación económica<strong>&nbsp;si el empleador no ha ofrecido al trabajador la posibilidad real y efectiva de ejercer ese derecho.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Entre los puntos clave, el TSJ ha subrayado que las vacaciones anuales retribuidas constituyen un principio fundamental del derecho social comunitario, vinculado no sólo al descanso y la recuperación del trabajador, sino también a la promoción de su libertad y desarrollo personal. Este principio ha sido reiterado en múltiples decisiones del TJUE, que han establecido que cualquier limitación a este derecho, ya sea por omisión o por disposiciones nacionales contrarias, resulta incompatible con el derecho comunitario. Asimismo, el Tribunal ha señalado que corresponde al empleador demostrar que ofreció al empleado la oportunidad de tomar sus vacaciones de forma «clara», «transparente» y dentro del período correspondiente.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En este contexto, el TSJ ha considerado que «la empresa demandada no demostró haber ofrecido la posibilidad al actor de disfrutar las vacaciones correspondientes al año 2021». En consecuencia, ha declarado que resulta procedente la compensación de las vacaciones generadas y no disfrutadas en dicho periodo reclamado&nbsp;<strong>mediante su abono en metálico.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En cambio, respecto a las vacaciones de 2022, el Tribunal ha coincidido con el razonamiento del juzgado de instancia en que no procedía su compensación pues, «aunque la empresa tramitó el fin del contrato el 7 de enero de 2022, a los tres días, el 10 de enero, se suscribió un nuevo contrato a tiempo completo, de duración indefinida, en el que la empresa reconoció al trabajador su antigüedad desde el 25 de mayo de 2020. Por tanto, no cabe entenderé que el contrato se extinguiera el 7 de enero de 2022 al existir una unidad esencial del vínculo laboral, continuando la prestación de servicios durante el 2022, pudiendo disfrutar de las vacaciones en dicha anualidad».</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/rh" target="_blank" rel="noreferrer noopener">economistjurist.es</a> <strong>18.11.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/">Navarra</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/la-empresa-esta-obligada-a-pagar-las-vacaciones-no-disfrutadas-al-trabajador-si-no-le-informo-correctamente-de-las-mismas/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Convocan 7.300 plazas de las oposiciones más fáciles: sólo hay que cumplir un requisito</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/convocan-7-300-plazas-de-las-oposiciones-mas-faciles-solo-hay-que-cumplir-un-requisito/</link>
                        <pubDate>Sun, 28 Jul 2024 19:08:35 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Los exámenes se harán el 14 de diciembre y los temarios son exactamente los mismos que para la convocatoria de 2023.



El Boletín Oficial del Estado publicó en plenos Sanfermines la convoca...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">Los exámenes se harán el 14 de diciembre y los temarios son exactamente los mismos que para la convocatoria de 2023.</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El <strong>Boletín Oficial del Estado</strong> publicó en plenos <strong>Sanfermines </strong>la <a href="https://navarra.okdiario.com/tags/oposiciones/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">convocatoria de <strong>oposición</strong> <strong>plazas para la Administración General del Estado</strong></a> de 2024. Se trata de una <strong>convocatoria </strong>a la que -naturalmente- se puede acceder desde <strong>Navarra</strong>; y de una convocatoria <strong>excepcionalmente elevada</strong>, que contempla 31.689 plazas, de las que <strong>13.518 corresponden al turno libre por oposición</strong> y <a href="https://navarra.okdiario.com/tags/funcionarios/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">18.171 a la promoción interna (es decir, a las que sólo pueden aspirar el personal funcionario)</a>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>De estas 13.518 plazas,<strong>&nbsp;más de la mitad son de las consideradas 'sencillas'</strong>&nbsp;y a la que más gente puede aspirar no&nbsp;porque los&nbsp;<strong>requisitos</strong>&nbsp;que deben cumplir los opositores son mínimos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Empleo fijo y sueldo estable</strong>&nbsp;hasta la jubilación sólo por pasar un examen cuya inscripción se abrió el pasado 11 de julio y que va a estar abierta&nbsp;<strong>hasta el 8 de agosto.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>De esta forma, y excluyendo las oposiciones y la promoción interna de aquellas plazas para las que se exige una carrera universitaria concreta (en función del tipo de plaza) quedan un total de&nbsp;<strong>7.318 plazas&nbsp;</strong>para las que el&nbsp;<strong>único requisito es tener el bachillerato o una FP</strong>; es decir, prácticamente<strong>&nbsp;el 80 por ciento del a población española.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En concreto, el&nbsp;<strong>Ministerio para la Transformación Digital y la Función Pública</strong>&nbsp;convoca 5.440 vacantes para la&nbsp;<strong>Administración General del Estado</strong>, 5.080 de acceso general y 360 reservadas para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los requisitos son sencillos, tener&nbsp;<strong>más de 16 años</strong>,&nbsp;<strong>menos de 65</strong>, ser&nbsp;<strong>español&nbsp;</strong>o de algún país de la&nbsp;<strong>UE&nbsp;</strong>y tener<strong>&nbsp;bachillerato o FP.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Asimismo, han sacado<strong>&nbsp;1.879 plazas de técnicos Auxiliares de Informática&nbsp;</strong>de la Administración del Estado. Los requisitos, son los mismos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los ejercicios se celebrarán el día&nbsp;<strong>14 de diciembre de 2024</strong>&nbsp;y los&nbsp;<strong>temarios&nbsp;</strong>son exactamente los mismos que para la convocatoria de 2023.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Se trata de un&nbsp;<strong>ejercicio único que consta de dos partes</strong>. En el caso de los administrativos un&nbsp;<strong>cuestionario de 70 pregunta</strong>s (80 en eñ caso de los auxiliares de informática) y una segunda parte con&nbsp;<strong>un supuesto de carácter práctico.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las&nbsp;<strong>inscripciones</strong>&nbsp;a estas&nbsp;<strong>oposiciones&nbsp;</strong><a target="_blank" href="https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias?form=L" rel="noreferrer noopener">pueden hacerse a través de este enlace</a>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/px" target="_blank" rel="noreferrer noopener">navarra.okdiario.com</a> <strong>21.07.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/">Navarra</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/convocan-7-300-plazas-de-las-oposiciones-mas-faciles-solo-hay-que-cumplir-un-requisito/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>El número de despidos en Navarra alcanza el nivel más alto de los ocho últimos años</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/el-numero-de-despidos-en-navarra-alcanza-el-nivel-mas-alto-de-los-ocho-ultimos-anos/</link>
                        <pubDate>Wed, 03 Jul 2024 12:40:18 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Tras ello está el final de los ERTE y el aumento de la contratación indefinida



El buen comportamiento general del mercado de trabajo en Navarra tiene un preocupante borrón en cuanto a los...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">Tras ello está el final de los ERTE y el aumento de la contratación indefinida</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El <strong>buen comportamiento</strong> general del <strong>mercado de trabajo en Navarra</strong> tiene un preocupante <strong>borrón </strong>en cuanto a los despidos. Según los últimos datos recientemente publicados por el <strong>Instituto de Estadística de Navarra</strong> (Nastat), <strong>2022 terminó con 8.551 despidos</strong>. Es una cifra que marca un récord en los últimos nueve años y se sitúa un 64,8% por encima respecto los 5.190 contabilizados cinco años antes. Se trata de un comportamiento que puede atribuirse en parte a la generalización de la <strong>contratación indefinida</strong>, aunque el grueso de este incremento podría provenir, según explican las distintas fuentes consultadas, al <strong>final de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo </strong>(ERTE) tramitados durante la <strong>pandemia </strong>y los problemas de <strong>desabastecimiento </strong>asociados a la posterior recuperación.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:image -->
<figure><img src="http://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2024/07/663930f558f60.jpeg" alt="" class="wp-image-9819" /></figure>
<!-- /wp:image -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Pese a que los datos respaldan el <strong>buen momento</strong> que vive el mercado laboral navarro, que puede presumir de unos niveles <strong>récord de afiliación a la Seguridad Social</strong>, con 304.560 cotizantes en febrero, y una tasa de paro del 7,1%, el valor más bajo desde 2008, el fuerte incremento de los despidos desde 2019 se ha convertido en una fuente de preocupación. Aquel año se caracterizó por la paulatina desaceleración económica que tuvo como puntilla, doce meses después, la brutal crisis económica provocada por la pandemia. De un año para otro, los despidos se dispararon un 36,9%, al pasar de 5.714 de 2018 a 7.823 en 2019.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las&nbsp;<strong>medidas de protección social</strong>&nbsp;establecidas para frenar la destrucción de empleo durante la covid, principalmente gracias a la generalización de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), lograron que los despidos no se descontrolaran. De hecho, 2020 terminó con un recorte del 6,5% en el número de despidos respecto a 2019. Posteriormente, la recuperación económica contribuyó a que 2021 concluyera con otra leve mejoría del 1%. Pero esta estabilización del número de despidos durante un periodo económico muy complicado no tuvo continuidad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Durante 2022 se produjo otro fuerte&nbsp;<strong>incremento de los despidos</strong>&nbsp;en Navarra tasado en el 18,2%. Fueron nada menos que 8.551 despidos, la cifra más alta registrada desde 2015. Este negativo dato contrasta con la buena salud general del mercado de trabajo, una aparente contradicción que algunas de las fuentes consultadas atribuyen en parte al aumento de la contratación indefinida que provocó la última reforma laboral, lo que obliga a que los ajustes de plantilla se tengan que operar mediante despidos en vez de la amortización de trabajadores eventuales que se estilaba antes.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>No obstante, otra explicación que complementaría este fenómeno pasaría por la finalización del periodo de gracia en la infinidad de ERTE que se tramitaron durante la pandemia y que se prorrogaron al año siguiente con motivo de los graves problemas de aprovisionamiento de componentes y el fuerte aumento de los costes energéticos. Según la&nbsp;<strong>normativa vigente</strong>, las empresas que se acogieron a los ERTE estaban obligadas a mantener a los trabajadores afectados por un periodo de seis meses. Transcurrido ese plazo, las compañías son libres de ajustar sus plantillas, algo que parece haber ocurrido durante 2022.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Los sindicatos abogan por adaptar la indemnización a la situación personal</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los dos principales sindicatos de Navarra,&nbsp;<strong>UGT y CC OO</strong>, son conscientes del&nbsp;<strong>drama que hay detrás de cada despido</strong>. Es por ello que siempre han defendido que la ruptura de la relación laboral sea el&nbsp;<strong>último recurso</strong>&nbsp;tras agotar el resto de opciones que ofrece la actual normativa. Lo cierto es que existen alternativas que pueden aplicarse, aunque la medida estrella de los últimos años ha sido el Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE). Este instrumento legal permite suspender por tiempo tasado los contratos de los empleados, que pasan a cobrar el desempleo con el consiguiente ahorro de costes laborales.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Tanto en UGT como en CC OO pretenden dar un paso más allá para disuadir a las empresas de recurrir al despido como medida más cómoda para afrontar momentos difíciles. La&nbsp;<strong>actual normativa</strong>&nbsp;aplica un mismo rasero para todos los afectados, de forma que es la&nbsp;<strong>antigüedad&nbsp;</strong>el principal factor para el&nbsp;<strong>cálculo de las indemnizaciones</strong>. Las organizaciones sindicales entienden que este método es demasiado inflexible y consideran que ha llegado la hora de introducir otras variables. De esta forma, es la situación personal en la que puede quedar el afectado por un despido la que también permita ajustar mejor la compensación económica cuando la relación laboral toca a su fin. Entre los elementos para moldear el cálculo de la indemnización se introduciría el daño causado atendiendo a las circunstancias personales.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Respecto al&nbsp;<strong>aumento de los despidos en 2022</strong>, la secretaria de Política Sindical, Social e Igualdad de UGT en Navarra,&nbsp;<strong>Marisol Vicente</strong>, lo atribuye al difícil contexto económico que todavía reinaba debido a los coletazos de covid y, principalmente, los efectos de la invasión rusa de Ucrania. Descarta así que el aumento de los despidos vaya a continuar en 2023 y utiliza los buenos datos de afiliación a la Seguridad Social y el descenso del paro durante 2023 como argumentos para respaldar este convencimiento. “No creo que el final de los ERTE haya podido incidir en un incremento de los despidos porque las empresas podían solicitar uno nuevo al decaer el primero”, explica.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Por contra, la secretaría de Formación, Empleo, Mujeres e Igualdad de CC OO en Navarra,&nbsp;<strong>Pilar Ruiz</strong>, sí está convencida de que el aumento de los despidos puede estar relacionado con la generalización de los contratos indefinidos tras la última reforma laboral: “Al reducirse tanto las opciones de hacer contrataciones temporales, no hay tantas señalizaciones de contrato porque ya no hay tantos contratos temporales. Y, claro, la vía cuando tienen que ajustar plantilla es el despido”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>CLAVES<br>​1 Menos paro y más despidos</strong>. En los últimos años ha crecido el número de afiliados a la Seguridad Social y se ha reducido el paro, aunque se ha registrado simultáneamente un aumento de los despidos.<br><strong>2 Expedientes de regulación. </strong>Las empresas que han aplicado ERTE durante la pandemia y en los momentos de desabastecimiento no podían despedir en los seis meses siguientes a la finalización del ERTE.<br><strong>3 Dinamismo.</strong> La necesidad de ajustar plantillas en muchas empresas que aplicaron ERTE se ha compensado con el aumento de la contratación en otras compañías.<br><strong>4 Contratación indefinida. </strong>Otro factor que puede haber influido en el aumento de los despidos es la última reforma laboral, que generalizó la contratación indefinida. Aquellas empresas que antes amortizaban el empleo eventual se ven ahora obligadas a despedir en sus ajustes.<br>​<br><strong>LA CIFRA</strong><br><strong>​18,2% </strong>es el aumento del número de despidos en Navarra que se ha registrado comparando los dos últimos años disponibles. Así, en 2021 se produjeron 7.237 despidos por los 8.551 de 2022. La cifra más baja de los últimos años fue de 5.190 despidos en 2019.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/oK" target="_blank" rel="noreferrer noopener">diariodenavarra.es</a> <strong>07.05.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/">Navarra</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/el-numero-de-despidos-en-navarra-alcanza-el-nivel-mas-alto-de-los-ocho-ultimos-anos/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>La mayor OPE de Educación de la historia en Navarra | Estas son las fechas de las pruebas para los 12.000 aspirantes a 401 plazas docentes</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/la-mayor-ope-de-educacion-de-la-historia-en-navarra-estas-son-las-fechas-de-las-pruebas-para-los-12-000-aspirantes-a-401-plazas-docentes/</link>
                        <pubDate>Thu, 02 May 2024 09:29:39 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[La OPE de Secundaria se celebrará finalmente el 15 y 16 de junio; para el cuerpo de Maestros en castellano serán el 22 de junio y para euskera al día siguiente



El consejero del departamen...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">La OPE de Secundaria se celebrará finalmente el 15 y 16 de junio; para el cuerpo de Maestros en castellano serán el 22 de junio y para euskera al día siguiente</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El consejero del departamento de <strong>Educación </strong>de Gobierno de <strong>Navarra Carlos Gimeno</strong> ha anunciado las <strong>fechas de las pruebas</strong> para la adjudicación de <a href="https://www.noticiasdenavarra.com/sociedad/2024/02/06/navarra-mayor-oposicion-docente-historia-aspirantes-7838072.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">las 401 plazas docentes</a> ofertadas en los procesos de <strong>estabilización y reposición</strong> que finalmente serán en junio,<a href="https://www.noticiasdenavarra.com/sociedad/2024/02/06/sindicatos-instan-educacion-celebrar-examen-7836632.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener"> tras las quejas manifestadas por los sindicatos</a> ante la intención de celebrarlas en mayo. Esa decisión ya fue corregida de inmediato por Educación. <a href="https://www.noticiasdenavarra.com/sociedad/2024/02/06/navarra-mayor-oposicion-docente-historia-aspirantes-7838072.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Se trata del mayor proceso de oposición de Educación que ha habido nunca en Navarra.</a></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La <strong>convocatoria extraordinaria dirigida a docentes de Primaria y Secundaria</strong> enmarcadas en el <strong>proceso de estabilización del empleo público</strong>. Los procedimientos reúnen en total a 12.000 aspirantes en todos los procesos, que <strong>serán atendidos por 178 tribunales, integrados por unos 800 docentes. </strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:embed -->
<figure><div class="wp-block-embed__wrapper">
https://twitter.com/cgimen/status/1767505497555390810
</div></figure>
<!-- /wp:embed -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">TODOS LOS PROCESOS AL DETALLE</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Finalmente, la fase de oposiciones para profesorado de Educación Secundaria&nbsp;<a href="https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/concurso-oposicion-maestros-2024" rel="noreferrer noopener" target="_blank">serán el 15 y el 16 de junio</a>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Concretamente, los procedimientos selectivos de ingreso al cuerpo de&nbsp;<strong>Maestros&nbsp;</strong>(Infantil y Primaria) en castellano<strong>&nbsp;serán el sábado 22 de junio</strong>, y para euskera al día siguiente,&nbsp;<strong>el domingo 23 de junio</strong>. Además, las pruebas de personal docente con&nbsp;<strong>perfil de lengua extranjera</strong>&nbsp;en euskera serán el sábado 1 de junio y al día siguiente, 2 de junio, en castellano.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En el procedimiento selectivo de ingreso al cuerpo de maestros, las pruebas para las especialidades de <strong>Audición y Lenguaje, Educación Infantil, Educación Primaria y Pedagogía Terapéutica</strong> en lengua castellana se llevarán a cabo el sábado 22 de junio, siendo el acto de presentación de la programación didáctica el 25 de mayo. Las pruebas de las especialidades de <strong>Educación Infantil, Educación Primaria y Pedagogía Terapéutica</strong> en euskera se celebrarán el domingo día 23 de junio, siendo el acto de presentación de las programaciones didácticas el 25 de mayo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las pruebas de maestro/a en&nbsp;<strong>lengua extranjera de Educación Infantil PAI</strong>&nbsp;y maestra/o de&nbsp;<strong>Educación Primaria PAI en euskera</strong>&nbsp;se efectuarán el sábado 1 de junio, y al día siguiente, 2 de junio, domingo, las correspondientes a maestra/o de&nbsp;<strong>Educación Física PAI</strong>, maestro/a de&nbsp;<strong>Educación Infantil PAI</strong>&nbsp;y maestra/o de&nbsp;<strong>Educación Primaria PAI</strong>&nbsp;en castellano. En el mismo programa PAI las pruebas en euskera del profesorado de&nbsp;<strong>Geografía e Historia y Matemáticas</strong>&nbsp;en euskera se celebrarán el sábado 1 de junio. Y las correspondientes a&nbsp;<strong>Biología y Geología, Educación Física, Filosofía, Física y Química, Formación y Orientación Laboral, Geografía e Historia, Intervención Sociocomunitaria, Matemáticas, Servicios a la Comunidad y Tecnología</strong>&nbsp;en castellano se llevarán a cabo el domingo 2 de junio.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Educación ofertó 160 plazas para maestras y maestros relativas a la tasa de reposición del año 2022 habiéndose contabilizado un total de 4.837 personas participantes que, debido a que pueden inscribirse en más de una especialidad, se convierten en 6.202 solicitudes.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las pruebas de la fase de oposición del procedimiento selectivo de ingreso a los cuerpos de profesores de enseñanza&nbsp;<strong>Secundaria, catedráticos de Música y Artes Escénicas</strong>, profesores de&nbsp;<strong>Artes Plásticas y Diseño</strong>&nbsp;y profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional se celebrarán los días 15 y 16 de junio. El día 15 de junio sábado se llevarán a cabo las de las especialidades en euskera de&nbsp;<strong>Educación Física, Filosofía, Física y Química, Francés, Inglés, Intervención Sociocomunitaria, Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas, Organización y Procesos de Mantenimiento de Vehículos, Orientación Educativa y Tecnología</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Por su parte, se celebrarán el 16 de junio domingo las pruebas para las especialidades en castellano de&nbsp;<strong>Administración de Empresas, Alemán, Biología y Geología, Dibujo, Educación Física, Física y Química, Formación y Orientación Laboral, Francés, Geografía e Historia, Informática, Inglés, Lengua Castellana y Literatura, Matemáticas, Organización y Gestión Comercial, Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica, Organización y Proyectos de Sistemas Energéticos, Orientación Educativa, Procesos de Gestión Administrativa, Servicios a la Comunidad, Sistemas Electrotécnicos y Automáticos y Sistemas y Aplicaciones Informáticas</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las pruebas del cuerpo de&nbsp;<strong>catedráticos de Música y Artes Escénicas</strong>&nbsp;en la especialidad de contrabajo de jazz en castellano se llevarán a cabo el 16 de junio, al igual que las del cuerpo de&nbsp;<strong>Profesores de Artes Plásticas y Diseño</strong>&nbsp;en las especialidades en castellano de&nbsp;<strong>Diseño Gráfico, Medios Audiovisuales y Medios Informáticos</strong>. Las pruebas del cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de Formación Profesional serán el 15 de junio sábado para la especialidad de Mantenimiento de Vehículos en euskera y el 16 de junio domingo para&nbsp;<strong>Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Los lugares donde se desarrollarán las pruebas y el horario de las mismas<strong>&nbsp;serán dados a conocer a los aspirantes con al menos siete días naturales de antelación</strong>. Los aspirantes serán atendidos&nbsp;<strong>por más de 178 tribunales</strong>.&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Quejas de opositores aprobados sin plaza</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Ante este proceso de estabilización, un gran número de<strong>&nbsp;docentes que aprobaron la oposición sin obtener plaza</strong>&nbsp;en la convocatoria de 2021 ya se han movilizado en Navarra expresando su preocupación en diversos foros sobre la repercusión que este proceso extraordinario tendrá en la<strong>&nbsp;configuración de nuevas listas o en el mantenimiento de las actuales</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>“En todas las oposiciones un número importante de personas que aprueban no consiguen plaza y, en el caso de las oposiciones de Primaria y Secundaria, pasan a formar parte como aspirantes de las listas preferentes para contratación temporal. La pregunta clave tras una oposición, además de si has obtenido plaza o no, también es <strong>en qué lista y en qué posición has quedado</strong>. De ese número en la lista depende tu futuro; por ello, es tan importante la cuestión de las listas de aspirantes”, afirman las y los docentes.</p>
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<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/mA" target="_blank" rel="noreferrer noopener">noticiasdenavarra.com</a> <strong>12.03.2024</strong></p>
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						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/">Navarra</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/la-mayor-ope-de-educacion-de-la-historia-en-navarra-estas-son-las-fechas-de-las-pruebas-para-los-12-000-aspirantes-a-401-plazas-docentes/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Una jueza reconoce la fijeza laboral desde 2015 de un profesor del Conservatorio</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/una-jueza-reconoce-la-fijeza-laboral-desde-2015-de-un-profesor-del-conservatorio/</link>
                        <pubDate>Mon, 18 Sep 2023 09:27:42 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[La sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Pamplona abre la puerta a decenas de demandas



Un profesor de&nbsp;Música y Artes Escénicas del Conservatorio Profesional de Mú...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:paragraph -->
<p>La sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Pamplona abre la puerta a decenas de demandas</p>
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<p>Un profesor de&nbsp;<strong>Música y Artes Escénicas del Conservatorio Profesional de Música Pablo Sarasate de Pamplona</strong>&nbsp;ha sido declarado trabajador laboral fijo desde septiembre de 2015 como consecuencia del fraude legal en sus contrataciones interinas por el Gobierno de Navarra, y de la abusividad temporal de estas contrataciones interinas. La resolución llega en un momento crucial y delicado para la continuidad de estos docentes, que eran contratados anualmente de forma irregular, como declara el juzgado, por la Administración foral. El proceso de estabilización de plazas a nivel estatal y la distinta valoración de méritos según la comunidad de la que procedan (Navarra está penalizando en la puntuación a sus aspirantes, al no valorar títulos que sí se han tenido en cuenta y valorado en otras comunidades) pone en peligro que estos profesores sigan desempeñando en las plazas que lo han venido haciendo durante años&nbsp;</p>
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<p>La sentencia hace referencia a un profesor de la especialidad de Trompeta, que presta docencia en el Grado Profesional de Música del Conservatorio, y que ha visto estimada íntegramente su demanda por parte del Juzgado de lo Social número 2 de Pamplona. Hasta ahora había habido una quincena de demandas, que los juzgados y el Tribunal Superior de Justicia de Navarra habían desestimado. </p>
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<p>Sin embargo, esta reciente resolución, que ancla su fundamento en un argumento novedoso, abre la puerta a más de una docena de profesores que están en la misma situación. Entre otras cosas, el letrado José Luis Beaumont Aristu, que ha defendido al demandante, encontró en la documentación de Educación que desde el curso 2015-2016 en estos expedientes consta, expresamente, que “las nuevas necesidades de personal docente” son “0”, pero los profesores son contratados anualmente mediante una modalidad que viene utilizando el Gobierno de Navarra y que sirve para “atender nuevas necesidades de personal docente”. No es por tanto comprensible que no exista ninguna necesidad de nuevo personal, y se contrate a profesores cuyo contrato reza nuevas necesidades.</p>
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<p>La sentencia establece que el profesor debe tener la condición de trabajador laboral fijo, habida cuenta de las irregularidades en las contrataciones administrativas anuales a las que le sometía el Gobierno de Navarra desde hacía 8 años, poniéndole a la firma “contratos administrativos para la atención temporal de nuevas necesidades de personal docente”, cuando en realidad se trataba de realizar funciones docentes habituales, estables y permanentes de la Administración educativa navarra, y servicios públicos de prestación obligatoria.</p>
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<p>Aplicando el derecho interno y el derecho de la Unión Europea (singularmente la Directiva del Acuerdo Marco del contrato de trabajo de duración determinada, de 1999, y diversos pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea con sede en Luxemburgo), el juzgado ha entendido, al igual que lo había razonado el trabajador en su demanda, que no existe justificación alguna para este tipo de contratos anuales temporales.&nbsp;</p>
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<p>La sentencia considera asimismo que en los expedientes de contratación internos del Gobierno de Navarra, que afectan a miles de personas trabajadoras en el ámbito de la docencia en sus diferentes niveles y especialidades, no se justifica el por qué se acude a contratos administrativos anuales, como era el caso juzgado, y no a contratos laborales fijos para cubrir las distintas plazas vacantes docentes, como reconoce la resolución. Además, en tales expedientes de contratación (que en algunos cursos académicos ni siquiera se tramitaron) se reconoce que las “nuevas necesidades de personal docente” para Profesores de Música y Artes Escénicas son inexistentes.</p>
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<p>El letrado que ha defendido los derechos del profesor en el proceso judicial, José Luis Beaumont Aristu, ha destacado que esta sentencia marca un antes y un después en la apreciación judicial de los contratos irregulares y fraudulentos de los profesores de Música en el Conservatorio, sometidos durante años (en algunos casos durante casi dos décadas) a este sistema de contratación anual, y que a partir de ahora seguirán nuevas sentencias en el mismo sentido. Según este letrado, el Tribunal Europeo ya ha establecido en varias ocasiones que no es admisible suscribir contratos de trabajo temporales (de duración determinada) para atender necesidades de personal docente que no son provisionales, sino permanentes y estables, debido al déficit estructural de puestos de personal titular. Y que, en el sector de la enseñanza, no es admisible que puedan renovarse contratos de trabajo de duración determinada para desempeñar, de manera permanente y estable, tareas propias de la actividad normal de este sector. Esto es precisamente lo que ocurría a la hora de contratar docentes del Conservatorio.</p>
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<p>También el Tribunal Europeo ha señalado que entre las medidas efectivas que permiten prevenir la utilización abusiva de contratos de trabajo de duración determinada para personal docente se halla la transformación de las relaciones laborales de duración determinada en relaciones laborales por tiempo indefinido, al ser la estabilidad laboral que ofrecen estas últimas el principal factor de protección de los trabajadores.</p>
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<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/2G">noticiasdenavarra.c</a><a href="https://acorta.net/2G" target="_blank" rel="noreferrer noopener">om</a></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/">Navarra</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/una-jueza-reconoce-la-fijeza-laboral-desde-2015-de-un-profesor-del-conservatorio/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Carta al Director: Lo que no está pasando en la Administración de Justicia (Navarra)</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/carta-al-director-lo-que-no-esta-pasando-en-la-administracion-de-justicia-navarra/</link>
                        <pubDate>Wed, 01 Mar 2023 13:43:18 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Estimada afiliación:



Desde el sindicato os informamos de la&nbsp;carta al director&nbsp;publicada hoy 23 de febrero de 2023, por&nbsp;el&nbsp;Diario de Navarra,&nbsp;sobre la&nbsp;situaci...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:paragraph -->
<p>Estimada afiliación:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

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<p>Desde el sindicato os informamos de la&nbsp;<strong>carta al director</strong>&nbsp;publicada hoy 23 de febrero de 2023, por&nbsp;el&nbsp;<strong>Diario de Navarra</strong>,&nbsp;sobre la&nbsp;<strong>situación del personal al servicio de la Administración de justicia</strong>:</p>
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<p><strong><u>Lo que no está pasando en la Administración de Justicia</u></strong></p>
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<p>COMO mayoría sindical en la Comisión de personal de la Administración de Justicia en Navarra, estamos obligados a precisar lo siguiente. Vaya por delante nuestro respeto absoluto al derecho de huelga, así como las reivindicaciones del colectivo de los letrados judiciales. No pretendemos enfrentamiento alguno, porque sus reivindicaciones son esencialmente las mismas que las del conjunto de funcionarios que integramos las oficinas y servicios judiciales: excesiva carga de trabajo y ausencia de retribuciones por esa carga y responsabilidad.</p>
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<p>Una administración moderna de Justicia no puede seguir amparada en funciones de fe pública procesal “decimonónica” que no ejercen, y que carecen de sentido con los medios digitales existentes. Necesita técnicos jurídicos que la hagan más dinámica, más eficaz y más resolutiva. Son ustedes un colectivo con una formación y capacidad fuera de toda duda para ejercer esas funciones que la Justicia necesita.</p>
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<p>Todo abogado, procurador y ciudadano con contacto habitual con la Justicia sabe que somos los funcionarios de las oficinas judiciales quienes realizamos la tramitación de los procedimientos judiciales, y para ello nos encargamos, diariamente, de redactar notas, diligencias, actas, providencias, decretos y autos, y practicamos todo tipo de actos de comunicación (notificaciones, citaciones y emplazamientos) y de ejecución (embargos y lanzamientos); también nos “traspasan por delegación” sus funciones en las consultas a los diferentes registros públicos, e incluso las anotaciones en los registros de condena penales y órdenes de protección de violencia de género que ustedes se limitan a validar.</p>
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<p>Esta larga lista de funciones son realizadas básicamente por los Cuerpos Generales, aunque requieran la firma del letrado de la Administración de Justicia o del juez para poder ser efectivas. Esta firma equivale a su supervisión y aceptación. Por tanto, esa es la verdadera función que deberían ejercer, la dirección procesal. Sin embargo, en la mayoría de los casos realizamos todas estas funciones sin necesidad de “minuta”, ni siquiera de instrucciones dadas por nadie. Sólo las cuestiones “especiales” por su inhabitualidad o complejidad pasan a sus despachos para ser analizadas y resueltas. Y así debería ser en una Justicia moderna, porque de otra forma, todo hay que decirlo, el trabajo de los letrados judiciales sería inasumible.</p>
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<p>Es cierto que su papel en la Administración de Justicia es muy importante, especialmente, para resolver las cuestiones más técnicas o que requieran una interpretación compleja de normas jurídicas o en supuestos de afectación directa de derechos fundamentales, pero igual de importante para el buen funcionamiento de la Justicia es que el personal de la oficina judicial guarde la sala de vistas, practique embargos, notifique y gestione órdenes de protección, resoluciones de prisión, etc. Sin esa tramitación y gestión, y sin el impulso procesal que damos a los procedimientos judiciales, sus resoluciones y las de los jueces no producirían efecto alguno. Por todo ello, el personal de Justicia lleva años reclamando el reconocimiento efectivo de todas esas funciones, y por supuesto de su retribución, pero seguimos siendo los grandes olvidados.</p>
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<p>La excesiva carga de trabajo y la falta de medios son evidentes para cualquier profesional o ciudadano que acude a Justicia, pero si los juzgados funcionan a pesar de la falta de medios es, precisamente, por el trabajo diario de los funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial, tan necesario como el de los letrados judiciales y los jueces.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En definitiva, la opinión pública debe saber que el 75% de las funciones que se enumeran y por las que reclaman una retribución adicional han sido realizadas “toda la vida” por los “obreros” de los juzgados, nosotros, los funcionarios que prestamos servicio en las oficinas judiciales y cumplimos a raja tabla con nuestras funciones y nuestro horario de trabajo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

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<p>Cuando menos es curioso que a pesar de la imposibilidad de desempeñar todas las funciones que legalmente les correspondan, sea habitual las sustituciones “voluntarias” entre los letrados de Justicia. De tal forma que además de su juzgado, llevan otro hasta la nueva cobertura de esa plaza. Es imposible que quien no puede asumir la carga de trabajo ordinario de un Juzgado se preste voluntario para hacer la sustitución de otro letrado judicial. Quizás la contraprestación económica prevista ayude, aunque en la práctica suponga consecuencias negativas para el Juzgado “sustituido”.</p>
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<p>Todo el retraso que está generando con la huelga va a ser asumido esencialmente por las oficinas judiciales y los cuerpos generales en particular, a los cuales, en algunas ocasiones, se les ha “impedido” trabajar para respetar su derecho de huelga, mediante órdenes de más que dudosa legalidad.</p>
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<p>Recogemos exactamente estas palabras: “No nos queda más remedio que gritar al Ministerio de Justicia (y CCAA), basta ya…” (de medias verdades y de funciones que mayoritariamente son ejercidas por el personal de las oficinas judiciales).</p>
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<p>Pedro Esparza Azanza&nbsp;Delegado de CCOO en Justicia en Navarra</p>
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<p>José Ramón Alcocer Pardo&nbsp;Delegado de STAJ en Justicia Navarra</p>
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<p><strong>Juan José Senosiain Oreste Delegado de Afapna-Justicia en Navarra</strong></p>
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<!-- wp:paragraph -->
<p>Un cordial saludo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

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<p>Fuente: <a href="https://afapna.es/jus/carta-al-director-lo-que-no-esta-pasando-en-la-administracion-de-justicia/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">AFAPNA</a></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/">Navarra</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/navarra/carta-al-director-lo-que-no-esta-pasando-en-la-administracion-de-justicia-navarra/</guid>
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