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            <title>
									Política - Foros				            </title>
            <link>https://plataformadeinterinos.org/community/politica/</link>
            <description>Plataforma de Interinos España</description>
            <language>es</language>
            <lastBuildDate>Sun, 05 Jul 2026 05:26:52 +0000</lastBuildDate>
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                        <title>Análisis de las enmiendas presentadas por Junts y Grupo Mixto, a instancias de Podemos, para modificar el EBEP, que plantea la fijeza como sanción al abuso de la temporalidad de los interinos</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/politica/analisis-de-las-enmiendas-presentadas-por-junts-y-grupo-mixto-a-instancias-de-podemos-para-modificar-el-ebep-que-plantea-la-fijeza-como-sancion-al-abuso-de-la-temporalidad-de-los-interinos/</link>
                        <pubDate>Fri, 15 May 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Javier Salceda Montañés. Administrador superior interino del Gobierno de Aragón. Jefe de sección de disciplina urbanística de la Dirección General de Urbanismo



La reciente sentencia del T...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Javier Salceda Montañés. Administrador superior interino del Gobierno de Aragón. Jefe de sección de disciplina urbanística de la Dirección General de Urbanismo</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 14 de abril de 2026 (sentencia Obadal) ha vuelto a poner en primera línea de la actualidad jurídica la problemática sobre el abuso de la temporalidad por parte de las administraciones públicas españolas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El propósito del presente artículo es poner en contexto y explicar sumariamente el contenido de las enmiendas presentadas por el Grupo Parlamentario de Junts per Catalunya y Grupo Mixto, a instancia de PODEMOS, enmiendas que han sido preparadas por varias personas y colectivos de interinos, para ser posteriormente asumidas por los citados grupos políticos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En este sentido, debo destacar a los Sindicatos Co.bas (Sindicato de Comisiones de Base), Federación de Administración Pública de CGT, SAP Madrid (Sindicato de Trabajadoras de la Administración Pública CGT, la Plataforma d´Afectats per la Funció Pública de Catalunya, representada por Jordi Cerdá, así como personas que, a título individual, han contribuido de forma importante a poder tener en el día de hoy una propuesta legislativa de solución al abuso de derecho en sede parlamentaria.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:image -->
<figure class="wp-block-image size-full"><img src="https://plataformadeinterinos.org/wp-content/uploads/2026/04/Analisis-de-la-temporalidad-de-los-interinos-Laboral-LawAndTrends-04-2.png" alt="" class="wp-image-31005" /><figcaption class="wp-element-caption"><strong>Javier Salceda Montañés, uno de los juristas que han dado forma a estas enmiendas   (Imagen cedida por el autor) </strong></figcaption></figure>
<!-- /wp:image -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las enmiendas fueron formalmente presentadas en el registro del Congreso de los Diputados el 19 de febrero de 2025. En estas fechas, el Tribunal Supremo, Sala de lo Social, ya había presentado la cuestión prejudicial (Obadal). Por su parte, el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo continuaba con su jurisprudencia según la cual el abuso no puede implicar la fijeza y las indemnizaciones, si acaso, debían acreditarse y exigirse mediante el procedimiento de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La elaboración de las enmiendas se realizó teniendo presente en todo momento la necesidad de que el contenido de las mismas, desde el punto de vista jurídico y político, presentaran el suficiente rigor y coherencia para poder ser aceptadas por cualquier grupo político como una solución a la sanción por el abuso en la contratación temporal de empleados públicos por parte de las Administraciones Públicas. Así mismo, se tuvo muy presente la deficiente puesta en práctica de los procesos de estabilización contemplados en la Ley 20/2021, especialmente en Ayuntamientos y Comunidades Autónomas, en los cuales el número de plazas ofertadas para consolidar era irrisorio.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las enmiendas tienen en cuenta la jurisprudencia reciente del TJUE (sentencias de febrero y junio de 2025), el contenido del vigente Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público y pretenden poder servir de cobertura a todos los colectivos de empleados públicos en situación de abuso a los cuales puede ser de aplicación el TREBEP.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las enmiendas se dirigen a los siguientes trabajadores temporales: 1) Empleados públicos temporales que siguen trabajando para las Administraciones Públicas en situación de abuso (situación objetiva de abuso); 2) Aquellos otros que, a la entrada en vigor de la Ley, sigan trabajando en la Administración Pública en un puesto de trabajo en el cual no se alcanza el límite de tiempo para apreciar la situación objetiva de abuso, pero ha existido una concatenación de contratos o nombramientos en la misma administración que sumados alcanzan el límite mínimo para apreciar la situación de abuso; por último, 3) personas que a la entrada en vigor de la Ley ya no trabajen para esa administración pero han estado en situación objetiva de abuso. En este caso, se exige a los mismos que hayan recurrido su cese (en el cual se cumplía la situación objetiva de abuso).</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading"><strong>La figura del funcionario a extinguir</strong></h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Estos tres supuestos darían lugar a la estabilización por ministerio de la ley, bien como personal estatutario o laboral fijo, bien como una nueva clase de funcionario público que se introduce, el denominado funcionario/a fijo/a a extinguir. La creación de esta nueva clase de empleados públicos facilitaría, a nuestro entender, una interpretación constitucional, acorde con la jurisprudencia del TJUE, de los principios constitucionales que rigen el acceso a la función pública con carácter general. De este modo, sería la Ley (TREBEP) quien directamente determinaría los supuestos de hecho jurídicos que otorgarían la condición de empleado público fijo (clase funcionario fijo a extinguir o concepto análogo) como sanción al abuso sufrido por empleado/a temporal.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Sería un procedimiento legal, de nueva creación y singular, el que sancionaría el abuso con la estabilidad del personal temporal, sin necesidad de recurrir a procesos selectivos propios y característicos para el acceso al empleo público con la condición de funcionario de carrera. Esto evitaría entrar en el debate sobre el contenido y alcance de los principios constitucionales para el acceso a la Administración Pública como funcionario de carrera o personal laboral fijo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El contenido de las enmiendas y los sujetos beneficiados permiten establecer una sanción adecuada a las exigencias del TJUE a través de la estabilidad en el empleo resarciendo al trabajador/a en situación de abuso. Asimismo, se fijan unos límites jurídicos que afectan a aquellos empleados públicos temporales que, aun habiendo sido objeto de una situación de abuso, omitieron el ejercicio de las acciones legales pertinentes, actos propios de aceptación de una situación que otros trabajadores/as han rechazado.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El procedimiento que se establece en las enmiendas es suficientemente proteccionista, dentro de lo legalmente posible, para garantizar que las administraciones que deben reconocer la situación objetiva de fijeza a sus trabajadores cumplan con lo dispuesto legalmente. En este sentido debemos señalar que son las diferentes administraciones públicas (empleadoras) las que deben reconocer la situación de abuso objetivo del trabajador. Para ello se establecen unas cautelas caso de incumplimiento legal por parte de las mismas: el reconocimiento legal de todos sus derechos económicos y laborales desde que la administración no cumple con el plazo fijado para ello (3 meses), la responsabilidad directa y solidaria de estos derechos, así como de los daños y perjuicios sufridos, de la administración y órganos administrativos competentes en función pública de las mismas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading"><strong>Jurisprudencia del Supremo controvertida</strong></h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>No quisiera concluir este escrito sin antes compartir algunas reflexiones:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La jurisprudencia del Tribunal Supremo que exige al trabajador/a acreditar que los sucesivos nombramientos o contrataciones temporales responden a necesidades permanentes (por todas, STS de 25 de febrero de 2025, rec. casación nº4436/2024) para poder acreditar su situación de abuso implica una carga de prueba desproporcionada. Esta circunstancia es especialmente relevante en los sectores de sanidad y educación donde la concatenación de contratos es muy elevada. Esta situación, aun contemplada en la enmienda, tal vez requiriese de mayor concreción sobre el alcance y contenido de la concatenación de nombramientos o contrataciones. Para ello existe la posibilidad de precisar este extremo en la tramitación parlamentaria de la enmienda.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Así mismo, implementar una solución fundamentada en compensaciones económicas por el abuso sufrido (que no indemnizaciones por despido) por parte de los poderes legislativo o judicial, supondría una carga financiera inasumible para el erario público y para los propios contribuyentes.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Pretender una solución jurídica en virtud de procesos selectivos restringidos (concursos restringidos) para el acceso a la función pública no haría sino retrotraernos a la situación generada por la Ley 20/2021, con toda la problemática de aplicación que ha tenido la misma y otorgando argumentos jurídicos a aquellos que no contemplan más posibilidad de estabilización que la superación de un proceso selectivo abierto regido por los principios constitucionales interpretados a su interés.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La estabilidad en el empleo de los empleados públicos temporales en situación de abuso que han ejercido todos los remedios necesarios para denunciar el abuso y resarcir el mismo se presenta como un imperativo categórico en un país que lleva casi 27 años sin trasponer totalmente el contenido de una Directiva tendente a evitar la contratación temporal abusiva de los trabajadores.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Lograr tal fin con un procedimiento legal lo más concreto y garantista posible, sea la modificación legal propuesta u otra similar, es lo más adecuado.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/zsh058" id="https://acorta.net/wp/go/zsh058" target="_blank" rel="noreferrer noopener">www.lawandtrends.com</a> <strong>21.04.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/politica/">Política</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
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                    </item>
				                    <item>
                        <title>Interinos: Moncloa se enfrenta a un ultimátum definitivo</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/politica/interinos-moncloa-se-enfrenta-a-un-ultimatum-definitivo/</link>
                        <pubDate>Thu, 09 Apr 2026 06:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Un informe demoledor y la presión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dejan al Ejecutivo sin margen político ni jurídico para seguir negando la fijeza



El gobierno de Pedro Sánche...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h5 class="wp-block-heading">Un informe demoledor y la presión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dejan al Ejecutivo sin margen político ni jurídico para seguir negando la fijeza</h5>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El gobierno de Pedro Sánchez está acorralado por las sentencias del TJUE y por la propia doctrina del Tribunal Constitucional español. La crisis del <strong>abuso de temporalidad en el empleo público</strong> ha dejado de ser un debate técnico para convertirse en un problema estructural con implicaciones constitucionales y europeas. Lo que comenzó como una práctica administrativa para cubrir necesidades coyunturales se ha transformado, durante décadas, en un sistema de <strong>precariedad crónica</strong> que afecta a cientos de miles de trabajadores públicos. Además, según un informe elaborado por <strong>María Emilia Casas</strong>, expresidenta del <strong>Tribunal Constitucional</strong>, la situación no solo vulnera la normativa de la Unión Europea, sino que puede estar conculcando derechos fundamentales recogidos en la Constitución española.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El núcleo del problema es doble. Por un lado, España incumple la&nbsp;<strong>Directiva 1999/70/CE</strong>&nbsp;y el Acuerdo Marco sobre trabajo de duración determinada, que obligan a los Estados a prevenir y sancionar de manera efectiva el uso abusivo de contratos temporales sucesivos. Por otro, el tratamiento que se ha dado a los interinos tensiona directamente el artículo 23.2 de la Constitución, que consagra el derecho de los ciudadanos a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, así como el artículo 103.3, que exige que dicho acceso se rija por los principios de mérito y capacidad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La jurisprudencia del&nbsp;<strong>Tribunal de Justicia de la Unión Europea</strong>&nbsp;ha sido clara al respecto. En multitud de sentencias, el tribunal europeo estableció que la facultad de los Estados para organizar servicios públicos esenciales no equivale a una dispensa de su obligación de adoptar medidas eficaces y disuasorias frente al abuso de la temporalidad. En otras palabras, la sanidad, la educación o la justicia pueden requerir contratos temporales; lo que no pueden es normalizar su perpetuación indefinida.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Ese es, precisamente, el fenómeno que el informe califica de “normalidad patológica”. En España, funciones estructurales y permanentes se han cubierto mediante relaciones jurídicas temporales durante años, e incluso décadas. La consecuencia es una desnaturalización completa del concepto de interinidad: lo provisional se ha convertido en permanente sin reconocimiento formal de estabilidad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La Comisión Europea mantiene abierto un expediente sancionador contra España por este incumplimiento. El trasfondo no es solo técnico. Como recuerda Casas, la estabilidad en el empleo y una retribución suficiente forman parte de los estatutos profesionales y tienen impacto directo en derechos sociales básicos. La incertidumbre prolongada no es neutra: afecta a la salud mental, a la planificación vital y, en última instancia, a la calidad del servicio público.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Igualdad, mérito y capacidad</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El debate jurídico alcanza su punto más delicado cuando se examinan las soluciones. ¿Es constitucional consolidar a los interinos en abuso de temporalidad? El Gobierno ha defendido que una declaración automática de fijeza podría vulnerar el derecho de acceso en igualdad de condiciones. Sin embargo, la doctrina del&nbsp;<strong>Tribunal Constitucional</strong>&nbsp;matiza de forma relevante ese argumento.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El alto tribunal ha sostenido reiteradamente que la valoración de los servicios prestados como mérito en un proceso selectivo no es inconstitucional. De hecho, forma parte del principio de mérito y capacidad: la experiencia guarda una conexión directa y objetiva con la aptitud para desempeñar la función. Lo que la Constitución prohíbe es que esa valoración se convierta en un mecanismo encubierto de exclusión de terceros, es decir, en una reserva ad personam.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En la sentencia 185/1994, relativa a procesos extraordinarios en el ámbito educativo tras la LOGSE, el tribunal avaló convocatorias que otorgaban un trato favorable a interinos siempre que el proceso fuera abierto y la diferencia de trato respondiera a una finalidad constitucionalmente legítima, como la normalización del personal y la mejora del servicio. Incluso admitió que la experiencia pudiera representar en torno al 31% de la puntuación total sin rebasar el llamado “límite de lo tolerable”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El criterio no es absoluto, sino proporcional. El principio de igualdad no impide cualquier desigualdad de trato; prohíbe únicamente la que carece de justificación objetiva y razonable o resulta desproporcionada. La consolidación de empleo temporal puede ser legítima, pero debe articularse mediante procesos abiertos, regulados por ley y sometidos a un juicio estricto de proporcionalidad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Excepcionalidad y&nbsp;riesgo de arbitrariedad</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La doctrina constitucional exige que las excepciones al sistema ordinario de acceso sean singulares, temporales e irrepetibles. No pueden convertirse en una vía paralela permanente. Además, deben establecerse mediante normas con rango de ley estatal, dado que las excepciones al régimen general constituyen legislación básica.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En este marco, la reforma impulsada por el Gobierno de&nbsp;<strong>Pedro Sánchez</strong>&nbsp;para reducir la temporalidad&nbsp;intentó dar respuesta al problema, pero lo hizo bajo fuertes tensiones políticas y jurídicas. Sus detractores sostienen que no ha aplicado plenamente la doctrina constitucional ni la jurisprudencia europea, dejando a muchos interinos ante el riesgo de perder su empleo en procesos de oposición libres que apenas ponderan años de servicio.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El equilibrio es delicado. Si la experiencia se sobrevalora, el proceso podría considerarse restringido y vulnerar el artículo 23.2. Si se infravalora, el Estado incumpliría su obligación europea de sancionar el abuso y proteger eficazmente a los trabajadores afectados. La Constitución concede al legislador un “amplio margen” para diseñar las pruebas selectivas, pero no para crear desigualdades arbitrarias o incompatibles con mérito y capacidad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La jurisprudencia ha ido aún más lejos al admitir, en ciertos supuestos excepcionales, que el tiempo de servicios prestados pueda ser el único mérito valorable en la fase de concurso, siempre que su peso no desnaturalice el conjunto del proceso. El límite, nuevamente, es la proporcionalidad.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Problema estructural</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Durante décadas, los distintos gobiernos, desde&nbsp;<strong>Felipe González</strong>&nbsp;hasta el actual Ejecutivo de Pedro Sánchez, han tolerado&nbsp;una tasa de temporalidad pública que hoy se revela incompatible con el Derecho de la Unión y con la propia arquitectura constitucional. La falta de determinación legislativa ha trasladado el protagonismo a los jueces, convirtiendo a la jurisdicción en un actor central en la elaboración práctica del estatuto funcionarial.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La solución no puede ser improvisada ni coyuntural. La doctrina constitucional es clara: consolidar empleo temporal no es, per se, ilegítimo. Lo ilegítimo sería hacerlo mediante procesos cerrados, arbitrarios o desproporcionados. La experiencia es un mérito relevante y constitucionalmente válido; lo que debe evitarse es su conversión en privilegio excluyente.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/0919310" id="https://acorta.net/wp/go/0919310" target="_blank" rel="noreferrer noopener">diariosabemos.com</a> <strong>06.03.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/politica/">Política</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/politica/interinos-moncloa-se-enfrenta-a-un-ultimatum-definitivo/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Interinos: Junts aprieta al Gobierno Sánchez</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/politica/interinos-junts-aprieta-al-gobierno-sanchez/</link>
                        <pubDate>Fri, 27 Mar 2026 07:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El partido independentista ha registrado en el Congreso una batería de preguntas al Ejecutivo sobre el bloqueo de Bruselas de más de 620 millones de euros de fondos europeos por no soluciona...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">El partido independentista ha registrado en el Congreso una batería de preguntas al Ejecutivo sobre el bloqueo de Bruselas de más de 620 millones de euros de fondos europeos por no solucionar la problemática de los interinos</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Estado español ha sufrido uno de sus mayores impactos financieros y reputacionales desde la puesta en marcha de los fondos de recuperación post-pandemia. Lo que durante años fue una advertencia persistente sobre las elevadas tasas de temporalidad del empleo público desde los tribunales europeos y las instituciones comunitarias cristalizó finalmente en una sanción económica tangible. La Comisión Europea hizo efectivo un&nbsp;<strong>recorte de 626,6 millones de euros</strong>&nbsp;destinados a España, una medida drástica motivada por el persistente fracaso del Gobierno de Pedro Sánchez en la resolución del abuso de la temporalidad en el empleo público. Este revés no solo afecta a la liquidez de las arcas estatales, sino que pone en tela de juicio la calidad democrática de una reforma que, según Bruselas, se quedó en la superficie del problema.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La gravedad de esta crisis ha sido diseccionada y trasladada al Congreso de los Diputados por&nbsp;<strong>Josep Pagès i Massó</strong>, diputado del Grupo Parlamentario Junts per Catalunya. A través de una exhaustiva batería de preguntas parlamentarias formuladas al amparo del Reglamento de la Cámara, documento al que ha tenido acceso&nbsp;<em>Diario Sabemos</em>, Pagès ha puesto negro sobre blanco una realidad que el Ejecutivo había intentado gestionar con discreción diplomática. El documento parlamentario es demoledor: la Comisión Europea considera que el hito 144 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, el que obligaba a España a reducir la precariedad en la Administración,&nbsp;ha sido formalmente&nbsp;<strong>“revertido”</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Incumplimiento estructural</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El conflicto hunde sus raíces en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, una norma que el Gobierno de España presentó en su día como la solución definitiva a la precariedad de miles de interinos. Sin embargo, la perspectiva de las autoridades europeas dio un giro de 180 grados. Según detalla el diputado Pagès en su iniciativa, la resolución de Bruselas establece que aquella reforma&nbsp;<strong>“no resiste el estándar europeo cuando se examina su efectividad real desde el punto de vista de los incentivos”</strong>. El análisis es puramente económico y conductual: Europa ha detectado que la normativa española no castiga al ente empleador de forma que cese en su conducta infractora.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La cita textual extraída de los informes europeos es lapidaria y resume la desconfianza de la Comisión:&nbsp;<strong>“Si el abuso sigue siendo rentable, el sistema lo seguirá produciendo”</strong>. Con esta premisa, Bruselas despoja a la Ley 20/2021 de su condición de "reforma efectiva" y la sitúa en el terreno de las&nbsp;<strong>medidas cosméticas</strong>. Para las autoridades comunitarias, si una administración puede mantener a un trabajador en interinidad de forma abusiva sin que ello le suponga un coste superior al de cumplir la ley, el incentivo para la irregularidad permanece intacto. Por ello, la Comisión concluye que el ordenamiento español no ha ofrecido una respuesta adecuada para cumplir la Directiva 1999/70, especialmente en lo relativo a la&nbsp;<strong>“prevención y sanción del abuso mediante medidas efectivas y disuasorias”</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Calendario de la inacción</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El proceso administrativo que ha desembocado en esta pérdida de fondos ha seguido una hoja de ruta marcada por la rigidez burocrática de Bruselas y la aparente parálisis de Madrid. El 7 de julio de 2025, la Comisión adoptó la&nbsp;<strong>Decisión de Ejecución C(2025) 4643 final</strong>, un documento que declaraba formalmente revertido el hito 144 y procedía a suspender de forma cautelar la friolera de&nbsp;<strong>626.615.891 euros</strong>. En ese momento, España disponía de una ventana de oportunidad de seis meses para acometer cambios legislativos de calado que introdujeran sanciones reales y reparaciones justas para los trabajadores afectados.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Sin embargo, ese plazo de gracia expiró. Tal y como señala la iniciativa de Junts,&nbsp;<strong>“este plazo venció el 7 de enero de 2026”</strong>. La consecuencia de dejar morir este calendario es el paso de una fase de retención temporal a una de pérdida patrimonial irreversible. A ojos del partido independentista, ya no hay margen para las medias tintas:&nbsp;<strong>“A fecha de hoy, pues, no estamos ante una suspensión ‘reversible’, sino ante un recorte por inacción, con una vía expedita para las sanciones que se impondrán”</strong>. El fracaso no es ya una posibilidad teórica, sino un hecho contable:&nbsp;<strong>“los 626,6 millones no están en las arcas del Estado”</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Conexión entre la gestión laboral y la gobernanza europea</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Este episodio ha revelado una vulnerabilidad crítica en la ejecución del Plan de Recuperación. El abuso de la temporalidad, que tradicionalmente se consideraba un problema doméstico de gestión de recursos humanos o una cuestión de justicia social interna, ha pasado a ser una pieza clave de la macroeconomía española. Según se desprende del texto de Junts, la resolución europea confirma que el conflicto de los interinos está indisolublemente&nbsp;<strong>“conectado a la gobernanza del Plan de Recuperación, a la credibilidad del Estado ante la Comisión y, por extensión, a la ejecución de políticas públicas financiadas con fondos europeos”</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La desconfianza de Bruselas no es un asunto meramente interpretativo sobre cómo leer una sentencia del TJUE,&nbsp;es una enmienda a la totalidad de la política de personal del sector público español. La Comisión ha conectado la falta de efectividad normativa con un&nbsp;<strong>“impacto presupuestario real”</strong>, lo que refuerza la tesis de que estamos ante un&nbsp;<strong>“incumplimiento estructural”</strong>. En este escenario, el abuso de la temporalidad&nbsp;<strong>“se ha convertido en una variable de cumplimiento con impacto presupuestario”</strong>, obligando al Gobierno a entender que la precariedad laboral tiene ahora un precio en euros que se detrae de las inversiones nacionales.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Responsabilidades y consecuencias territoriales</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La ofensiva de Junts no se limita al diagnóstico, sino que exige una rendición de cuentas pormenorizada. El partido inquiere al Gobierno sobre si ha existido comunicación formal relativa a la&nbsp;<strong>“reducción (total o parcial) de la contribución financiera asociada”</strong>&nbsp;y reclama conocer qué compromisos verificables ha presentado el Ejecutivo ante Europa para intentar frenar la sangría.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Una de las aristas más sensibles de esta crisis es su impacto en los territorios. Dado que gran parte de la temporalidad abusiva se concentra en las administraciones autonómicas y locales (sanidad, educación y servicios sociales), el recorte de fondos RRF puede comprometer proyectos ya en marcha. Junts pregunta específicamente por el impacto en las&nbsp;<strong>“actuaciones con ejecución territorial en Cataluña (incluyendo la Generalitat, entes locales catalanes y sector público institucional)”</strong>, exigiendo un detalle de los importes y programas que se verán afectados por esta merma de 626 millones.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Asimismo, la pregunta parlamentaria apunta directamente a la gestión interna del gabinete ministerial:&nbsp;<strong>“¿Quién asume la responsabilidad política y administrativa de la gestión del expediente?”</strong>, cuestiona&nbsp;Junts, buscando identificar la unidad coordinadora o el ministerio que ha permitido que se agoten los plazos sin una respuesta legislativa satisfactoria. La demanda es clara: España necesita pasar de una política de "intenciones" a una de&nbsp;<strong>“acción legislativa efectiva”</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Mecanismos que garanticen reparación real</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El horizonte que dibuja este reporte es complejo. Para recuperar la confianza de Bruselas y, sobre todo, para detener nuevas sanciones, el Gobierno debe implementar mecanismos que garanticen una&nbsp;<strong>“reparación real y disuasoria ante el abuso (no meramente declarativa)”</strong>. Esto implica, según la interpretación del TJUE y la Comisión, que la sanción debe ser tan gravosa que la administración prefiera cumplir la ley, o bien que se traduzca en una estabilidad real para el trabajador perjudicado.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El documento de Junts concluye con una reflexión sobre la imagen exterior de España. La suspensión de estos fondos afecta a la&nbsp;<strong>“credibilidad del Plan de Recuperación”</strong>, sugiriendo que si España no es capaz de resolver sus problemas de empleo público de manera compatible con el Derecho de la Unión, otros hitos y reformas podrían ser puestos bajo la misma lupa de sospecha.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/wp/go/27h885" id="https://acorta.net/wp/go/27h885" target="_blank" rel="noreferrer noopener">diariosabemos.com</a> <strong>27.02.2026</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/politica/">Política</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/politica/interinos-junts-aprieta-al-gobierno-sanchez/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>El PSOE propone sancionar a los funcionarios que lleguen tarde al trabajo con 30 días de empleo y sueldo</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/politica/el-psoe-propone-sancionar-a-los-funcionarios-que-lleguen-tarde-al-trabajo-con-30-dias-de-empleo-y-sueldo/</link>
                        <pubDate>Wed, 12 Mar 2025 07:55:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[Es una de las enmiendas presentadas a la Ley de Función Pública



La sanción inicial era de uno a quince días para faltas leves



La enmienda depende de la negociación entre partidos




E...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:list -->
<ul class="wp-block-list"><!-- wp:list-item -->
<li>Es una de las enmiendas presentadas a la Ley de Función Pública</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>La sanción inicial era de uno a quince días para faltas leves</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>La enmienda depende de la negociación entre partidos</li>
<!-- /wp:list-item --></ul>
<!-- /wp:list -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El PSOE ha propuesto sancionar con hasta 30 días de empleo y sueldo a los funcionarios que falten injustificadamente al trabajo, muestren descuidos o incumplimientos en el ejercicio de sus funciones o incumplan de forma injustificada su horario de trabajo, entre otras razones.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Así se desprende de una de las&nbsp;<strong>enmiendas&nbsp;</strong>que el grupo socialista ha presentado a para el Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado, publicado en julio en el Boletín Oficial de las Cortes Generales y cuyo plazo de presentación de enmiendas ha finalizado esta misma semana.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En el texto que recoge las 37 enmiendas facilitado por el propio PSOE (<a rel="noreferrer noopener" href="https://www.psoe.es/media-content/2025/02/250219-ENMIENDAS-PROYECTO-DE-LEY-DE-FUNCI%C3%93N-P%C3%9ABLICA-121-031-Articulado.pdf" target="_blank">puede consultarlo en este enlace</a>) se incluye el número de borrador 15, que propone modificar la letra A del punto 3 del artículo 106 del proyecto de ley para establecer que "<strong>por la comisión de faltas leves</strong>" se podrá sancionar al personal con "<strong>la suspensión firme de funciones y retribuciones por un período de treinta días</strong>".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El cambio se ve en el texto, ya que&nbsp;<strong>el periodo ideado de forma previa a las enmiendas era de uno a quince días y aparece tachado</strong>. La otra alternativa para las faltas leves, el apercibimiento, se mantiene como en su fase inicial.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Las faltas leves que conllevarían la sanción de 30 días de empleo y sueldo se incluyen en el texto del proyecto de ley (<a rel="noreferrer noopener" href="https://www.congreso.es/public_oficiales/L15/CONG/BOCG/A/BOCG-15-A-31-1.PDF" target="_blank">lo puede consultar en este enlace</a>) y son las siguientes:</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:list -->
<ul class="wp-block-list"><!-- wp:list-item -->
<li>El incumplimiento injustificado del horario de trabajo cuando no suponga falta grave.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>La falta de asistencia injustificada de un día.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>La falta de consideración con cualquier persona en el ejercicio de sus funciones, cuando no sea constitutiva de falta grave.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>El descuido o negligencia en el ejercicio de sus funciones.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>El incumplimiento de los plazos o de cualquier otra de las disposiciones que regulan el procedimiento en materia de incompatibilidades, cuando no constituyan falta grave o muy grave.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>Cualquier incumplimiento de los deberes y obligaciones del personal funcionario, siempre que no sean calificados como falta muy grave o grave.</li>
<!-- /wp:list-item --></ul>
<!-- /wp:list -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La propuesta de estas enmiendas no implica necesariamente que se vayan a incluir en la futura ley, dado que ahora comienza la etapa de negociación de esas enmiendas que todos los grupos parlamentarios han solicitado añadir al texto inicial. Así, el&nbsp;<strong>aumento de las sanciones para los funcionarios queda pendiente de esas negociaciones entre partidos</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La del aumento de las sanciones para el personal funcionario es solo <a href="https://www.eleconomista.es/economia/noticias/13229725/02/25/el-gobierno-lleva-al-congreso-la-reforma-del-empleo-publico-jubilacion-parcial-para-funcionarios-y-trabajo-voluntario-hasta-los-72-anos.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">una de las 37 enmiendas presentadas por el PSOE</a>, entre las que destacan la opción de que los relevistas puedan retrasar la jubilación hasta los 72 años, la recuperación de la jubilación parcial (que permite compatibilizar pensión y trabajo) o la mejora de los permisos parentales por cuidado de hijos o hijas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/sr" target="_blank" rel="noreferrer noopener">eleconomista.es</a> <strong>21.02.2025</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:list -->
<ul class="wp-block-list"></ul>
<!-- /wp:list -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><a href="https://api.whatsapp.com/send?text=https://www.eleconomista.es/economia/noticias/13232342/02/25/el-psoe-propone-sancionar-a-los-funcionarios-que-lleguen-tarde-al-trabajo-con-30-dias-de-empleo-y-sueldo.html?utm_source%3Dwhatsapp%26utm_medium%3Dshare_button&amp;id=1648118629957_whatsapp" target="_blank" rel="noreferrer noopener"></a><a href="https://www.facebook.com/sharer/sharer.php?u=https%3A%2F%2Fdevelopers.facebook.com%2Fdocs%2Fplugins%2F&amp;src=sdkpreparse" target="_blank" rel="noreferrer noopener"></a><a href="https://twitter.com/share?text=El+PSOE+propone+sancionar+a+los+funcionarios+que+lleguen+tarde+al+trabajo+con+30+d%C3%ADas+de+empleo+y+sueldo&amp;url=https://www.eleconomista.es/economia/noticias/13232342/02/25/el-psoe-propone-sancionar-a-los-funcionarios-que-lleguen-tarde-al-trabajo-con-30-dias-de-empleo-y-sueldo.html&amp;via=elEconomistaes&amp;id=1648118839245_twitter" target="_blank" rel="noreferrer noopener"></a><a href="https://www.linkedin.com/sharing/share-offsite/?url=https://www.eleconomista.es/economia/noticias/13232342/02/25/el-psoe-propone-sancionar-a-los-funcionarios-que-lleguen-tarde-al-trabajo-con-30-dias-de-empleo-y-sueldo.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener"></a><a href="https://beloud.com/share?text=El+PSOE+propone+sancionar+a+los+funcionarios+que+lleguen+tarde+al+trabajo+con+30+d%C3%ADas+de+empleo+y+sueldo&amp;url=https://www.eleconomista.es/economia/noticias/13232342/02/25/el-psoe-propone-sancionar-a-los-funcionarios-que-lleguen-tarde-al-trabajo-con-30-dias-de-empleo-y-sueldo.html&amp;via=elEconomistaes&amp;id=1648118839245_beloud" target="_blank" rel="noreferrer noopener"></a><a href="https://bsky.app/intent/compose?text=https://bsky.app/intent/compose?text=https://www.eleconomista.es/economia/noticias/13232342/02/25/el-psoe-propone-sancionar-a-los-funcionarios-que-lleguen-tarde-al-trabajo-con-30-dias-de-empleo-y-sueldo.html&amp;url=https://www.eleconomista.es/economia/noticias/13232342/02/25/el-psoe-propone-sancionar-a-los-funcionarios-que-lleguen-tarde-al-trabajo-con-30-dias-de-empleo-y-sueldo.html&amp;via=elEconomistaes&amp;id=1648118839245_bluesky" target="_blank" rel="noreferrer noopener"></a></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/politica/">Política</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
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                    </item>
				                    <item>
                        <title>España “cumple con Europa” y estabiliza a más de 320.000 empleados públicos</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/politica/espana-cumple-con-europa-y-estabiliza-a-mas-de-320-000-empleados-publicos/</link>
                        <pubDate>Thu, 26 Dec 2024 08:00:00 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El ministro López anuncia que las administraciones han cumplido con el compromiso con la Comisión Europea de estabilizar 300.000 antes del 31 de diciembre de 2024



El ministro de Función P...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">El ministro López anuncia que las administraciones han cumplido con el compromiso con la Comisión Europea de estabilizar 300.000 antes del 31 de diciembre de 2024</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El ministro de Función Pública, Óscar López, ha anunciado este miércoles que España ha cumplido con el compromiso adquirido con la Comisión Europea de estabilizar 300.000 plazas de empleo público antes del 31 de diciembre de este año. “Empiezo fuerte y con noticias positivas. Justo en el día de hoy hemos logrado estabilizar 321.776 plazas”, ha celebrado López al inicio de su comparecencia en la comisión de Hacienda y Función Pública en el Congreso de los Diputados.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En el último semestre de 2021, el Gobierno tramitó una ley para terminar con la altísima temporalidad en el empleo público español. Esta norma, conocida como la 'ley Iceta', entró en vigor en 2022 y obligaba a todas las administraciones a estabilizar a decenas de miles de trabajadores públicos que no tenían una plaza fija, eran interinos o encadenaban contratos temporales. El objetivo era reducir la temporalidad al 8% para estas fechas.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>“Hubo muchos que dudaban de que fuera posible. Todos conocen el problema que hay, acumulado durante muchos años, sobre todo por la administración territorial con los interinos”, ha señalado López. De hecho, buena parte de estas estabilizaciones forzadas por la ley estatal corresponden a las comunidades autónomas y los ayuntamientos. “Este hito no era fácil de alcanzar, pero ha sido posible gracias a la coordinación del Estado, de la mano de los sindicatos y con las comunidades autónomas, que han convocado las plazas que les correspondían”, ha celebrado el ministro.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Precisamente, las mayores estabilizaciones se han producido en el sector docente y sanitario, donde la temporalidad azotaba especialmente. Un análisis de los microdatos de los más de dos millones de personas al servicio de las administraciones públicas analizados por elDiario.es a finales de 2022 arrojaba que la mitad de los&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/sociedad/mitad-trabajadores-sanidad-publica-espana-son-interinos_1_9857736.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">trabajadores del sistema público de salud</a>&nbsp;tenían un contrato temporal por aquellas fechas. En el caso del educativo,&nbsp;<a href="https://www.eldiario.es/sociedad/sistema-educativo-tres-profesores-temporal-cambiar-empresa-ano_1_9829081.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">uno de cada tres profesores</a>&nbsp;era temporal. “Son profesionales fundamentales para sostener el estado del bienestar”, ha dicho el ministro.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Sin embargo, López ha reconocido que aún quedan “procesos selectivos convocados que quedan por resolverse”, como buena parte de las <a href="https://www.eldiario.es/economia/gobierno-aprueba-oferta-record-empleo-publico-40-000-plazas-2024_1_11493615.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">40.000 plazas</a> que el anterior ministro José Luis Escrivá <a href="https://www.eldiario.es/economia/son-40-000-plazas-nueva-oferta-empleo-publico-consulta-puedes-presentar_1_11494223.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">anunció en julio</a>. No obstante, las nuevas incorporaciones en estos últimos tres años han permitido rejuvenecer la función pública, que encadena cuatro años consecutivos de descenso de la edad media, que se sitúa actualmente en los 50 años. También, ha explicado el ministro, “por segundo año consecutivo el número de incorporaciones supera al de bajas”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/rz" target="_blank" rel="noreferrer noopener">eldiario.es</a> <strong>18.12.2024</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/politica/">Política</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/politica/espana-cumple-con-europa-y-estabiliza-a-mas-de-320-000-empleados-publicos/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Escrivá prepara la mayor revolución de la Administración pública de la democracia</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/politica/escriva-prepara-la-mayor-revolucion-de-la-administracion-publica-de-la-democracia/</link>
                        <pubDate>Wed, 03 Apr 2024 07:27:49 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[José Luis Escrivá prepara&nbsp;la mayor reforma de la función pública&nbsp;en la reciente historia democrática de nuestro país.&nbsp;Y será inminente. El ministro de Transformación Digital, ...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:paragraph -->
<p>José Luis Escrivá prepara<strong>&nbsp;la mayor reforma de la función pública&nbsp;</strong>en la reciente historia democrática de nuestro país.&nbsp;<strong>Y será inminente</strong>. El ministro de Transformación Digital, que en esta legislatura ha adoptado las competencias sobre los recursos humanos del aparato burocrático, ultima una batería legislativa para&nbsp;<a href="https://www.elconfidencial.com/economia/2024-01-31/escriva-propone-romper-corses-administracion_3821423/">revolucionar la Administración General del Estado</a>&nbsp;(AGE), que adoptará&nbsp;<strong>criterios más profesionales</strong>, similares, en algunos casos, a los que utiliza la empresa privada. El paquete se concretará en tres leyes que se aprobarán durante este año, según figura en el&nbsp;<em>Plan anual normativo 2024</em>, al que ha tenido El Confidencial.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El documento, a través del cual los diferentes ministerios remiten sus propuestas normativas para el curso vigente,<strong>&nbsp;pone negro sobre blanco</strong>&nbsp;la hoja de ruta explicada por el propio Escrivá en su comparecencia en el Congreso el pasado 31 de enero. El espíritu<strong>&nbsp;es el mismo</strong>&nbsp;que expresó entonces, pero ahora se conocen las herramientas. Y, sobre todo, los plazos.<a href="https://www.elconfidencial.com/economia/2023-11-20/jose-luis-escriva-ministro-transformacion-digital-economista-ortodoxo-socialismo_3777413/">&nbsp;Escrivá&nbsp;</a><strong>quiere hacerlo (casi) todo este mismo año</strong>, y centralizará la mayor parte de su reforma en una norma cuyo encabezado constituye, por sí mismo,&nbsp;<strong>una declaración de intenciones</strong>: Ley para la Transformación de la Administración Pública.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Transformación Digital propondrá un profundo lavado de cara que complemente la organización tradicional de la Administración General del Estado por departamentos (ministerios, direcciones generales, subdirecciones generales, etc.) con otra<strong>&nbsp;por funciones y procesos</strong>. Es un sistema que ya funciona&nbsp;<a href="https://www.elconfidencial.com/espana/2021-05-30/obsesion-espana-memorizacion-oposiciones-915_3102531/">en los centros educativos más exitosos</a>, que se organizan por proyectos en lugar de por asignaturas, y en la mayoría de empresas, que cuentan con&nbsp;<strong>equipos interdisciplinares</strong>&nbsp;para abordar los diferentes desafíos. Sin embargo, hasta ahora no tenía predicamento en un sector público&nbsp;<strong>demasiado rígido</strong>, donde los diferentes ministerios funcionan, a menudo, como organismos independientes,&nbsp;<strong>abundan las duplicidades</strong>&nbsp;y las rivalidades frenan el desarrollo de las políticas públicas y dificultan la interlocución con la ciudadanía.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La <strong>profesionalización</strong> que propugna Escrivá también contemplará "la exigencia de actuar con arreglo a planificación y dirección por objetivos, el fomento del empleo de los servicios comunes y la construcción de <strong>reservas de capacidad operativa </strong>con el fin de hacer la organización más resiliente ante los impactos externos", según recoge en <em>Plan anual normativo 2024</em>. En definitiva: remar todos en la misma dirección, con una mayor flexibilidad para adaptarse a situaciones de crisis como la de la pandemia —que evidenció profundas carencias— y un mayor papel de la evaluación para asegurar<strong> el cumplimiento de las metas</strong>. En ese sentido, Transformación Digital también desarrollará durante este año el Estatuto de la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas, que será aprobado por real decreto. Sin embargo, el propio Escrivá aclaró que este organismo estará adscrito finalmente al Ministerio de Economía, como se explica con detalle en <a href="https://www.elconfidencial.com/economia/2024-03-29/cuerpo-controlara-organismos-impulso-reformista_3856554/">este artículo</a>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La propuesta del ministro supone&nbsp;<strong>una nueva orientación teórica&nbsp;</strong>alejada de los criterios burocráticos de inspiración francesa, que todavía predominan en el&nbsp;<strong>sistema continental&nbsp;</strong>de las principales potencias europeas, como la propia Francia o Alemania. Algunas ideas de la<strong>&nbsp;Nueva Gestión Pública&nbsp;</strong>(NGP), predominante en el mundo anglosajón desde hace décadas, están presentes en el esbozo de la ley al que ha tenido acceso este periódico. La<strong>&nbsp;orientación a resultados</strong>&nbsp;es el mejor ejemplo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Se acabó la Administración&nbsp;<strong>que funciona por inercia</strong>, eso que los politólogos llaman&nbsp;<em>path dependence</em>, y que se acaba traduciendo en una resistencia al cambio. Escrivá quiere que el&nbsp;<em>siempre se ha hecho así&nbsp;</em>deje paso a un método de&nbsp;<strong>prueba y error</strong>. "La ley introduce en el ámbito de la Administración pública elementos que&nbsp;<strong>favorecen la innovación</strong>, a través de cláusulas de creación de espacios controlados de pruebas regulatorias y tecnológicas, con el fin de habilitar la realización controlada y delimitada de pruebas que permitan aportar innovaciones de base tecnológica y regulatoria que puedan dar lugar a nuevas regulaciones, aplicaciones, procesos o productos, y contribuir con ello a una profunda transformación de la Administración pública", reza el documento. De llevarse a cabo, herramientas como los&nbsp;<strong>programas-piloto</strong>&nbsp;serán cada vez más frecuentes a la hora de comprobar la&nbsp;<a href="https://www.elconfidencial.com/economia/2023-04-02/fracaso-ayudas-contra-crisis-no-llegan-familias_3598703/">efectividad de las políticas públicas</a>&nbsp;y encontrar las mejores soluciones.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Adiós a la cita previa</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El objetivo es que los usuarios&nbsp;<strong>no estén al servicio del aparato burocrático</strong>, sino, al contrario, para hacer "plenamente efectivo" su derecho a relacionarse con el Estado, "<strong>elemento que legitima la propia razón de ser&nbsp;</strong>de las administraciones públicas", añade el texto. Esta visión, que también rima con la concepción del ciudadano como cliente que&nbsp;<em>siempre tiene la razón</em>&nbsp;—propia de la NGP—, se traducirá en<strong>&nbsp;un hito de gran calado</strong>&nbsp;para la vida de mucha gente: el final de la&nbsp;<a href="https://www.elconfidencial.com/economia/2024-02-02/fin-cita-previa-obligatoria-ayudas-declaracion-renta-beneficios_3822039/">cita previa obligatoria</a>, entre otros obstáculos "altamente disfuncionales" que no detalla el documento. Escrivá ya prometió en el Congreso eliminarla, pese a que como ministro de Seguridad Social&nbsp;<strong>siempre había negado</strong>&nbsp;los problemas con esta herramienta. Finalmente, este cambio irá asociado a la nueva norma y no a la modificación del artículo 14 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, como había asegurado el propio ministro en un principio.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El ministro quiere acabar con dos puntos débiles: la falta de transparencia y de evaluación</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En esta nueva AGE&nbsp;<strong>al servicio de la ciudadanía</strong>, la transparencia jugará un papel fundamental. Igual que ocurre con la evaluación, se trata de<strong>&nbsp;uno de los puntos débiles</strong>&nbsp;de la gestión pública en España, pese al espectacular avance de los últimos años gracias a la ley de 2013 y la incorporación a la Alianza para el Gobierno Abierto en 2011. España&nbsp;<strong>presidirá en el curso 2024/2025&nbsp;</strong>este organismo multilateral, y albergará la Cumbre Mundial de Gobierno Abierto en 2025. El Gobierno aspira a ejercer el liderazgo en este ámbito a través de una nueva<strong>&nbsp;Ley de Administración Abierta</strong>, que garantizará que los sistemas documentales "estén concebidos de forma transparente desde el diseño, de modo que pueda aprovecharse todo el potencial de la sociedad de la información y la inteligencia artificial en acercar la Administración pública al conjunto de la ciudadanía".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Transformación Digital remarca que esta es la senda dibujada por el&nbsp;<a href="https://commission.europa.eu/document/download/62fdb34b-78d4-4d53-b9ea-67286facc01e_en?filename=23_1_52576_coun_chap_spain_en.pdf" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Informe de la Comisión Europea sobre el Mecanismo de Estado de Derecho</a>, que insta a consolidar los avances en nuestro país en materia de integridad, transparencia y participación en los asuntos públicos. El documento de 2023<strong>&nbsp;daba una de cal y otra de arena</strong>: celebraba la mayor eficiencia del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, pero lamentaba que&nbsp;<strong>aún no se hubiese implantado una estrategia anticorrupción</strong>&nbsp;—España es uno de los cinco países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos que no dispone de ella, según un reciente informe de la propia OCDE— y que las reglas sobre los conflictos de interés&nbsp;<strong>de los altos cargos&nbsp;</strong>aún no estén suficientemente claras.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading">Estatuto del Directivo Público</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Precisamente, la tercera gran ley que plantea Escrivá es el llamado&nbsp;<strong>Estatuto del Directivo Público</strong>, que permitirá delimitar esta figura, ya contemplada en el artículo 13 del&nbsp;<a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11719" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Estatuto Básico del Empleado Público</a>, pero que hasta ahora no había tenido desarrollo. Una vez más, se pretende&nbsp;<strong>asemejar la gestión pública</strong>&nbsp;a los mejores criterios profesionales que ya existen en la alta dirección privada, como hacen los "modelos de madurez" que rigen en nuestro entorno, destaca el&nbsp;<em>Plan anual normativo 2024.</em></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La nueva ley <strong>definirá este figura </strong>como el "elemento fundamental de engarce entre la dimensión estratégica de la definición de políticas públicas, situada en la esfera de atribución del Gobierno, y la dimensión operativa de las capacidades administrativas, situada en la organización administrativa", y detallará su personalidad jurídica propia, <strong>a partir de los criterios ya existentes</strong>: designación basada en los principios de mérito, capacidad, idoneidad y mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia, evaluación con arreglo a criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad por su gestión y <strong>control de resultados </strong>en relación con los objetivos que le hayan sido fijados.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En la AGE, <strong>afectará a los directores generales</strong> y altos cargos asimilados a ellos, que tendrán, asegura el texto,"un conjunto de<strong> derechos y deberes</strong> articulados en torno al contrato de gestión y un alto estándar de exigencia de integridad". Se trata, probablemente, de<strong> la mayor revolución entre todas las revoluciones</strong>, que los expertos en gestión pública <a href="https://www.elconfidencial.com/economia/2024-03-03/funcionarios-ayuntamiento-madrid-no-quieren-trabajar-estado_3840797/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">llevaban tiempo reclamando</a>. Por fin, aclarará el lugar que ocupan quienes siempre nadaban entre dos aguas:<strong> la política y la funcionarial</strong>. El ministro ha llegado a decir que no descarta que el Estado<strong> fiche en el sector privado</strong> a este tipo de perfiles, como ya se hace en otros países de nuestro entorno, como el Reino Unido, que incluso publica las ofertas en la red social LinkedIn.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El paquete se completará con un real decreto para <strong>regular el<a href="https://www.elconfidencial.com/juridico/2024-03-28/autoconcederse-teletrabajo-contra-empresa-despido_3856332/" target="_blank" rel="noreferrer noopener"> teletrabajo</a></strong> en la AGE, un fleco que quedó pendiente tras el decaimiento de la Ley de Función Pública por el adelanto electoral para las generales de julio de 2023, y la aprobación del <strong>Estatuto de la Agencia Estatal Instituto Nacional de la Administración Pública</strong>. Además, el ministro ha anunciado que <strong>sustituirá la tasa de reposición </strong>por otro mecanismo más flexible para adaptar las vacantes a las nuevas necesidades.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Todas estas normas <strong>darán continuidad a los primeros pasos</strong> que ya ha dado Escrivá en los pocos meses que llevamos de legislatura. Tras el fracaso de la Ley de Función Pública, el Gobierno aprobó en diciembre <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11719" target="_blank" rel="noreferrer noopener">un real decreto</a> con varias de las reformas que incluía esa norma, en línea con <strong>las comprometidas en el plan de recuperación </strong>para recibir los fondos europeos. La más importante de ellas era la<strong> evaluación por desempeño de los funcionarios, </strong>que ahora se revela como el aperitivo de una transformación mucho más profunda.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/lJ" target="_blank" rel="noreferrer noopener">elconfidencial.com</a> 02.04.2024</p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/politica/">Política</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/politica/escriva-prepara-la-mayor-revolucion-de-la-administracion-publica-de-la-democracia/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Los funcionarios seguirán blindados aunque suspendan el control de desempeño</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/politica/los-funcionarios-seguiran-blindados-aunque-suspendan-el-control-de-desempeno/</link>
                        <pubDate>Tue, 26 Dec 2023 12:35:28 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El Gobierno aprueba partes de la ley de Función Pública para vigilar la conducta, desempeño y el cumplimiento de objetivos de los empleados públicos



(19.12.2023) El Gobierno ha aprobado e...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">El Gobierno aprueba partes de la ley de Función Pública para vigilar la conducta, desempeño y el cumplimiento de objetivos de los empleados públicos</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>(19.12.2023) El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros de este martes varios aspectos que estaban incluidos en la ley de Función Pública que el Ejecutiv<strong>o negoció sin llevar a término con los sindicatos</strong> la pasada legislatura, entre los que se incluyen la <strong>evaluación del desempeño de los empleados públicos.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Así lo ha anunciado el ministro de Justicia y Relaciones con las Cortes,<strong>&nbsp;Félix Bolaños</strong>, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, donde ha señalado que el objetivo de las medidas es el de "modernizar la administración pública".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Algunas de las medidas aprobadas, ha indicado Bolaños, derivan del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado en 2006.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Gobierno ya aprobó hace justo un año la primera ronda del anteproyecto de ley de la Función Pública, en el que se establecía una mayor profesionalización de la gestión y las carreras públicas, con una evaluación continua del trabajo de los funcionarios, así como c<strong>omplementos salariales para incentivar la progresión</strong> y el desempeño de los objetivos. Los actuales complementos de productividad estarán pues vinculados al buen desempeño de los empleados públicos en estas evaluaciones.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El propósito es alinear los objetivos de la Administración con la política de recursos humanos y adaptar la selección de personal con las necesidades de la Administración. Esta ley se suma a la actualización de los criterios de promoción interna, que desató una oleada de críticas sindicales y generó un gran malestar entre buena parte de los funcionarios.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>A través de la evaluación se valorará periódicamente la<strong> conducta profesional y se medirá el rendimiento</strong> el logro de resultados de los empleados públicos. La finalidad es mejorar la productividad de las diferentes unidades y la calidad de los servicios públicos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Pese a todo, los funcionarios seguirán blindados ya que el proceso de control <strong>se plantea "en positivo" </strong>y las evaluaciones serán consensuadas con las organizaciones sindicales.<strong> "En ningún caso implicarán la pérdida de la condición de funcionario</strong> para quienes no las superen", explica el Ministerio de Hacienda y Función Publica en un comunicado.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En el caso de que un empleado o empleada pública no tengan resultados satisfactorios en las mismas, se fomentarán las medidas de formación para dotarles de herramientas que les permitan un mejor desempeño.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>"Se refuerza la<strong>&nbsp;evaluación del desempeño de todos los empleados públicos y funcionarios</strong>", ha afirmado el ministros, lo que servirá para valorar su conducta, desempeño y el cumplimiento de objetivos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Igualmente, se introduce l<strong>a carrera profesional horizontal</strong>, que permite progresar por tramos desde el mismo puesto en la empresa o administración pública, y también se regulan las figuras de los directivos públicos.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El titular de Justicia ha avanzado asimismo una "planificación estratégica de los recursos humanos" en el ámbito del empleo público con la profesionalización de los tribunales, un modelo de selección "más ágil" y la transformación del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) en una "agencia".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/jx" target="_blank" rel="noreferrer noopener">larazon.es</a></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/politica/">Política</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/politica/los-funcionarios-seguiran-blindados-aunque-suspendan-el-control-de-desempeno/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Quién puede convocar una huelga general en España, cómo se hace y los requisitos para que sea legal</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/politica/quien-puede-convocar-una-huelga-general-en-espana-como-se-hace-y-los-requisitos-para-que-sea-legal/</link>
                        <pubDate>Thu, 23 Nov 2023 13:28:07 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[El sindicato de Vox ha convocado una huelga general para este viernes  24 de noviembre en toda España que coincide con el primer día de paros en Renfe.



Solidaridad, es el sindicato de&amp;nbs...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:heading -->
<h4 class="wp-block-heading">El sindicato de Vox ha convocado una huelga general para este viernes  24 de noviembre en toda España que coincide con el primer día de paros en Renfe.</h4>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p id="m147-146-148">Solidaridad, es el sindicato de&nbsp;<a href="https://www.heraldo.es/noticias/nacional/2023/11/13/sindicato-vox-convoca-huelga-general-1690708.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Vox que ha convocado una huelga general en España para este viernes 24 de noviembre&nbsp;</a>en&nbsp;<strong>contra de la ley de amnistía&nbsp;</strong>para los implicados en el 'procés' y los demás pactos de Pedro Sánchez con los independentistas catalanes para su investidura como presidente del Gobierno. La convocatoria fue registrada el 13 de noviembre y anima a secundarla con el lema&nbsp;'Frente a la desigualdad, frente a la traición'.<strong>&nbsp;Pero los sindicatos mayoritarios CC.OO. y UGT califican la convocatoria de fraudulenta por la debido&nbsp;</strong>o a la nula representatividad del sindicato Solidaridad, un 0,1 %, y por el carácter político de la misma.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p id="m152-151-153">Atendiendo a este punto, el<strong> líder de Vox, <a href="https://www.heraldo.es/tags/personas/santiago_abascal.html" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Santiago Abascal</a>, </strong>aclaró que su convocatoria trata de una <strong>huelga general </strong>que tiene una motivación "<strong>política, pero también general",</strong> ya que, en su opinión, se ha producido un "un ataque brutal a los derechos de los trabajadores", y los acuerdos alcanzados por el presidente del Gobierno Pedro Sánchez supondrán una<strong> "una ruptura" de la caja única de la Seguridad Social </strong>por el acuerdo con el PNV. El secretario general del sindicato Solidaridad, R<strong>odrigo Alonso,</strong> ha defendido este miércoles que la huelga general es "legal", recalcando que "y<strong>a han sido negociadas las condiciones mínimas con todas las administraciones públicas",</strong> y ha denunciado que UGT y CCOO "coaccionan" a los trabajadores que van a secundarla.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La polémica está servida y esto es <strong>lo que dice la ley sobre la huelga y los requisitos necesarios para convocarla.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading" id="m230-229-231">Qué dice la ley sobre el derecho de huelga en España</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p id="m235-234-236">La huelga es un<a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1978-31229" target="_blank" rel="noreferrer noopener">&nbsp;derecho establecido por la Constitución española</a>&nbsp;en el artículo 28. Según explica la Carta Magna, en su texto la huelga "<strong>es un derecho de los trabajadores para la defensa de sus intereses".</strong>&nbsp;En este artículo se añade una referencia a una normativa que regule el ejercicio de este derecho, pero que no existe. Según la Constitución, esta ley "establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad" (los servicios mínimos).&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p id="m240-239-241">En el artículo 29 el texto constitucional explica <strong>quién puede ejercer este derecho </strong>y cómo: <strong>"Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito,</strong> en la forma y con los efectos que determine la ley". Y añade que "los miembros de las Fuerzas o Institutos armados o de los Cuerpos sometidos a disciplina militar podrán ejercer este derecho solo individualmente y con arreglo a lo dispuesto en su legislación específica".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading" id="m245-244-246">Cómo se convoca una huelga en España: plazos y requisitos</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p id="m250-249-251">El&nbsp;<a href="https://www.mites.gob.es/es/guia/texto/guia_12/contenidos/guia_12_25_2.htm#" target="_blank" rel="noreferrer noopener">Ministerio de Trabajo explica en su web</a>&nbsp;el procedimiento para convocar una huelga, según el&nbsp;<strong>Real Decreto-ley 17/1977</strong>&nbsp;sobre relaciones de trabajo. El procedimiento establece que la huelga debe realizarse por&nbsp;<strong>acuerdo de los representantes de los trabajadores</strong>&nbsp;(sindicatos y comités de empresa) en reunión y a través de un&nbsp;<strong>acta</strong>.&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p id="m255-254-256">Después se<strong>&nbsp;debe comunicar un preaviso a los empresarios</strong>&nbsp;y a la autoridad laboral, por escrito y con cinco días naturales de antelación a la fecha de inicio. Y añade que, en&nbsp;caso de empresas de servicios públicos, el preaviso será de<strong>&nbsp;diez días naturales para poder organizar unos servicios mínimos.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p id="m260-259-261">Además,<strong>&nbsp;debe designarse un comité de huelga, que estará formado como máximo por 12 trabajadores</strong>&nbsp;de los centros de trabajo afectados, que será el que realice las actuaciones sindicales, administrativas o judiciales que se necesiten para la solución del conflicto.&nbsp;</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading" id="m265-264-266">Es huelga si no hay motivación política</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p id="m270-269-271">Según indica el Real Decreto-ley 17/1977 sobre relaciones de trabajo, "una huelga es ilegal&nbsp;<strong>cuando se inicie o se sostenga por motivos políticos o con cualquier otra finalidad ajena al interés profesional de los trabajadores afectados".&nbsp;</strong>&nbsp;Si hay una&nbsp;demanda solicitando que la huelga de Vox es ilegal por este motivo, la Audiencia Nacional realizará un control judicial posteriormente.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading" id="m275-274-276">Efectos de la huelga en España</h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p id="m280-279-281">Esto es lo que dice la ley sobre la huelga y cómo afecta a los trabajadores que la realizan, según el<strong>&nbsp;Ministerio de Trabajo.</strong></p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:list -->
<ul><!-- wp:list-item -->
<li>El ejercicio del derecho de huelga&nbsp;<strong>no extingue la relación de trabajo.</strong></li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>Durante la huelga el contrato se considera en suspenso, e<strong>l trabajador no tendrá derecho al salario</strong>&nbsp;y se encontrará en situación de alta especial en la Seguridad Social, con suspensión de la obligación de cotización por parte de la empresa y del trabajador.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li><strong>Se respetará la libertad de trabajo</strong>&nbsp;de aquellos trabajadores que no quieran sumarse a la huelga.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>Los trabajadores en<strong>&nbsp;huelga podrán efectuar publicidad de la misma en forma pacífica</strong>, y llevar a efecto recogida de fondos, sin coacción alguna.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>Durante la huelga, los<strong>&nbsp;huelguistas no pueden ser sustituidos por trabajadores</strong>&nbsp;que no estuviesen vinculados a la empresa en el momento de ser declarada la huelga.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>Pese a la huelga, pueden estar o<strong>bligados a prestar sus servicios los trabajadores que atiendan servicios de seguridad&nbsp;</strong>o mantenimiento de la empresa.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>En el caso de empresas que&nbsp;<strong>presten servicios públicos&nbsp;</strong>o de reconocida e inaplazable necesidad, la autoridad gubernativa puede acordar medidas para asegurar el funcionamiento de estos servicios.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>El&nbsp;<strong>trabajador no tendrá derecho a prestación económica</strong>&nbsp;por incapacidad temporal que se inicie durante esta situación y mientras ésta subsista.</li>
<!-- /wp:list-item -->

<!-- wp:list-item -->
<li>El&nbsp;<strong>trabajador&nbsp;</strong>no tendrá derecho a la prestación por desempleo por el hecho mismo de la suspensión del contrato de trabajo.</li>
<!-- /wp:list-item --></ul>
<!-- /wp:list -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/iO" target="_blank" rel="noreferrer noopener">heraldo.es</a></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/politica/">Política</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/politica/quien-puede-convocar-una-huelga-general-en-espana-como-se-hace-y-los-requisitos-para-que-sea-legal/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>El TS pide un &quot;absoluto respeto a la división de poderes&quot; frente a la &quot;supervisión&quot; de la labor judicial por &#039;lawfare&#039;</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/politica/el-ts-pide-un-absoluto-respeto-a-la-division-de-poderes-frente-a-la-supervision-de-la-labor-judicial-por-lawfare/</link>
                        <pubDate>Wed, 15 Nov 2023 10:09:20 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[MADRID, 13 Nov. (EUROPA PRESS) - La Sala de Gobierno del Tribunal Supremo (TS), reunida este lunes en sesión ordinaria, ha emitido un comunicado por unanimidad donde recuerda que el Estado d...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:paragraph -->
<p>MADRID, 13 Nov. (EUROPA PRESS) - La Sala de Gobierno del Tribunal Supremo (TS), reunida este lunes en sesión ordinaria, ha emitido un comunicado por unanimidad donde recuerda que el Estado de Derecho "exige el absoluto respeto a la división de poderes" frente a "la supervisión de la labor jurisdiccional por otros poderes del Estado", tras el acuerdo alcanzado por PSOE y Junts que alude a los supuestos casos de 'lawfare'.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>"El Estado de Derecho, en el que se fundan la Unión Europea y nuestro orden constitucional, exige el absoluto respeto a la división de poderes", afirma el alto tribunal.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Reivindica también que "el ejercicio de la función jurisdiccional se ajusta siempre a la legalidad, a la defensa de la Constitución y a la salvaguardia de los derechos y libertades de todos los ciudadanos, en particular, de la igualdad en la aplicación de la ley".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Por eso, "enfatiza la necesidad de preservar y garantizar la independencia judicial desde todas las instituciones", indicando expresamente que "ve incompatible con ella la fiscalización o supervisión de la labor jurisdiccional por otros poderes del Estado".</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Supremo reacciona así a dicho acuerdo, que contempla la creación de comisiones de investigación parlamentarias para detectar supuestos casos de 'lawfare' (guerra judicial) y, de ser así, que se deriven las "consecuencias" oportunas, lo que podría acabar en querellas pro prevaricación contra jueces y magistrados, además de responsabilidades civiles y disciplinarias.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://acorta.net/iv" target="_blank" rel="noreferrer noopener">europapress.es</a></p>
<!-- /wp:paragraph -->]]></content:encoded>
						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/politica/">Política</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
                        <guid isPermaLink="true">https://plataformadeinterinos.org/community/politica/el-ts-pide-un-absoluto-respeto-a-la-division-de-poderes-frente-a-la-supervision-de-la-labor-judicial-por-lawfare/</guid>
                    </item>
				                    <item>
                        <title>Interinos: La Administración es obligada, por decreto, a convocar nuevos concursos de méritos</title>
                        <link>https://plataformadeinterinos.org/community/politica/interinos-la-administracion-es-obligada-por-decreto-a-convocar-nuevos-concursos-de-meritos/</link>
                        <pubDate>Fri, 04 Aug 2023 15:25:07 +0000</pubDate>
                        <description><![CDATA[La Diputación Permanente del Congreso de los Diputados da luz verde a la norma que insta a cubrir las plazas vacantes garantizando la igualdad de condiciones en el acceso al personal en abus...]]></description>
                        <content:encoded><![CDATA[<!-- wp:paragraph -->
<p>La Diputación Permanente del Congreso de los Diputados da luz verde a la norma que insta a cubrir las plazas vacantes garantizando la igualdad de condiciones en el acceso al personal en abuso de temporalidad que fue cesado o no logró superar anteriores procesos</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>a&nbsp;<strong>Diputación Permanente</strong>&nbsp;convalida el Real Decreto Ley 5/2023 que autoriza en su artículo 217 una tasa adicional a las Administraciones Públicas para la convocatoria de nuevos procesos selectivos, con la finalidad de cubrir nueva plazas y garantizar en todo el territorio el derecho de acceso en condiciones de igualdad a los procesos de estabilización de empleo público.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La medida insta a la<strong>&nbsp;apertura de concursos de méritos</strong>&nbsp;para cubrir aquellas plazas de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal a 30 de diciembre de 2021 por personal con una relación de esa naturaleza anterior al 1 de enero de 2016 que no haya&nbsp;superado&nbsp;el proceso de estabilización mediante un sistema selectivo distinto al previsto en la disposición adicional octava de la Ley&nbsp;20/2021, de&nbsp;28 de diciembre.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:heading -->
<h2 class="wp-block-heading"><strong>Obligatoriedad de la convocatoria</strong></h2>
<!-- /wp:heading -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Conocida la convalidación del decreto, la F<strong>ederación de Estatal de Trabajadores de la Administraciones Públicas</strong>&nbsp;(FETAP-CGT) ha solicitado al&nbsp;<strong>Ministerio de Hacienda y Función Pública</strong>&nbsp;que emita una instrucción sobre sus puntos clave, “para evitar que las Administraciones Públicas incumplan la normativa de estabilización de interinos”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>En este sentido, subraya que el decreto es un mandato que obliga a las distintas administraciones a la convocatoria de estas plazas, en sintonía y coincidencia con la interpretación que al respecto hacen <strong>PSOE </strong>y <strong>Partido Popular</strong>, grupos políticos con los que el sindicato ha mantenido contactos durante el proceso de convalidación de la norma.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>La federación sindical señala que el decreto viene a corregir “el incumplimiento de algunas administraciones, caso de la&nbsp;<strong>Comunidad de Madrid</strong>&nbsp;o el&nbsp;<strong>Gobierno de Aragón</strong>, del mandato contenido en la Ley&nbsp;20/2021, como el hecho de que plazas que cumplían con los requisitos no se incluyeron en el proceso extraordinario de estabilización por formar parte de convocatorias publicadas antes de su entrada en vigor”. &nbsp;Para el legislador, “este error de ejecución&nbsp;<strong>ha vulnerado el principio de igualdad</strong>&nbsp;entre los empleados públicos, al permitir que procesos similares se convoquen con diferentes condiciones”.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>Ante la posibilidad de que haya Administraciones Publicas que solo den cumplimiento simbólico al decreto, usando solo plazas desiertas de los procesos ya resueltos, el FETAP-CGT advierte de que “la norma es clara y tajante: si fueran necesarias,&nbsp;<strong>se tienen que crear las plazas para los afectados</strong>» y añade que “estará vigilante para que todas estas nuevas plazas, desiertas o vacantes sean convocadas y los empleados en abuso de temporalidad cesados o suspendidos puedan consolidar finalmente su puesto de trabajo.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p>El Real Decreto fija que la nueva oferta de empleo público deberá estar aprobada antes del 31 de diciembre de 2023 y resuelta antes del 31 de diciembre de 2024, ajustándose a los principios de <strong>igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia</strong>.</p>
<!-- /wp:paragraph -->

<!-- wp:paragraph -->
<p><strong>Fuente:</strong> <a href="https://diario16plus.com/interinos-la-administracion-es-obligada-por-decreto-a-convocar-nuevos-concursos-de-meritos/" target="_blank" rel="noreferrer noopener">diario16plus.com</a></p>
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						                            <category domain="https://plataformadeinterinos.org/community/politica/">Política</category>                        <dc:creator>Ramón J.</dc:creator>
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