Fuente: Confilegal de fecha 28 de enero 2022 enlace
El varapalo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) al Ministerio de Hacienda por el régimen sancionador del Modelo 720 ya ha tenido su primera reacción.
La titular del departamento, María Jesús Montero, reconoció este jueves en rueda de prensa la necesidad de adecuar el modelo a la sentencia del tribunal de Luxemburgo,
Al parecer, la modificación que se quiere hacer será a través de alguna de las leyes que se tramitan en el Parlamento para evitar hacerlo por decreto ley. Es previsible que se haga antes del 31 de marzo fecha tope de entrega de la declaración del 2021.
La ministra ha apuntado que son unos 60.000 contribuyentes los que presentan este modelo anualmente, por lo que se trata de un volumen limitado de personas las que hacen esta declaración de bienes en el extranjero.
El importe en términos de euros declarados desde la vigencia del modelo está en torno a 225.200 millones.
Expertos consultados por Confilegal señalan la necesidad de presentar la declaración en el caso de aquellos contribuyentes que estén obligado a hacerlo. También recuerdan que cada asunto habrá que analizarlo en función de la situación procesal que tenga.
Suavizar el régimen sancionador
Desde la oficina del despacho Rocajunyent en Madrid, Javier de Diego, abogado del área fiscal, señala que este jueves tuvieron muchas consultas de clientes con procedimientos abiertos o regularizaciones practicadas, que preguntaban por su caso concreto.
Esta jurista señala que “la lectura de la sentencia deja abierto el modelo 720, en el párrafo 24, donde se habla que la normativa controvertida es adecuada para lograr los objetivos fijados de control”.
Para este experto, “el régimen del modelo 720 va a continuar, pero no sus consecuencias y régimen sancionador que habrá que modificarse. Por eso hay que seguir presentando el modelo 720 antes del 31 de marzo para el ejercicio 2021. La obligación sigue estando y el TJUE dice que ayuda de control con el fraude fiscal”.
«Hay casos en los que las cuantías de las sanciones llegaban incluso al valor de los bienes situados en el extranjero», afirma Javier de Diego
En el despacho hay satisfacción por las conclusiones del fallo y la claridad con la que el TJUE se ha pronunciado sobre todo en cuanto al incumplimiento de obligaciones, “las sanciones eran desproporcionadas. Hay casos que entre la ganancia patrimonial no justificada, la sanción del 150% y las sanciones formales, las cuantías llegaban incluso al valor de los bienes situados en el extranjero”.
En cuanto al tema de las criptomonedas, De Diego se hace eco del rumor de que Hacienda podría establecer “un modelo similar, 721. La intención del Ministerio es mantener este régimen y ampliarlo a nuevas obligaciones. Con la modificación de la ley de medidas de lucha contra el fraude se habla de medidas para el control de criptomonedas, pero falta desarrollo reglamentario”.
En este contexto, cree que “se da por hecho que se va suavizar ese régimen sancionador del 150% de la ganancia patrimonial, es excesivo. No hay ninguna sanción en la normativa española similar, y sobre el incumplimiento o errores formales de los datos que se incluyen señala que son desproporcionados en comparación con otras declaraciones de bienes en España”.