El SEPE concederá una prestación de 600 euros con solo cumplir un único requisito

El organismo prevé una ayuda especial para los trabajadores de un sector determinado

La vida del artista es en ocasiones muy impredecible en lo económico. Se trata de un sector cuyos profesionales viven periodos de trabajo son muy variopintos. Desde temporadas altas con picos de demanda muy elevados hasta etapas valle donde la actividad disminuye. Por ello, el SEPE brinda una prestación específica para aquellas personas desempleadas que desempeñen su trabajo en las artes escénicas, audiovisuales y musicales.

La ayuda se conoce como el ‘paro de los artistas’ y trata de respaldar económicamente a estos trabajadores con un panorama laboral volátil. La inyección económica puede llegar a alcanzar los 600 euros mensuales durante 120 días si se cumplen ciertos requisitos. Los requisitos, eso sí, son menos exigentes si se comparan con la prestación contributiva, el conocido paro.

El único requisito es pertenecer a este sector y no tener derecho a paro. A eso, lógicamente, se suma encontrarse en situación legal de desempleo y estar afiliado a la Seguridad Social, condiciones indispensables para cualquier tipo de ayuda del SEPE. Entonces, ¿qué se necesita para cobrar el conocido paro de artistas? «O bien 60 días de alta en Seguridad Social con prestación real de servicios en la actividad artística dentro de los 18 meses anteriores» o bien «180 días de alta en Seguridad Social con prestación real de servicios en la actividad artística o por regularizaciones anuales ya realizadas, dentro de los seis años anteriores a la fecha de la situación legal de desempleo».

La duración de la prestación especial será de 120 días máximo y la cuantía equivale al 80 por ciento del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), unos 480 euros. Puede ascender a 600 euros «cuando la media diaria de las bases de cotización correspondientes a los últimos sesenta días de prestación real de servicios en la actividad artística sea superior a 60 euros, en cuyo caso será igual al 100 por cien del IPREM», señala el organismo.

De esta ayuda económica pueden beneficiarse artistas, personal técnico y auxiliares que trabajen en las artes escénicas, audiovisuales y musicales. Un aspecto importante a tener en cuenta: no es compatible su cobro con otras prestaciones públicas ni con empleos remunerados, ya sea por cuenta propia o ajena. En el caso de solicitarla por más de una vez, debe transcurrir «al menos un año» desde de la extinción de la anterior prestación especial.

Fuente: www.elcorreo.com 28.09.2025

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Ramón J.

Interino desde 2009 discontinuamente pero con nombramientos de más de 4 años de duración... intentando sacar unas oposiciones o conseguir una estabilización un día de estos... 😎

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