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El Abogado de la UE se pronunciará en octubre sobre si España debe hacer fijos a los interinos

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(@Ramón J.)
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Es el paso previo a que haya una nueva sentencia del TJUE

El Supremo preguntó si su jurisprudencia es contraria a derecho europeo

El Abogado General de la Unión europea (UE) emitirá el próximo 9 de octubre sus conclusiones sobre si España debe hacer fijos a los trabajadores del sector público que han encadenado contratos temporales de forma abusiva.

Las conclusiones del Abogado de la UE son el último paso antes de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emita una sentencia, que podría llegar en un par de meses.

El Abogado se pronunciará sobre la cuestión prejudicial remitida en mayo de 2024 por el Tribunal Supremo que preguntaba si la necesidad de que se cumplan los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad para acceder a un puesto de funcionario son contrarios a la cláusula 5 del Acuerdo Marco que se enmarca en la Directiva sobre el trabajo temporal y que obliga a hacer fijo a un trabajador con contratos temporales durante más de dos años.

Hasta el momento, el alto tribunal ha sostenido que no puede hacer fijos ni a interinos ni a trabajadores del sector público con contratos temporales abusivos porque la Constitución exige un proceso igualitario para acceder a la función pública.

Sin embargo, el TJUE ya ha fallado en dos ocasiones que la Administración debe hacer fijos a estos trabajadores temporales como una manera de sancionar el abuso que ha cometido en la contratación, incluso aunque vaya en contra de una jurisprudencia que interpreta la Constitución de una manera incompatible con los objetivos de la normativa europea.

Además, el Supremo pregunta que si en el caso de que su jurisprudencia sea contraria al derecho europeo, bastaría con indemnizar a estos trabajadores con una indemnización adecuada que les repare el daño y que a la par sirva de sanción suficiente y medida disuasoria para la Administración.

Cabe destacar que la Sala del Supremo que remitió la cuestión es la de lo Social y, por tanto, el caso se refiere a los trabajadores contratados por el sector público, y no a los interinos, aquellos que aprueban las oposiciones pero no logran plaza.

Fuente: eleconomista.es 15.09.2025


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