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La interpretación paranoica de las normas

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(@Ramón J.)
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Me parece oportuno iniciar el año recordando lo que debería ser la primera lección de un jurista cuando se enfrenta a un problema de interpretación de las normas.

Por: JR CHAVES

La importancia de la interpretación de la norma es enorme porque la inmensa mayoría de los litigios sobre cuestiones jurídicas tienen por telón de fondo la interpretación del sentido de una palabra, locución o precepto.  Si legislador usase un lenguaje unívoco y preciso, o congruente, no habría espacio para interpretaciones alternativas. Sin embargo, el legislador por precipitación, por deliberada ambigüedad, por torpeza o ligereza, usa términos que pueden tener distinto sentido y alcance según el lector, o según los intereses del lector.

El Código Civil, consciente de que ni el legislador es infalible o unívoco, y de que siempre alguien intentará retorcer la letra de la norma, estableció en su propio inicio las pautas de interpretación, en el art.3.1: «Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas».

Dado que se trata de una enumeración que no establece jerarquía entre los criterios, sino que deposita la confianza en el aplicador, pronto la jurisprudencia matizó su alcance precisando que la interpretación literal debe  ser admitida como criterio único de interpretación siempre que exista una «claridad inequívoca de los términos literales de la norma a interpretar»(Sentencia de la sala tercera del Tribunal Supremo de 13 de marzo de 2013, rec.385/2012), y en caso contrario se acudiría a los restantes criterios (finalidad, contexto, etcétera). Además, en toda interpretación sobrevuela la necesidad de interpretar los preceptos conforme a la Constitución que es «el contexto» de toda norma, debiendo rechazarse la interpretación contraria a sus principios y valores. En su día ya comenté una sentencia que afirma que la interpretación literal que conducía al absurdo debía desterrarse bajo la égida de la buena administración.

Lo comento porque recientemente tuve ocasión en Florianápolis (Brasil) de coincidir con el Fiscal General de la República, don Paulo Gonet Blanco, quien tuvo una espléndida intervención de la que quiero resaltar tres  extremos, que bien podían predicarse de España y de cualquier Estado de Derecho.

Con el Fiscal General de la República

Lo primero, su preocupación por la tendencia de los juristas a forzar la letra de la Ley para hacerla decir lo que no quiere decir. En este punto, incluso puso el ejemplo, referido a Brasil de que el fenómeno de Globo o Úber, son modelos de negocios jurídicos novedosos que requieren regulaciones específicas, y no encajar » a machete» tales figuras en contratos donde la analogía es remota.

Lo segundo, su inquietud ante  la tentación de las autoridades y gobiernos a que las leyes digan lo que sus promotores quieren, citando al huevo «Humpty Dumpty» de la conocida obra «Alicia en el País de las Maravillas», en que afirma que cualquier palabra puede significar «lo que yo quiero que signifique. Ni más ni menos»; ante el estupor de Alicia por tener que admitir tal variedad de significados de una misma palabra, aquél replica «La cuestión está en saber quién manda aquí. Eso es todo».

Lo tercero, dejó claro que las palabras que usa el legislador importan, y que debe ser en fase legislativa donde debe imperar el esfuerzo de claridad, precisión y congruencia; las deficiencias legislativas las paga la seguridad jurídica y la justicia.

La ambigüedad legislativa es la mayor aliada de los litigios. Los juristas tenemos activada de serie la «lectura múltiple», que nos lleva a examinar cada palabra o frase del texto legal poniendo en marcha la rueda giratoria de ideas, ocurrencias, extensiones y restricciones, a mover datos, normas y sentidos cual cubo de rubik, hasta que nos detenemos en la que nos encaja mejor en nuestro modelo interno de «sistema jurídico» o ….¡cuidado!, en lo que encaja mejor en lo que quiere el cliente, el consultante o impera en nuestros propios intereses. Una vez asumida una interpretación, la mente del jurista pasa al modo «caballero andante» y ya la sostendrá y defenderá, buscando argumentos a favor y desdeñando los contrarios.

Sin embargo, me gustaría advertir que los casos que deberían discutirse judicialmente (y evitar «inútil estrépito de juicio») son los que cuentan con una «interpretación jurídica sostenible», entendiendo por tal, la interpretación que no es forzada ni artificiosa, sino la que cuenta con sentido objetivo (o sea, una interpretación que podría entenderse colocándose en la posición contraria a nuestros intereses) y que merece la pena elevar ante la justicia para que se zanje con la interpretación correcta.

Así, Umberto Eco, en «Los límites de la interpretación» (1992) exponía que: «Desde cierto punto de vista, cualquier cosa tiene relaciones de analogía, contigüidad y semejanza con todo lo demás. Podríamos llevar este hecho hasta el límite y afirmar que existe una relación entre el adverbio “mientras” y el nombre “cocodrilo” porque —como mínimo— ambos aparecen en la frase que acabo de decir. Pero la diferencia entre la interpretación sana y la interpretación paranoica radica en reconocer que esta relación es mínima y no, al revés, deducir de este mínimo lo máximo posible».

En cierta ocasión conocí de primera mano, un asunto en que se sancionaba por un Ayuntamiento a un individuo porque había arrojado escombros en una zona verde, donde el cartel decía: «Se prohibe arrojar basura». Todo el pleito giraba en torno a la falta de tipicidad pues a juicio del demandante, «los escombros no encajan en el concepto de basura de la Real Academia», y tampoco había «arrojado» los escombros (pues los había «depositado«, lo que era muy distinto); añadía que tampoco el cartel, ni la Ordenanza que lo amparaba precisaban el perímetro del parque en que estaba prohibido ni se indicaba el horario de tal prohibición. La demanda se acompañaba de un informe de un filólogo sobre el sentido de las palabras, pese a lo cual bien creo que el lector sabrá pronosticar el fallo judicial. Y es que, nunca mejor dicho, hay «pleitos-basura»… creo que saben de qué hablo.

En fin, la Justicia podrá no ver por los ojos vendados, y tendrá que ser tremendamente generosa y flexible con el derecho de acudir a los tribunales, pero nota cuando le toman el pelo.

Fuente: delajusticia.com 02.01.2026


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