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Canarias crea una nueva figura en sus juzgados para evitar que personas con discapacidad y mayores se sientan perdidos

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(@Ramón J.)
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El Gobierno autonómico implementará la figura del facilitador de apoyo en sedes judiciales y fiscales, una persona que asistirá y acompañará a isleños con discapacidad y mayores de 75 años en sus trámites judiciales

La inclusión debe llegar a cada rincón del Archipiélago y los tribunales no serán una excepción. Para avanzar hacia una sociedad sin barreras –ni físicas ni de comprensión–, el Gobierno de Canarias aprobó este lunes un decreto con el que quiere incorporar una nueva figura en el ámbito de la justicia: la persona facilitadora de apoyo. Este profesional acompañará a isleños con discapacidad y a mayores de 75 años para que no se sientan perdidos cuando acudan, por cualquier procedimiento, a sedes judiciales y fiscales.

Estos colectivos, especialmente vulnerables, sí que podían asistir junto a un familiar, un amigo o cualquier otro acompañante, pero esto no siempre era una garantía de que la persona entendiera todo lo que ocurre en la sala. Con la intención de que no se vuelvan a producir situaciones de este tipo, se ha creado una nueva figura, la del facilitador de apoyo, que hará que los procesos y las actuaciones judiciales sean accesibles para todos los canarios.

La aprobación del decreto en Consejo de Gobierno supone un gran paso, pero no será una realidad en los tribunales de las Islas hasta que el Consejo Consultivo dé luz verde y se apruebe de forma definitiva. Eso sí, una vez entre en vigor, se establecerá un registro que funcionará de manera muy similar al turno de oficio de los abogados, es decir, que el ciudadano tendrá acceso gratuito y será la Administración la que pague a los profesionales por servicio prestado.

Una garantía para las dos partes

La consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, Nieves Lady Barreto, señala que muchos jueces le habían trasladado que sentían impotencia cuando se sentaba delante una persona mayor o con discapacidad y se daban cuenta de que no estaban entendiendo nada. "Este apoyo no solo nos asegura a nosotros, como Administración, que estos usuarios entienden lo que se dice y que pueden expresan todo lo que quieran transmitirnos, sino que además se les quita un peso importante a jueces y fiscales", argumenta.

La consejera subraya que no se trata de una figura nueva. De hecho, la Organización de Naciones Unidas (ONU) la recogió hace un tiempo en una de sus declaraciones. Sin embargo –explica Barreto– el derecho español no lo recogió hasta 2021. Hasta el momento, la Comunidad de Madrid es la única región que ya cuenta con este servicio.

¿Quién puede solicitarlo?

En Canarias los mayores también puede disfrutar de esta asistencia –pensada en un primer momento para personas con discapacidad– si así lo solicitan o si el juez lo considera. "Solo el hecho de estar en el juzgado ya produce cierto estrés, pero en el caso de las personas mayores las dificultades son aún más notables", detalla.

En ningún caso esta persona actuará como un abogado o hablará en nombre del destinatario, ni del sistema de justicia. Tampoco influirá en la toma de decisiones o en los resultados. Su función, según recoge el decreto, será la de informar, diseñar y facilitar, tanto a los profesionales de la justicia implicados, como a las personas involucradas en el proceso.

¿Quién puede serlo?

Esta nueva norma regula, entre otras cuestiones, los requisitos, las actuaciones a realizar por la persona de apoyo y la manera de designar al personal. Para poder ejercer este servicio, es necesario estar en posesión de una titulación o un grado en educación social, logopedia, psicología, terapia ocupacional, trabajo social, pedagogía, psicopedagogía y criminología.

Además, detalla el documento, tiene que contar con la cualificación profesional específica necesaria, obtenida por alguna de las siguientes vías: certificado de haber cursado una formación en donde se acredite un mínimo de 200 horas específicas en atención a personas con discapacidad, estar en posesión de un título acreditativo de personal facilitador de apoyo en procesos judiciales o acreditar una experiencia laboral mínima de un año en centros o entidades dedicadas a la prestación de servicios de atención a estos colectivos vulnerables.

Otro requisito sine qua non es carecer de antecedentes penales en el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. Asimismo, se exige estar inscritos en el Registro administrativo canario de personal facilitador.

Para aquellos casos en los que la persona con discapacidad sea menor de edad, quien actúe como facilitador debe reunir todo lo mencionado con anterioridad y, además, tiene que estar en posesión de cursos de formación específica en atención a la infancia y adolescencia, con una duración mínima de 60 horas.

Formación en universidades

La consejera desvela que empezarán a trabajar con las universidades públicas –la de La Laguna y la de Las Palmas de Gran Canaria– para que incorporen a su oferta formativa un curso específico que prepare a los profesionales en esta materia. El personal del registro, por tanto, será provisional durante los primeros meses después de su puesta en marcha. «Aunque de momento vamos a tirar con psicólogos, pedagogos y otros profesionales, lo que queremos es que la gente que entre en un futuro al registro definitivo pase primero por la formación especializada», sostiene.

Fuente: eldia.es 26.03.2026


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