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¿Qué va a pasar ahora con los interinos en España? El Gobierno dice que es un problema de las CCAA que es donde reside el abuso de temporalidad en lo público

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(@Ramón J.)
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El Tribunal Supremo indicó que solo serán fijos quienes superaron una prueba selectiva. Mientras tanto, Función Pública se escudó en que la tasa de eventualidad autonómica roza el 40%, frente al 4,7% de la Administración General del Estado

El Pleno de la Sala Social del Tribunal Supremo dictó ayer una sentencia que fija el criterio determinante para el futuro de miles de empleados públicos en España estableciendo que solo podrán consolidar su condición de trabajadores fijos aquellos interinos que, habiendo sufrido un abuso de temporalidad en sus contratos, hubieran superado previamente una prueba selectiva para acceder a un empleo indefinido, aunque en su momento no obtuvieran plaza. Con esta resolución, el Supremo pone fin a las aspiraciones de miles de trabajadores que esperaban que su relación laboral se declarara fija de forma automática.

En la sentencia, el tribunal argumentó que la contratación temporal sin haber superado un procedimiento sujeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad no permite adquirir la fijeza como consecuencia directa del abuso "porque se vulnerarían la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público y se impediría el acceso al empleo".

Ante esto, la presión sobre el Ejecutivo generó una reacción inmediata en la que buscaron deslindar responsabilidades en las administraciones autonómas. El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, a cargo de Óscar López, indicó que la resolución del Supremo "no supone ninguna innovación" y que el problema del exceso de temporalidad no es estatal, sino que se concentra especialmente en las Comunidades Autónomas, donde la tasa de empleados eventuales, según sus datos, alcanza el 40%. Por el contrario, en la Administración General del Estado se sitúa en el 4,7%, ajustándose a los límites

En cuanto al volumen de empleados que podrían beneficiarse de esta medida, según Comisiones Obrerano existe una cifra exacta que dimensione a un colectivo tan heterogéneo, lo que anticipa una tarea sumamente compleja para determinar cuántos trabajadores ostentan realmente la condición de 'indefinido no fijo' con derecho a consolidar su plaza.

En concreto, todo trabajador que no pueda consolidar su cargo como fijo debido a la falta de superación de un proceso selectivo completo y la correspondiente ratificación judicial tiene, según el tribunal, acceso a una vía indemnizatoria.

Esta indemnización se calcula según los criterios de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. En concreto, el Supremo establece una compensación por daños morales que oscila entre los 1.000 y los 10.000 euros, cuantía que busca penalizar la desprotección del trabajador. A esta cifra se le sumará, en caso el cese efectivo de la relación laboral, una indemnización de 20 días por año trabajado.

El Alto Tribunal dictó su fallo citando precedentes como el "caso Obadal", donde el TJUE ya advirtió a España de que su normativa carecía de medidas para prevenir y sancionar la temporalidad abusiva, y donde el Supremo ya se vio forzado a considerar "injustificadamente largos" los contratos de interinidad superiores a tres años.

Fuente: elmundo.es 13.05.2026


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