La agenda laboral del sector público encara la legislatura que arranca con asuntos estructurales de gran calado sin cerrar.
El empleo público español afronta septiembre con la nómina resuelta, pero con varios frentes estructurales todavía sin cerrar. Más allá de la subida salarial pactada hasta 2028, la Administración se enfrenta a una ola de jubilaciones sin precedentes mientras encara una sentencia del Tribunal Supremo que reordena el litigio sobre los interinos.
A un modelo de acceso al empleo público que muchos consideran insuficiente para renovar la plantilla al ritmo que exige la próxima década debe sumarse la tarea de agilizar el proceso de la jubilación parcial, bloqueado durante un año. Asuntos de gran calado que marcarán la agenda laboral del sector público en el curso que arranca.
La generación más masiva entra en edad de jubilarse
La generación que accedió de forma masiva a la función pública en los ochenta y noventa se aproxima ahora, de manera simultánea, a la jubilación. Más de la mitad de los funcionarios del Estado supera ya los 50 años. De ahí que las ofertas de empleo público se hayan convertido en pieza clave para garantizar la continuidad de servicios esenciales.
El desequilibrio se arrastra desde hace más de una década. Las bajas por jubilación duplican las altas por oposiciones desde 2013. Según los datos manejados para la Oferta de Empleo Público de 2026, se prevé que más de 60.000 efectivos se retiren en los próximos años, con el pico concentrado entre 2026 y 2030.
La Administración ha reaccionado acelerando convocatorias. El 10 de junio, el BOE publicó más de 2.200 nuevas plazas para la Administración General del Estado. Desde 2024, el Gobierno adelanta las ofertas para evitar el "tapón" de jubilaciones masivas, una estrategia reforzada por la presión de los fondos europeos del Plan de Recuperación, que exigen cubrir ciertas plazas en plazos concretos.
El fenómeno no es exclusivo del Estado. La Agencia Tributaria ya advertía en su Plan Estratégico 2024-2027 de la necesidad de reforzar su plantilla para paliar las jubilaciones futuras. En Correos, más de 9.000 trabajadores podrán solicitar su salida voluntaria si cumplen 61 años antes de 2028.
El desbloqueo de la jubilación parcial
Dentro de ese mismo frente demográfico se ha resuelto en 2026 un problema que llevaba más de un año paralizado y que tiene que ver con el acceso a la jubilación parcial anticipada.
El Real Decreto-ley 11/2024, en vigor desde abril de 2025, exigía que el trabajador que se jubilara parcialmente fuera sustituido por un relevista fijo e indefinido a jornada completa. Esto supone un requisito casi inviable en la Administración, donde toda contratación fija pasa por procesos selectivos que se miden en meses o años. El resultado fue que miles de solicitudes quedaron bloqueadas de facto.
Para solicionarlo, el Consejo de Ministros aprobó el pasado junio un nuevo real decreto-ley que desbloquea la situación para el personal laboral. Según establece, cuando la Administración tiene ya una oferta de empleo que cubre esa jubilación, contratará directamente a un relevista fijo; cuando no puede hacerlo a tiempo, podrá recurrir a un contrato temporal puente que se extinguirá, como máximo, al término del segundo año posterior a la jubilación parcial.
Una disposición transitoria fija además el 1 de abril de 2027 como plazo para agilizar los expedientes paralizados. La Oferta de Empleo Público de 2026 ya reserva 854 plazas específicas para personal relevista fijo, y sindicatos como CSIF han impulsado en la Mesa Sectorial un compromiso para tramitar estos procesos con carácter prioritario.
La temporalidad, un problema que la ley no termina de solucionar
El segundo gran frente es jurídico y lleva años enquistado. La Ley 20/2021 nació con el objetivo de bajar la tasa de interinidad por debajo del 8% en todas las administraciones. Un reto ambicioso si setiene en cuenta que la realidad de partida en algunos sectores superaba el 30%, muy por encima de la media europea (10%-12%).
E en 2026 el proceso de estabilización ha convertido en funcionarios de carrera a cientos de miles de interinos mediante concursos de méritos y concursos-oposición simplificados. Pero quedan flecos, principalmente en administraciones locales pequeñas y organismos autónomos .
A ese frente se ha sumado la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE conocida como "Obadal" (14 de abril de 2026), que consideró insuficientes las medidas españolas para sancionar el abuso de la temporalidad. Un mes después, el 11 de mayo, el Tribunal Supremo dictó una sentencia que unifica la doctrina aplicable a los más de 800.000 empleados públicos temporales del país.
El fallo cierra la puerta a la fijeza automática para quienes no hayan superado un proceso selectivo equivalente al de acceso definitivo, respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad. Pero abre dos vías de reparación. Reconoce la conversión en fijos de los interinos que aprobaron una oposición sin obtener plaza, y habilita una indemnización de hasta 10.000 euros para quienes hayan sufrido un uso abusivo de la temporalidad sin cumplir ese requisito.
El asunto sigue además bajo supervisión europea. La Comisión remitió en abril un dictamen motivado a España por la protección insuficiente frente al abuso de las relaciones temporales sucesivas, con un plazo para adoptar medidas antes de que el caso pueda acabar de nuevo en el Tribunal de Justicia de la UE.
Fuente: www.businessinsider.es 04.09.2026
