El Tribunal de Justicia de la UE deja la puerta abierta a la conversión a de eventuales a fijos, indemnizaciones más altas o procesos específicos de estabilización
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado finalmente este martes sobre cómo debería compensar la legislación española el abuso en el encadenamiento de contratos por parte de los trabajadores temporales de las administraciones públicas. Según el fallo emitido, y que da respuesta a las dudas planteadas por el Tribunal Supremo español ante un caso de abuso de temporalidad por parte de una trabajadora que era personal laboral, el TJUE ha sentenciado que las medidas que aplica España para compensar el abuso de la temporalidad “no parecen permitir sancionar debidamente esta utilización abusiva ni eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión”. De esta forma, el TJUE insta a España y, en concreto al Tribunal Supremo, a que determine otras vías sancionadoras para compensar este abuso, dejando así la puerta abierta a la reivindicación de miles de empleados públicos temporales que ya están reclamando su fijeza en los juzgados.
El tribunal europeo concreta que ninguno de los mecanismos de la legislación española son suficientes para compensar a los trabajadores que encadenan contratos. Así, a la justicia europea no le valen “la transformación de estos contratos en una relación laboral indefinida no fija; el pago de indemnizaciones al trabajador en el momento de la extinción de la relación laboral; el régimen de responsabilidad de las Administraciones Públicas y la convocatoria de procesos selectivos que tienen en cuenta la experiencia anterior del trabajador y el tiempo de servicio dedicado por este al desarrollo de sus tareas”.
De esta manera, el TJUE señala que el marco normativo español nocumple con la directiva comunitaria sobre empleo temporal en el caso de la regulación laboral de los empleados públicos, que en muchos casos se trata de interinos que entraron para compensar los recortes presupuestarios que limitaron la contratación en las administraciones en los años que siguieron a la crisis financiera y que han encadenado contratos eventuales durante décadas incluso.
El fallo conocido este martes era esperado por cientos de miles de trabajadores públicos que son funcionarios interinos o personal laboral (temporales, indefinidos e indefinidos no fijos), y que podrían superar el medio millón. Miles de ellos ya han llevado su caso a los tribunales por abuso de temporalidad o piensan llevarlo. Ahora habrá que ver si, como resultado de esta sentencia y de esa doctrina, el Gobierno estaría o no obligado a cambiar la ley para atajar la excesiva temporalidad del empleo público que afecta a uno de cada tres trabajadores de las administraciones (el 32%), fundamentalmente en los ámbitos autonómico y local.
La falta de un compensación adecuada para los temporales por los abusos sufridos por la Administración española ha tenido un papel en el plan de recuperación español. Las diferentes reformas y regularizaciones que hizo el Ejecutivo hace unos años formaban parte de los compromisos que Madrid había asumido con Bruselas y supusieron la llegada de dinero correspondiente a este fondo. Pero después llegó una sentencia del TJUE señalando que no bastaba, que todo lo hecho por el Gobierno seguía quedándose corto.
Aquel falló forzó a la Comisión a desdecirse, es decir, a revertir la decisión ya tomada de dar por cumplido un compromiso del plan de recuperación y reclamar la devolución el dinero desembolsado. Eso sucedió en el verano del año pasado. Aprovechando el quinto pago del plan, Bruselas congeló la entrega de 626 millones de euros correspondientes a esta reforma, que todavía no ha sido aprobada. Además, es muy probable que España no acabe sacando adelante una reforma como la que demanda el TJUE y dé por perdido ese dinero, puesto que probablemente la compensación requerida precisara de más dinero que el que se pueda perder al final.
Fuente: elpais.com 14.04.2026
