El Tribunal de Justicia Europeo reprochó que no se está reduciendo la temporalidad en la Administración y el ministro de Función Pública respondió que lo tienen que regular los tribunales
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado febrero criticó el abuso que supone el alto número de funcionarios de la Administración Pública que siguen siendo interinos, e instó a hacerlos fijos, pero el ministro de Función Pública, José Luís Escrivá, pidió esperar a que los tribunales españoles interpretaran la directiva.
En su opinión, la resolución del TJUE se refería a “unos casos muy concretos”, y trasladaba de una forma “clara” a los tribunales españoles la toma de decisiones finales.
Sin embargo, varios magistrados manifestaron su rechazo a las declaraciones del ministro.
“No han hecho nada”
El juez de lo Contencioso de Madrid Francisco Pleite de Guadamillas ha declarado a Confidencial Digital que es al Legislador al que le corresponde “poner coto al abuso de temporalidad” que la sentencia del TJUE pone de manifiesto.
“Las autoridades nacionales no han hecho nada eficaz, en los términos de la sentencia, para reducir la temporalidad”, ha añadido.
El magistrado de lo Social Domingo Sánchez Puerta recuerda que hasta ahora ha habido más de diez resoluciones del Tribunal Europeo sobre este tema, por lo que, en este contexto, “sí que sería útil una regulación por parte de a quién le corresponda”.
Tres litigios
El Acuerdo Marco para una Administración del Siglo XXI incluye, entre los requisitos, recogidos en la cláusula 5, medidas como establecer un plazo máximo en la duración de los contratos temporales o especificar un máximo de veces que estos se pueden renovar.
La sentencia del TJUE de febrero da respuesta a una cuestión que planteó el Tribunal Superior de Justicia de Madrid con relación a tres litigios diferentes presentados por trabajadores de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, de la UNED y de la Agencia Madrileña de Atención Social.
El Gobierno no convoca plazas
En los últimos años, el Gobierno ha creado dentro de la Administración la figura del indefinido no fijo, que otorga una estabilidad temporal al trabajador hasta que se convoque una plaza para cubrir esa vacante. Y prometió implantar los procesos de estabilización, es decir, una convocación de plazas masiva a través de concurso-oposición, en el que se valoran también los méritos.
Para el TJUE, estas medidas “no son suficientemente efectivas para castigar el abuso”. Y critica que España no convoca plazas con frecuencia y que los plazos “no se respetan”.
‘Castigando’ a la Administración
De hecho, la sentencia hasta reprocha al legislador español sobre los procesos de estabilización porque, además de que el resultado es “incierto”, las oposiciones están abiertas, en general, también para el resto de funcionarios, es decir, los candidatos que no han sido víctimas del abuso de la Administración.
A ese respecto, los tribunales han venido “castigando” en sus sentencias al Estado por la temporalidad. Los magistrados, aunque desestimaban las peticiones para hacerles fijos, sí que han ido condenando al Estado a pagar una indemnización de 20 días por año a estos funcionarios interinos o trabajadores.
El TJUE, sin embargo, es igual de crítico que con las medidas anteriores y lo desaprueba.
Los juzgados han empezado a aplicar la sentencia
En todo caso, desde que se conoció la decisión del TJUE, el pasado 22 de febrero, ya hay al menos dos juzgados que han empezado a aplicarla y han declarado fijos a los trabajadores. Y es que la sentencia afirma que “la conversión de estos contratos en una relación laboral de duración indefinida podría constituir tal medida”.
El primero de ellos fue el Juzgado de lo Social número 25 de Madrid, que falló a favor de una trabajadora de Telemadrid. En los últimos seis años llegó a encadenar cinco contratos por obra o servicio o eventuales con el medio público, y el magistrado la hizo fija.
El otro caso ha sido del Juzgado de lo Social número 14 de Sevilla, que ha declarado fija a una empleada de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional que prestaba servicios como ordenanza en un instituto de Sevilla desde hacía 14 años con un contrato de interinidad.
Fijar jurisprudencia
Esas dos sentencias son pioneras y muchos funcionarios y juristas las han aclamado. Sin embargo, cabe recordar que no son firmes y se pueden recurrir a instancias superiores. Como recuerda el magistrado Pleite de Guadamillas, es al Tribunal Supremo y al Constitucional a quienes les correspondería dictar nueva jurisprudencia, si así lo consideran.
El magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Asturias José Ramón Chaves asegura en su blog, delajusticia.com, que la Sala contencioso-administrativa del Supremo fijó en 2018 un criterio uniforme al respecto, en el que especifica que “no procede la conversión del interino en funcionario de carrera” porque no respetaría los principios de igualdad, mérito y capacidad que recoge la Constitución.
El Supremo devuelve la pelota al TJUE
Este jueves precisamente, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo anunció que iba a iniciar los trámites para preguntar al TJUE acerca de “algunas dudas suscitadas”, tras el análisis de la sentencia, respecto a convertir a los interinos en funcionarios de carrera.
El Pleno planteará la cuestión prejudicial para conocer de qué manera pueden hacer fijos a los interinos de larga duración, según las normas españolas que garantizan el acceso al empleo público conforme a los principios mencionados.
“Debemos ser prudentes y esperar a que se cierre este nuevo capítulo que ha abierto el Supremo”, apunta Domingo Sánchez Puerta, quien añade que, con una interpretación favorable, ya se podría hacer fijos a los interinos.
No obstante, Francisco Pleite de Guadamillas sostiene que “quien incumple el derecho de la UE es el Legislador. Los jueces pueden sancionar a la Administración, pero ellos no son los que dictan las leyes”.
Se pueden paralizar los procedimientos
Por toda España se están planteando miles de litigios respecto a las reclamaciones de fijeza a la Administración, no solo por parte de los funcionarios interinos, sino también de personal laboral que lleva encadenando contratos temporales durante décadas.
El planteamiento de la cuestión prejudicial el TJUE podría suponer la paralización de todos estos asuntos en los tribunales hasta que Europa emita una nueva sentencia, la cual podría tardar otros dos años, como ha ocurrido con esta última resolución, que fue planteada por el TSJM entre finales de 2021 y principios de 2022.
Fuente: elconfidencialdigital.com 09.03.2024