Primeros pasos hacia la conversión masiva de interinos a fijos en sanidad

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Fuente: redacciónmédica de fecha 7 enero 2022 enlace

Los ejecutivos regionales buscan soluciones a un proceso que amenaza con enquistarse a lo largo del 2022

Hace dos semanas desde que el Senado aprobó el Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, por la que se permitirá a los interinos en sanidad que lleven cinco años ocupando la misma plaza mantener dicho puesto sin tener que pasar por una Oferta Pública de Empleo (OPE). Sin embargo, aún no se ha despejado la incertidumbre que esta nueva norma ha suscitado en el ámbito sanitario respecto a cómo a quien se aplicará.

Es por eso que las comunidades autónomas decidieron suspender cautelarmente cualquier OPE de estabilización del empleo ante las dudas que la nueva ley presentaba sobre la mesa y ante el riesgo de una ‘judicialización’ de todos los procesos en marcha. Sin embargo, los gobiernos regionales han dejado de esperar y han comenzado a dar los primeros pasos, según ha podido comprobar Redacción Médica, para dar salida a una situación que puede acabar enquistándose por todo el año 2022 y mientras aún no se ha constituido el texto definitivo de la ley.


Sanidad, un ámbito ‘delicado’ de legislar

La Comunidad de Madrid también se ha puesto el mono de trabajo y ya está manos a la obra, si bien aún los avances que se han realizado hasta la fecha para la aplicación de la Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público son muy prematuro.

El desarrollo legislativo necesario para la aplicación de esta ley se está realizando bajo el paraguas de la Ley de medidas urgentes para impulsar la actividad económica y la modernización de la Administración de la región, conocida como Ley Ómnibus. Esta pretende actuar sobre 45 textos normativos, incluyendo 34 leyes, 3 decretos legislativos, 4 nuevas regulaciones de rango legal y 4 decretos, entre los que se encuentra la ley para reducir la temporalidad.

Fuentes de la Comunidad reconocen a este diario que aterrizar esta nueva ley en el ámbito de la Sanidad es la cuestión que más esfuerzos está desviando por la complejidad del proceso. “La de Sanidad es la parte más mollar de este ámbito”, subrayan las mismas voces.


Primeros pasos a la espera del texto definitivo

Mientras, desde Castilla y León también se ha comenzado a avanzar. La actividad normativa se está realizando de manera centralizada desde la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Presidencia, en coordinación entre los distintos servicios jurídicos de las distintas Consejerías y de la Mesa Sectorial general, “y a la espera de cómo quede el texto definitivo”.

El Gobierno de La Rioja es otro de los que se ha posicionado al respecto. En esta región, “se está trabajando ya para empezar a negociar los procesos”. “No tenemos que esperar ninguna indicación más, salvo la coordinación que se hará desde la Comisión de Seguimiento del Empleo Público”, aseguran. Por el contrario, en la Región de Murcia destacan que “se está a la espera de su desarrollo por parte del gobierno central” para acometer los primeros cambios.


El SAS reinicia las OPE para reducir la temporalidad

Es el caso de Andalucía, una de las comunidades que ha tomado posiciones de vanguardia en este avance hacia la reducción de la temporalidad en el empleo público. Aquí, el Consejo de Gobierno ha aprobado una oferta extraordinaria de empleo público para el Servicio Andaluz de Salud (SAS) y las agencias sanitarias para la estabilización de 14.418 plazas ocupadas por personal temporal.

Se da así respuesta al Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, que autoriza una tasa adicional para la estabilización de empleo temporal que incluirá las plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.

Una vez aprobado el decreto de la oferta extraordinaria, y dentro de los plazos que marca la legislación del Estatuto Básico del Empleado Público, se aprobarán las diferentes convocatorias.


Compesación económica por la interinidad en sanidad

Asimismo, la normativa endurece la duración máxima del nombramiento del personal interino, como medida preventiva para evitar un uso abusivo de esta figura para ejercer funciones de carácter permanente o estructural, de forma que establece que se podrá ser interino durante un máximo de tres años.

Y, si se incumple este plazo máximo, habrá una compensación económica para el personal temporal, “que será equivalente a veinte días de sus retribuciones fijas por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año, hasta un máximo de doce mensualidades”.

El objetivo de la reforma es situar la tasa de temporalidad estructural por debajo del 8 por ciento en el conjunto de las administraciones públicas españolas, actuando la reforma en tres dimensiones: adopción de medidas inmediatas para remediar la elevada temporalidad existente, articulación de medidas eficaces para prevenir y sancionar el abuso y el fraude en la temporalidad a futuro y, por último, potenciación de la adopción de herramientas y una cultura de la planificación para una mejor gestión de los recursos humanos.


Indemnización de 20 días por año

Las plazas que hayan estado ocupadas con carácter temporal de manera ininterrumpida desde antes del 1 de enero de 2016 se convocarán por el sistema de concurso de manera excepcional. Esto significa que las plazas estructurales que lleven al menos cinco años ocupadas por un interino, así como las ocupadas por personas interinas que lleven más de cinco años empleadas, se convocarán a través de este proceso extraordinario para su estabilización.

El personal interino que no supere este proceso selectivo tendrá derecho a una indemnización de veinte días por año trabajado hasta un máximo de doce meses. Estas personas también se incorporarán a una bolsa de empleo específica.

Aunque pueda contener afirmaciones, datos o apuntes procedentes de instituciones o profesionales sanitarios, la información contenida en Redacción Médica está editada y elaborada por periodistas. Recomendamos al lector que cualquier duda relacionada con la salud sea consultada con un profesional del ámbito sanitario.

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