La Ley de Universidades obligará a hacer fijos a 25.000 profesores temporales

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  • Exige reducir del 40% al 8% el volumen de contratos de duración determinada
  • La norma da más peso a las CCAA para fijar el precio de las primeras matrículas

La nueva Ley del Sistema Universitario (LOSU) obligará a las entidades públicas de enseñanza a contratar a los más de 25.000 docentes temporales de forma indefinida con el objetivo de “dignificar” las condiciones laborales de los funcionarios, según el texto, que saldrán beneficiados y gozarán de mayor estabilidad, reconocimiento de antigüedad y tendrán acceso a las indemnizaciones por despido. Al mismo tiempo, la norma no solo pretende dotar a los funcionarios de un contrato indefinido, sino también persigue que “el profesorado funcionariado sea mayoritario, computado en equivalencias a tiempo completo“, según recoge el texto. 

La norma, que entrará en vigor el próximo 12 de abril, solo permitirá a las universidades a contratar temporalmente al 8% de los profesores asociados al centro educativo, frente al anterior 40% que reseñaba la pasada Ley Orgánica Universitaria (LOU).

Esta medida tiene como objetivo reducir la precariedad y garantizar una mayor estabilidad laboral para los funcionarios de sueldos más bajos, a excepción de los profesores de Ciencias de la Salud y el profesorado ayudante doctor, que quedan excluidos en la aplicación de esta norma.

Asimismo, la jornada de los trabajadores también se verá reducida. Desde la entrada en vigor de la norma, los docentes trabajarán un máximo de 240 horas y un mínimo de 120 horas al año, tampoco podrán realizar tareas de gestión ni de coordinación, por lo que la carga de trabajo de los funcionarios se verá más reducida suprimiendo sus funciones laborales. 

Aunque la norma prevé eliminar la “precariedad” laboral de los funcionarios docentes, desde Comisiones Obreras (CCOO) apuntan que la norma solo menciona que se contratarán más profesores indefinidos, pero no especifica “de qué manera y cómo van a financiar la contratación de estos profesores”, unos motivos que despiertan la incertidumbre y  preocupación en la aplicación de esta legislativa.

‘Tope’ al precio universitario

Como novedad, la LOSU ha estipulado una “tasa tope” a las primeras matrículas universitarias para facilitar la entrada a las enseñanzas universitarias. A partir de segundas matrículas, las CCAA tendrán la potestad para estipular el precio para acceder a la carrera universitaria, pero que nunca podrá superar esa cuantía y solamente podrá igualarse, o bien, reducirse. 

La Federación de la Enseñanza, en declaraciones a este periódico, considera que se ha estipulado un precio a la baja, pero esa operación se ejemplifica en la subida de los costes de financiación que supondrá un mayor gasto para las familias.

Para la financiación de los centros de enseñanza, el texto marca una financiación pública mínima del 1% del PIB de cara a 2030, frente a la actual 0,7%. Desde el Ministerio de Universidades apuntan que, con esta medida, se pretende potenciar el sistema educativo del país y equipararse al resto de sistemas europeos.

Sin embargo, al tratarse de un porcentaje mínimo, las Comunidades Autónomas también podrán fijar el coste de financiación para el mantenimiento del sistema educativo, ante la diferencia que supone estudiar en las distintas autonomías según su prestigio, reconocimiento o calidad de vida.

Fuente: elconomista.es

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