La lucha contra la temporalidad encarece 24.000 contratos al mes

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Fuente: El Día de fecha 18 de febrero de 2022 enlace

‘Castigo’ a las empresas que abusen de los convenios de muy corta duración | Pagarán 26 euros extras por cada baja de un acuerdo de menos de 30 días.

La reforma o contrarreforma laboral del Gobierno bipartito, consensuada con la patronal y los sindicatos, sube el coste empresarial de los contratos de muy corta duración, es decir, los de menos de un mes. Las firmas que contraten trabajadores por debajo de los 30 días tendrán un recargo extra en la cotización a la Seguridad Social. Y no son precisamente pocos los convenios de este tipo que se firman en Canarias. Más bien al contrario: antes del estallido de la crisis de la covid-19 se suscribía en el Archipiélago una media mensual de alrededor de 24.000 contratos de muy corta duración. Es verdad que esta cifra se redujo el año pasado –el último con la normativa de 2012 en vigor– hasta unos 14.000, pero no porque se consiguiera aminorar la alta temporalidad del mercado de trabajo, sino porque aún no se ha superado del todo la crisis del coronavirus –lo que no ocurrirá hasta que se recupere el volumen de turistas prepandemia– y porque, en definitiva, las empresas están contratando menos.

La penalización es mayor cuanto más recurre la empresa a los contratos hipertemporales

Reducir la temporalidad de los asalariados fue una de las órdenes que Bruselas le dio a España antes del reparto de la lluvia de millones de los fondos extraordinarios para la reconstrucción económica. Y la lucha contra la temporalidad tiene su primer estadio en la lucha contra la hipertemporalidad, esa que sufren los trabajadores que encadenan, uno detrás de otro, contratos de muy corta duración. La propia ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ya avisó a las empresas que el efecto viernes había pasado a la historia, eso de dar de baja al asalariado durante el fin de semana para volver a incorporarlo el lunes. La Unión Europea llevaba años advirtiendo a España que debía adoptar medidas para atajar este tipo de prácticas laborales –rayanas con el fraude– y al final ha sido la zanahoria de los fondos extraordinarios, en lugar de los palos anteriores, la que le ha puesto las pilas al Gobierno central.

En Canarias, según los datos suministrados por el Servicio de Empleo Público Estatal –el SEPE, el antiguo Inem–, se suscribió en 2019, el último año antes del estallido de la pandemia, un total de, exactamente, 290.073 contratos de muy corta duración, esto es, de menos de 30 días. Con la reforma laboral, esos casi 300.000 convenios pasan a estar penalizados. ¿Cómo? Encareciendo su coste para las empresas. En adelante, las entidades que den de baja en la Seguridad Social a un asalariado temporal que haya permanecido en nómina menos de un mes pagarán un recargo en las cotizaciones de 26 euros. De 26 euros, cabe insistir, por cada baja. Esto quiere decir que la penalización será de 26 euros si se da de baja a un empleado tras un contrato de, por ejemplo, diez días; pero si la empresa cubre ese mismo tiempo con dos contrataciones de cinco días, el recargo será entonces de 52 euros. En otras palabras: la penalización es creciente. Se trata de una medida contra la hipertemporalidad introducida a iniciativa del ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, quien durante su etapa al frente de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) ya abordó este problema del mercado de trabajo español –y canario por extensión– en distintos informes. En última instancia, la idea es que el castigo sea más severo cuanto más abuse la empresa de los contratos de muy corta duración.

Los negocios del Archipiélago firman cada año una media de 46.000 acuerdos de menos de 7 días

Hay que tener en cuenta, no obstante, que dentro de este tipo de acuerdo laboral hay una parte considerable que ya no es que sea de muy corta duración, sino que directamente es de muy muy corta duración. De esos 290.073 contratos de menos de 30 días firmados en 2019 en la Comunidad Autónoma, hasta 46.321 tuvieron una duración de, como máximo, una semana. Son el principal exponente de la hipertemporalidad que caracteriza el mercado de trabajo nacional –y regional–, si bien hay que puntualizar que no en todos los casos, ni mucho menos, hay detrás una irregularidad o una práctica poco ética. De hecho, entre los empresarios del Archipiélago, en concreto entre aquellos de sectores como los de la restauración y el ocio, existe cierto malestar, ya que al final pagarán justos por pecadores. No en vano, muchos de esos negocios necesitan en ocasiones contratar a un camarero o a un disc jockey por uno o por unos pocos días, contrataciones que ahora se les encarecen. Además, hay que recordar que el Gobierno estatal ya endureció a finales de 2018 las condiciones de los convenios laborales de muy muy corta duración, en aquel momento los de menos de cinco días. Entonces el incremento de la cotización por este tipo de acuerdo pasó del 36 al 40%.

Sin embargo, en Madrid no han quedado del todo satisfechos con los efectos de aquella medida, de ahí que le hayan dado una vuelta de tuerca. «Los contratos de duración determinada inferior a 30 días tendrán una cotización adicional a cargo del empresario a la finalización del mismo; se calculará multiplicando por tres la cuota resultante de aplicar a la base mínima diaria de cotización del grupo 8 del Régimen General de la Seguridad Social para contingencias comunes el tipo general de cotización a cargo de la empresa para la cobertura de las contingencias comunes», reza la ley. Esta fórmula es la que da como resultado esos 26 euros. Las únicas excepciones son las de los asalariados del sistema agrario; la minería del carbón; los empleados de hogar; y los contratos de interinidad. Estos últimos suponen menos de un 6% de todos los de muy corta duración.

La temporalidad en la región (290.073)

Muy corta duración

  • En 2019, el último año antes del estallido de la pandemia de coronavirus y aún con la normativa de 2012 en vigor, empresas y trabajadores de la Comunidad Autónoma suscribieron un total de, exactamente, 290.073 contratos de muy corta duración, es decir, de menos de 30 días. Son una media mensual de algo más de 24.000.

46.321

Muy muy corta duración

  • De aquellos 290.073 acuerdos laborales de muy corta duración firmados en el Archipiélago en 2019, hasta 46.321 fueron de un máximo de siete días. Muchos de ellos de apenas uno o un par de días. Este tipo de convenio es el principal exponente de la hipertemporalidad que caracteriza el mercado de trabajo tanto en España como en el Archipiélago.

26 EUROS

Penalización

  • La reforma o contrarreforma laboral del Gobierno de PSOE y Podemos, consensuada con la patronal y los sindicatos, establece una penalización, un sobrecoste en la cotización a la Seguridad Social, para las empresas que echen mano de los contratos de muy corta duración. Cada baja de un convenio de este tipo se grava a partir de ahora con 26 euros extras.

6% Interinidad

  • Los contratos de sustitución o de interinidad son la única excepción -la única de cierto peso- a la penalización a la temporalidad, pero este tipo de acuerdo apenas representa menos de un 6% de los contratos de muy corta duración en las Islas.
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