¿Cuánto tiempo se puede ser funcionario interino? La leyes se contradicen

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Fuente: Noticias Trabajo de fecha 20 de diciembre 2021 enlace

El proyecto de Ley pide a los funcionarios interinos 5 años de experiencia ininterrumpida, pero el TREBEP recoge que el nombramiento de un interino será de 3 años.

Del dicho al hecho hay un gran trecho y ahora se sabrá el porqué. Pero primero hay que ponerse en contexto. Hasta 622.295 funcionarios interinos en España,según el BEPSAP de enero de 2021. De todos ellos, 300.000 esperan la aprobación del Proyecto de Ley para reducir la temporabilidad en el empleo público que permite optar a una plaza fija a partir de un concurso de méritos, sin opositar, en la Administración Pública a partir de junio de 2022, si se cumplen con estos requisitos

Sin embargo, vayamos un paso más allá. ¿Cuánto tiempo se puede ser funcionario interino en España? Y es que sorprende que entre los requerimientos para tener un puesto de trabajo de carácter permanente sin opositar, haya que contar con más de 5 años de experiencia de forma ininterrumpida en un puesto en las Administraciones Públicas. La Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) dice otra cosa distinta. 

Pero, ¿exactamente el qué? Es aquí cuando chirría el Proyecto de Ley anunciado por María Jesús Montero, ministra de Hacienda y Función Pública, que exige la obligación de tener “más de 5 años de experiencia de forma ininterrumpida”. Y es que el TREBEP recoge que como máximo el nombramiento de un funcionario interino será de 3 años, ampliable hasta doce meses más para ejecutar programas de carácter temporal. La pregunta ahora es, ¿se cumple con la ley en España?

Según lo señalado en el artículo 10. del TREBEP la duración que podrá tener el nombramiento de un funcionario interino tendrá un máximo de seis meses, dentro de un periodo de 12 meses por exceso o acumulación de tareas. Aunque existen ciertos matices a tener en cuenta. 

En ese mismo artículo también se nombra que no podrá ser superior a tres años, ampliable hasta doce meses más por las Leyes de Función Pública, cuando se trate de ejecutar programas de carácter temporal.

Los eternos interinos

En definitiva, no existe ninguna posibilidad de prolongación de esta interinidad temporal, lo que genera un contingente de eternos funcionarios interinos, que se concentran en el Sector de la Sanidad y la Educación principalmente.

De hecho, estas dos áreas juntas acaparan el 75% de todos los funcionarios públicos con un contrato de interinidad. Así lo refleja el Boletín Estadístico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Ahí es nada. 

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