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La Junta de Andalucía recibe decenas de demandas por seleccionar interinos aleatoriamente

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Fuente: El Diario de 12 de marzo de 2022 enlace

El SAE recurre a un algoritmo aleatorio basado en el número del DNI como criterio para seleccionar a interinos, práctica investigada por los tribunales y el Defensor del Pueblo. Hasta julio, el algoritmo privilegiaba candidatos de las provincias más pobladas.

La selección rápida de interinos en aquellos cuerpos y especialidades con bolsas agotadas le está procurando a la Junta de Andalucía un buen número de quebraderos de cabeza. El último, otra vez en forma de reclamaciones judiciales.

Desde mayo del año pasado, la administración andaluza encarga al Servicio Andaluz de Empleo (SAE) que tramite las ofertas de empleo público que requieren la inscripción previa. Para la preselección, el SAE viene aplicando a menudo un criterio para desempatar decenas de candidaturas: el azar, invocado a través de un algoritmo. En estos casos, el SAE genera un número aleatorio y a partir de ese número preselecciona a los candidatos cuyo número de DNI invertido esté más cercano al número generado, en sentido ascendente.

Este método está siendo impugnado en los tribunales. También el Defensor del Pueblo mantiene abierta una investigación. Quienes lo denuncian creen que no refleja los principios constitucionales que rigen el acceso a la función pública: igualdad, mérito y capacidad. “Resulta que acceder o no a la función pública depende de mi DNI. Dar la vuelta al DNI no refleja el mérito o la capacidad que yo pueda tener”, protesta una persona que ha sido candidato en varios procesos, bajo condición de anonimato.

41 demandas por aplicar un método aleatorio

La Junta de Andalucía llegó a este sistema de selección de interinos después de descartar los anteriores por mandato judicial. De esta forma, desde mayo de 2021, el SAE hace una criba en las llamadas “ofertas con difusión” (abiertas al envío de candidaturas): cuando una consejería necesita cubrir un puesto, el SAE preselecciona a cinco candidatos de entre un total que suele superar el centenar, y luego es la Consejería quien toma la decisión final.

El SAE hace su tarea aplicando dos criterios principales y uno subsidiario: los dos primeros son evaluar los “criterios valorables” y la disponibilidad. “Pero esos dos criterios los cumplimos todos”, advierte el candidato. Esto ocurre porque frecuentemente el único “criterio valorable” es disponer del título habilitante para ejercer la tarea (lo que todos tienen), y la disponibilidad solo refleja si se han rechazado ofertas previamente, lo que no suele ocurrir. De esta forma, en muchos casos el criterio único para seleccionar unos aspirantes y descartar a los demás acaba siendo el azar.

El SAE insiste en que a su método no se le puede llamar “sorteo”, sino que es un “mecanismo que determina aleatoriamente” un valor numérico de NIF y una letra para ordenar las candidaturas, y que los candidatos conocen ese número desde que se publica la oferta. Explica que se obtiene a partir de un algoritmo “sencillo de programar”.

El SAE aplicó este método de desempate en 144 de las 1.779 ofertas de difusión que tramitó entre el 13 de julio y el 21 de octubre de 2021, según los datos ofrecidos a este diario. Hay al menos 41 demandas que han impugnado las ofertas, de momento sin resolver. El pasado 22 de febrero, el BOJA publicó diez resoluciones por las que el SAE remite a diversos juzgados de lo contencioso-administrativo de Sevilla los expedientes completos de otras tantas convocatorias del Cuerpo Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos que han sido impugnadas ante los tribunales.

“Es un insulto a nuestro esfuerzo”

Las demandas ponen en cuestión que estas ofertas de empleo público cumplan los principios de igualdad, mérito y capacidad, que deben regir el acceso al empleo público según la Constitución. En primer lugar, porque el azar acaba siendo decisivo. Aunque sitúe a todos los candidatos en igualdad de condiciones, el resultado de un algoritmo aleatorio no refleja el mérito o la capacidad de los aspirantes a lograr el empleo. “Es un insulto a nuestro esfuerzo que nos seleccionen dándole a un botoncito para ahorrarse el trabajo”, dice un candidato.

Además, durante varios meses este sistema ni siquiera garantizó que todos tuvieran las mismas posibilidades, sino que privilegió a aquellos provenientes de las provincias más pobladas, como Sevilla y Málaga.

Hasta que entró en vigor el DNI electrónico (en 2006), los números de DNI se asignaban por lotes provinciales, de modo que la distribución de DNI entre el 00000000 y el 99999999 no es homogénea. Hay franjas donde se acumulan muchos más DNI y, por tanto, previsiblemente más candidatos. De esta forma, al ordenar todas las candidaturas a partir de un solo número extraído al azar, la probabilidad de elegir un candidato con DNI expedido en alguna de las provincias más pobladas era mayor. Además, existen “bolsas” de números de DNI no asignados y concentraciones por edad que producían una ventaja estadística.

Este es el argumento de varias quejas que recibió el año pasado el Defensor del Pueblo. “Sospecho que la razón es que los inscritos en la oferta con números de DNI muy comunes por ser de provincias muy pobladas (como me consta que es el caso de Sevilla y desconozco si el de alguna provincia andaluza más) agotan enseguida el número de candidatos que se preseleccionan por el SAE”, denunció un candidato al Cuerpo de Ingenieros Industriales.

El SAE, que admite que este defecto existió, lo corrigió el pasado julio mediante una adenda. Lo hizo dándole la vuelta al número de DNI. “Si empiezas por el final todas las cifras son igualmente probables, si empiezas por la primera no”, confirma Clara Grima, matemática y divulgadora. El Defensor dio por válidas las explicaciones del SAE, pero su investigación, abierta en julio, no está cerrada.

Los antecedentes de 2020 y 2021

Estos procesos de selección tienen su origen en los varapalos judiciales que recibió la Junta de Andalucía a lo largo de 2020 y 2021. En abril de 2020 la Consejería de Presidencia diseñó un sistema con el que, según explicó entonces a los sindicatos, pretendía dotarse de una herramienta contratar rápidamente y en el contexto de la crisis pandémica a personal sociosanitario.

Pasaron pocas semanas, y los sindicatos denunciaron que, en realidad, la Consejería estaba utilizando esa cobertura legal para contratar cientos de interinos de cuerpos y funciones que nada tenían que ver con la batalla contra el virus, saltándose los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Para lograr la plaza no se valoraban los méritos; el único criterio era ser el más rápido.

Los tribunales tumbaron a posteriori todas y cada una de estas convocatorias (48 en total), y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirmó que eran ilegales. La Junta de Andalucía podía agilizar los procesos de contratación, “pero no llegando al extremo de prescindir de los principios de mérito y capacidad”.

Ante este varapalo, la administración mantuvo su intención de abrir vías de contratación rápidas, pero la Consejería de Presidencia trasladó el encargo a la de Empleo, que pergeñó otro sistema. El SAE haría el filtro de las candidaturas y el criterio de desempate sería el de la rapidez. El TSJA volvió a decir que eso no vale: la velocidad a la hora de enviar una candidatura no es un criterio válido ni siquiera como desempate, así que tumbó también la Instrucción 1/2021.

La dirección gerencia del SAE aprobó entonces la Instrucción 2/2021, que fue corregida pocos meses después mediante la adenda, cuyo único objetivo era garantizar que la supuesta aleatoriedad era tal. Esta norma es la que ahora está siendo nuevamente impugnada ante los tribunales andaluces. 

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