[Mi15F] Campaña de correos eletrónicos masivos a los diputados del Congreso “15 razones para votar NO” a la convalidación del “Icetazo” o Decreto-Ley de reducción de la temporalidad de larga duración con más Ofertas Públicas de Empleo libre

Tiempo de lectura: 6 minutos 28 visitas

FUENTE: Blog de Apiscam 14/07/2021 — > enlace

[…] ‘El objetivo de la campaña es sensibilizar a todos los diputados y hacerles partícipes de nuestra visión del problema.Cuanta más difusión demos a esta iniciativa entre todos los grupos de afectados, más posibilidades tendremos de que se hagan oír nuestras demandas. Esta es otra iniciativa más que complementa todas las llevadas a cabo hasta la fecha. Hay que seguir haciéndose visible para que nuestro problema no quede en el olvido. […] Información a rellenar:

Remitente: cada uno la cuenta con la que quiera enviar los mensajes· Destinatarios ocultos: (CCO) Incluir direcciones de correo de parlamentarios [que pueden obtenerse públicamente , listado acumulado que copiar y pegar, mejor por tramos en varios correos, aquí]· Asunto: Vota NO al ICETAZO [o el personal que se desee]
Cuerpo: IMPORTANTE, copia y pega la siguiente información en el cuerpo del mensaje, tal cual
****** Copiar desde aquí en adelante, sin incluir esta línea ******
Vota NO al RDL de Reforma Temporalidad 

Vota NO al RDL de Reforma Temporalidad 
LOS EXPERTOS ARGUMENTAN LAS RAZONES:
· Gerardo Pérez Sanchez – Profesor de Derecho Constitucionalhttps://elpesodeltiempo.com/los-abusos-de-las-administraciones-publicas-en-materia-de-personal/https://www.youtube.com/watch?v=dG9reTl1EBE&t=8m12s
· Javier Araúz Robles – Abogado del Estado en excedenciahttps://drive.google.com/file/d/1111xnYG_lJCzFnTKIVKRoZArMJ87tu-A/view
· Fabian Valero – Abogado – El Gobierno traiciona a los EE.PP. temporaleshttps://www.youtube.com/watch?v=XX2xmg1TQHQ

Las siguientes 15 RAZONES ENUMERAN LOS MOTIVOS por las que: DEBE VOTAR NO al DECRETO DE REFORMA DEL ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO (EBEP)    (Información detallada en este documento)

 1. El DECRETO INCUMPLE LA NORMATIVA COMUNITARIA PREVALENTE SOBRE EL DERECHO INTERNO y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE)

2. Involución democrática y tramitación cuestionable

3. No introduce medidas que garanticen el objetivo de la directiva. El nuevo EBEP NO SÓLO NO REPARA, SINO QUE CASTIGA DE NUEVO A LOS EMPLEADOS PÚBLICOS, CUANDO QUIEN HA ABUSADO ES LA ADMINISTRACIÓN. El nuevo EBEP NO CONSOLIDA PERSONAS, SINO PLAZAS.

4. El TJUE rechaza cualquier proceso selectivo como medida para sancionar el abuuso, sentencia 19 de marzo 2020 (apartados 97 a 101) y Auto 2 de junio 2021 (apartados 43 a 47. Su organización es independiente de establecer una sanción por abuso de las relaciones de servicio. EL ACUERDO IMPONE SU USO PARA DISMINUIR LA TEMPORALIDAD MEDIANTE EL DESPIDO DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS TEMPORALES.

5. El TJUE rechaza como medida de sanción al abuso la figura del Indefinido No Fijo, como lo entiende nuestro Tribunal Supremo, al seguir siendo una figura temporal sujeta al cese cuando la plaza sea ocupada por un funcionario de carrera (sentencia 19 marzo 2020, apartado 102)

6. El TJUE rechaza como medida sancionadora una indemnización por despido improcedente de 20 días por año trabajado por no ser suficientemente disuasoria, y no ser una sanción específica recogida en el ordenamiento jurídico contra el abuso en el sector público. Además, en el decreto, las personas abusadas que no se presenten al proceso selectivo, incluso con causa justificada, no tendrían derecho a indemnización.

7. No se ha establecido ninguna medida sancionadora EFECTIVA Y DISUASORIA contra las administraciones que han cometido abuso en la contratación. El TJUE en su reciente sentencia del 3 de junio de 2021 dice que en España no existe ninguna medida que sancione el abuso y que garantice el efecto útil de la Directiva.

8. El decreto miente cuando dice que Europa no aprueba la conversión a Indefinido del personal en Abuso. Las recientes sentencias del TJUE de Portugal (30 de septiembre de 2020) y Grecia (11 de febrero de 2021), ante las faltas de medidas contra el abuso de un Estado Miembro, como es el caso de España, establece que se opone a la cláusula 5 del Acuerdo Marco de la Directiva, cualquier normativa que se oponga a la conversión en indefinido de un contrato temporal en abuso, incluso si esa normativa tiene rango Constitucional.

9. Ya hemos superado procesos selectivos que cumplieron los principios de Igualdad, Mérito, Capacidad y Libre Concurrencia.

10. Supone una discriminación de los trabajadores públicos respecto a los del sector privado, y a los trabajadores europeos, a los que si se les aplica 1999/70.

11. La ejecución del RDL supondrá un gasto público millonario innecesario, mientras que la estabilidad del trabajador temporal sería a coste cero ya que sus plazas están presupuestadas. La ex presidenta del T.C María Emilia Casas así lo aseveró en un detallado informe, considerando la mejor solución declarando al personal abusado como Fijo a Extinguir con los mismos derechos y causas de cese que el personal de carrera, sin ser nombrado personal de carrera.

12. Iceta blinda cualquier propuesta de estabilización autonómica ajena al decreto.

13. La reforma propiciará la judicialización del problema.

14. No se debe obviar que la propia Comisión Europea mantiene abiertos procedimientos de infracción contra el Reino de España por el abuso de temporalidad en el sector público. (CHAP 01917)

15. Descapitalización de experiencia en todas las administraciones públicas, que redundara en una merma de la calidad de los servicios a los ciudadanos  ****** Copiar hasta aquí, sin incluir esta línea ******  ‘


Fuente: Campaña del Movimiento 15F recibida en APISCAM

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