Isabel Ruiz, directora de ADAMS Sevilla: «La reforma permitirá que el Empleo Público sea una opción laboral segura y estable»

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Fuente: El correo de Andalucía enlace

Analizamos el Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

El Senado ha aprobado el Proyecto de Ley de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, lo que implica que la norma obtiene su visto bueno definitivo y concluye su trámite en las Cámaras, tras haber logrado su aprobación también en el Congreso de los Diputados el pasado 2 de diciembre. Para conocer el alcance de esta nueva ley, cómo afecta a las oposiciones actuales y qué supondrá para los interinos, hemos hablado con Isabel Ruiz, directora de ADAMS Sevilla, el centro de preparación de oposiciones referente en la capital hispalense. En opinión de Ruiz, “esta reforma permitirá que el Empleo Público sea una opción laboral segura y estable, y eso es una buena noticia para quien trabaja o quiere trabajar en la Administración”.

1. ¿Qué supone esta ley?

Esta Ley tiene como objetivo atajar la excesiva temporalidad en el Empleo Público y paliar la situación existente de alta temporalidad, evitar un uso indebido de la figura del interino y estabilizar el empleo de unas 300.000 personas. Para ello, por un lado, reforma el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) y, por el otro, amplía los procesos de estabilización de empleo temporal como medida complementaria inmediata.

2. ¿En qué consiste la reforma del EBEP?

La nueva ley establece que una vacante podrá ser cubierta por personal interino durante un plazo máximo de tres años. Transcurrido ese tiempo, la vacante solo podrá ser ocupada por personal funcionario de carrera y el interino será cesado.

De esta manera, se pretende reforzar el carácter temporal de la figura del personal interino, aclarando el acceso a la condición de personal interino, el plazo máximo de permanencia, las causas de cese, e implantando un régimen de responsabilidades que sea realmente disuasorio para evitar futuros incumplimientos.

3. Y en cuanto a los procesos de estabilización, ¿qué regula la nueva ley?

La nueva ley contempla la ampliación de los procesos de estabilización de empleo temporal, con dos soluciones en función del tiempo durante el cual las plazas han estado ocupadas de forma ininterrumpida de forma temporal. Así, para las plazas ocupadas durante al menos tres años, se convocarán procesos de estabilización por Concurso-Oposición a los que se podrá presentar cualquier persona, sea o no interina. En estos procesos, la fase de oposición puede no ser eliminatoria.

En cuanto a las plazas cubiertas por interinos durante al menos cinco años, las Administraciones Públicas podrán convocar un concurso de méritos extraordinario y excepcional y por una sola vez, en el que no habrá fase de oposición.

4. ¿Esto quiere decir que a partir de ahora todas las plazas que sean ocupadas por interinos saldrán a concurso?

No. Cualquiera de las dos soluciones tiene límite temporal y a partir de ahí las reglas seguirán siendo las de siempre: el sistema de selección será el de Oposición o Concurso-Oposición (donde la fase de oposición será eliminatoria).

5. ¿Cómo afecta la ley a los procesos que están en marcha? ¿Y a los procesos futuros?

Lo que se establece en relación con los procesos de estabilización ya convocados es que deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024. Estos procesos ya en marcha se convocaron por Concurso-Oposición y la fase de oposición es eliminatoria.

En cuanto a los futuros procesos de estabilización, el 1 de junio tienen que estar ofertados, el 31 de diciembre de 2022 convocados y el 31 de diciembre de 2024 tienen que estar resueltos.

Ahora bien, no todos los procesos que se van a publicar son de estabilización. Anualmente se publican Ofertas de Empleo Público ordinarias y el sistema de selección es el de Oposición o Concurso-Oposición con fase de oposición eliminatoria, es decir, si no se superan los exámenes de nada sirven los puntos o méritos que tengan los aspirantes.

6. Entonces, ¿seguirán saliendo plazas a las que pueda optar cualquier persona?

¡Por supuesto que sí! Las Administraciones seguirán aprobando sus Ofertas de Empleo para cubrir sus vacantes a través de procesos selectivos ordinarios para la reposición de efectivos. donde la fase de oposición es eliminatoria y, por tanto, no se puede conseguir una plaza sin aprobar los exámenes, aunque seas interino. De hecho, el proyecto de Presupuestos Generales del Estado 2022 establece para las Ofertas de Empleo Público de 2022 una tasa de reposición general del 110%, 120% en sectores prioritarios o el 125% en Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y en los cuerpos de Policía Autonómica y Local.

Esta ley tiene como objetivo dotar de mayor estabilidad al empleo público y eso es una buena noticia para quien quiere trabajar en la Administración, tanto para quienes actualmente son interinos como para quienes se plantean preparar una oposición o ya lo están haciendo. Como centro de formación sabemos lo duro que es preparar una oposición y el esfuerzo que requiere; por ello, que la recompensa a ese trabajo sea conseguir un empleo estable, fijo y con opciones de promoción, es una gran noticia para cualquier opositor.

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