El abuso de temporalidad se produce cuando un Funcionario Interino está ocupando una plaza vacante más de tres años (EBEP), y continúa ocupando una plaza hasta 20 años o más, (incluso algunos se jubilan en dicha plaza), al estar ocupando esta plaza por tiempo indefinido se dice que está en Fraude de Ley
A continuación tienes un vídeo muy interesante que explica lo que es el abuso de temporalidad:
Consolidación de empleo temporal y estabilización.
En la Disposición transitoria cuarta del Estatuto Básico del Empleo Público (EBEP), se recoge dicha consolidación y dice lo siguiente:
- Las Administraciones Públicas podrán efectuar convocatorias de consolidación de empleo a puestos o plazas de carácter estructural correspondientes a sus distintos cuerpos, escalas o categorías, que estén dotados presupuestariamente y se encuentren desempeñados interina o temporalmente con anterioridad al 1 de enero de 2005.
- Los procesos selectivos garantizarán el cumplimiento de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
- El contenido de las pruebas guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de los puestos objeto de cada convocatoria. En la fase de concurso podrá valorarse, entre otros méritos, el tiempo de servicios prestados en las administraciones Públicas y la experiencia en los puestos de trabajo objeto de la convocatoria.
- Los procesos selectivos se desarrollarán conforme a lo dispuesto en los apartados 1 y 3 del artículo 61 del presente Estatuto.