Tres sentencias reconocen a empleadas temporales públicas de la Administración foral su despido improcedente

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Fuente: noticias de navarra de fecha 18 de octubre 2021 enlace

LAB SEÑALA QUE EL GOBIERNO DEBE AFRONTAR UN DESEMBOLSO TOTAL DE 200.800 EUROS, AUNQUE VA A RECURRIR DOS DE LOS FALLOS

La Administración foral deberá afrontar el pago de tres indemnizaciones por despidos improcedentes de empleadas temporales públicas.

LAB ha realizado en la mañana de este lunes una rueda de prensa en la que ha informado de tres sentencias recientes dictaminadas en los Juzgados de lo Social.

Ainara Elarre, representante de LAB en el Administración Núcleo; Juantxo Barkos, asesor jurídico del sindicato; y Alberto Mendilazo, delegado de esta central en Osasunbidea han comparecido ante los medios.

Estos tres fallos “son los primeros que recogen la última doctrina del Tribunal de Justicia de la UE”, según han dicho.

Barkos ha explicado que esta tres sentencias establecen “cuál debe ser la consecuencia de mantener en plazas vacantes en la Administración a personas durante un tiempo largo de manera injustificada”. Todas ellas “recogen la última doctrina del Tribunal de Justicia de la UE” en esta materia. “En los tres casos son mujeres que llevan en la Administración muchísimos años”, ha añadido.

“Nos encontramos en puestos de trabajo de nivel alto (A) como bajo (E), en fraude de ley en la ejecución de contratos temporales porque no cumplían los requisitos establecidos”, ha manifestado.

Por ejemplo, en lo que a los plazos se refiere, el Tribunal Supremo, aplicando el criterio del Tribunal de Justicia de la UE, ha establecido un plazo de tres años para considerar que se da una situación de utilización del contrato temporal injustificadamente larga; es decir, que no hay razón alguna para que la Administración no incluya esa vacante en la siguiente oferta pública de empleo y que tres años ya es suficiente para considerar que esa necesidad es habitual y que no es excepcional, ha añadio LAB.

“La consecuencia es que o se les readmite en su puesto de trabajo en las mismas condiciones, abonando los salarios que hayan dejado de percibir desde que se les cesó o se les abona la indemnización que les corresponda en función de su salario regulado y el tiempo que lleven trabajando”, ha añadido.

UNA ADMINISTRATIVA, 35.800 EUROS


La primera de las sentencias dictada por el Juzgado de lo Social número 3 es del 9 de julio. En este caso, lo que se considera fraudulento es la permanencia en una plaza vacante desde 2008 de una mujer que estaba trabajando como auxiliar administrativa en Osasunbidea. El dictamen es firme y ha establecido una indemnización de 35.800 euros; “Osasunbidea ya ha pagado“, ha indicado el sindicato.

MÉDICA, 115.000 EUROS


El segundo de los casos es una médica del servicio de urgencias que ha concatenado 153 contratos desde 1990 y que desde el año 2000 estaba contratada mediante el contrato especial de Osasunbidea -que se dice “por otras necesidades de personal”-; “es decir, un contrato específico para cuando no hay un personal adecuado fijo para un puesto de trabajo concreto”, ha especificado Barkos.

Además, desde 2016, esa plaza se había convertido en una vacante, pero seguía trabajando sin que hubieran sacado dicha plaza a una convocatoria pública de cobertura. “La sentencia ha dictado una indemnización de 115.000 euros; la Administración ha anunciado que recurrirá“, han señalado desde el sindicato.

TRABAJADORA DE LIMPIEZA, 50.000 EUROS


Y la tercera de las sentencias, que es del 28 de septiembre, es de una trabajadora que estaba ocupando el puesto de trabajo de limpieza en centros educativos desde 1997. Y desde 1999 estaba ocupando la misma plaza vacante. Es decir, llevaba más de 20 años en la misma plaza, sin que se hubiese incluido en una oferta pública de empleo, y por supuesto sin que se hubiese cubierto. “La sentencia ha dictado una indemnización de 50.000 euros. La Administración también ha adelantado que recurrirá”, han detallado.

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