Funcionarios de carrera impugnan 3 convocatorias de estabilización de interinos de la Administración de Justicia

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Ha sido presentada por la Asociación de Defensa Turno Libre ante el Juzgado de lo Central de lo Contencioso-Administrativo Nº4 de Madrid

La Asociación de Defensa Turno Libre ha presentado este lunes una demanda ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo Nº4 de Madrid contra tres convocatorias de estabilización de personal interino para acceder a los cuerpos generales de la Administración de Justicia.

Consideran que vulneran los principios constitucionales de igualdad, mérito, capacidad y libre concurrencia en el acceso a la función pública.

¿Pero qué es la estabilización? Pues bien, la Ley 20/2021 de 28 de diciembre de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público relata que las plazas que estén vacantes en la Administración Pública desde antes de 2016 podrán ser cubiertas por interinos que, a través de un concurso de méritos donde prime la experiencia, puedan convertirse en funcionarios de carrera. 

Es decir, permite la conversión en fijos de todos aquellos interinos que están ocupando plazas de naturaleza estructural.

HAN RECURRIDO 4.915 PLAZAS DE LAS TRES CONVOCATORIAS

En este caso, han recurrido la Orden JUS 1288/2022 de 27 de diciembre en la que se convocaron 705 plazas para los Cuerpos de Gestión Procesal, 2.095 vacantes para Tramitación Procesal y 2.115 para Auxilio Judicial. Es decir, 4.915.

Y aunque es el primer recurso que se ha presentado para oposiciones de cuerpos generales a la Administración de Justicia, la Asociación ha impugnado otros seis relacionados también con la estabilización de interinos en diferentes Comunidades Autónomas. En total, han recurrido 68.211 plazas. 

El presidente de la Asociación, Antonio Requena Flores, ha reconocido a Confilegal que la temporalidad en el sector público es un problema que debe ser solucionado. En cambio, ha opinado que la estabilización es discriminatoria y merma los derechos de todos los ciudadanos a acceder de manera justa y equilibrada a un empleo público. 

El caso está siendo defendido por Antonio Benítez Ostos, socio-director y Alonso Ramón Díaz, «Of Counsel», respectivamente, de Administrativando Abogados y en el escrito de demanda han relatado que, presuntamente, “el Ministerio de Justicia está regalando las plazas».

Es decir, «está estabilizando a personas y no provee de forma objetiva el empleo público y sus plazas ofertadas”.

Otro de los vicios que se alega en la demanda es que el sistema de valoración resulta «absolutamente perverso», dado que se beneficia a los aspirantes que ya ocupan las plazas pese a que se califica de “turno libre”. Se valora un 82% por notas de oposición anterior y antigüedad frente a 18% de titulación y cursos de formación.

Benítez Ostos, ha señalado que, además, las bases vulneran el principio de igualdad porque obligan a los aspirantes a participar en un único ámbito territorial. Algo que ha calificado de “contrario a derecho” porque se trata de un sistema de selección a nivel nacional y “España es única e indivisible por mandato expreso de nuestra Carta Magna”.

SOLUCIÓN: CONVOCAR OFERTAS DE EMPLEO PÚBLICO AMPLIAS

La propuesta de la Asociación es que las Administraciones convoquen Ofertas de Empleo Público (OEP) amplias y con todas las plazas ocupadas por interinos mediante la figura de oposición libre, con un temario y un examen en el que la gente compita en igualdad de condiciones.

O, en su defecto y de forma excepcional, mediante concurso-oposición pero donde la fase de oposición tenga carácter eliminatorio y cuya nota de corte sea marcada por el nivel de los aspirantes y la fase de concurso “se tenga en cuenta el esfuerzo y la experiencia de los interinos pero sin que esto suponga el regalo de la condición de funcionario de carrera, como presuntamente se pretende ahora”. 

Por ello, Antonio Benítez Ostos ha considerado que las convocatorias son nulas de pleno derecho al ser “manifiestamente contrarios” a la Constitución Española y a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea».

Asimismo, el abogado ha explicado a este digital que han solicitado también una cuestión de inconstitucionalidad frente a dicha ley de estabilización de interinos para que se declare inconstitucional dicha norma. 

EL CNLAJ TAMBIÉN RECURRIÓ DOS CONVOCATORIAS

Por otro lado, el Colegio Nacional de letrados de la Administración de Justicia (CNLAJ) también recurrió dos convocatorias el pasado 30 de enero para el acceso al Cuerpo Superior Jurídico de Letrados de la Administración de Justicia publicadas en el BOE el pasado 30 de diciembre de 2022, solicitando la suspensión cautelar.

Se mostraron disconformes con la forma de acceso prevista por el Ministerio de Justicia al considerar que se aleja “del difícil examen que se exige para el resto de los ciudadanos y que perjudica seriamente la calidad del proceso selectivo”.

PRIMER PRECEDENTE JUDICIAL: EN ELCHE SE ANULÓ EL PROCESO DE ESTABILIZACIÓN DE 400 PERSONAS

El pasado 27 de enero, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº1 de Elche anuló todo el proceso de estabilización de 400 trabajadores del Ayuntamiento tras el recurso de una trabajadora. El juez consideró que el proceso incumplía el artículo 14 de la Constitución y vulneraba el derecho a acceder en condiciones de igualdad a cualquier plaza. 

El objetivo de este proceso era dar estabilidad a la plantilla pero el Consistorio valoraba hasta cuatro veces más la puntuación de una persona que solicitara la plaza siendo empleado municipal que otra que intentara acceder desde otras Administraciones.

Fuente: CONFILEGAL

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