Opositores en el Pais Vasco

El Superior condena al Gobierno vasco a ampliar el proceso de consolidación de interinos

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Los magistrados de lo Social dan la razón a ELA en una demanda contra Haurreskolak por la insuficiencia en la estabilización de temporales

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) acaba de dictar la primera sentencia ante la batería de demandas presentadas por ELA contra el Gobierno vasco por la insuficiencia de los procesos para hacer fijos a los interinos. El fallo en cuestión se refiere al Consorcio Haurreskolak y concluye que se debe aumentar en un 30% la oferta de plazas a los educadores temporales con más de cinco años de antigüedad. La sentencia ha sido recurrida en casación ante el Supremo, pero supone un precedente ante las otras reclamaciones similares planteadas en los mismos términos en relación a Osakidetza y a las diferentes áreas de Educación.

Las demandas se presentaron después de que el Gobierno vasco y sus organismos dependientes anunciaran la convocatoria de procesos de consolidación de interinos con el fin de reducir la temporalidad al 8%, de acuerdo con la denominada ‘ley Iceta’, aprobada a finales de 2021 tras las sentencias del Tribunal de la UE sobre la temporalidad abusiva en España. Esta normativa contempla la posibilidad de realizar concursos de méritos sin oposición para los interinos que lleven más de cinco años en su puesto.

ELA consideró que esos procesos, que deben culminar en 2025, no eran suficientes para reducir la temporalidad al 8% establecido, dado que Euskadi presenta actualmente una tasa del 44%, la más alta de España. El sindicato estima que cerca de 34.000 temporales se van a quedar fuera de las convocatorias.

Las demandas han entrado por la vía de lo contencioso-administrativo (Osakidetza y docentes de Educación) y de lo Social (personal laboral como el de limpieza, cocinas y Haurreskolak) y ha sido en este ámbito de la judicatura de donde ha salido la primera sentencia.

La sección que la dicta es la liderada por el magistrado Pablo Sesma, que ejerce de ponente. En el fallo se «condena al Gobierno vasco a que las plazas de educador y educador infantil en las convocatorias de consolidación de interinos con más de cinco años de antigüedad asciendan a 341». Esta cifra es casi un 30% superior a la oferta realizada.

En concreto, y según se explica en la sentencia, el Consorcio de Haurreskolak convocó un proceso de 344 plazas para estabilizar a temporales con contrato previo a 2016; de ellas, 246 estaban dirigidas a educadores. Pues bien, los magistrados estimaron que había una diferencia entre los datos de vacantes aportados por el consorcio y sus propios listados de interinos con más de cinco años de antigüedad, que en 2019 alcanzaban los 574.

Obliga a aumentar casi un 30% las plazas ofertadas y sienta un precedente ante las demandas presentadas en Osakidetza y Educación

Discrepancia de cifras

Ante la discrepancias de cifras, los jueces de lo Social dan por válidos los datos aportados por ELA en su demanda y establecen que las plazas de docentes a consolidar deben ser 453, muy por encima de las 264 convocadas. No obstante, restan de esa cifra los 112 interinos a los que ya se les ha convertido en fijos por demandas judiciales. Concluyen entonces que la convocatoria se debe ampliar en 77 plazas, un 29%.

El Gobierno vasco ha recurrido la sentencia del Tribunal Superior de Justicia ante el Supremo. «Es un tema que está en discusión, es un tema sobre el que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha emitido su decisión, digamos, en base a unos números que ellos han estimado, pero que no coinciden con los cálculos que había hecho el Gobierno vasco y esa es la razón por la que hemos decidido presentar este recurso al Supremo, para que sea este órgano jurisdiccional el que adopte la decisión definitiva», ha explicado Bigen Zupiria, portavoz del Ejecutivo autonómico.

Por otro lado, aún falta por conocer la interpretación que hace el Supremo de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que insta a los jueces españoles a hacer fijos a los interinos de larga duración. Llega a esta conclusión tras considerar que hay un fraude de ley en su contratación y que las medidas adoptadas por España hasta el momento -indemnización de 20 días, ‘ley Iceta’ para la estabilización…- no constituyen un castigo suficiente ante el abuso.

Fuente: elcorreo.com 26.03.2024

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