[EPA ‘Empleados Públicos en Abuso’] ‘Bruselas abrió expediente sancionador contra España por el abuso de la temporalidad de los empleados públicos El expediente es del 2013, pero la Comisión no ha avanzado en el asunto. Por eso el despacho Navas & Cusí ha iniciado acciones que obliguen a la Comisión a manifestarse o que sea el Tribunal de Luxemburgo quien juzgue su inactividad. Luxemburgo resolvió el pasado 3 de junio que desde el punto de vista práctico la normativa española no tiene mecanismos para evitar y en su caso sancionar el abuso de la temporalidad.’

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Fuente: Apiscam enlace

Desde el colectivo de ‘Empleados Públicos en Abuso’ EPA, estamos denunciando el abuso de la temporalidad española ante la Comisión Europea, a través del despacho de abogados Navas & Cusí, despacho español especializado en derecho europeo con sede en Bruselas.

Pasada casi una década desde que se abrió expediente sancionador en 2013, Bruselas no hatomado ninguna decisión. “Es una pasividad inadmisible cuando estamos hablando de un abuso que afecta a 800.000 españoles, ciudadanos europeos y sus familias, por un incumplimiento de la directiva sobre Trabajo de Duración Determinada de 1999”.

Hasta la fecha se han sumado ya cientos de trabajadores a esta acción jurídica. Y serán miles los que se sumen porque estamos hablando de un problema que afecta a todos los cuerpos de la administración: educación, sanidad, servicios sociales, ayuntamientos, ejército, secretarios e interventores, magistrados, y un largo etc.

Este pasado mes de junio comenzaron las acciones para forzar a la Comisión a manifestarse sobre el abuso de la temporalidad en los empleados públicos

La Ley española permite prolongar la temporalidad hasta que finalicen los procesos selectivos y establece un plazo de 3 años para organizarlos.

Sin embargo, el Supremo permitió prorrogar ese plazo legal de 3 años por diferentes motivos, por lo que el resultado es “tan variable como incierto”, denuncia el Tribunal de Justicia de la UE. A este respecto, el propio TS se ha visto forzado a reunirse paraunificar un criterio a la hora de juzgar los cientos de miles de demandas interpuestas, a día de hoy, en los tribunales españoles, resolviendo el reconocimiento en el ABUSO de la concatenación de contratos (tácita o expresa) y el rechazo de las razones “puramente económicas” como la crisis económica “para justificar que el derecho nacional no cuente con medidas destinadas a prevenir y sancionar la utilización de contratos de duración determinada”.

Luxemburgo reconoce que esas relaciones laborales “no tienen carácter temporal, sino por el contrario, permanente y duradero”, y recoge que la normativa española “no incluye ninguna medida destinada a prevenir y en su caso sancionar, la utilización abusiva de la contratación de duración determinada sucesiva”.

Con fecha de 24/07/21 se ha interpuesto una queja a la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo por la pasividad de la CE. Precisamente Luxemburgo ya se ha manifestado hasta en cuatro ocasiones sobre el abuso de la temporalidad en los empleados públicos. La última, el pasado 3 de junio, sobre un caso de una ‘interina’ de la Comunidad de Madrid que fue despedida sin indemnización tras 13 años concatenando interinidad.

Denuncia la inexistencia de mecanismos para prevenir y sancionar el abuso 

“No sólo queremos que haya una indemnización por despido improcedente equiparable a cualquier otro trabajador (sin que se limite por razones presupuestarias a percibir un máximo en cualquier circunstancia de 12 meses), sino que -como exige Luxemburgo- exista un régimen sancionador disuasorio para que la administración no reitere su práctica abusiva”.

Para Juan Ignacio Navas socio-director de navascusi.com, la doctrina de Luxemburgo es clara contra el abuso de la temporalidad en la función pública. “La Comisión Europea terminará concluyendo el incumplimiento del derecho europeo por parte de España lo que conllevará sanciones y permitirá a los ciudadanos reclamar los daños causados, siguiendo la llamada doctrina Francovich-Bonifacio’ de Luxemburgo” y advierte que el proceso de infracción de la Comisión será “preciso y universal” para resolver este problema.

Por último, Navas asegura “ser consciente de que este es un problema endémico y estructural”. Por eso plantea “una solución que compagine el equilibrio presupuestario, el respeto a la legislación europea y la eliminación de los abusos de la temporalidad en la función pública”.

Reacción del Gobierno de Pedro Sánchez ante dicha situación


Podría pensarse que el denominado “gobierno más progresista de la historia” reaccionase según sus manidas declaraciones de: europeísmo, defensa de lo público, constitucionalismo, etc., resolviese mediante acto administrativo la definitiva estabilización de profesionales que se llevan dedicando décadas al desempeño de sus funciones y que accedieron a sus puestos mediante el proceso selectivo que la Administración impuso en su momento (recordar que un proceso selectivo puede tener diferentes modalidades y que todas ellas responden a los principios constitucionales de publicidad, igualdad, mérito y capacidad) Pero la realidad es que no, la reacción de este gobierno viene siendo una suerte de juego de trileros para seguir con una huida hacia delante que va a acarrear a corto/medio plazo una situación desastrosa para la economía española a cuenta de cientos de miles de indemnizaciones, tanto a nivel central como de las CCAA.

Otra medida que ha levantado ampollas desde los trabajadores, a los juristas, pasando por sindicatos independientes, ha sido la aprobación del Real Decreto-Ley 14/2021 de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público ya en vigor desde este mes de julio. Ley que fue aprobada en segunda votación por un solo voto de diferencia y no exento de polémica, con modificaciones firmadas en pasillos, declarado anti constitucional y que queda bastante al margen del derecho comunitario que pretende asumir.

Este último regalo envenenado dejado por el exministro de Función Pública, ultimado con las Comunidades Autónomas y los sindicatos denominados traidores (CCOO, UGT, CSIF) por el colectivo de trabajadores en abuso, no soluciona el problema de la temporalidad. Por contra, dejará en situación de desempleo sin posibilidades de volver a la vida laboral, a colectivos muyespecializados, en su mayoría mujeres y con una media de edad de 50 años, a mayor pobreza para el país, a subsidios por desempleo, a mantener la ya precaria dotación de los servicios públicos y la experiencia de profesionales. Eso encierra otra gran mentira: el Gobierno no crea nuevas plazas a través de su macro oferta de empleo público, ya que no se crean ni recuperan las plazas que nos han recortado durante el anterior gobierno del PP, sino que mantiene en herencia la precarización sumada a la inexperiencia. Como reza el dicho popular “desvestir a un santo para vestir a otro”, poner a trabajadores más jóvenes, con salarios más bajos.

No sólo no responde a las exigencias de Bruselas, sino que no sirven para sancionar el abuso. Eso sí, la única verdad que declaró el ex ministro Miquel Iceta, ante la pregunta de trabajadores temporales que le esperaban en la estación del AVE en Sevilla, “serán los ciudadanos españoles quienes paguen las indemnizaciones, cuya respuesta fue clara diciendo: ¿Quién si no?

Es una situación tan sangrante de vulneración de los derechos, que está llevando a la desesperación a cientos trabajadores y trabajadoras que ven una vida de dedicación a su profesión despreciada, que reciben aplausos a las 20:00 en momentos de crisis en los que ellos han estado al nivel de la situación, lo que no puede decirse de nuestros políticos, y a las 20:05 se les da una patada, se les insulta, se les veja con declaraciones intolerables de quienes se autodenominan “sindicatos de trabajadores” pero que en la realidad ya sólo son “comisionistas al servicio de los gobiernos de turno”, de tribunales de ¿justicia? que haciendo un regate al derecho comunitario y a los pronunciamientos del TJUE, sentencian con total desparpajo que el culpable de la situación de abuso es el abusado ¡y suerte que ha tenido!

Pero bueno, ya sabemos que en estos momentos, sólo es noticia la COVID, que tanto nos vale para mirar para otro lado como para declarar “bueno, ya si eso…..” ‘

FuenteNota de Prensa de 31/07/2021 de EPA ‘Empleados Públicos en Abuso’ recibida en APISCAM 

Enlaces en el texto nuestros

NOTA DEL EDITOR: Recordemos que la Comisión Europea  había informado en Octubre de 2020 que tras la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19/03/2020 de los asuntos acumulados “Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez y otros” 

  • que tenía abiertos tanto una investigación  a raíz de una  denuncia múltiple sobre el abuso de duración de temporalidad en empleados públicos como un procedimiento de infracción que podría acabar en multa al España
  • y que evaluaría si la entnoces futura reforma del Estatuto del empleado Público anunciada por la ministra de Función Pública en Junio de 2020  es conforme con la Directiva Europea sobre empleo temporal (1999/70/CE)y la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al respecto (como la propia sentencia de 19/03/2020)Esa reforma ha acabado siendo el Real Decretto-Ley  convalidado recientemente en el Congreso, si bien, sobre el cual se han anunciado próximas modificaciones

Recordemos que dicha sentencia europea de 19/03/2020, de hace ya casi un año  y medio estableció que el abuso de temporalidad también en la administración pública requiere de forma “indispensable” una sanción para la que no puede valer convocar los puestos del personal en abuso en procesos selectivos donde su futuro estable quede incierto, como son precisamente los derivados de ls OPES de “estabilización”]

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