[Unive Abogados] Los empleados públicos de larga duración serán indemnizados aunque no se presentaran al proceso de selección

Tiempo de lectura: 4 minutos

Nota a Clientes de Unive Abogados sobre la STJUE del 13 de junio:

Estimado cliente,

Le escribimos para informarle de un aspecto muy novedoso de la nueva sentencia de la Unión Europea del pasado 13 de junio es que permite a los trabajadores de las AAPP que hayan sufrido contratos temporales en fraude, solicitar una indemnización que podría fijarse en un mínimo de 20 días por año sin límite de mensualidades aunque no se presentaran al proceso de selección de la plaza que venían ocupando. 

La STJUE de 13 de junio reconoce expresamente la posibilidad de que aquellos empleados públicos de larga duración que perdieran su plaza por no haberse presentado al proceso selectivo para su consolidación también deban ser indemnizados, pues habrían sufrido un daño como consecuencia de la utilización fraudulenta de la temporalidad similar a aquellos que sí se presentaron al proceso pero tampoco obtuvieron plaza.

En concreto, la respuesta a la pregunta formulada en este sentido fue la siguiente:

“La cláusula 5 del Acuerdo Marco sobre el Trabajo de Duración Determinada, (…) se opone a una jurisprudencia y a una normativa nacionales que contemplan como medidas para sancionar la utilización abusiva de sucesivos contratos o relaciones de empleo de duración determinada, respectivamente, el mantenimiento del empleado público afectado hasta la convocatoria y resolución de procesos selectivos por la Administración empleadora y la convocatoria de tales procesos y el abono de una compensación económica con un doble límite máximo en favor únicamente del empleado público que no supere dichos procesos, cuando esas medidas no sean medidas proporcionadas ni medidas suficientemente efectivas y disuasorias para garantizar la plena eficacia de las normas adoptadas en virtud de dicha cláusula 5”.

Así, la sentencia considera que el actual mecanismo establecido por la Ley 20/21 para eliminar la utilización abusiva de contratos temporales en la Administración Pública no es suficiente para ello, pues otorga una indemnización únicamente para aquellos que no superen el proceso de selección y, además, establece una doble limitación a la misma (veinte días por año trabajado con un máximo de doce mensualidades).

En la STJUE de 13 de junio de 2024 no se establece limitación temporal alguna respecto de la fecha en que los que pretendan la indemnización hubieran perdido su plaza. En consecuencia, debemos considerar que el plazo de ejercicio de la acción nace en el momento de dictarse dicha STJUE de 13 de junio de 2024 y alcanzar el plazo que marca la ley, esto es, hasta el 12 de junio de 2025.

Si considera que puede encontrarse en esta situación, Unive Abogados pone a su disposición un equipo de profesionales expertos en la materia para asesorarle acerca de las implicaciones que esta resolución puede tener para usted. Contacte con nosotros a través de su abogado de referencia en Unive Abogados o mediante las vías que figuran a continuación:

Unive Abogados
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