‘No es la Nimbus 2000, sino el nuevo  Real Decreto-Ley 5/2023 llamado escoba’ – Artículo de opinión de Juan Carlos Cavero (FEUSO) sobre el proceso de estabilización docente

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Tras el complicado e incompleto proceso –ilegal y viciado en palabras del abogado Javier Arauz– llevado a cabo mediante la publicación de la ley 20/2021 de estabilización del empleo público, la administración percibe que debe dar cumplimiento al desarrollo de la Disposición Adicional 8ª de dicha ley, para autorizar una tasa adicional de reposición con el fin de no vulnerar el derecho reconocido en aquellos interinos “en fraude” que se han quedado en la calle. Es decir, para que nos entendamos dentro de la maraña leguleya a las que nos tiene sometidos la administración: se crea a marchas forzadas un Real Decreto “Escoba” para recoger a aquellos interinos e interinas –demasiados y con demasiada antigüedad en el puesto- que se han quedado fuera de la estabilización.

Ya lo veníamos avisando: eran muy pocas plazas las que se sacaron (no fueron todas las correspondientes, sino muchas menos, incumpliéndose la propia ley española y europea), además el baremo no reconocía la antigüedad plenamente, y solo contaban los aprobados en las últimas oposiciones, etc … lo que se veía venir, dadas esta incongruencias, y ya se habló en su momento, era que el proceso sería una tragadera para gente con menos antigüedad. Es decir, parodiando al título de la película de 2007 y protagonizada por Javier Bardem: “No country for Old Men”: “No es una administración para viejos temporales”.

Pero era evidente que Europa –de ser consecuente con el propio TJUE- no podía permitir que la administración española dejase en la calle de nuevo a los mayores perjudicados, los tradicionalmente abusados y en fraude de ley por más tiempo. Además, los fondos comunitarios llegarían a España si descendíamos la temporalidad al 8%, pero ojo, consolidando a las personas y no, como se ha insistido en nuestro país, ninguneando a las personas por las plazas.

Para colmo del absurdo, muchos de los interinos e interinas de la ciudad que se han estabilizado se tienen que marchar fuera de Melilla muy a disgusto con sus familias, mientras otros vienen de fuera ellos tienen que irse. Ni hablar de lograr plaza en País Vasco, Cataluña o Baleares,…pero ellos sí aterrizan por las demás autonomías, incluida la nuestra.

Y alguien preguntará: ¿Pero no era más fácil que cada Comunidad Autónoma consolidara a los suyos, teniendo las plazas y sus interinos por antigüedad ordenados y fundamentados ya en el mantra que garantiza la igualdad, el mérito, la capacidad y la libre concurrencia? Sí –respondo ingenuamente- eso ya lo pedimos, pero si no hay mar revuelto no hay ganancia de pescadores y en esas estamos siempre con nuestra querida administración.

En definitiva, el número de plazas que deben salir ahora será equivalente a aquellas de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal a 30 de diciembre de 2021, por personal con relación anterior al 1 de enero de 2016, que no hubiera superado el proceso de estabilización derivado de la Ley 20/2021. Estas ofertas deberán estar aprobadas antes del 31 de diciembre de 2023 y resueltas antes del 31 de diciembre de 2024.

            En finesperamos que con este segundo proceso de estabilización se logre lo que se podía haber hecho sin dificultad desde hace años y no dar pié a un nuevo proceso al que Europa nos obligaría y que por su apelativo sería llamado Real Decreto “Fregona”.

FEUSO- Juan Carlos Cavero

Fuente: copemelilla.com

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